EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2011-2016 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
PREÁMBULO
La Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, estableció el marco legal que regula la actividad estadística en Navarra con el objetivo de disponer de información suficiente, fiable y comparable, de la realidad social, económica y demográfica de la Comunidad Foral.
El mismo texto legal regula las relaciones entre los suministradores de los datos y los usuarios de la información con el órgano que desarrolla y ejecuta la actividad estadística, estableciendo la obligatoriedad del suministro de datos, la publicación y difusión adecuada de resultados y la preservación en todo momento del secreto estadístico. Asimismo, define al Plan de Estadística como el instrumento adecuado para la promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística. Dicha actividad será llevada a cabo por el Sistema Estadístico de Navarra.
La presente Ley Foral establece el Plan Estadístico de Navarra para el período 2011‑2016, siendo la cuarta que aprueba el Parlamento de Navarra, después de las correspondientes a los planes estadísticos de los períodos 1999-2002, 2003-2006 y 2007‑2010, con la pretensión de continuar el proceso de consolidación y fortalecimiento del sistema estadístico navarro. De acuerdo con las previsiones de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, se establecen los objetivos generales y específicos que deben desarrollarse en el período de vigencia del Plan, así como las actividades estadísticas para alcanzarlos, las cuales se concretan en las actuaciones incluidas en los programas anuales de actuación estadística que aprueba el Gobierno de Navarra.
Agotada la vigencia del último Plan, debe procederse a la aprobación de uno nuevo, utilizando como instrumento normativo una Ley Foral.
El presente texto legal, acorde con las previsiones establecidas en la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra y a través de un sistema de planificación por objetivos, persigue dar respuesta a las necesidades de información que demande la sociedad y que los indicadores producidos la proporcionen a las instituciones públicas, agentes económicos y sociales, siempre que sea posible con la perspectiva de género, nacionalidad y país de nacimiento, bajo las premisas de mínimo coste posible y máximo aprovechamiento de los registros administrativos y otras fuentes existentes, evitando duplicidades, minimizando las molestias a los ciudadanos, empresas e instituciones, garantizando el secreto estadístico y la accesibilidad, prontitud y disponibilidad de la información estadística.
Particularmente, este nuevo Plan integra como objetivo estratégico la realización de las operaciones e indicadores necesarios para el seguimiento y evaluación de los objetivos y acciones marcados en el Plan MODERNA, nuevo Modelo de Desarrollo Económico de Navarra a 2030, actualmente en fase de finalización.
El Plan de Estadística 2011-2016 se estructura en tres ejes estratégicos: Organización, Producción y Difusión estadística, en los que se recogen los objetivos generales que se pretenden lograr en el periodo de vigencia del Plan.
En lo relativo a Organización se persigue completar el Sistema Estadístico de Navarra mediante la creación de las unidades estadísticas departamentales que serán las encargadas de coordinar la producción estadística de cada Departamento.
En el ámbito de la Producción, el Plan 2011-2016 impulsará la obtención de nueva información relativa a personas mediante la investigación de los cambios demográficos que han modificado notablemente la composición y dinámica de la población navarra en los últimos años. También se continuará con el estudio de la actividad económica y se profundizará en el conocimiento de dos sectores estratégicos, como son los de la educación y la salud, mediante la realización de las Cuentas Satélite de ambos sectores. Otro aspecto que merece especial atención en el Plan es el relativo al medio ambiente y la sostenibilidad.
En cuanto a la Difusión Estadística, el objetivo es garantizar el acceso rápido a todos los datos estadísticos que contienen las operaciones recogidas en el Plan mediante la utilización de las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
Toda la estadística oficial estará disponible en la web del Instituto de Estadística de Navarra, mientras que en las web departamentales se recogerá la información estadística producida por cada Departamento, así como una batería de indicadores que presentará de una forma sintética su actividad sectorial.
Además, esta Ley Foral establece las relaciones de colaboración institucional entre el Gobierno de Navarra y las entidades públicas y organizaciones internacionales, así como las funciones del Instituto de Estadística de Navarra en la ejecución de este Plan.
En la disposición final primera se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, añadiéndole un nuevo Título V por el que se crea el Registro de Población de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por el que las Administraciones de las Comunidades Autónomas pueden crear ficheros o registros de población, con los datos del nombre, apellidos, domicilio, sexo, fecha de nacimiento y número del DNI, o del documento que lo sustituya en el caso de extranjeros, que se formarán a partir de las copias actualizadas remitidas por el Instituto Nacional de Estadística. Dicho registro permitirá a los distintos órganos de la Administración Foral comunicarse con los residentes en su territorio, en el marco de las relaciones jurídico-administrativas derivadas de sus competencias.
Por tratarse de la creación de un fichero de una administración pública debe atenderse a lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley Orgánica que, exige que la creación, modificación o supresión de los ficheros públicos debe hacerse únicamente por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente. De igual manera, el artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, dispone que la creación de ficheros de titularidad pública se hará por medio de disposición general o acuerdo publicados en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente; y el artículo 53 remite a la legislación específica en relación con los ficheros de los que sean responsables las Comunidades Autónomas. En el artículo 54 del citado Reglamento se recoge el contenido que debe tener la disposición o acuerdo de creación del fichero.
Se atribuye la gestión del Fichero de Población de Navarra al Instituto de Estadística de Navarra, como órgano con competencia en materia estadística y con experiencia en el tratamiento masivo de datos de carácter personal. La naturaleza y funciones del Instituto de Estadística de Navarra constan en los artículos 30 y siguientes de la propia Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, que regula la actividad estadística pública de la Comunidad Foral, hallándose adscrito al Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Foral de Navarra.
En el nuevo Registro de Población de Navarra se recogerán, sin su consentimiento, datos individualizados de cada uno de los vecinos inscritos en los padrones municipales de los ayuntamientos navarros y en el censo electoral, datos que resultan indispensables, tanto para la elaboración de las estadísticas demográficas, como para el ejercicio de las competencias propias de la Comunidad Foral de Navarra. Se completa y perfecciona con ello la tarea que el artículo 3 del Decreto Foral 50/1998, de 16 de febrero, había impuesto al Instituto de Estadística de Navarra.
El artículo 44 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, indica que la tramitación de los expedientes administrativos se apoyará en la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, con respeto de las garantías y cumplimiento de los requisitos previstos en cada caso por el ordenamiento jurídico.
Finalmente, y como Anexo a esta Ley Foral, se recoge el Inventario de Operaciones Estadísticas clasificadas por los Departamentos existentes en el Gobierno de Navarra.
El Plan de Estadística de Navarra 2011-2016, que aprueba esta Ley Foral, como instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística de la Comunidad Foral de Navarra, establece el marco de colaboración institucional entre el Gobierno de Navarra y:
a) Los organismos y empresas pertenecientes al mismo.
b) Las entidades públicas.
c) Los organismos nacionales e internacionales.
El fin de tal colaboración es el logro de la progresiva coherencia, homogeneidad y comparabilidad del sistema estadístico de Navarra con los de su entorno.
El Plan de Estadística de Navarra que se aprueba extenderá su vigencia al periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2016. No obstante, el mismo quedará prorrogado hasta la entrada en vigor del siguiente, en el supuesto de no haberse aprobado un nuevo Plan al vencimiento del presente, excepto en lo relativo a aquellas operaciones que hayan de excluirse en virtud de plazos o periodos establecidos.
