En el año 2009 comenzó la implantación de una nueva versión del Sistema de información contable de la Administración General del Estado (SIC).
La primera fase de dicha versión entró en vigor el 20 de abril de 2009 y fue necesario modificar la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado, mediante la Orden EHA/818/2009, de 27 de marzo.
En el presente ejercicio ha sido implantada la segunda fase, siendo necesario asimismo modificar la normativa contable afectada, entre cuyas normas se encuentran las dos Resoluciones que se modifican en la presente.
En el apartado Primero se modifica la Resolución de 28 de noviembre de 2005, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero, para actualizar las claves de operación de su anexo I y para añadir una nueva disposición adicional que contempla la utilización de servicios web para la remisión de los ficheros que contengan los documentos contables.
En el apartado Segundo se modifica la Resolución de 22 de septiembre de 2008, por la que se aprueban los documentos contables específicos del Subsistema de Proyectos de Gasto, para ampliar a seis dígitos el campo Cuenta P.G.C.P. del documento «Gestión de expedientes».
Por otra parte, se ha considerado más operativo que la actualización en el futuro de las claves de operación del anexo I «Relación de claves de operación» de la referida Resolución de 28 de noviembre de 2005 se realice mediante su publicación en el portal de Internet de la IGAE, lo que se regula en la disposición adicional a esta Resolución.
Por último, en la disposición final se establece la entrada en vigor de las modificaciones que se regulan en esta Resolución.
El punto 4 de la regla 2 «Documentos contables» de la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden Ministerial de 1 de febrero de 1.996, según la nueva redacción dada a dicho punto por la disposición adicional segunda de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, faculta a la Intervención General de la Administración del Estado para regular el contenido y procedimiento a seguir en la tramitación de los documentos contables emitidos en soporte fichero.
La Disposición adicional de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado, habilita a la Intervención General de la Administración del Estado para aprobar los modelos y las normas de cumplimentación de los documentos contables relativos al Subsistema de Proyectos de Gasto.
En su virtud, dispongo:
Primero. Modificación de la Resolución de 28 de noviembre de 2005 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero.
La Resolución de 28 de noviembre de 2005 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero, queda modificada como sigue:
Uno. En el anexo I «Relación de claves de operación» se realizan las siguientes modificaciones:
«a) En la agrupación relativa a los documentos contables de gastos de ejercicio corriente se eliminan las claves de operación 2.00.010.0 y 2.00.010.1.
b) En las agrupaciones relativas a los documentos contables de gastos de ejercicio corriente y de gastos de ejercicios posteriores, se añaden las siguientes claves de operación:
Operac. |
DOC |
Descripción |
---|---|---|
... |
... |
... |
Documentos contables de gastos de ejercicio corriente |
||
... |
... |
... |
2.00.108.0 |
RC |
Retención adicional del 10% de la adjudicación. |
2.00.108.1 |
RC/ |
Anulación de la retención adicional del 10% de la adjudicación. |
2.00.109.0 |
RC |
Retención 1% cultural (art. 58.3.b) del R.D. 111/1986). |
2.00.109.1 |
RC/ |
Anulación de la retención 1% cultural (art. 58.3.b) del R.D. 111/1986). |
... |
... |
... |
2.00.011.0 |
DES |
Desglose positivo de créditos de programas. |
2.00.011.1 |
DES/ |
Desglose negativo de créditos de programas. |
2.00.012.0 |
DES |
Desglose positivo de créditos entre orgánicas. |
2.00.012.1 |
DES/ |
Desglose negativo de créditos entre orgánicas. |
2.00.013.0 |
DES |
Desglose positivo de créditos entre económicas. |
2.00.013.1 |
DES/ |
Desglose negativo de créditos entre económicas. |
... |
... |
... |
2.00.411.0. |
PG |
Periodificación de gastos. |
2.00.411.1. |
PG/ |
Corrección Periodificación gastos. |
2.00.412.0. |
PG |
Imputación a presupuesto de gastos periodificados. |
2.00.412.1. |
PG/ |
Corrección Imputación a presupuesto de gastos periodificados. |
... |
... |
... |
2.00.425.0. |
CA |
Certificaciones anticipadas. |
2.00.425.1. |
CA/ |
Anulación de Certificaciones anticipadas. |
... |
... |
... |
Documentos contables de gastos de ejercicios posteriores |
||
... |
... |
... |
2.10.108.0. |
RC |
Retención adicional del 10% de la adjudicación. |
2.10.108.1. |
RC/ |
Anulación de la retención adicional del 10% de la adjudicación. |
2.10.109.0. |
RC |
Retención 1% cultural (art. 58.3.b) del R.D. 111/1986). |
2.10.109.1. |
RC/ |
Anulación de la retención 1% cultural (art. 58.3.b) del R.D. 111/1986). |
... |
... |
... |
c) Se añaden, al final, las agrupaciones relativas a los documentos contables de Gastos con financiación afectada y a los documentos contables de modificación, con el siguiente contenido:
Documentos contables de Gastos con financiación afectada |
||
2.00.GFA.0 |
GFA |
Gestión de gastos con financiación afectada. |
Documentos contables de modificación |
||
M.DT.AOG.X |
AOG |
Modificación de distribución territorial del área origen del gasto. |
M.DT.TRA.X |
|
Modificación de saldos por traspaso de operaciones.» |
Dos. Se añade una disposición adicional cuarta con el siguiente contenido:
«Disposición adicional cuarta. Utilización de servicios web proporcionados por la Intervención General de la Administración del Estado.
En el supuesto del apartado quinto de esta Resolución, se podrá realizar el envío del lote de documentos contables mediante comunicación entre sistemas en el entorno cerrado de la Intervención General de la Administración del Estado y de sus Intervenciones delegadas, así como por medios telemáticos entre los sistemas de gestión y los sistemas de la Intervención General de la Administración del Estado, cuando se utilicen servicios web proporcionados a tal efecto por la propia Intervención General de la Administración del Estado. En este caso, podrá sustituirse la ficha resumen del anexo III por una relación de los documentos contables remitidos, que tendrá el mismo formato de dicha ficha resumen pero se podrá prescindir de los datos relativos al nombre del fichero de envío y a la clave de control del fichero.»
Segundo. Modificación de la Resolución de 22 de septiembre de 2008 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban los documentos contables específicos del subsistema de proyectos de gasto.
La Resolución de 22 de septiembre de 2008 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban los documentos contables específicos del subsistema de proyectos de gasto, queda modificada como sigue:
En el anexo «Formatos de los documentos contables del subsistema de proyectos de gasto», se modifica el documento «Gestión de expedientes» que tendrá el formato que figura en el anexo a esta Resolución.
Las modificaciones que en adelante sea necesario introducir en el anexo I «Relación de claves de operación» de la Resolución de 28 de noviembre de 2005 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero, se podrán formalizar mediante su publicación en el portal de Internet de la IGAE.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de octubre de 2010.–El Interventor General de la Administración del Estado, José Alberto Pérez Pérez.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid