Advertidos errores en el texto de la Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Albania al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 203, de 25 de agosto de 1987), hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 161, de 7 de julio de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
Página 71587, después de la Declaración de España y antes de la mención de la entrada en vigor del Convenio, se insertará el siguiente texto:
«DECLARACIONES Y RESERVAS
Albania, 16-07-2010.
De acuerdo con el primer párrafo del artículo 33 del Convenio, la República de Albania se reserva el derecho a aceptar para su revisión las comisiones rogatorias redactadas en albanés o que vayan acompañadas de una traducción oficial a dicha lengua.
De conformidad con la letra “c” del artículo 35 del Convenio, la República de Albania declara que no ejecutará las cartas rogatorias que tengan por objeto el procedimiento conocido en los países de Common Law con el nombre de “pre-trial discovery of documents”.
AUTORIDADES
Albania, 16-07-2010.
De conformidad con el artículo 2 del Convenio, el Ministerio de Justicia de la República de Albania será la Autoridad Central.»
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