Las entidades mencionadas en la letra a) del artículo 1 elaborarán las estadísticas que les encomienda este Plan y los Programas Anuales de Estadística que lo desarrollan, sea directamente o en colaboración con otras entidades.
El Instituto de Estadística de Navarra impulsará el Plan de Estadística y los Programas Anuales de Estadística y con esta finalidad desarrollará las siguientes funciones:
a) Elaborar y promover la tramitación y aprobación de los proyectos del Programa Anual de Estadística.
b) Prestar los servicios de asistencia técnica que requieran las diferentes Administraciones Públicas de Navarra a las que el Plan de Estadística y los Programas Anuales de Estadística encomienden la elaboración de operaciones estadísticas.
c) Realizar o proponer las actividades estadísticas instrumentales que le encomiende esta Ley Foral y los Programas Anuales de Estadística que la desarrollen.
d) Elaborar y promover la tramitación y aprobación de los proyectos de normas técnicas reguladoras de estadísticas que prevé la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra y que le encomienda el Plan de Estadística y los Programas Anuales de Estadística dictados en su desarrollo.
e) Velar por el cumplimiento de la legislación sobre estadística por parte de las diferentes Administraciones Públicas de Navarra a las que el Plan de Estadística y los Programas Anuales de Estadística encomienden la elaboración de estadísticas.
f) Garantizar, mediante las oportunas comprobaciones, la calidad de la producción estadística.
g) Formular y mantener el inventario de la información y la documentación estadística en Navarra.
h) Hacer el seguimiento de las estadísticas incluidas en el Plan de Estadística de Navarra.
i) Propiciar las relaciones necesarias en materia estadística con las entidades mencionadas en el artículo 1 de la presente Ley Foral.
A los efectos de esta Ley Foral, se consideran actividades estadísticas:
a) Las de recopilación, obtención, tratamiento y conservación de datos cuantitativos o cualitativos para elaborar estadísticas, la publicación y difusión de resultados y cualesquiera otras de similar naturaleza, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
b) Las instrumentales, que son previas a las especificadas en la letra anterior o complementarias de las mismas, legalmente exigibles, o técnicamente necesarias, para poder cumplir los requisitos que establece la legislación sobre estadística, como son las de formación más específica, investigación y desarrollo técnico, metodológico y normativo en el campo estadístico.
El Plan de Estadística de Navarra 2011-2016 tiene como objetivo general el desarrollo y ampliación del sistema estadístico de Navarra de manera que permita dar respuesta a las necesidades de información que demanda la sociedad y que los indicadores producidos la proporcionen a las instituciones públicas, agentes económicos y sociales, siempre que sea posible con la perspectiva de género, bajo las premisas de mínimo coste posible y máximo aprovechamiento de las fuentes existentes, evitando duplicidades, minimizando las molestias a la ciudadanía, empresas e instituciones, garantizando el secreto estadístico y la accesibilidad, prontitud y disponibilidad de la información estadística.
Especialmente, el Plan de este sexenio tiene como objetivo estratégico la realización de las operaciones e indicadores necesarios para el adecuado seguimiento de los objetivos generales marcados en el Plan MODERNA, produciendo los indicadores que permitan al Gobierno de Navarra, las instituciones participantes y la sociedad en su conjunto, evaluar su grado de cumplimiento.
El Plan de Estadística 2011-2016 se estructura en los siguientes ejes estratégicos relativos a organización, producción y difusión estadística, en los que se recogen los objetivos generales que se pretende lograr en los seis años de vigencia del mismo:
a) Organización. Se pretende completar el Sistema Estadístico de Navarra mediante la creación de las Unidades Estadísticas Departamentales.
b) Producción. Se trata de ampliar y mejorar la información relativa a los cambios demográficos experimentados en Navarra; profundizar en el conocimiento de los sectores educativo y sanitario mediante la elaboración de las Cuentas Satélite de los dos sectores; impulsar la estadística oficial en el ámbito lingüístico, medioambiental, de la calidad social, de los servicios públicos y de la sostenibilidad; y evaluar la gestión mediante la producción de indicadores que permitirá la comparación del desarrollo económico y social con el de otros ámbitos territoriales.
c) Difusión. Garantizar la disponibilidad de toda la estadística oficial de forma clara y comprensible, priorizando Internet como canal de difusión y configurando la Web del Instituto de Estadística de Navarra como el portal de la estadística oficial de Navarra.
Los objetivos relativos al eje estratégico de organización son:
a) Completar el Sistema Estadístico de Navarra mediante la creación de las Unidades Estadísticas Departamentales, tal y como se prevé en los artículos. 33 y 34 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
b) Garantizar el respeto de la intimidad, el secreto estadístico, el rigor y corrección técnica de las estadísticas realizadas, la difusión de los resultados, y la seguridad en el almacenamiento y transmisión de la información.
c) Propiciar la colaboración institucional del Sistema Estadístico de Navarra con el estatal, el europeo y los de las Administraciones autonómicas, con el objetivo de aprovechar las fuentes existentes, realizar proyectos de interés recíproco, ahorrar recursos y evitar la duplicidad de demandas de información a ciudadanos y empresas.
El eje estratégico de producción estadística engloba:
a) Demografía. Mejorar el conocimiento de los cambios en la composición y dinámica de la población Navarra experimentados en los últimos años.
b) Economía. Ampliar la información de carácter económico que permita un seguimiento riguroso y actualizado de la evolución económica. Profundizar en la información de los sectores Educativo y Sanitario de Navarra.
c) Desarrollar las estadísticas medioambientales para conseguir un conocimiento preciso y detallado del estado de los recursos naturales, de la evolución del medio ambiente y su relación con otros fenómenos económicos y sociales.
d) Avanzar en la producción de indicadores que permitirán evaluar y comparar el desarrollo económico y social con otras realidades. En concreto, se presentarán indicadores que evalúen las metas establecidas en el Plan Moderna en lo referente a prosperidad y distribución de riqueza, calidad de vida y sostenibilidad medioambiental.
El eje estratégico de difusión estadística persigue:
a) Satisfacer las necesidades de los usuarios utilizando las nuevas tecnologías de información y comunicación y utilizando Internet como canal primordial de difusión.
b) Atender personalizadamente las peticiones de información específicas.
c) Conocer y evaluar las peticiones y el grado de satisfacción de los usuarios.
d) Dar a conocer el calendario de producción de las estadísticas coyunturales que permitirá saber con antelación la fecha en que estará disponible cada información.
e) Disponer, difundir y publicar los resultados de las estadísticas comprendidas en el Plan de Estadística y en los programas anuales de producción estadística, a través de la Web del Instituto de Estadística de Navarra, que constituirá el portal de estadística oficial de Navarra.
