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Documento BOE-A-2009-20758

Resolución de 12 de noviembre de 2009, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se modifican ficheros automatizados de datos de carácter personal.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 23 de diciembre de 2009, páginas 108763 a 108779 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-20758
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/11/12/(3)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario Oficial correspondiente.

En cumplimiento de la disposición antes citada, la Comisión Nacional de Energía dicta Resolución 12 de abril de 2007 (BOE, de 4 de julio de 2007) por la que se crean, modifican y suprimen ficheros automatizados de datos de carácter personal en este organismo y resulta comprensiva de la totalidad de los ficheros con datos de carácter personal de los que es responsable la Comisión Nacional de Energía al dejar sin efecto anteriores Resoluciones.

Asimismo, por Resolución de 20 de diciembre de 2007 (BOE de 15 de enero de 2008), se crea un nuevo fichero y se modifica otro.

Por otra parte, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, establece que el sistema de tratamiento de los ficheros de datos de carácter personal debe figurar en las disposiciones pertinentes que regulan tales ficheros.

La presente Resolución obedece a las siguientes finalidades: facilitar el conocimiento público de sus ficheros en una sola disposición para una mayor claridad normativa, actualizar los contenidos en virtud de las nuevas atribuciones competenciales de este organismo y cumplir con la exigencia del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, antes mencionada.

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el apartado tercero, 1, función decimosexta, de la disposición adicional undécima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre creación, modificación y supresión de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal gestionados por la Comisión Nacional de Energía, y asegurar a los administrados el ejercicio legítimo de sus derechos, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, en su sesión de 12 de noviembre de 2009, ha dispuesto:

Primero.–De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a los efectos previstos en el mismo, se modifican los ficheros automatizados de la Comisión Nacional de Energía que contienen y procesan datos de carácter personal inscritos actualmente en el Registro General de la Agencia de Protección de Datos, recogidos en la Resolución 12 de abril de 2007 (BOE, de 4 de julio de 2007) y Resolución de 20 de diciembre de 2007 (BOE de 15 de enero de 2008) adaptándose a las descripciones recogidas en el Anexo l.

Segundo.–Los titulares del órgano responsable de los citados ficheros, adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y sus normas de desarrollo.

Tercero.–Quedan sin efecto la Resolución de esta Comisión de 12 de abril de 2007 y la Resolución de 20 de diciembre de 2007 por la que se crean, modifican y suprimen ficheros automatizados de datos de carácter personal en este organismo.

Cuarto.–La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de noviembre de 2009.–La Presidenta de la Comisión Nacional de Energía, María Teresa Costa Campí.

ANEXO I
Fichero: Videovigilancia

Grabación de imágenes de las personas que acceden y transitan por el edificio de la Comisión Nacional de Energía y alrededores.

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Grabación y tratamiento de imágenes para la seguridad interior y exterior de las personas que acceden y transitan por el edificio de la Comisión Nacional de Energía.

El uso previsto es la realización de labores de seguridad y vigilancia.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Personas físicas que acceden o transitan por el edificio sede de la Comisión Nacional de Energía y alrededores.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son recogidos por cámaras de video vigilancia mediante la captura de imágenes.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Fichero de imagen.

Sistema de tratamiento: automatizado.

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

A fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y órganos judiciales. No se prevé la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

i) Cancelación:

Los datos serán cancelados en un mes desde su captación.

Fichero: SINCRO

Sistema de información y control del sistema eléctrico

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

El sistema de información tiene por objeto regular el procedimiento de liquidación de las obligaciones de pago y derechos de cobro necesarios para retribuir las actividades de transporte, distribución, comercialización a tarifas, así como de los costes permanentes del sistema -incluyendo los costes de transición a la competencia- y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento. Se utiliza para el cálculo de liquidaciones y compensaciones por interruptibilidad del servicio, pérdida de clientes y regímenes especiales, todo ello en el ámbito del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, y el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo. Asimismo, se utiliza para la supervisión de la información remitida por productores y comercializadores a efectos del Sistema de Garantía de Origen previsto en la Orden ITC/1522/2007 y en el Artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Las empresas y agrupaciones de empresas que desarrollan actividades eléctricas reguladas de transporte y distribución de energía eléctrica, y, además, los titulares de las instalaciones de generación y sus representantes, los comercializadores, el operador del sistema y el operador del mercado, en el ámbito del RD 2017/1997 de 26 de diciembre (BOE del 27 de diciembre de 1997).

