El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de julio actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 5344-2010, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, atribuir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento del presente conflicto.
Madrid, 14 de julio de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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