Asimismo, cada Departamento dará a conocer en su web su producción de estadística oficial así como los de indicadores que permitirán visualizar de una forma sintética su actividad sectorial
Los objetivos específicos instrumentales son los siguientes:
a) Difundir y promover el uso de la estadística oficial.
b) Desarrollar las actividades necesarias de formación especializada y de perfeccionamiento en estadística pública en Navarra, que permitan al personal implicado en el Sistema Estadístico de Navarra, así como a otros profesionales y usuarios, un mejor conocimiento de los métodos, las técnicas y las fuentes estadísticas.
c) Impulsar la investigación estadística, tanto en aspectos metodológicos como en los aplicados a temas de interés para la Comunidad Foral, que contribuyan a mejorar el conocimiento de la realidad económica, demográfica, social, lingüística, medioambiental y territorial de Navarra.
d) Promover la normalización, homogeneidad y comparabilidad de la información proporcionada por el Sistema Estadístico de Navarra con respecto al estatal y al europeo.
e) Desarrollar la referenciación territorial de la información estadística de Navarra.
Los objetivos específicos de información se desarrollarán a través de Programas Anuales de Estadística, los cuales detallarán las actividades a realizar cada año.
Los objetivos específicos instrumentales se desarrollarán a través de los programas que sean aprobados al efecto.
1. Excepcionalmente, podrán incluirse en los Programas Anuales de Estadística, exponiendo en el programa en que se incorporen los motivos de su introducción, operaciones no recogidas en el Plan, que habrán de cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser adecuadas a los objetivos del Plan de Estadística de Navarra.
b) Contar con un proyecto técnico básico que identifique sus elementos esenciales, singularmente las especificaciones contempladas en el artículo 27.2.b) de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, para garantizar la solvencia de las actividades estadísticas a desarrollar.
c) Ajustarse a las especificaciones técnicas aplicables.
d) Permitir que de su metodología se obtengan resultados fiables y comparables con otras estadísticas.
e) Permitir su actualización periódica en los casos en que sea procedente.
f) Realizarse con la máxima desagregación territorial técnicamente posible, cuando ésta sea considerada de utilidad.
g) Prever la forma de difusión de sus resultados.
2. La inclusión de dichas actividades estadísticas en los Programas Anuales de Estadística, así como su realización, estará sujeta, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias y organizativas.
3. Las actividades estadísticas incluidas en los Programas Anuales de Estadística tendrán la consideración de estadísticas oficiales de la Comunidad Foral de Navarra, siendo obligatorio el suministro de los datos que se soliciten para la elaboración de dichas actividades estadísticas, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Las operaciones estadísticas realizadas al amparo de lo previsto en el artículo 28.1 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, deberán satisfacer los requisitos exigidos a las operaciones reguladas en el artículo anterior.
El Gobierno de Navarra aprobará, previo informe del Consejo de Estadística de Navarra y remisión a los Grupos Parlamentarios del Parlamento de Navarra, el Programa Anual de Estadística, antes del día 31 de diciembre del año anterior a aquél al que se refiera el Programa.
La vigencia de cada Programa Anual de Estadística coincidirá con el año natural. No obstante, quedará prorrogado hasta la aprobación del siguiente respecto de aquellas actividades cuya continuidad, por su propia naturaleza, así lo exija.
El Instituto de Estadística de Navarra realizará un informe de seguimiento de cada Programa Anual de Estadística para su aprobación, si procede, por el Gobierno de Navarra.
Asimismo formulará la propuesta de evaluación del Plan de Estadística de Navarra 2011-2016, una vez finalizado el mismo, a los efectos de su aprobación por el Gobierno de Navarra, con base en las memorias que cada Departamento remitirá al Instituto de Estadística de Navarra detallando su actividad estadística, de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Previamente a su remisión al Gobierno de Navarra, estos documentos se pondrán en conocimiento del Consejo de Estadística de Navarra.
Tendrán la consideración de entidades colaboradoras aquellas que suscriban los oportunos acuerdos con el Departamento de Economía y Hacienda para fines de interés mutuo.
El citado Departamento, a través del Instituto de Estadística de Navarra, y las entidades colaboradoras se facilitarán la información estadística de interés mutuo, así como la asistencia técnica necesaria para la elaboración de estadísticas.
El Instituto de Estadística de Navarra podrá dirigirse a todo tipo de entidades u organizaciones que desarrollen actividades estadísticas, si lo considera de interés, a los solos efectos de gestión de los objetivos establecidos en el Plan de Estadística de Navarra 2011-2016.
El Gobierno de Navarra podrá suscribir acuerdos de colaboración con las entidades estatales, europeas y autonómicas correspondientes con el fin de mejorar las muestras obtenidas en la Comunidad Foral, de tal forma que las estadísticas obtenidas en sus desagregados mejoren en representatividad y permitan explotaciones referidas a Navarra más completas.
El Departamento de Economía y Hacienda podrá suscribir acuerdos de colaboración técnica con las entidades y organizaciones a que se hace referencia en el artículo 18.
El Gobierno de Navarra aprobará el Programa Anual de Estadística de 2011 en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley Foral.
Queda derogada la Ley Foral 11/2006, de 20 de octubre, del Plan de Estadística de Navarra 2007-2010, así como las demás disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo previsto en la presente Ley Foral.
Se añade un nuevo Título V a la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra con la siguiente redacción:
«TÍTULO V
Registro de población de Navarra
Artículo 48. Creación del Registro de Población de Navarra.
Se crea el Registro de Población de Navarra en el que se contendrán los datos de nombre, apellidos, domicilio, sexo, fecha de nacimiento y número del DNI, o del documento que lo sustituya en el caso de extranjeros, que constan en los padrones municipales de habitantes y en el censo electoral de todos los Ayuntamientos de la Comunidad Foral de Navarra.
Artículo 49. Obtención de los datos del Registro de Población de Navarra.
Los datos de carácter personal del Registro de Población de Navarra serán facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Artículo 50. Ejercicio de los derechos de los interesados.
Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Instituto de Estadística de Navarra.
Artículo 51. Finalidad del Registro de Población de Navarra.
1. El Registro de Población de Navarra tiene como finalidad la comunicación de los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con los residentes en su territorio, en el marco de las relaciones jurídico-administrativas derivadas del ejercicio de las competencias que tengan atribuidas.
2. Los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra sólo podrán utilizar los datos del Registro de Población de Navarra, sin consentimiento previo de la persona afectada, si los necesitan para el ejercicio de sus competencias, y exclusivamente para asuntos en los cuales la residencia o el domicilio sean datos relevantes.
3. Las solicitudes de datos contenidos en el Registro de Población de Navarra se dirigirán al Instituto de Estadística de Navarra, deberán explicitar la función para la que esa información es precisa y acreditar que la residencia o el domicilio son datos relevantes en cada caso.
4. Las copias del fichero que se faciliten por el Instituto de Estadística de Navarra contendrán únicamente los datos de apellidos, nombre, domicilio, sexo y fecha de nacimiento.
5. También podrán usarse los datos del Registro de Población de Navarra por los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para la elaboración de estadísticas oficiales de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Artículo 52. Confidencialidad.
Fuera de los supuestos contemplados en el artículo anterior, los datos de carácter personal del Registro de Población de Navarra son confidenciales y el acceso a los mismos se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, con carácter supletorio, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 53. Utilización de los datos del Registro de Población de Navarra.