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, NIF, puesto o cargo, teléfono, fax, correo electrónico y dirección postal completa) de personas físicas o jurídicas de empresas generadoras, de propietarios y/o representante de instalaciones distribuidoras, comercializadoras, consumidores, titulares o representantes de instalaciones de régimen especial, cedentes y cesionarios, así como códigos universales para puntos frontera de clientes [CUPS] y el Código de la instalación de producción a efectos de liquidación [CIL] y el IBAN.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Conforme al apartado tercero de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 13 de diciembre de 2001, se prevé la comunicación de los datos a la Dirección General de Política Energética y Minas.

No se prevé la transferencia de estos datos a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel:

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: SICE

Sistema de información sobre consumidores de energía eléctrica [Circulares 1 y 2/2005]

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Solicitud de información a distribuidores y comercializadores de energía eléctrica para velar por una competencia efectiva, transparencia y objetividad de los sistemas energéticos en beneficio de todos los sujetos que operan en dichos sistemas y de los consumidores.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Los sujetos que conforme al apartado primero de la Circular 1/2005 y apartado primero de la Circular 2/2005 de la Comisión Nacional de Energía, (BOE de 17 de agosto de 2005) sobre petición de información de consumidores de energía eléctrica en el mercado a distribuidores y comercializadores.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales del interlocutor designado por la empresa declarante (nombre y apellidos, puesto o cargo, número de teléfono, correo electrónico de contacto, fax y dirección postal completa).

Sistema de tratamiento: mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: SIFCO

Sistema de información sobre facturación y consumos del sector del gas

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Sistema de información sobre facturación y consumos del sector del gas para el cálculo de liquidaciones y control de la facturación del sector del gas.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Aquellos sujetos conforme al artículo 11, punto 2, de la Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre (BOE de 1 de noviembre de 2002), así como los sujetos de liquidaciones entendiendo como tal, a toda compañía que realice facturación a tarifas o peajes con independencia de la fecha de su inclusión en el régimen económico que serán incluidas en el sistema de liquidaciones de acuerdo con la Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre, por la que se regulan los procedimientos de liquidación de las actividades reguladas del sector de gas natural.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: de la empresa declarante, CUPS (código universal de punto de suministro), provincia, código postal, dirección postal del punto de suministro, razón social del consumidor en el punto de suministro, CIF/NIF del consumidor y CNAE (código nacional de actividad económica), así como datos personales: respecto de los representantes o personas de contacto (nombre y apellidos, NIF, puesto profesional desempeñado, dirección postal y electrónica, teléfono y fax profesionales.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Conforme al artículo 11, punto 3, de la Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre (BOE de 1 de noviembre de 2002), se prevé la cesión de los datos a la Dirección General de Política Energética y Minas.

No se prevé la transferencia de estos datos a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: SIRGAS

Sistema de información sobre consumo y aprovisionamiento del sector del gas

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Sistema de información sobre consumo, aprovisionamiento y existencias del sector del gas, para uso estadístico y control.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Los sujetos que actúan en el sistema de gas natural conforme a la Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas (BOE de 21 de enero de 2009).

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos del interlocutor designado, cargo, empresa, NIF/CIF, dirección postal, teléfono y fax profesionales y correo electrónico).

