Advertidos errores en el texto de las Actas donde se aprueban las modificaciones del nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2004 de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 24 de marzo de 2010, en el BOE n.º 82, de 5 de abril de 2010.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En la página 31151, después de la definición de la categoría Maquinista de la Instalación de Preparación de Pastas, hay que incluir la definición de la siguiente categoría profesional:
Ayudante de la Instalación de Preparación de Pastas.
Es el operario que con conocimientos suficientes de su profesión y bajo la supervisión de su inmediato superior, tiene como misión el manejo de máquina abridora de balas además de colaborar con el Maquinista de la Instalación de Preparación de Pastas en las funciones que le sean encomendadas. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:
Aprovisionamiento de balas e inspección visual de la borra, eliminando posibles contaminantes. Puesta en marcha y manejo de la máquina abridora de balas realizando los ajustes precisos y resolviendo las incidencias que se produzcan. Supervisión de los silos de almacenamiento comprobando el correcto funcionamiento de todos sus elementos.
Siguiendo indicaciones de su inmediato superior, realiza la puesta en marcha, carga y descarga del púlper una vez conseguida la consistencia adecuada, según las especificaciones recibidas.
Puesta en marcha de la máquina abridora de bloques y de las desfibradoras, vigilando los procesos y realizando las pruebas establecidas, así como las correcciones necesarias para que el producto cumpla con las características requeridas, siguiendo las indicaciones de su inmediato superior.
Entretenimiento de las máquinas y resolución de pequeñas averías, interrupciones o incidencias ayudando al personal de Mantenimiento siempre que se le requiera. Limpieza de la maquinaria y zona de actuación, así como del utillaje y elementos auxiliares asignados, comunicando a su inmediato superior las posibles anomalías que detecte.
Cumplimentación de todos los impresos de control que le sean requeridos relativos a su trabajo.
Madrid, 14 de abril de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
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