La información que obtengan de la forma prevista en este Título los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra no podrá ser manipulada, ni cedida ni utilizada para otras funciones distintas de las que se hicieron constar en la solicitud dirigida al Instituto de Estadística de Navarra, y deberá ser destruida, una vez terminada la utilización para la que fue solicitada.
Artículo 54. Medidas de seguridad.
Las medidas de seguridad del Registro de Población de Navarra, serán, de acuerdo con lo previsto en el Titulo VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, las correspondientes al nivel básico.
ANEXO
Nombre: Fichero de Población de Navarra
a) Descripción: este fichero contiene los datos personales de nombre, apellidos, domicilio, sexo, fecha de nacimiento y número del DNI, o del documento que lo sustituya en el caso de extranjeros, que constan en los padrones municipales de habitantes y en el censo electoral, obtenidos de los ficheros del Instituto Nacional de Estadística.
b) Finalidad y usos previstos: comunicación de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con los titulares de los datos con residencia en Navarra, en el marco de las relaciones jurídico-públicas derivadas del ejercicio de sus competencias, para aquellos asuntos en los que la residencia o domicilio sean datos relevantes, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
c) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: residentes inscritos en los padrones municipales de habitantes de todos los Ayuntamientos de Navarra y del censo electoral.
d) Procedencia de los datos: Instituto Nacional de Estadística.
e) Procedimiento de recogida de datos: transferencia de datos a través de ficheros mediante las entregas periódicas de copias actualizadas que el Instituto Nacional de Estadística entregará al Instituto de Estadística de Navarra.
f) Estructura básica del fichero y tipo de datos: datos actualizados a 1 de enero de cada año de los vecinos y vecinas inscritos en los padrones municipales de habitantes y en el censo electoral con la siguiente información: apellidos, nombre, domicilio, sexo, fecha de nacimiento y número del DNI, o del documento que lo sustituya en el caso de extranjeros.
g) Cesiones de datos y transferencias de datos que se prevean a países terceros: los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que lo soliciten, cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus competencias y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes, de acuerdo con lo que se pueda establecer en normas con rango de ley. No se prevén transferencias internacionales.
h) Órgano administrativo responsable: Instituto de Estadística de Navarra (IEN).
i) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos que consten en el registro podrán ejercerse ante el responsable del fichero, que es el Instituto de Estadística de Navarra
j) Medidas de seguridad y nivel exigible: las de nivel básico.»
Se autoriza al Gobierno de Navarra a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de cuanto se previene en esta Ley Foral.
Esta Ley Foral entrará en vigor el día 1 de enero de 2011.
IV Plan de Estadística - Año 2011-2016
Relación de operaciones estadísticas por Departamentos
Núm. |
Denominación |
---|---|
Departamento de Presidencia, Justicia e Interior |
|
012001 |
REGISTRO DE ASOCIACIONES. |
012002 |
REGISTRO DE COLEGIOS PROFESIONALES. |
012003 |
REGISTRO DE FUNDACIONES. |
013001 |
ACTIVIDAD DEL REGISTRO GENERAL. |
015001 |
INDICADORES DE ACTIVIDAD DEL BOLETÍN OFICIAL DE NAVARRA. |
021001 |
ESTADÍSTICAS DE ACTUACIONES DE POLICÍA FORAL. |
027001 |
EMERGENCIAS TRAMITADAS A TRAVÉS DE SOS NAVARRA. |
027002 |
ESTADÍSTICA DE LA DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO. |
029001 |
REGISTRO DE LOCALES DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS. |
029002 |
MÁQUINAS DE JUEGO. |
029003 |
AUTORIZACIONES COMPLEMENTARIAS DE CIRCULACIÓN. |
029004 |
ACCIDENTES DE TRÁFICO OCURRIDOS EN NAVARRA CON VÍCTIMAS MORTALES. |
030002 |
ACTIVIDADES FORMATIVAS DIRIGIDAS A EMPLEADOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA. |
031002 |
PROCESOS PSICOTÉCNICOS EN CONVOCATORIAS DE INGRESO, PROMOCIÓN Y TRASLADO DE PERSONAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA. |
032001 |
REGISTRO DE EVALUACIÓN DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. |
034001 |
ACREDITACIÓN DE IDIOMAS EN CONVOCATORIAS DE INGRESO, PROMOCIÓN Y TRASLADO DE PERSONAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA. |
035001 |
CONVOCATORIAS DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. |
041001 |
ESTADÍSTICA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL Y DE SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS. |
051001 |
LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. |
052001 |
ANÁLISIS ACCESOS PORTAL DE NAVARRA (WWW.NAVARRA.ES). |
064001 |
ESTADÍSTICA DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA. |
Departamento de Economía y Hacienda |
|
112001 |
INFORME ANUAL DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS DE NAVARRA. |
112002 |
ESTADÍSTICAS DE LIQUIDACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE NAVARRA. |
112003 |
ESTADÍSTICA DE SUBVENCIONES CONCEDIDAS. |
114001 |
DEUDA DE NAVARRA. |
114002 |
ESTADÍSTICAS DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE NAVARRA. |
131001 |
INGRESOS FONDOS COMUNITARIOS EN NAVARRA PERÍODO 2007-2013. |
151002 |
REGISTRO PÚBLICO DE CONTRATOS. |
162001 |
ESTADÍSTICA DE BIBLIOTECAS. |
162002 |
PRODUCCIÓN EDITORIAL DE LIBROS. |
162003 |
ESTADÍSTICA DE FINANCIACIÓN Y GASTOS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA. |
162004 |
PADRONES MUNICIPALES. |
162005 |
DIRECTORIO DE POBLACIÓN RESIDENTE EN NAVARRA. |
162006 |
ESTADÍSTICA DEL MOVIMIENTO NATURAL DE LA POBLACIÓN. ANÁLISIS DE LA FECUNDIDAD Y DE LA NATALIDAD. |
162007 |
ESTADÍSTICA DEL MOVIMIENTO NATURAL DE LA POBLACIÓN. ANÁLISIS DE LA NUPCIALIDAD. |
162008 |
ESTADÍSTICA DEL MOVIMIENTO NATURAL DE LA POBLACIÓN. ANÁLISIS DE LA MORTALIDAD. |
162009 |
ESTUDIO DE LAS MIGRACIONES. |
162010 |
DATOS ESTADÍSTICOS SOBRE LA POBLACIÓN EXTRANJERA EN NAVARRA. |
162011 |
VARIACIONES RESIDENCIALES. |
162012 |
INDICADORES DE COYUNTURA SOCIAL. |
162013 |
NOMENCLÁTOR. |
162014 |
CALLEJERO DE NAVARRA. |
162015 |
ANUARIO ESTADÍSTICO DE NAVARRA. |
162016 |
ESTADÍSTICAS DE RESULTADOS ELECTORALES. |
162017 |
ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA. |
162018 |
ENCUESTA DE PRESUPUESTOS FAMILIARES. |
162019 |
ENCUESTA DE COYUNTURA ECONÓMICA DE LOS CONSUMIDORES DE NAVARRA. |
162020 |
ESTADÍSTICA DE COMERCIO EXTERIOR. |
162021 |
INDICADORES DE COYUNTURA ECONÓMICA. |
162022 |
CONTABILIDAD TRIMESTRAL DE NAVARRA. |
162023 |
MARCO INPUT-OUTPUT DE NAVARRA. |
162024 |
CUENTAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. |
162025 |
CUENTAS ECONÓMICAS ANUALES. |
162026 |
DIRECTORIO DE UNIDADES DE ACTIVIDAD ECONÓMICA. |
162027 |
ESTADÍSTICA DE HIPOTECAS. |
162028 |
ÍNDICE DE PRECIOS DE CONSUMO (IPC). |
162029 |
EFECTOS DE COMERCIO IMPAGADOS Y DEVUELTOS. |
162031 |
SOCIEDADES MERCANTILES. |
162032 |
ENCUESTA ANUAL DE SERVICIOS. |
162033 |
ENCUESTA DE COYUNTURA DE SERVICIOS MINORISTAS. |
162034 |
ÍNDICE DE COMERCIO AL POR MENOR. |
162035 |
ESTADÍSTICA DE EDIFICACIÓN Y VIVIENDA. |
162036 |
ENCUESTA DE ESTRUCTURA DE LA CONSTRUCCIÓN. |
162037 |
INDICADORES DE ACTIVIDAD DEL SECTOR SERVICIOS. |
162040 |
ENCUESTA DE COYUNTURA INDUSTRIAL. |
162041 |
ENCUESTA INDUSTRIAL DE EMPRESAS. |
162042 |
ENCUESTA INDUSTRIAL DE PRODUCTOS. |
162043 |
ESTADÍSTICAS SOBRE ACTIVIDADES DE I+D. |
162044 |
ENCUESTA SOBRE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN LAS EMPRESAS. |
162045 |
ÍNDICE DE PRODUCCIÓN INDUSTRIAL (IPI). |
162046 |
ÍNDICE DE PRECIOS INDUSTRIALES. |
162047 |
ESTADÍSTICAS SOBRE RECURSOS HUMANOS EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA. |
162048 |
ESTADÍSTICAS SOBRE EL USO DE BIOTECNOLOGÍA. |
162051 |
ESTADÍSTICAS JUDICIALES. CONDENADOS. |
162052 |
ESTADÍSTICAS JUDICIALES. JUZGADOS DE MENORES. |
162053 |
ESTADÍSTICAS JUDICIALES. SUICIDIO EN ESPAÑA. |
162056 |
ENCUESTA DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN EN NAVARRA A EMPRESAS. |
162057 |
ENCUESTA DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN EN NAVARRA A HOGARES. |
162058 |
CUENTAS DE PROTECCIÓN SOCIAL DE NAVARRA. |
162059 |
ENCUESTA DE POBLACIÓN ACTIVA (EPA). |
162060 |
ENCUESTA TRIMESTRAL DE COSTE LABORAL (ETCL). |
162062 |
ENCUESTA ANUAL DE COSTE LABORAL. |
162063 |
ENCUESTA DE ESTRUCTURA SALARIAL. |
162064 |
ENCUESTA DE OCUPACIÓN DE ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS. ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS. |
162065 |
ENCUESTA DE OCUPACIÓN DE ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS. APARTAMENTOS TURÍSTICOS. |
162066 |
ENCUESTA DE OCUPACIÓN DE ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS. ACAMPAMENTOS TURÍSTICOS. |
162067 |
ENCUESTA DE OCUPACIÓN DE ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS. ALOJAMIENTOS DE TURISMO RURAL. |
162068 |
ÍNDICE DE PRECIOS HOTELEROS (IPH). |
162069 |
ÍNDICE DE INGRESOS HOTELEROS (IIH). |
162070 |
ESTADÍSTICAS DEL SERVIDOR WEB DEL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA DE NAVARRA. |
162071 |
INDICADORES MUNICIPALES. |
162072 |
MOVIMIENTOS TURÍSTICOS EN FRONTERAS (FRONTUR). |
162073 |
MOVIMIENTOS TURÍSTICOS DE LOS ESPAÑOLES (FAMILITUR). |
162074 |
ENCUESTA DE GASTO TURÍSTICO (EGATUR). |
162075 |
ESTADÍSTICA DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL. |
162076 |
ESTADÍSTICA DE FINANCIACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS. |
162077 |
ESTADÍSTICA DE FINANCIACIÓN DE CENTROS SANITARIOS. |
162078 |
ESTADÍSTICA SOBRE INSTITUCIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROS. |
162080 |
PROYECCIONES DE POBLACIÓN. |
162082 |
ESTUDIO DE LA ESTRUCTURA DE LOS HOGARES. |
162083 |
ENCUESTA DE DEMANDA DE INVERSIÓN. |
162084 |
ENCUESTA SOCIAL. |
162085 |
ESTADÍSTICA DEL COMERCIO INTERREGIONAL. |
162086 |
ÍNDICE DE PRECIOS DE VIVIENDA. |
162087 |
INDICADORES DE GÉNERO. |
162090 |
ESTADÍSTICAS DE NULIDADES, SEPARACIONES Y DIVORCIOS. |
162091 |
ESTADÍSTICAS DE ARRENDAMIENTOS URBANOS. |
162092 |
ESTADÍSTICAS DE JUZGADOS DE PAZ. |
162093 |
ENCUESTA DE EMPLEO DEL TIEMPO 2009-2010. |
162094 |
INDICADORES DEMOGRÁFICOS BÁSICOS. |
162095 |
INDICADORES DE POBLACIÓN EXTRANJERA. |
162096 |
HOGARES Y COMPOSICIÓN FAMILIAR. |
162097 |
CENSO DE POBLACIÓN Y VIVIENDAS 2011. |
162098 |
CENSO DE EDIFICIOS Y LOCALES 2011. |
162099 |
ENCUESTA DE COYUNTURA DE LA CONSTRUCCIÓN. |
162100 |
EXPLOTACIÓN ESTADÍSTICA DEL DIRECTORIO DE EMPRESAS DE NAVARRA. |
162101 |
ENCUESTA DE FECUNDIDAD. |
162102 |
CENSO AGRARIO. |
171001 |
INFORME DE RECAUDACIÓN. |
171002 |
ESTADÍSTICAS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. |
171003 |
ESTADÍSTICAS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. |
171005 |
ESTADÍSTICAS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. |
172001 |
PANORAMA DE LA RIQUEZA TERRITORIAL. |
Departamento de Administración Local |
|
215001 |
DEUDA VIVA DE LAS ENTIDADES LOCALES. |
215003 |
GESTIÓN DE PLANES DE INFRAESTRUCTURAS (GPI). |
215004 |
LIQUIDACIONES PRESUPUESTARIAS DE LAS ENTIDADES LOCALES. |
215005 |
PRESUPUESTOS DE LAS ENTIDADES LOCALES. |
215006 |
INVENTARIO DE EQUIPAMIENTO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE NAVARRA. |
215007 |
INVERSIÓN EN INNOVACIÓN Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE LAS ENTIDADES LOCALES. |
215008 |
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES. |
215009 |
ATENCIÓN TELEFÓNICA MUNICIPAL (012). |
215010 |
GESTIÓN DE RESIDUOS DENTRO DEL CONSORCIO PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS URBANOS DE NAVARRA. |
Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio |
|
321001 |
INVENTARIO DE PLANEAMIENTO. |
322001 |
PRECIOS MÁXIMOS DE VIVIENDAS PROTEGIDAS - VENTA. |
322002 |
SUBVENCIONES A ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS. |
322003 |
VIVIENDAS INICIADAS Y TERMINADAS. |
322004 |
VIVIENDAS REHABILITADAS. |
322005 |
SUBVENCIONES A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS. |
Departamento de Educación |
|
401001 |
ESTADÍSTICA DEL GASTO PÚBLICO EN EDUCACIÓN. |
423032 |
ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS: CENTROS, DIRECTORIO DE CENTROS. |
423033 |
ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS: MATRÍCULA. |
423034 |
ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS: GRADUADOS. |
423035 |
ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS: PERSONAL. |
423036 |
ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS: FCT/PRÁCTICAS EN EMPRESAS. |
423037 |
BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO. |
423038 |
LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS. |
431002 |
ESTADÍSTICA DE LAS CONVOCATORIAS DE AYUDAS A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. |
431003 |
ESTADÍSTICA DE LAS AYUDAS DEL PLAN DE FORMACIÓN Y DE I+D. |
431004 |
ESTADÍSTICA DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA. |
431006 |
ESTADÍSTICA CENTROS UNIVERSITARIOS DE NAVARRA Y DE LOS CENTROS DE LA U.N.E.D. DE PAMPLONA Y TUDELA. |
442002 |
ENCUESTA SOCIOLINGÜÍSTICA DEL EUSKERA EN NAVARRA. |
442003 |
MAPA SOCIOLINGÜÍSTICO DE NAVARRA. |
442004 |
LA ENSEÑANZA DEL EUSKERA A ADULTOS EN NAVARRA. |
442005 |
ENCUESTA ESTRUCTURAS Y EQUIPACIONES DEL EUSKERA. |
442006 |
ENCUESTA DE PRESUPUESTOS DEDICADOS AL EUSKERA. |
Departamento de Salud |
|
511001 |
DIRECTORIO DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS. |
511002 |
REGISTRO DE ENFERMOS RENALES CRÓNICOS DE NAVARRA. |
511003 |
ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS CON RÉGIMEN DE INTERNAMIENTO. |
511004 |
REGISTRO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS. |
511005 |
TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS. |
512003 |
REGISTRO DE CASOS DE INFECCIÓN POR EL VIH. |
512004 |
DIRECTORIO DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS. |
512005 |
ENFERMEDADES DE DECLARACIÓN OBLIGATORIA. |
512006 |
REGISTRO DE SIDA. |
512007 |
CALIDAD DE AGUAS DE CONSUMO HUMANO. |
512008 |
REGISTRO DE CÁNCER DE NAVARRA. |
512009 |
REGISTRO DE INFARTO AGUDO DE MIOCARDIO. |
512010 |
REGISTRO DE ENFERMEDAD CEREBROVASCULAR. |
513001 |
REGISTRO REGIONAL DE MORBILIDAD ASISTIDA EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA –CMBD–. |
513002 |
CUENTA DE LA SANIDAD DE NAVARRA. |
513003 |
INTERRUPCIONES VOLUNTARIAS DEL EMBARAZO. |
513004 |
DEFUNCIONES SEGÚN LA CAUSA DE MUERTE. |
520001 |
ESTADÍSTICA DE ACTIVIDAD DEL CENTRO Y SERVICIOS DE TRASFUSIÓN DE NAVARRA. |
521001 |
ESTADÍSTICA DEL GASTO DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA (SNS-O). |
521002 |
ESTADÍSTICA DE RECURSOS DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA (SNS-O). |
522001 |
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SALUD MENTAL. |
522002 |
ACTIVIDAD EN ASISTENCIA ESPECIALIZADA DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA (SNS-O). |
522003 |
DEMORAS EN LA ASISTENCIA SANITARIA PÚBLICA. |
522004 |
GRUPOS RELACIONADOS CON EL DIAGNÓSTICO (GRD) EN EL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA. |
522005 |
REGISTRO DE ANOMALÍAS CONGÉNITAS Y ENFERMEDADES HEREDITARIAS DE NAVARRA. |
523002 |
BASE DE DATOS DE USUARIOS DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA. |
523003 |
ACTIVIDAD EN ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA. |
523004 |
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA. |
523005 |
ACTIVIDAD DE SERVICIO DE URGENCIAS EXTRAHOSPITALARIAS. |
523007 |
MOTIVOS DE CONSULTA EN ATENCIÓN PRIMARIA. |
523008 |
RECURSOS HUMANOS Y POBLACIÓN EN ATENCIÓN PRIMARIA. |
523009 |
PROGRAMA DE ATENCIÓN DENTAL INFANTIL Y JUVENIL (PADI). |
530001 |
ENCUESTA DE SALUD Y CONDICIONES DE TRABAJO. |
532001 |
REGISTRO DE INCAPACIDAD TEMPORAL. |
532002 |
REGISTRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES. |
532003 |
REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO. |
532004 |
REGISTRO DE EXPOSICIONES LABORALES (AMIANTO). |
532005 |
DIRECTORIO DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. |
532006 |
SUCESOS CENTINELA DE SALUD LABORAL. |
532007 |
REGISTRO DE INCAPACIDAD PERMANENTE. |
Departamento de Obras Publicas, Transportes y Comunicaciones |
|
612001 |
ESTADÍSTICA BÁSICA DE LA RED VIARIA DE NAVARRA. |
612002 |
GESTIÓN DE LA CONSERVACIÓN EN LA RED DE CARRETERAS DE NAVARRA. |
612003 |
AFOROS DE TRÁFICO EN LAS CARRETERAS DE NAVARRA. |
612004 |
ESTADÍSTICA DE ACCIDENTES Y VÍCTIMAS MORTALES DE LA RED DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. |
612005 |
SITUACIÓN DE LOS TRAMOS DE CONCENTRACIÓN DE ACCIDENTES EN LAS CARRETERAS DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. |
613001 |
INVERSIONES Y CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. |
621001 |
ESTRUCTURA EMPRESARIAL DEL SECTOR DEL TRANSPORTE POR CARRETERA. |
621002 |
PARQUE DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA. |
621003 |
ESTADÍSTICA DEL TRANSPORTE AÉREO. |
621004 |
ESTADÍSTICA DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA. |
621005 |
ESTADÍSTICA DEL TRANSPORTE POR FERROCARRIL. |
621006 |
ESTADÍSTICA DEL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA. |
621007 |
ESTADÍSTICA DEL TRANSPORTE URBANO COMARCAL. |
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente |
|
714001 |
REGISTRO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA. |
714002 |
DIRECTORIO DE EXPLOTACIONES DE RUMIANTES. |
714003 |
DIRECTORIO DE EXPLOTACIONES DE PORCINO. |
714004 |