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: SIRA

Sistema de información sobre ventas o consumo, producción, aprovisionamiento y existencias del sector de hidrocarburos

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Sistema de información sobre ventas o consumos, producción, aprovisionamiento y existencias del sector de hidrocarburos, para uso estadístico, sistema de certificación y liquidaciones de biocarburantes y control.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Los sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos y a la comercialización de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, los operadores autorizados a distribuir productos petrolíferos, las plantas de producción de biocarburantes y las empresas que presten servicios de almacenamiento a cualesquiera sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad y a la comercialización de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos del interlocutor o interlocutores designados y/o del representante legal, puesto o cargo, número de teléfono, correo electrónico, dirección postal completa, empresa y NIF/CIF) y datos bancarios para realizar las liquidaciones.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: EVEREST

Sistema de información para la metodología de retribución a la actividad de distribución de energía eléctrica

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Sistema de información para la metodología de retribución a la actividad de distribución de energía eléctrica.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Los sujetos sometidos al procedimiento de liquidación establecido en el Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, y que realizan la actividad de distribución, tal y como está definida en el artículo 36 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

El Operador del Sistema y Gestor de la Red de Transporte, tal y como está definido en el artículo 6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos del interlocutor designado, puesto o cargo, número de teléfono, correo electrónico, dirección postal completa, empresa y NIF/CIF), CUPS y códigos de instalaciones de régimen especial.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Podrán ser cedidos a Administraciones Públicas con competencias, cuando traiga causa en una norma con rango de Ley.

No se prevé la transferencia de estos datos a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: SIGECO

Sistema de información de gestión económica

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

La gestión de proveedores, gestión económica-financiera y contable, gestión de facturación y gestión fiscal de la CNE.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Proveedores de bienes y servicios, empresas obligadas a declarar tasas y cuotas, así como las personas que están vinculadas a la Comisión Nacional de Energía por una relación de dependencia estatutaria o contractual.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Datos aportados por los interesados mediante declaración o formulario al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, dirección postal completa, teléfono, fax, correo electrónico, datos bancarios, NIF/CIF), datos económicos y datos del servicio prestado.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Se prevé la cesión de los datos a la AEAT y a entidades bancarias.

No se prevé la transferencia de estos datos a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Servicio interno electrónico

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

La finalidad del fichero es la administración y gestión electrónica interna de la CNE. Los usos previstos son los derivados de la gestión de personal/usuarios, administración de red, centro de servicio al usuario, así como aquellos que resulten de las restantes actividades relacionadas con el funcionamiento y gestión interna de la CNE.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Personal vinculado a la CNE por una relación de dependencia estatutaria o contractual, así como el personal externo que presta sus servicios a la CNE.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Datos aportados por los interesados mediante declaración escrita, comunicación electrónica o formulario al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, dirección postal completa, teléfono, fax, correo electrónico, nombre y apellidos del supervisor, nombre y apellidos de los supervisados, DNI/NIF/CIF), datos de empresa y cargo.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Agenda de comunicaciones y relaciones institucionales

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

La finalidad del fichero es la gestión y mantenimiento de una agenda de los representantes de instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, con los que la CNE mantiene relaciones institucionales, así como de los medios de comunicación para el envío de comunicaciones, convocatoria de actos y gestionar las relaciones institucionales de la CNE.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Representantes de instituciones públicas, privadas, nacionales e internacionales y de los medios de comunicación.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Datos aportados por los interesados mediante declaración escrita, telefónica, formulario al efecto o comunicación electrónica.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, dirección postal completa, teléfono, fax, correo electrónico, DNI/NIF/CIF), datos de empresa y cargo.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Consultas, quejas y reclamaciones

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

La finalidad del fichero es la de atender las consultas, quejas y reclamaciones efectuadas por los consumidores en relación con los servicios energéticos de los que son clientes.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Personas físicas o jurídicas que se relacionan con la CNE.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Datos aportados por los interesados mediante declaración escrita, telefónica o comunicación electrónica.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, dirección postal completa, teléfono, correo electrónico, DNI/NIF/CIF) y datos de empresa.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

En el caso que proceda, se prevé la comunicación de estos datos a la Comunidad Autónoma donde se produce el suministro.

No se prevé la transferencia de estos datos a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Personal

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

La gestión mecanizada de las situaciones, incidencias, beneficios sociales, gestión de riesgos, accidentes laborales y formación del personal de la CNE.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Personal vinculado a la CNE por una relación de dependencia estatutaria o contractual.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Declaraciones y/o formularios cumplimentados por los propios interesados.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: Identificativos (número de registro de personal, de seguridad social, documento nacional de identidad-número de identificación fiscal y fotografía), datos personales propios (nombre y apellidos, teléfono del trabajo y particular, dirección, fecha nacimiento, estado civil, número de hijos y grado de minusvalía), datos personales de ascendientes/descendientes (nombre y apellidos, documento nacional de identidad, teléfono, dirección, fecha nacimiento, estado civil, y grado de minusvalía), datos laborales (puesto, antigüedad, categoría y departamento), datos de formación (cursos realizados) y datos relativos a los beneficios sociales (tiques de comida, número de póliza de seguros, número del abono de transporte, número de póliza de seguro médico con datos personales de nombre, apellidos y fecha de nacimiento de los beneficiarios del mismo).

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Podrán ser cedidos al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Estatal de Administración Tributaria y otras Administraciones Públicas con competencias, cuando traiga causa en una norma con rango de Ley; a las entidades bancarias en aquellos supuestos en que los trabajadores hubieran dado su conformidad a un sistema de pago o retribución a través de dichas instituciones; a la entidad o entidades que se encomiende la gestión de los beneficios sociales: tiques de comida, seguro médico, seguro de vida, abono de transporte, plan de pensiones, así como a la entidad que se encomiende la gestión en materia de prevención de riesgos laborales. No se prevé la transferencia de estos datos a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Relaciones externas

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tiene por finalidad la gestión de las invitaciones cursadas a los asistentes de las conferencias organizadas por la Comisión Nacional de Energía y el envío de publicaciones de la Comisión Nacional de Energía.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Personas asistentes a las conferencias y los destinatarios de las publicaciones.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaración escrita, telefónica o comunicación electrónica.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, empresa, cargo, teléfono, fax, dirección postal completa y correo electrónico) y datos de la publicación.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Usuarios de firma electrónica

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tiene por finalidad permitir que los usuarios con un certificado válido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación que haya realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Industria Turismo y Comercio, conforme al artículo 30 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía, puedan tener acceso a determinadas aplicaciones residentes en el Web de la Comisión Nacional de Energía.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Todas aquellas personas físicas o jurídicas que acceden a las aplicaciones residentes en el Web de la Comisión Nacional de Energía.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

En el caso de personas físicas, los datos aportados por vía telemática por los propios interesados.

En el caso de personas jurídicas, los datos registrados son recogidos de las comunicaciones escritas de las empresas que identifican a las personas autorizadas para acceder a las aplicaciones residentes en el Web.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, documento nacional de identidad-número de identificación fiscal, dirección postal completa, dirección de correo electrónico, teléfono, empresa, CIF) y datos del identificador de empresa o entidad o particular y código de aplicación.

Sistema de tratamiento: Automatizado

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Registro de entrada y salida de documentos

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Realizar una gestión de las operaciones de registro de documentos en entrada y salida que tienen lugar en el registro de entrada y salida de la Comisión Nacional de Energía, ya sea documentación presentada tanto por vía telemática, como en soporte físico.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Personas físicas o jurídicas que se dirigen a la Comisión Nacional de Energía o que reciben comunicaciones de este ente público.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Se recogen de la información contenida en el documento y/o formulario electrónico al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, documento nacional de identidad, entidad u organismo al que pertenece o representa, CIF del mismo, dirección postal completa, dirección de correo electrónico, dirección electrónica única) y datos relativos al procedimiento y/o documentación presentada.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Nómina

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tiene por finalidad la gestión mecanizada de las situaciones e incidencias de la nómina del personal que presta sus servicios en la Comisión Nacional de Energía, así como la gestión de riesgos y accidentes laborales.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Personas vinculadas a la CNE por una relación de dependencia estatutaria o contractual.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaraciones y/o formularios cumplimentados al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (número de registro de personal, de seguridad social, documento nacional de identidad-número de identificación fiscal) datos personales (nombre y apellidos, titulación académica, teléfono particular, dirección, fecha nacimiento, estado civil, número de hijos y grado de minusvalía), laborales (situación laboral, tipo de contrato, antigüedad, puesto, categoría y departamento) y económicos (retribuciones, y retenciones, datos de domiciliación bancaria).

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Podrán ser cedidos al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Estatal de Administración Tributaria y otras Administraciones Públicas con competencias, cuando traiga causa en una norma con rango de Ley; entidades bancarias en aquellos supuestos en que los trabajadores hubieran dado su conformidad a un sistema de pago o retribución a través de dichas instituciones y a la entidad o entidades que se encomiende la gestión de los beneficios sociales: tiques de comida, seguro médico, seguro de vida, abono de transporte, plan de pensiones, así como a la entidad que se encomiende la gestión en materia de prevención de riesgos laborales.

No se prevé la transferencia de estos datos a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Control de presencia

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tiene por finalidad la gestión mecanizada de las situaciones e incidencias del control de presencia del personal que presta sus servicios en la Comisión Nacional de Energía y del control de las visitas que se reciben en la Comisión Nacional de Energía.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

En el control de presencia, personas vinculadas a la CNE por una relación de dependencia estatutaria o contractual, personas que deben asistir con asiduidad al edificio de la Comisión Nacional de Energía y becarios.

En el control de visitas, personas que deben acceder con carácter eventual al edificio de la Comisión Nacional de Energía. También los asistentes a reuniones, conferencias o actos públicos organizados por la Comisión Nacional de Energía en su sede.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaración, formularios al efecto y/o registro informatizado mediante tarjeta codificada.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: Identificativos (número de registro de personal, documento nacional de identidad-número de identificación fiscal), datos personales (nombre y apellidos y fecha nacimiento) y laborales (puesto, horario e incidencias), identificativos del visitante (documento nacional de identidad o número de identificación fiscal), datos personales del visitante (nombre y apellidos) y específicos de la visita (empresa, motivo de la visita, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida y observaciones).

Sistema de tratamiento: Automatizado.

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

i) Plazo de cancelación de los datos de carácter personal.

En cuanto al control de visitas, se establece un plazo de un mes a contar a partir del momento en que los datos fueron recabados.

Fichero: Selección de personal

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tiene por finalidad la gestión del proceso de selección de personal.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Todas aquellas personas interesadas en participar en los procesos de selección de personal laboral convocados por la Comisión Nacional de Energía.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son facilitados por los propios interesados, mediante una solicitud escrita y documentación anexa a la solicitud.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos: identificativos de los solicitantes, datos personales (nombre y apellidos, fecha de nacimiento y documento nacional de identidad-número de identificación fiscal, datos relativos a la minusvalía), titulación académica y especialidad, cursos y «masters», años de experiencia profesional, conocimiento de idiomas, valoraciones e incidencias formales en la documentación a presentar.

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel.

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

Fichero: Sistema de garantías de origen y etiquetado de la electricidad

a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Gestión por parte de la CNE del Sistema de Garantía de Origen y Etiquetado de la Electricidad, establecida en la Orden Ministerial ITC/1522/2007, junto al Real Decreto 616/2007, que modifica el artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000.

b) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos:

Titulares de las instalaciones de producción de electricidad, distribuidores, operador del sistema, comercializadores de electricidad.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos:

Los datos registrados son proporcionados por los propios interesados mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Varias tablas en las que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, NIF, puesto o cargo, teléfono, fax, correo electrónico y dirección postal completa) de personas físicas titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica con fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia, así como de representantes de los titulares de estas instalaciones o de comercializadores de electricidad y códigos universales para puntos frontera de clientes [CUPS].

Sistema de tratamiento: Mixto

e) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

No se prevé la comunicación de estos datos ni la transferencia a países terceros.

f) Órgano responsable de este fichero:

El Consejo de Administración de la CNE

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

El Consejo de Administración de la CNE. C/ Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.

h) Las medidas de seguridad con indicación del nivel:

Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/11/2009
  • Fecha de publicación: 23/12/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 24/12/2009
  • Fecha de derogación: 13/12/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Comisión Nacional de Energía
  • Ficheros con datos personales

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