El Consejo de Ministros, en su reunión del día 26 de diciembre de 2008, ha adoptado el Acuerdo por el que se aprueba el Plan Nacional Integrado de Residuos para el período 2008-2015.
Para general conocimiento esta Secretaría de Estado de Cambio Climático ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo, como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 20 de enero de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.
Durante los últimos años se han incorporado a nuestro derecho interno la práctica totalidad de las normas comunitarias relacionadas con la gestión y el transporte de residuos y se han aprobado planes nacionales de diferentes grupos de residuos y de suelos contaminados, cuyo periodo de vigencia ha ido finalizando. Es necesario, por tanto, poner en marcha un nuevo Plan para los próximos años que identifique los objetivos e impulse a las distintas Administraciones y agentes económicos involucrados en la consolidación de una gestión que integre de forma efectiva los principios rectores que rigen la política europea de residuos y que consiga cambiar de forma significativa la gestión de los residuos en España.
Los objetivos y medidas incluidas en este Plan tienen, en muchos casos, carácter estratégico y pretenden servir de guía para el desarrollo de políticas específicas de gestión destinadas a cambiar la gestión de los residuos en España, por lo que resulta prioritario avanzar en el establecimiento de requisitos comunes entre las Administraciones competentes y los sectores afectados, mejorando los intercambios de información y colaboración con el Instituto Nacional de Estadística para la aplicación del Reglamento Comunitario de Estadísticas sobre Residuos.
El artículo 5.1 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, establece que la Administración General del Estado, mediante la integración de los respectivos planes autonómicos de residuos, elaborará diferentes planes de residuos, en los que se fijarán los objetivos específicos de reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización y eliminación; las medidas a adoptar para conseguir estos objetivos; los medios de financiación y el procedimiento de revisión.
En cumplimiento de dicha obligación, y habiéndose producido la finalización de la mayor parte de los planes nacionales de residuos que se encontraban en ejecución, el entonces Ministerio de Medio Ambiente, a iniciativa del Gobierno, elaboró en los años 2005 y primer semestre de 2006 un borrador de Plan Nacional Integrado de Residuos (PNIR) (2007-2015), para diversos tipos de residuos.
Dicho borrador, para el que se abrió el correspondiente periodo de consultas, tuvo su presentación a las comunidades autónomas el 15 septiembre de 2006. Posteriormente, la revisión de la totalidad del documento, así como los comentarios y propuestas recibidos, fueron presentados en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, celebrada el 26 de febrero 2007, e insertado en la página Web del MMA, con objeto de dar cumplimiento al trámite de información pública. A partir de este momento se inicia la tramitación prevista en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, con objeto de elaborar la versión preliminar de este Plan.
Esta versión preliminar del PNIR, y su correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), en el que se incluyeron contenidos adicionales relativos a la revisión de la Directiva Marco de Residuos y a los planes específicos de prevención de residuos, así como medidas a favor de la política de lucha contra el cambio climático, fue sometido al trámite de consulta pública, lo que ha dado lugar a la elaboración de un nuevo texto que, una vez concluido este procedimiento participativo, ha sido finalmente consensuado el 5 de noviembre de 2008 con todas las comunidades autónomas.
Este Plan incluye entre sus objetivos el tratamiento de los residuos domésticos y similares (urbanos de de origen domiciliario), los residuos con legislación específica (peligrosos, vehículos y neumáticos fuera de uso, pilas y acumuladores, aparatos eléctricos y electrónicos, residuos de construcción y demolición, y lodos de depuradoras), suelos contaminados y residuos agrarios e industriales no peligrosos. También contempla la reducción de vertidos de residuos biodegradables.
El Plan prevé su revisión con carácter bianual, en colaboración con las comunidades autónomas, los departamentos ministeriales con competencias en la materia, y tiene en cuenta la posición de los agentes económicos y sociales. La revisión de los objetivos se hará de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas; y, en particular, los objetivos de valorización energética se revisarán en concordancia con la futura Ley de eficiencia energética y energías renovables y el Plan de energías renovables.
La finalidad del Plan es la de promover una política adecuada en la gestión de los residuos, disminuyendo su generación e impulsando un correcto tratamiento de los mismos: prevención, reutilización, reciclaje, valoración y eliminación. Así mismo, persigue la implicación de todas las Administraciones públicas, consumidores y usuarios, con objeto de que asuman sus respectivas cuotas de responsabilidad, impulsando la creación de infraestructuras que garanticen este correcto tratamiento y gestión de los residuos en los lugares más próximos a su generación.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, previa deliberación de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente y cumplimiento del trámite de información pública,
El Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en su reunión del día 26 de diciembre de 2008, adopta el siguiente Acuerdo:
Aprobar el Plan Nacional Integrado de Residuos (PNIR) para el período 2008-2015 que se contiene en el anexo al presente acuerdo y las tablas de información complementaria que se incluyen en su apéndice I.
Tomar conocimiento de los planes autonómicos de residuos elaborados por las comunidades autónomas que figuran en el apéndice II del Plan.
Todas las medidas y actuaciones previstas en este Plan serán financiadas por las Administraciones competentes; existiendo, dentro de la Administración General del Estado, una dotación presupuestaria de 23 millones de euros en el presupuesto del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, que se destinará a promover actuaciones de interés general para el adecuado desarrollo de la política de gestión de residuos.
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