DIRECTORIO DE MATADEROS. |
714005 |
DIRECTORIO DE EXPLOTACIONES DE CABALLAR, CUNÍCOLAS, AVES, ETC. |
714006 |
REGISTRO DE EXPLOTACIONES AGRARIAS. |
714007 |
DIRECTORIOS DE PRODUCTOS CON DENOMINACIÓN DE CALIDAD. |
714008 |
USOS DEL SUELO. |
714009 |
PRODUCCIONES ANUALES DE LOS CULTIVOS. |
714010 |
SUPERFICIES ANUALES DE LOS CULTIVOS. |
714011 |
AFOROS DE COSECHAS DE CULTIVOS. |
714012 |
ENCUESTA DE GANADO BOVINO. |
714013 |
ENCUESTA DE GANADO PORCINO. |
714014 |
ENCUESTA DE GANADO OVINO Y CAPRINO. |
714015 |
ENCUESTA DE SACRIFICIO DE GANADO. |
714016 |
PRODUCCIÓN DE LA LECHE DE VACA, OVEJA Y CABRA. |
714017 |
PRODUCCIÓN DE LANA DE OVEJA. |
714018 |
EVALUACIÓN DE OTRAS PRODUCCIONES GANADERAS. |
714019 |
MOVIMIENTO COMERCIAL PECUARIO. |
714020 |
PRECIOS DE LA TIERRA. |
714021 |
CÁNONES DE ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS. |
714022 |
PRECIOS SEMANALES DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y GANADEROS. |
714023 |
PRECIOS PERCIBIDOS POR LOS AGRICULTORES Y GANADEROS. |
714024 |
PRECIOS PAGADOS POR LOS AGRICULTORES Y GANADEROS. |
714025 |
PRECIOS DE PRODUCTOS DE PEQUEÑA SIGNIFICACIÓN. |
714026 |
SALARIOS AGRARIOS. |
714027 |
RED DE INFORMACIÓN CONTABLE AGRARIA. |
714028 |
ANÁLISIS DE LA ECONOMÍA DE LOS SISTEMAS DE PRODUCCIÓN. |
714029 |
OBTENCIÓN DE LOS MÁRGENES BRUTOS ESTÁNDAR (MBE): VEGETALES Y ANIMALES. |
714030 |
CUENTAS MACROECONÓMICAS. |
714031 |
REGISTRO DE LA VIÑA. |
714032 |
METEOROLOGÍA. |
714033 |
INDICADORES ECONÓMICOS DEL SECTOR AGRARIO Y ALIMENTARIO. |
722001 |
REGISTRO DE INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS Y SAT. |
741008 |
CALIDAD DEL AIRE EN NAVARRA. |
741009 |
RECICLADO DE RESIDUOS: PAPEL, VIDRIO, PLÁSTICO Y METALES. |
741010 |
GENERACIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES. |
741011 |
GENERACIÓN DE RESIDUOS URBANOS. |
741013 |
EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO. |
741014 |
POBLACIÓN EXPUESTA AL RUIDO. |
741015 |
RÉGIMEN DE COMERCIO DE DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO. |
742001 |
NÚMERO DE VISITANTES A CENTROS DE INTERPRETACIÓN DE LA NATURALEZA. |
742002 |
NÚMERO DE CONSULTAS O SOLICITUDES POR ESCRITO ATENDIDAS POR LA D. G. DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA. |
742003 |
CORTAS Y BALANCE DE MADERA. |
742004 |
ACTUACIONES FORESTALES BÁSICAS. |
742005 |
GASTO TOTAL EN ACTUACIONES FORESTALES. |
742006 |
LICENCIAS DE CAZA Y PESCA. |
742007 |
ESPECIES CINEGÉTICAS Y PISCÍCOLAS. |
742008 |
ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS. |
742009 |
CAMBIOS EN EL USO DEL SUELO. |
742010 |
GESTIÓN CINEGÉTICA. |
742011 |
ESPECIES INVASORAS. |
742012 |
MUNICIPIOS CON AGENDA LOCAL 21. |
742013 |
MATERIAL FORESTAL DE REPRODUCCIÓN. |
742014 |
SUPERFICIE FORESTAL CON PLAN DE ORDENACIÓN. |
742015 |
SEGUIMIENTO DE DAÑOS EN LOS MONTES. |
742016 |
REPOBLACIONES FORESTALES. |
742017 |
INCENDIOS FORESTALES. |
742018 |
ESPECIES AMENAZADAS (FLORA Y FAUNA). |
743001 |
RED DE CONTROL BIOLÓGICO DE LOS RÍOS DE NAVARRA. |
743002 |
RED DE CONTROL ESTACIONES DE AFORO DE LOS RÍOS DE NAVARRA. |
743003 |
RED DE CONTROL FISICOQUÍMICO DE LOS RÍOS DE NAVARRA. |
743004 |
RED DE CONTROL FISICOQUÍMICO DE LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS DE NAVARRA. |
743005 |
RED DE CONTROL DE AGUAS DE BAÑO NATURALES DE NAVARRA. |
743006 |
ACTUACIONES DE MEJORAS DE RÍOS. |
Departamento de Innovación, Empresa y Empleo |
|
811001 |
BALANCES ENERGÉTICOS. |
811003 |
AYUDAS A LA INVERSIÓN. |
812001 |
AYUDAS I+D. |
814002 |
DIRECTORIO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES MINORISTAS DE NAVARRA. |
831001 |
CONCILIACIONES ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN. |
831002 |
CONVENIOS COLECTIVOS. |
831003 |
COOPERATIVAS. |
831004 |
DIRECTORIO DE COMUNICACIÓN DE APERTURAS DE CENTROS DE TRABAJO. |
831005 |
DIRECTORIO DE CONVENIOS COLECTIVOS. |
831006 |
DIRECTORIO DE EMPRESAS AUDITORAS DE SISTEMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. |
831007 |
DIRECTORIO DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL. |
831008 |
DIRECTORIO DE EMPRESAS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE EMPRESAS CON RIESGO POR AMIANTO (RERA). |
831010 |
DIRECTORIO DE EMPRESAS SANCIONADAS POR INCUMPLIMIENTO DE NORMATIVA LABORAL. |
831011 |
DIRECTORIO DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS. |
831012 |
ELECCIONES SINDICALES. |
831013 |
EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT). |
831014 |
HUELGAS Y CIERRES PATRONALES. |
831015 |
ORGANIZACIONES PROFESIONALES. |
831016 |
REGULACIÓN DE EMPLEO. |
831017 |
SOCIEDADES LABORALES. |
831018 |
DIRECTORIO DE EMPRESAS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (REA). |
840001 |
OCUPACIONES MÁS DEMANDADAS POR LOS TRABAJADORES. |
840003 |
CONTRATOS DE TRABAJO REGISTRADOS. |
840005 |
ÍNDICE DE ACTIVIDAD EMPRENDEDORA. |
840006 |
OCUPACIONES MÁS CONTRATADAS. |
840008 |
PARO REGISTRADO. |
840009 |
SERVICIOS RECIBIDOS POR DEMANDANTES DE EMPLEO. |
840010 |
FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO DE TRABAJADORES. |
840011 |
AYUDAS A LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO. |
Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte |
|
912001 |
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE DESARROLLO. |
912002 |
AYUDA OFICIAL AL DESARROLLO (AOD DEL GOBIERNO DE NAVARRA). |
912003 |
PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, FINANCIADOS POR EL GOBIERNO DE NAVARRA. |
914010 |
SUBVENCIONES A INVERSIONES EN CENTROS AJENOS DE SERVICIOS SOCIALES. |
915004 |
CUMPLIMIENTO DE LOS CRITERIOS DE HOMOLOGACIÓN POR ÁREAS DE ATENCIÓN. |
915005 |
EVOLUCIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS CRITERIOS DE CALIDAD PARA LA HOMOLOGACIÓN EN LOS CENTROS DE LOS SERVICIOS SOCIALES. |
915006 |
GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LA CARTA DE SERVICIOS. |
915007 |
INSPECCIONES REALIZADAS EN LOS CENTROS DE SERVICIOS SOCIALES POR ÁREAS DE ATENCIÓN. |
916016 |
PRESTACIONES GARANTIZADAS A PERSONAS EN INCORPORACIÓN SOCIAL. |
916017 |
PRESTACIONES NO GARANTIZADAS A PERSONAS EN INCORPORACIÓN SOCIAL. |
916018 |
SUBVENCIONES PARA FUNCIONAMIENTO Y FOMENTO DE ACTIVIDADES DE ENTIDADES. |
917001 |
PRESTACIONES A PERSONAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. |
918001 |
INVERSIONES EN CENTROS PROPIOS DE SERVICIOS SOCIALES. |
918025 |
REGISTRO DE PERSONAS CON DEPENDENCIA. |
918026 |
REGISTRO DE PERSONAS CALIFICADAS CON MINUSVALÍA. |
918027 |
SUBVENCIONES A ENTIDADES DE SERVICIOS SOCIALES EN EL ÁREA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. |
918029 |
SUBVENCIONES A ENTIDADES DE INICIATIVA SOCIAL DE TERCERA EDAD. |
918031 |
AYUDAS A ENTIDADES DE VOLUNTARIADO DE SERVICIOS SOCIALES. |
918032 |
PRESTACIONES GARANTIZADAS A PERSONAS MAYORES. |
918033 |
PRESTACIONES NO GARANTIZADAS A PERSONAS MAYORES. |
918034 |
PRESTACIONES GARANTIZADAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. |
918035 |
PRESTACIONES NO GARANTIZADAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. |
918036 |
PRESTACIONES GARANTIZADAS A PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL. |
918037 |
PRESTACIONES NO GARANTIZADAS A PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL. |
918038 |
PRESTACIONES A PERSONAS CON DEPENDENCIA. |
922002 |
PERSONAS BENEFICIARIAS DEL CARNET DE FAMILIA NUMEROSA. |
922003 |
PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAMILIAS NUMEROSAS POR EL NACIMIENTO DEL CUARTO O SUCESIVOS HIJOS. |
922004 |
PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAMILIAS POR EL NACIMIENTO DE DOS O MÁS HIJOS EN EL MISMO PARTO. |
922005 |
PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAMILIAS POR EL NACIMIENTO DE TERCER O SUCESIVOS HIJOS. |
922006 |
PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAMILIAS POR EXCEDENCIA. |
923001 |
ADOPCIONES DE MENORES. |
923002 |
ACOGIMIENTOS DE MENORES. |
923003 |
ESCUELAS INFANTILES DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE. |
923005 |
MENORES EN PROTECCIÓN. |
923006 |
MENORES EN REFORMA. |
924001 |
EMPRESAS ADHERIDAS A LA JUNTA ARBITRAL DE CONSUMO DE NAVARRA. |
924002 |
ATENCIÓN E INFORMACIÓN A LA PERSONA CONSUMIDORA. |
924003 |
REGISTRO DE CENTROS DE BRONCEADO. |
940001 |
CENSO DE ASOCIACIONES DE MUJERES. |
940002 |
SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO QUE TRABAJAN A FAVOR DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. |
940003 |
SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES. |
940004 |
SERVICIO ATENCIÓN JURÍDICA A LAS MUJERES. |
940005 |
DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GENERO. |
940006 |
PLANES DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EMPRESAS. |
940007 |
PROGRAMA PACTOS LOCALES POR LA CONCILIACIÓN. |
951001 |
LICENCIAS DEPORTIVAS FEDERADAS. |
951002 |
PARTICIPANTES EN JUEGOS DEPORTIVOS DE NAVARRA. |
951003 |
CENSO DE CLUBES DEPORTIVOS. |
951004 |
PARTICIPACIÓN EN LAS CAMPAÑAS DEPORTIVAS ESCOLARES. |
951007 |
USUARIOS DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL GOBIERNO DE NAVARRA. |
951008 |
NUMERO DE CONTRATOS DE PATROCINIO DEPORTIVO DECLARADOS DE INTERÉS SOCIAL. |
954001 |
CENSO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. |
960001 |
CENSO DE ENTIDADES JUVENILES. |
960002 |
NÚMERO DE PARTICIPANTES EN CURSOS DE LA ESCUELA NAVARRA DE ACTIVIDADES CON JÓVENES. |
960003 |
USUARIOS DEL CENTRO COORDINADOR DE INFORMACIÓN JUVENIL DEL GOBIERNO DE NAVARRA. |
960004 |
NÚMERO DE PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA JUVENTUD DE LA UNIÓN EUROPEA. |
960005 |
PERNOCTACIONES EN LAS INSTALACIONES JUVENILES EN LA COMUNIDAD FORAL. |
960006 |
PARTICIPANTES EN ACTIVIDADES JUVENILES DE PROMOCIÓN ARTÍSTICA. |
960007 |
PARTICIPANTES EN ACTIVIDADES JUVENILES DE MOVILIDAD. |
960008 |
JÓVENES BENEFICIARIOS DEL CARNET JOVEN. |
960009 |
JÓVENES BENEFICIARIOS DE CARNÉS REAJ. |
960010 |
PARTICIPANTES BECADOS EN ACCIONES DEL INSTITUTO NAVARRO DE LA JUVENTUD. |
960011 |
CENSO DE MONITORES Y DIRECTORES DE TIEMPO LIBRE EN NAVARRA. |
960012 |
CENSO DE PROFESIONALES DE JUVENTUD EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. |
960013 |
CENSO DE DIAGNÓSTICO Y PLANES DE JUVENTUD DE LA COMUNIDAD FORAL. |
960014 |
SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES Y ENTIDADES LOCALES. |
960015 |
CENSO DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN JUVENIL. |
Departamento de Cultura y Turismo - Institución Príncipe de Viana |
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A11001 |
DIRECTORIO DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS. |
A12001 |
DEMANDAS DE INFORMACIÓN EN OFICINAS DE TURISMO. |
A23001 |
MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS PERMANENTES. |
A24001 |
MEMORIA DEL SERVICIO DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS DE NAVARRA: DATOS ESTADÍSTICOS. |
Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno |
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B02002 |
PROGRAMA DE MEDIACIÓN LINGÜÍSTICA E INTERCULTURAL ITINERANTE PARA LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. |
B02003 |
CENSO DE ASOCIACIONES DE PERSONAS INMIGRANTES. |
B21001 |
RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y EL PARLAMENTO DE NAVARRA. |
B21002 |
RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CFNA. |
B22002 |
CASAS REGIONALES Y ASOCIACIONES DE OTRAS COMUNIDADES ESPAÑOLAS CON SEDE EN NAVARRA. |
B22003 |
CASAS, HOGARES Y CENTROS DE NAVARRA EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. |
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 23 de noviembre de 2010.–El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 145, de 29 de noviembre de 2010)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid