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Documento BOE-A-2011-12722

Real Decreto 881/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 23 de julio de 2011, páginas 82133 a 82206 (74 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-12722
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2011/06/24/881

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Por otra parte, este real decreto concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los títulos de formación profesional respondan de forma efectiva a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadanía democrática.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional (espacios, equipamientos necesarios, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las comunidades autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Asimismo, en cada título se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión con este ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la información sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional, según la legislación vigente.

Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Así, el presente real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar.

Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983 y 48/1988).

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de junio de 2011,

DISPONGO:

CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.

1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Superior en Estética, contenida en el Real Decreto 628/1995, de 21 de abril.

CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación.

El título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar queda identificado por los siguientes elementos:

Denominación: Estética Integral y Bienestar.

Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.

Duración: 2.000 horas.

Familia Profesional: Imagen Personal.

Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en dirigir y organizar el desarrollo de los servicios estéticos, planificar y realizar tratamientos estéticos relacionados con la imagen y el bienestar, y aplicar técnicas estéticas hidrotermales, depilación e implantación de pigmentos, asegurando la calidad, prevención de riesgos laborales y gestión ambiental.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

a) Analizar la viabilidad de la implantación de nuevos servicios, evaluando los medios materiales y personales para su desarrollo en la empresa.

b) Diseñar protocolos estéticos y documentos de consentimiento informado, utilizando las tecnologías de la información y comunicación.

c) Gestionar la logística y el almacenamiento, aprovisionando con el material necesario para asegurar el buen funcionamiento de todos los servicios que ofrece la empresa de estética.

d) Determinar y supervisar el trabajo de cada profesional a su cargo, coordinando y programando las actividades.

e) Diseñar la propuesta estética personalizada, analizando los datos obtenidos del análisis profesional, las demandas del cliente y los posibles informes de otros profesionales.

f) Realizar procesos de hidroterapia, aplicando técnicas específicas y complementarias en balnearios o spas y utilizando cosméticos termales.

g) Aplicar masajes y drenajes linfáticos estéticos, seleccionando técnicas y procedimientos.

h) Realizar maquillajes correctivos por microimplantación de pigmentos, personalizando y adaptándolos a las necesidades de cada cliente.

i) Supervisar y desarrollar procesos de eliminación temporal y definitiva del vello, siguiendo las especificaciones establecidas.

j) Supervisar y desarrollar técnicas electroestéticas y bronceado por radiación ultravioleta, cumpliendo las especificaciones marcadas en la legislación vigente.

k) Asesorar al cliente, informando de los efectos de los tratamientos y cosméticos, su relación con la fisiología cutánea, los hábitos de vida saludables y las precauciones que hay que seguir antes, durante y después de su aplicación.

l) Realizar la promoción y comercialización de productos y servicios en el ámbito de una empresa de imagen personal.

m) Integrar y realizar los servicios estéticos, coordinando la aplicación de diferentes técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

n) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.

ñ) Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.

o) Organizar y coordinar equipos de trabajo con responsabilidad, supervisando el desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, así como aportando soluciones a los conflictos grupales que se presentan.

p) Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información o conocimientos adecuados y respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

q) Generar entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.

r) Supervisar y aplicar procedimientos de gestión de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todos», en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

s) Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional con sentido de la responsabilidad social.

t) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

1. Cualificaciones profesionales completas:

a) Hidrotermal IMP023_3 (Real Decreto 327/2008, de 29 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC1260_3: Protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios.

UC0061_3: Aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados.

UC0062_3: Aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales.

UC0063_3: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

b) Masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas IMP248_3 (Real Decreto 790/2007, de 15 de junio), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0789_3: Realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.

UC0063_3: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

UC0790_3: Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

UC0791_3: Realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.

UC0792_3: Asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.

c) Tratamientos estéticos IMP250_3 (Real Decreto 790/2007, de 15 de junio), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0796_3: Realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.

UC0063_3: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

UC0790_3: Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

UC0797_3: Aplicar técnicas electroestéticas, integrándolas en tratamientos estéticos específicos.

UC0798_3: Realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de diferentes técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

2. Cualificaciones profesionales incompletas:

a) Bronceado, maquillaje y depilación avanzada IMP182_3 (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre).

UC0580_3: Realizar la aplicación de técnicas de bronceado artificial en condiciones de seguridad y salud.

UC0581_3: Realizar la depilación definitiva y/o supervisar procesos de depilación temporal.

UC0067_3: Realizar y supervisar procesos de micropigmentación.

b) Maquillaje integral IMP024_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero).

UC0064_2: Preparar los medios técnicos y personales para aplicar maquillaje integral.

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Este profesional ejerce su actividad en el sector de cuidados de la imagen personal, en el subsector de cuidados estéticos, en pequeñas y medianas empresas, mayoritariamente privadas, en las áreas de tratamientos estéticos integrales, estética hidrotermal, microimplantación de pigmentos, depilación avanzada, masaje estético y drenaje, y asesoramiento en tratamientos y productos cosméticos.

Se trata de profesionales por cuenta propia que trabajan gestionando su propia empresa o que trabajan por cuenta ajena, ejerciendo su actividad profesional como empleados o jefes de área o departamento.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

– Esteticista.

– Director técnico en empresas estéticas y áreas de imagen personal, de spas y balnearios.

– Técnico en tratamientos estéticos integrales.

– Especialista en técnicas hidroestéticas.

– Técnico en micropigmentación.

– Técnico en depilación mecánica y avanzada.

– Técnico en aparatología estética.

– Especialista en bronceado mediante radiación ultravioleta.

– Técnico en masajes estéticos.

– Técnico en drenaje linfático estético.

– Trabajador cualificado en centros de medicina y cirugía estética.

– Técnico comercial.

– Asesor estético y cosmético.

– Formador técnico en estética.

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

a) El perfil profesional de este título marca una evolución hacia las competencias relacionadas con las técnicas que potencien los cuidados de la imagen personal a través del bienestar y de la promoción de la salud. Los futuros profesionales deberán tener un amplio conocimiento de hábitos saludables; una mayor especialización en técnicas manuales estéticas, como el drenaje estético, técnicas orientales o reflexología y una buena preparación en técnicas sensoriales como

la cromoterapia, aromaterapia, musicoterapia, etc. Los tratamientos cuyo recurso principal es el agua son otros de los procesos que potencian el bienestar y convierten los centros de spa y balnearios en un sector con gran demanda en la actualidad.

b) La evolución tecnológica, el uso de aparatología y cosmética avanzada (radiofrecuencia, aparatos de bronceado con radiación ultravioleta, IPL o el LASER, vectores y principios activos cosméticos de nueva generación, entre otros) demandan un perfil profesional cada vez más cualificado, con conocimientos científico-tecnológicos y con capacidad para la organización y planificación de procesos, que asuma funciones de calidad, de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental y que sea capaz de mantener un espíritu abierto a la innovación.

c) Las empresas del sector avanzan hacia el trabajo en equipo y la colaboración con otros profesionales, fundamentalmente del ámbito sanitario. Enfocan su actividad al asesoramiento profesional y a la atención personalizada.

d) Este profesional debe presentar un perfil polivalente, capaz de adaptarse a los cambios, con un alto grado de autonomía y capacidad para la toma de decisiones.

Finalmente, los aspectos organizativos de la prestación de servicios de estética y bienestar deberán adaptarse a la normativa europea, española y autonómica. En la actualidad los establecimientos y el personal aplicador de los procesos de micropigmentación y bronceado están sometidos a una legislación específica de condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad que deben seguir para poder ejercer. Se prevé que se establezcan más regulaciones legales de otros procesos con especial incidencia en la salud pública.

CAPÍTULO III
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 9. Objetivos generales.

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

a) Desarrollar nuevos servicios, evaluando los medios personales y materiales, para analizar la viabilidad de su implantación.

b) Elaborar normas de actuación, detallando las fases del proceso y utilizando las tecnologías de información y comunicación, para diseñar documentos y protocolos estéticos y de atención al cliente.

c) Organizar los recursos de la cabina de estética, controlando el stock, para gestionar su logística y almacenamiento.

d) Aplicar procedimientos relacionados con el mantenimiento de equipos e instalaciones, cumpliendo la normativa, para asegurar el buen funcionamiento.

e) Caracterizar los roles profesionales, identificando la responsabilidad asociada en cada caso, para programar sus actividades.

f) Desarrollar el procedimiento de análisis estético, empleando herramientas específicas, para diseñar una propuesta estética individualizada.

g) Aplicar técnicas, cosméticos termales y equipos, relacionándolos con las necesidades de los usuarios de balnearios o spas, para realizar procesos hidroestéticos.

h) Identificar métodos, maniobras y parámetros, adaptándolos al análisis estético, para aplicar masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas.

i) Supervisar y evaluar las diferentes técnicas, maniobras y parámetros de aplicación del drenaje estético y masajes por presión, adaptándolos al análisis estético y a las zonas anatómicas que se van a tratar, para asegurar el beneficio estético deseado.

j) Emplear elementos y procesos decorativos semipermanentes, relacionándolos con las características del usuario y aplicando la normativa vigente, para realizar maquillajes correctivos por microimplantación de pigmentos

k) Seleccionar procedimientos de eliminación de vello de manera temporal y definitiva, caracterizando las fases, técnicas y recursos necesarios, para supervisar y desarrollar la depilación.

l) Verificar los parámetros de control de equipos electro-estéticos y de bronceado artificial, relacionando los fundamentos científicos con los tratamientos estéticos, para aplicarlos con garantías de eficacia y seguridad.

m) Identificar las operaciones de formulación y elaboración de cosméticos, analizando las características, efectos y aplicaciones de sus principios activos, para asesorar sobre los productos cosméticos a usuarios y profesionales.

n) Identificar la variabilidad de los procesos estéticos, relacionándolos con los fundamentos anatomo-fisiológicos, hábitos saludables y las principales patologías asociadas, para garantizar la calidad de todos los servicios.

ñ) Identificar las técnicas publicitarias, las operaciones de venta y de merchandising, valorando las características y demandas del mercado, para realizar la promoción y comercialización de productos y servicios estéticos.

o) Coordinar todos los recursos estéticos (técnicas, aparatos, instalaciones y cosméticos), adaptándolos al servicio estético propuesto y teniendo en cuenta el estudio estético y las preferencias del usuario, para realizar tratamientos estéticos integrales.

p) Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionados con la evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías de la información y la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas situaciones laborales y personales.

q) Desarrollar la creatividad y el espíritu de innovación para responder a los retos que se presentan en los procesos y en la organización del trabajo y de la vida personal.

r) Tomar decisiones de forma fundamentada, analizando las variables implicadas, integrando saberes de distinto ámbito y aceptando los riesgos y la posibilidad de equivocación en las mismas, para afrontar y resolver distintas situaciones, problemas o contingencias.

s) Desarrollar técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en contextos de trabajo en grupo, para facilitar la organización y coordinación de equipos de trabajo.

t) Aplicar estrategias y técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a la finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.

u) Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, proponiendo y aplicando medidas de prevención personal y colectiva, de acuerdo con la normativa aplicable en los procesos del trabajo, para garantizar entornos seguros.

v) Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todos».

w) Identificar y aplicar parámetros de calidad en los trabajos y actividades realizados en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluación y de la calidad y ser capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestión de calidad.

x) Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.

y) Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.

Artículo 10. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.

b) Son los que a continuación se relacionan:

0744. Aparatología estética.

0745. Estética hidrotermal.

0746. Depilación avanzada.

0747. Masaje estético.

0748. Drenaje estético y técnicas por presión.

0749. Micropigmentación.

0750. Procesos fisiológicos y de higiene en imagen personal.

0751. Dermoestética.

0752. Cosmética aplicada a estética y bienestar.

0753. Tratamientos estéticos integrales.

0754. Proyecto de estética integral y bienestar.

0755. Formación y orientación laboral.

0756. Empresa e iniciativa emprendedora.

0757. Formación en centros de trabajo.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el Anexo II de este real decreto.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

b) Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

c) Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

d) Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

b) La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 12. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el Anexo III A) de este real decreto.

2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el Anexo III B) del presente real decreto.

3. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el Anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

4. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparta los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO IV
Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de bachillerato cursadas.

Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo aquellos alumnos que hayan cursado la modalidad de bachillerato de Ciencias y Tecnología.

Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios.

1. El título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan.

2. El título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de Grado, en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de Grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, en este real decreto se han asignado, en las enseñanzas mínimas establecidas, 120 créditos ECTS entre todos los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.

1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el Anexo IV.

2. Serán objeto de convalidación los módulos profesionales comunes a varios ciclos formativos, de igual denominación, duración, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, establecidos en los reales decretos por los que se fijan las enseñanzas mínimas de los títulos de formación profesional. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

3. El módulo profesional de Formación y orientación laboral de cualquier título de formación profesional podrá ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre: que se acredite, al menos, un año de experiencia laboral y que se presente la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo V A) de este real decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar con las unidades de competencia para su acreditación queda determinada en el Anexo V B) de este real decreto.

Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.

Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.

Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésimo primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el título de Técnico Especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuación se relaciona, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar establecido en el presente real decreto:

Técnico Especialista en Estética, rama peluquería y Estética.

2. El título de Técnico Superior en Estética establecido por el Real Decreto 628/1995, de 21 de abril, tendrá los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar establecido en el presente real decreto.

3. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.

4. La formación establecida en este real decreto, garantiza el nivel de conocimiento exigido en el curso de formación higiénico-sanitaria que el Ministerio de Sanidad exige a los aplicadores de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea tal como marcan las legislaciones en las distintas CCAA.

5. La formación establecida en este real decreto, en sus diferentes módulos profesionales, garantiza el nivel de conocimiento requerido en el curso de formación que el Ministerio de Sanidad exige a los profesionales que realizan actividades de bronceado artificial, tal como marca la legislación en las distintas Comunidades Autónomas.

Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.

1. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.

2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el apartado 1 y 2 de la disposición adicional tercera de este real decreto se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.

Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante, en la especialidad docente a la que pretenda acceder y durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.

Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todos».

2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas.

1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 628/1995, de 21 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Estética y las correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 198/1996, de 9 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Estética.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas.

1. Queda derogado el Real Decreto 628/1995, de 21 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Estética y las correspondientes enseñanzas mínimas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.

2. Queda derogado el Real Decreto 198/1996, de 9 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Estética.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución. Se exceptúa de norma básica la disposición transitoria única punto 2.

Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.

Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2012/2013. No obstante, podrán anticipar al año académico 2011/2012 la implantación de este ciclo formativo.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 24 de junio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación,

ÁNGEL GABILONDO PUJOL

ANEXO I
Módulos Profesionales

MÓDULO PROFESIONAL: APARATOLOGÍA ESTÉTICA.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0744

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Planifica la organización de las instalaciones y los equipos electroestéticos, cumpliendo la legislación vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los requisitos de instalación eléctrica de una cabina de tratamientos de electroestética.

b) Se han identificado los requisitos de instalación para aplicar técnicas de emisión de radiación electromagnética.

c) Se ha comprobado que los equipos y accesorios cumplen los requisitos de seguridad exigidos por la normativa vigente.

d) Se han identificado las características de las diferentes cabinas de bronceado.

e) Se ha especificado la legislación vigente en materia de bronceado por rayos UVA.

f) Se ha relacionado la aplicación de los métodos de higiene y esterilización con las características de los útiles y materiales.

g) Se han controlado las condiciones de almacenamiento de útiles y accesorios.

h) h) Se ha gestionado la eliminación de residuos, los recambios de los equipos y los productos de desecho generados.

2. Caracteriza los equipos de electroestética, relacionándolos con los efectos fisiológicos que producen y con sus aplicaciones estéticas.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las corrientes eléctricas con aplicación en estética.

b) Se han especificado las características de los equipos de electroestética.

c) Se han relacionado los efectos fisiológicos con los tipos de corriente, radiaciones y técnicas.

d) Se han caracterizado las aplicaciones estéticas de las diferentes corrientes y radiaciones.

e) Se han identificado las precauciones y contraindicaciones de cada una de las corrientes.

f) Se han caracterizado las técnicas que emplean corriente continua, variable, radiaciones electromagnéticas y técnicas con efectos mecánicos.

g) Se ha establecido la secuenciación, modo de aplicación, accesorios, y parámetros de cada una de las técnicas electroestéticas.

h) Se han definido las normas de seguridad de cada aparato.

i) Se ha interpretado la documentación técnica de los equipos.

3. Prepara y pone a punto los equipos de electroestética, regulando los parámetros.

Criterios de evaluación:

a) Se ha seleccionado el equipo entre las distintas técnicas de electroestética.

b) Se han descrito las funciones de las máquinas, útiles y accesorios.

c) Se han verificado y regulado los dispositivos de las máquinas.

d) Se han seleccionado accesorios, útiles y cosméticos en función de las características de cada técnica.

e) Se han controlado las condiciones de higiene y desinfección de equipos, accesorios y materiales.

f) Se han montado y revisado los útiles y accesorios.

g) Se han relacionado los parámetros de aplicación con los efectos.

4. Planifica la aplicación de técnicas electroestáticas, justificando la secuencia del protocolo.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado el estado de la piel, sus características y sus alteraciones, previamente a la selección de la técnica o técnicas que se van a realizar.

b) Se ha elaborado el protocolo de ejecución de las distintas técnicas electroestéticas.

c) Se ha organizado el área de trabajo con el equipo, los accesorios y los productos necesarios.

d) Se han adoptado las medidas de protección necesarias tanto para el usuario como para el profesional.

e) Se han ajustado los parámetros de aplicación en función de la técnica, los efectos perseguidos y las características del usuario.

f) Se han especificado las posibles sensaciones que se pueden producir durante la aplicación del aparato.

g) Se han establecido las operaciones previas necesarias para la aplicación de la técnica de electroestética.

h) Se han aplicado las diferentes técnicas de electroestética, adoptando las medidas de protección necesarias.

i) Se ha establecido la secuenciación de la técnica aplicada.

j) Se han determinado el sinergismo y antagonismo de las técnicas en los tratamientos estéticos combinados.

5. Caracteriza la nueva aparatología de innovación tecnológica en estética, relacionándola con los efectos de su aplicación.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las nuevas tendencias en aparatología del mercado de la estética.

b) Se han especificado las características de los nuevos equipos de electroestética.

c) Se han relacionado los efectos fisiológicos con los tipos de corriente, radiaciones y técnicas.

d) Se han identificado las precauciones y contraindicaciones de cada una de las corrientes.

e) Se ha establecido el protocolo de actuación de las técnicas innovadoras.

f) Se han identificado las ventajas e inconvenientes de la introducción del nuevo servicio en una cabina de estética.

6. Evalúa los riesgos de la aplicación de técnicas de electroestética, teniendo en cuenta las condiciones y características de las personas y los requerimientos técnicos.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado las causas de riesgo más frecuentes en la aplicación de técnicas de electroestética.

b) Se han identificado las precauciones que han de tomarse en la aplicación de técnicas de electroestética.

c) Se han determinado las contraindicaciones específicas de cada una de las técnicas.

d) Se han reconocido los signos y síntomas que evidencian en un sujeto un aumento de riesgo potencial ante la aplicación de técnicas de electroestética.

e) Se han identificado las medidas de emergencia que hay que tomar en las diferentes situaciones de riesgo durante la aplicación de las diferentes técnicas de electroestética.

f) Se han determinado las pautas que hay que seguir para informar al usuario sobre los riesgos posibles de los tratamientos.

g) Se han identificado las medidas de protección personal del profesional y del usuario en la aplicación de técnicas de electroestética.

Duración: 70 horas.

Contenidos básicos:

Planificación de la organización de las instalaciones y los equipos electroestéticos:

- Seguridad eléctrica.

- Requisitos de instalación para aplicar técnicas de emisión de radiación electromagnética.

- Requisitos de instalación para aplicar técnicas de bronceado.

- Normativa europea, nacional y autonómica sobre aparatos mediante radiaciones ultravioleta.

- Normas sobre aparatología estética.

- Aplicación de medidas de higiene, desinfección y esterilización.

Caracterización de los equipos de electroestética:

- Clasificación de las corrientes eléctricas con aplicación en estética: corriente galvánica y corrientes variables.

- Técnicas basadas en la aplicación de calor y de frío.

- Técnicas basadas en la aplicación de radiaciones electromagnéticas.

- Técnicas de mecanoterapia.

Preparación de equipos de electroestética:

- Elección de la técnica de electroestética: criterios de selección.

- Revisión y mantenimiento de las condiciones de seguridad de los equipos.

- Reconocimiento y selección de accesorios, útiles y cosméticos.

- Regulación de parámetros.

Organización de la aplicación de técnicas de electroestética:

- La documentación técnica.

- Obtención y gestión de datos del usuario.

- Elaboración del protocolo de ejecución según la técnica electroestética seleccionada.

- Preparación del área de trabajo.

- Ajuste de parámetros y dosimetrías.

- Preparación del usuario.

- Análisis del estado de la piel y posibles alteraciones.

- Ejecución práctica: fases y precauciones.

- Retirada de equipos y accesorios.

- Supervisión del proceso y recogida de incidencias.

Caracterización de la nueva aparatología estética:

- Nuevos equipos en estética.

- Análisis de las características. Fundamento científico. Descripción de los equipos. Normas de aplicación, dosimetrías. Efectos e indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

Evaluación de riesgos en la aplicación de técnicas de electroestética:

- Principales accidentes en la cabina de electroestética.

- Prevención de accidentes y forma de actuar frente a los mismos.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de aplicación de aparatología de electroestética.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

- Organizar la cabina de estética en condiciones de seguridad.

- Interpretar la documentación técnica de todos los equipos que se emplean en elestroestética.

- Preparar los equipos y aplicar cada técnica teniendo en cuenta los procedimientos de actuación.

- Identificar la aparatología novedosa para incorporarla a la cabina de electroestética.

- Evaluar y prevenir los riesgos derivados de la aplicación de equipos de electroestética.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- Procesos de ejecución de diseño de protocolos personalizados.

- Procesos de tratamientos de tratamientos de estética facial y corporal.

- Procesos de ejecución de técnicas específicas en cuidados estéticos pre y post- cirugía estética.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), d), l) y ñ) del ciclo formativo, y las competencias c), j) y l) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- La organización de la cabina de electroestética.

- La interpretación de la documentación técnica.

- La preparación de los equipos.

- La organización de los procedimientos de trabajo de aplicación de técnicas de electroestética.

- La caracterización de nuevos equipos.

- La evaluación de los riesgos en la aplicación de las diferentes técnicas.

MÓDULO PROFESIONAL: ESTÉTICA HIDROTERMAL.

Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 0745

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Planifica la organización de las instalaciones y los recursos técnicos y profesionales, coordinando el desarrollo de las actividades de los establecimientos hidrotermales.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado los centros de aplicación de técnicas hidrotermales.

b) Se ha relacionado el organigrama de los establecimientos de hidroterapia con las funciones de sus profesionales.

c) Se han analizado las instalaciones y recursos técnicos y profesionales.

d) Se ha elaborado el diseño y la distribución de las instalaciones para optimizar el trabajo y ofrecer un espacio de bienestar.

e) Se ha organizado la agenda de trabajo a través de la coordinación de los recursos materiales y personales.

2. Caracteriza los recursos hídricos, analizando sus mecanismos de acción y empleándolos como fuente de salud y bienestar.

Criterios de evaluación:

a) Se ha justificado el empleo del agua con fines curativos a lo largo de la historia.

b) Se han establecido los conceptos generales del termalismo.

c) Se han identificado la estructura del agua, las propiedades y sus mecanismos de acción.

d) Se ha relacionado el mecanismo de acción y las indicaciones de las aguas mineromedicinales con su composición química.

e) Se han identificado las vías de aplicación interna del agua mineromedicinal.

f) Se han especificado las características del agua del mar, su composición, acciones e indicaciones.

3. Identifica las necesidades estéticas del usuario, realizando el análisis previo y utilizando los informes adecuados.

Criterios de evaluación:

a) Se ha valorado la importancia de la realización de un examen estético previo.

b) Se han especificado las indicaciones y alteraciones estéticas que pueden mejorar con tratamientos de estética hidrotermal.

c) Se han identificado las contraindicaciones absolutas o relativas a estas técnicas.

d) Se han preparado las instalaciones, los materiales y los equipos necesarios.

e) Se ha realizado la entrevista, exploración y recogida de datos.

f) Se ha informado al usuario sobre el resultado del análisis y el tratamiento aconsejado.

g) Se ha solicitado al usuario el consentimiento informado.

h) Se han descrito las normas deontológicas que deben aplicarse para garantizar la confidencialidad del cliente.

4. Selecciona las técnicas hidrotermales, analizando los efectos de la aplicación del agua sobre el cuerpo.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado las técnicas de balneación de aplicación individual y colectiva, con y sin presión.

b) Se han señalado los efectos, indicaciones y contraindicaciones absolutas y relativas de las técnicas de balneación.

c) Se ha determinado el mecanismo de acción y los parámetros de aplicación.

d) Se han relacionado los efectos de las aplicaciones hidroterápicas parciales con las indicaciones y modo de empleo.

e) Se han diferenciado las características de la sauna, las termas y el baño de vapor.

f) Se han identificado los efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones de las técnicas de antroterapia.

g) Se han secuenciado las técnicas de hidroterapia empleadas en los circuitos termales.

h) Se han identificado las técnicas empleadas en talasoterapia y las asociadas a ella.

5. Selecciona los cosméticos termales y su técnica de aplicación, analizando sus efectos y precauciones.

Criterios de evaluación:

a) Se han especificado los componentes, las propiedades, las acciones y los efectos de los diferentes cosméticos termales.

b) Se han identificado los modos de aplicación para cada uno de ellos.

c) Se han establecido las indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

d) Se han clasificado las arcillas en función de su color y composición.

e) Se han esquematizado los tipos de peloides siguiendo su clasificación internacional.

f) Se han determinado las diferencias entre parafinas, parafangos y peloides.

g) Se han identificado los ingredientes activos del vino y sus derivados, el chocolate, las algas y otros productos naturales como componentes de los cosméticos termales.

h) Se han especificado las acciones cosméticas, precauciones y formas de aplicación de los aceites esenciales.

6. Aplica técnicas hidroestéticas y cosméticos termales, siguiendo un protocolo de ejecución previamente diseñado.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido los procedimientos de actuación en programas de tratamientos hidrotermales estándar.

b) Se han preparado los medios técnicos y/o los cosméticos termales necesarios.

c) Se ha seleccionado la indumentaria y accesorios adecuados según la técnica que se va a aplicar.

d) Se ha informado al usuario sobre las posturas, sensaciones y mecanismos de aviso al personal.

e) Se han seleccionado los parámetros en función de la técnica que se va a aplicar y las condiciones orgánicas y sensibilidad del usuario.

f) Se han aplicado técnicas hidrotermales y de cosmética termal según la secuenciación y el orden establecido.

g) Se ha supervisado el proceso y controlado el estado del usuario durante el mismo.

h) Se han establecido las pautas para una correcta circulación de los clientes a través de los circuitos termales.

7. Organiza la ejecución de protocolos de seguridad e higiene, aplicando pautas para la prevención de riesgos laborales.

Criterios de evaluación:

a) Se han señalado las consecuencias de la contaminación bacteriológica del agua.

b) Se han identificado los mecanismos para el tratamiento del agua.

c) Se ha aplicado el protocolo de higiene de las instalaciones.

d) Se ha aplicado el método de desinfección o esterilización más adecuado, en función del equipo técnico o el material que se va a utilizar.

e) Se han establecido las normas de higiene del personal del centro y del usuario de las instalaciones.

f) Se han aplicado los procedimientos para desechar y reciclar los materiales utilizados.

g) Se han aplicado protocolos para prevenir riesgos y reacciones no deseadas.

h) Se ha especificado la normativa actual que rige los centros de servicios hidrotermales.

8. Supervisa la calidad del servicio, proponiendo medidas correctoras que optimicen la prestación del mismo.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de aplicación de técnicas hidrotermales.

b) Se ha esquematizado el proceso de prestación del servicio.

c) Se han asociado las anomalías detectadas con la fase del proceso en la que se han producido.

d) Se han evaluado las diferentes fases del proceso y el resultado final.

e) Se han detectado las desviaciones y anomalías producidas en la aplicación de las técnicas hidrotermales, analizando las causas que las han producido.

f) Se han propuesto medidas para adecuar los resultados obtenidos a los esperados y optimizar la prestación del servicio.

g) Se ha evaluado el grado de satisfacción del cliente mediante cuestionarios y atención post-venta.

h) Se han establecido las normas de actuación en situaciones inesperadas, para resolver incidencias que afecten a la calidad del servicio de hidrotermal.

Duración: 75 horas.

Contenidos básicos:

Organización de las instalaciones, recursos técnicos y profesionales:

- Centros de aplicación de técnicas hidroestéticas.

- Instalaciones generales de los establecimientos hidrotermales.

- Diseño y distribución de las instalaciones y recursos técnicos.

- Recursos profesionales de los centros hidrotermales. Organigrama del centro. Organización y distribución del trabajo.

Caracterización de los recursos hídricos:

- El agua como fuente de salud y bienestar. Historia del termalismo y la hidroterapia. Actualidad del sector termal. Termalismo.

- El agua: estructura y propiedades. Hidrogeología: ciclo del agua. Mecanismo de acción del agua: mecanismos hidroterápicos. Tipos de aguas.

- El agua mineromedicinal. Mecanismo de acción del agua mineromedicinal. Formas de aplicación del agua mineromedicinal.

- Agua de mar. Mecanismo de acción. Aplicación en estética.

Identificación de las necesidades del usuario en el servicio de hidrotermales:

- Importancia del análisis en tratamientos hidrotermales.

- Reconocimiento de las indicaciones y alteraciones estéticas de interés en la aplicación de técnicas hidrotermales. Contraindicaciones.

- Ejecución práctica de análisis estético.

- Aplicación de normas deontológicas.

Selección de técnicas de aplicación de agua:

- Técnicas de balneación. Tipos. Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

- Técnicas de aplicación de agua con presión. Tipos. Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

- Aplicaciones hidroterápicas parciales. Tipos. Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

- Antroterapia. Tipos. Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

- Combinación de técnicas de hidroterapia: circuitos termales.

- Talasoterapia y técnicas asociadas.

Selección de los cosméticos termales:

- Arcillas.

- Peloides.

- Parafinas y parafangos.

- Vinoterapia, chocolaterapia y otros tratamientos (olivoterapia y cerezoterapia, entre otros).

- Algoterapia.

- Otros productos marinos (plancton, cartílago de peces, huevas, ADN marino, polvo de perlas y sales, entre otros).

- Masaje de sales.

- Aromaterapia: aceites esenciales.

Aplicación de técnicas hidrotermales:

- Procedimientos de aplicación de técnicas hidrotermales. Ejecución práctica.

- Procedimientos de aplicación de cosmética termal. Ejecución práctica.

- Tratamientos combinados de técnicas de hidroterapia y cosmética termal. Ejecución técnica.

- Protocolos de aplicación de técnicas en circuitos termales.

Organización de la ejecución de protocolos de seguridad e higiene:

- Higiene de las instalaciones. Normas de higiene para el usuario y los profesionales.

- Conservación y manipulación de los productos cosméticos.

- Gestión medioambiental.

- Riesgos laborales en centros hidrotermales.

- Señalización, emergencias y primeros auxilios.

- Normativa de centros hidrotermales.

Evaluación de la calidad en los centros y servicios hidrotermales:

- La calidad en la prestación del servicio.

- Normas de calidad para instalaciones, medios técnicos y productos. Parámetros que la definen.

- Técnicas para medir el grado de satisfacción de la clientela.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de prestación de servicios de estética hidrotermal.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

- Organizar las instalaciones, los recursos técnicos, profesionales e hídricos.

- Realizar el análisis estético previo a la aplicación de las diferentes técnicas.

- Seleccionar y aplicar las técnicas y los cosméticos termales en función del análisis.

- Realizar procedimientos de seguridad e higiene.

- Controlar la calidad del servicio.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- Procesos de selección y aplicación de las técnicas y los cosméticos termales en función del análisis estético.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), e), f), g) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), d), e), f) y k) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- La organización de las instalaciones y de los recursos técnicos y profesionales.

- La gestión de los recursos hídricos.

- La identificación de las demandas del usuario.

- La selección de las técnicas hidrotermales y la cosmética termal.

- La aplicación de técnicas hidrotermales y cosméticos termales.

- La ejecución de protocolos de seguridad e higiene.

- El control de calidad del servicio.

MÓDULO PROFESIONAL: DEPILACIÓN AVANZADA.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0746

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Prepara el entorno de trabajo, cumpliendo las medidas de prevención de riesgos y de gestión medioambiental.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las características de una cabina de tratamientos de depilación.

b) Se han caracterizado los métodos de depilación temporales, progresivos y definitivos.

c) Se han establecido las condiciones de seguridad y prevención que se deben aplicar en los tratamientos de depilación avanzada.

d) Se ha relacionado la aplicación de los métodos de higiene y esterilización con las características de los útiles y materiales usados en depilación.

e) Se han controlado las condiciones de almacenamiento del material esterilizado y de un solo uso.

f) Se han especificado las pautas que hay que seguir en los accidentes provocados por sustancias empleadas en depilación.

g) Se ha seguido la normativa en la gestión de residuos.

h) Se ha analizado la normativa vigente.

2. Selecciona métodos de depilación, interpretando la información obtenida del examen estético y de la documentación auxiliar.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las actitudes profesionales necesarias en la recepción y atención del cliente.

b) Se han analizado las características de las zonas anatómicas susceptibles de ser depiladas.

c) Se han reconocido las alteraciones que aconsejan medidas de precaución.

d) Se han determinado las causas de riesgo más frecuentes en la foto depilación láser, luz pulsada, depilación eléctrica y mecánica.

e) Se han especificado las contraindicaciones relativas y absolutas de estas técnicas.

f) Se ha relacionado el método depilatorio con las necesidades y características de los usuarios.

g) Se han establecido los elementos que forman parte de los protocolos de depilación.

h) Se ha seleccionado el método de depilación por fototermólisis selectiva, según el fototipo cutáneo y características pilosas.

3. Ejecuta las técnicas de depilación mecánica, ajustando parámetros y equipos y siguiendo procedimientos establecidos.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido los requisitos de ambientación y de distribución de los equipos, lencería y cosméticos para la realización de la técnica.

b) Se han seleccionado equipos, accesorios y productos.

c) Se han determinado las pautas de acomodación del usuario.

d) Se ha programado la temperatura óptima en los aparatos de depilación mecánica.

e) Se han realizado técnicas previas con el fin de optimizar los resultados.

f) Se ha realizado justificadamente la depilación con pinzas atendiendo a las características de la zona que hay que depilar.

g) Se ha actuado según procedimiento establecido en la depilación con roll-on o con espátula.

h) Se han aplicado técnicas post-depilatorias como criterio de calidad.

4. Ejecuta técnicas de depilación eléctrica, trabajando en condiciones de seguridad e higiene.

Criterios de evaluación:

a) Se ha llevado a cabo un control de las condiciones de seguridad e higiene.

b) Se han caracterizado los equipos de depilación eléctrica.

c) Se ha organizado la colocación de los instrumentos de observación e iluminación.

d) Se han determinado los criterios de selección de agujas, accesorios y productos.

e) Se han manipulado las agujas de depilación siguiendo normas de seguridad e higiene.

f) Se han establecido los criterios de selección de material ergonómico según zona que se va a depilar.

g) Se ha justificado la desinfección previa de la zona como medida de prevención de infecciones cutáneas.

h) Se han establecido y ajustado los parámetros según equipo y tipos de corriente.

i) Se ha justificado la trayectoria, profundidad y ángulo de inserción en la canalización de la aguja.

j) Se han establecido las recomendaciones y cuidados posteriores.

5. Ejecuta técnicas de fotodepilación, en condiciones de seguridad e higiene, valorando su eficacia y analizando los factores de riesgo.

Criterios de evaluación:

a) Se han especificado las recomendaciones previas y posteriores a la ejecución de técnicas de depilación por fototermólisis.

b) Se han caracterizado los equipos de fotodepilación.

c) Se han determinado los criterios de selección de cosméticos para antes, durante y después de la depilación.

d) Se ha justificado el empleo de un documento de consentimiento informado.

e) Se han establecido, como requisitos previos a la depilación, el rasurado y la delimitación zonal.

f) Se han establecido y ajustado los parámetros según equipo.

g) Se ha actuado según procedimiento establecido en la fotodepilación.

h) Se han seguido las pautas de información al usuario en los cuidados post-depilación.

6. Supervisa la calidad del servicio de depilación, proponiendo medidas que minimicen las desviaciones producidas.

Criterios de evaluación:

a) Se han especificado los parámetros que definen la calidad del servicio de depilación y depilación avanzada

b) Se han definido los criterios que permiten evaluar los resultados finales obtenidos.

c) Se han seguido los criterios para evaluar el grado de satisfacción del cliente.

d) Se han propuesto medidas para optimizar el servicio y el resultado obtenido

e) Se han atendido las reclamaciones presentadas por los clientes, elaborando un protocolo de actuación.

Duración: 75 horas.

Contenidos básicos:

Preparación del entorno de trabajo. Medidas de prevención de riesgos:

- La cabina de depilación: características y diseño.

- Los servicios de depilación.

- Gestión de la documentación.

- Medidas de prevención de riesgos en las técnicas de depilación mecánica y avanzada.

- Aplicación de las normas de gestión y almacenamiento de residuos.

- Normativa legal europea, nacional y autonómica sobre aparatología de depilación.

Selección de métodos de depilación mecánica y avanzada:

- Análisis estético de la piel. Reconocimiento de alteraciones de la piel y pilosas con repercusión en el proceso de depilación. Determinación de fototipos y foto-etnotipos de piel para la aplicación de técnicas de fotodepilación.

- Criterios de selección del método depilatorio. Indicaciones y contraindicaciones.

- Diseño de procedimientos de trabajo de depilación mecánica, eléctrica por inserción folicular, fotodepilación láser y por luz pulsada.

Ejecución técnica de depilación mecánica:

- Preparación de material y de la cabina.

- Preparación y acomodación del usuario.

- Ejecución de la técnica indicada: secuenciación específica en función de la técnica que se va a aplicar. Depilación con pinzas. Depilación con ceras.

- Cuidados post-depilación.

- Asesoramiento profesional.

Ejecución técnica de depilación eléctrica:

- Preparación de material y de la cabina. Equipos empleados en depilación eléctrica. Material y agujas de depilación. Criterios de selección y utilización de cosméticos para antes, durante y después de la depilación.

- Preparación y acomodación del usuario. Material ergonómico.

- Técnicas previas a la depilación eléctrica por inserción folicular. Preparación de la zona que se va a tratar. Criterios de selección de productos antisépticos.

- Ejecución de la técnica indicada: selección de los parámetros y dosimetría. Secuenciación en función de la técnica que se va a aplicar. La canalización de la aguja.

- Cuidados post-depilación.

Ejecución técnica de fotodepilación:

- Recomendaciones previas.

- Preparación del material y de la cabina. Equipos de fotodepilación: láser y luz pulsada. Parámetros. Dosimetría. Aplicaciones bajo supervisión. Cosméticos para antes, durante y después de la depilación: criterios de selección y utilización.

- Preparación y acomodación del usuario.

- Técnicas previas a la fototermólisis selectiva: preparación de la zona que se va a tratar.

- Ejecución de la técnica indicada: selección de los parámetros y dosimetría. Secuenciación específica en función de la técnica que se va a aplicar.

- Cuidados post-depilación.

Evaluación del servicio de depilación:

- Parámetros que influyen en la calidad del servicio de depilación.

- Análisis de las desviaciones producidas en los tratamientos de depilación mecánica y avanzada.

- Métodos de medida del grado de satisfacción del cliente.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional da respuesta a la necesidad de proporcionar una adecuada base para desempeñar las funciones de eliminación de vello, de manera temporal y definitiva, utilizando tecnología mecánica y de última generación.

La depilación avanzada incluyen aspectos relacionados con:

- Organización y acondicionamiento de las instalaciones.

- Diseño de procedimientos de trabajo de depilación avanzada.

- Recepción y atención al cliente.

- Análisis de las necesidades del los clientes y personalización de la depilación.

- Ejecución del proceso.

- Control y supervisión del proceso.

- Respuesta ante sugerencias, quejas y reclamaciones.

- Gestión de la documentación y registro de parámetros del proceso.

- Control de residuos.

- Asesoramiento comercial.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en establecimientos de imagen personal:

- Propuesta de depilación eléctrica.

- Propuestas de fotodepilación.

- Propuesta de depilación mecánica.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), e), f), k) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), d), e), i) y k) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- Identificación y caracterización de las técnicas de depilación avanzada.

- Elaboración de documentación técnica relativa a los procesos de depilación.

- Descripción de los equipos.

- Identificación y secuenciación de las operaciones de proceso.

- Ejecución de depilación.

- Aplicación de medidas de prevención de riesgos laborales, gestión medioambiental y calidad.

MÓDULO PROFESIONAL: MASAJE ESTÉTICO.

Equivalencia en créditos ECTS: 11

Código: 0747

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Caracteriza las técnicas de masaje, identificando las maniobras y los parámetros de aplicación.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado el concepto de masaje y su etimología.

b) Se han diferenciado los tipos de masaje estético.

c) Se han caracterizado las maniobras de masaje estético.

d) Se han identificado los parámetros, recursos y maniobras que definen una técnica.

e) Se han secuenciado las maniobras con criterios establecidos.

f) Se ha relacionado cada manipulación con los efectos producidos.

g) Se ha reconocido la eficacia del masaje como herramienta fundamental en estética.

h) Se han identificado los signos y síntomas que suponen una contraindicación relativa o absoluta en la aplicación de masaje estético.

2. Realiza el análisis previo, relacionando las necesidades estéticas con el proceso de masaje.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido los apartados de la ficha técnica.

b) Se han especificado los métodos de exploración para el análisis previo al masaje.

c) Se han determinado las alteraciones estéticas y patológicas con repercusión en el masaje.

d) Se han caracterizado las precauciones con respecto a estas técnicas.

e) Se han utilizado técnicas de comunicación en la fase de toma de datos.

f) Se han establecido las fases para la elaboración de procedimientos de masaje.

3. Prepara el espacio de trabajo, justificando el procedimiento.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los espacios básicos donde se desarrolla el proceso de masaje.

b) Se han reconocido los factores de ambientación del espacio de trabajo (ventilación, luz, color y olor, entre otros) como factor de calidad del servicio.

c) Se han mantenido las instalaciones en óptimas condiciones de seguridad e higiene.

d) Se han especificado los aspectos básicos de la imagen del profesional.

e) Se han justificado los ejercicios preparatorios de las manos del profesional.

f) Se han preparado la camilla y los medios necesarios en masaje.

g) Se han determinado las posiciones ergonómicas apropiadas a la técnica.

h) Se han confeccionado criterios para la selección de cosméticos.

4. Realiza masaje estético manual personalizado, diferenciando las técnicas de realización y sus efectos.

Criterios de evaluación:

a) Se ha relacionado la técnica de masaje estético con el análisis previo.

b) Se han formulado pautas de personalización de protocolos.

c) Se han determinado las características de la técnica de ejecución para masaje zonal o general.

d) Se han seleccionado las maniobras y parámetros específicos para cada zona corporal.

e) Se han formulado criterios para secuenciar las maniobras.

f) Se han seleccionado maniobras para alteraciones estéticas de tipo estructural y funcional.

g) Se han realizado las fases del procedimiento, según el protocolo establecido.

h) Se han especificado las formas de manipulación en zonas corporales que requieren precaución.

5. Aplica técnicas respiratorias asociadas al masaje estético, movilizaciones y estiramientos pasivos, diferenciando formas de realización y efectos conseguidos.

Criterios de evaluación:

a) Se han analizado las características de las técnicas respiratorias.

b) Se han determinado los beneficios orgánicos y funcionales de las distintas técnicas de respiración.

c) Se han reconocido los beneficios de los estiramientos y movilizaciones pasivas preventivas.

d) Se han determinado contraindicaciones relativas y absolutas de los estiramientos y movilizaciones pasivas preventivas.

e) Se ha relacionado la posición de las manos con los estiramientos y las movilizaciones.

f) Se han especificado, en la aplicación de estas técnicas, las posiciones del cliente y del profesional.

g) Se han seguido las pautas de realización en la aplicación de estas técnicas.

h) Se ha justificado la integración de estas técnicas en el masaje.

6. Aplica técnicas sensoriales asociadas al masaje, definiendo sus efectos e integrándolas en los protocolos estéticos.

Criterios de evaluación:

a) Se han relacionado los productos de aromaterapia y fitoterapia con los efectos que se pretenden conseguir.

b) Se han caracterizado los métodos de aplicación y los tratamientos de aromaterapia y fitoterapia.

c) Se ha reconocido la influencia de la música en el estado físico y emocional del organismo.

d) Se han determinado los efectos de la cromoterapia con fines estéticos.

e) Se han identificado los aparatos, productos y cosméticos para aplicar técnicas de cromoterapia.

f) Se ha asociado el color de los cosméticos a efectos sensoriales.

g) Se ha justificado la utilización de material complementario y novedoso como elemento innovador de las técnicas de masajes.

h) Se ha justificado la integración de las técnicas sensoriales en protocolos de tratamiento estético y actividades asociadas.

7. Supervisa la calidad del servicio de masaje estético, proponiendo medidas que minimicen las desviaciones producidas.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de masaje.

b) Se han definido los criterios que permiten evaluar los resultados finales obtenidos.

c) Se han propuesto medidas para optimizar el servicio y el resultado obtenido.

d) Se ha utilizado el lenguaje técnico del entorno profesional.

e) Se han elaborado cuestionarios para evaluar el grado de satisfacción del cliente.

f) Se ha elaborado un protocolo de actuación para atender las reclamaciones presentadas por los clientes.

g) Se han redactado otras propuestas de masaje para información al cliente.

h) Se han valorado pautas deontológicas importantes para la actividad de los profesionales de masajes con fines estéticos.

Duración: 110 horas.

Contenidos básicos:

Características de las técnicas de masaje:

- Origen, evolución y concepto de masaje: escuelas de masaje y autores.

- Criterios de clasificación de los masajes en función de: los medios utilizados, efectos, técnica, origen de procedencia, zona de aplicación y alteración, entre otros.

- Tendencias actuales de masaje estético.

- Maniobras básicas de masaje estético. Clasificación. Descripción. Parámetros para la realización de las maniobras. Secuenciación. Técnica de realización.

- Efectos del masaje en el organismo. Indicaciones y contraindicaciones.

Diagnóstico estético en el masaje:

- Análisis de la documentación técnica para masaje.

- Aplicación de técnicas de comunicación con los usuarios y otros profesionales.

- Aplicación del procedimiento de análisis estético en los procesos de masaje.

- Precauciones.

- Diseño y elaboración de procedimientos de trabajo de masaje: descripción del proceso. Materiales y medios. Secuenciación y temporalización. Asesoramiento profesional.

Preparación del espacio de trabajo:

- Adecuación de la cabina de masaje.

- Preparación del profesional. Ejercicios preparatorios. Ergonomía. Imagen del profesional.

- Acomodación y preparación del usuario: posiciones anatómicas adecuadas al masaje.

- Cosméticos: criterios de selección para la aplicación del masaje.

Realización de masaje estético manual:

- Protocolo de masaje estético facial: adaptación del protocolo estándar al tipo de masaje. Finalidad. Características de la técnica. Criterios de selección de las maniobras. Parámetros. Secuenciación. Efectos del masaje en cada zona. Precauciones en caso de alteraciones funcionales y estructurales. Ejecución.

- Protocolo de masaje estético corporal: adaptación del protocolo estándar al tipo de masaje. Finalidad. Características de la técnica. Criterios de selección de las maniobras. Parámetros. Secuenciación. Efectos del masaje en cada zona. Precauciones en caso de alteraciones funcionales y estructurales. Ejecución.

- Zonas corporales que requieren precaución.

Aplicación de técnicas asociadas al masaje:

- Técnicas respiratorias: características, efectos, indicaciones y técnicas de aplicación.

- Estiramientos y movilizaciones: técnicas, beneficios, contraindicaciones y precauciones. La posición de las manos.

- Descripción de las posiciones del cliente y del profesional.

- Integración de estas técnicas en el masaje.

Aplicación de técnicas sensoriales:

- Aplicación de aromaterapia en protocolos de tratamientos estéticos y actividades asociadas. Criterios de selección de aceites esenciales y plantas aromáticas. Métodos directos e indirectos de aplicación de productos de aromaterapia en tratamientos estéticos.

- Musicoterapia: la música y la estética. Influencia de la música sobre el organismo. Importancia de la influencia de la música en la ambientación de cabinas profesionales. Tipos de melodías. Criterios de selección musical.

- Cromoterapia. Utilización de color con fines estéticos. Efectos e indicaciones. Introducción en protocolos estéticos. Aparatología de cromoterapia. Criterios de selección. Parámetros y técnicas de aplicación de la cromoterapia.

- Utilización de accesorios en el masaje.

Aplicación de normas de calidad:

- Parámetros que definen la calidad de los procesos de masaje: calidad en los servicios de masaje estético.

- Técnicas de resolución de quejas y reclamaciones.

- Asesoramiento profesional y propuestas de otros tratamientos. Tratamientos estéticos asociados al masaje: electroestética, técnicas cosmetológicas, técnicas hidrotermales, cromoterapia y musicoterapia.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de prestación de servicios de técnicas manuales y complementarias.

La definición de esta función incluye aspectos como:

- Recepción y atención del cliente.

- Interpretación de las necesidades estéticas.

- Determinación y selección de las secuencias en el masaje.

- Organización del espacio de trabajo.

- Ejecución de procedimientos de masaje estético y técnicas asociadas.

- Supervisión del proceso.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- Ejecución de procedimientos de masaje estético y técnicas asociadas.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), h) y n) del ciclo formativo, y a las competencias a), b), c), d), g) y k) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- Determinación de los tipos de masajes por sus características.

- Estudio y comparación de las diversas técnicas.

- Diseño y personalización de procedimientos de actuación.

- Preparación del espacio de trabajo aplicando normas de prevención de riesgos.

- Ejecución de masajes estéticos.

- Aplicación de técnicas asociadas al masaje.

- Control de los procesos en el trabajo de masaje.

MÓDULO PROFESIONAL: DRENAJE ESTÉTICO Y TÉCNICAS POR PRESIÓN.

Equivalencia en créditos ECTS: 7

Código: 0748

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Diseña procedimientos de trabajo, identificando los efectos y los puntos de aplicación del drenaje estético y las técnicas por presión.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado los efectos del drenaje estético sobre distintos órganos, aparatos y sistemas.

b) Se han determinado las indicaciones y contraindicaciones de estas técnicas.

c) Se han reconocido los principios básicos del drenaje estético manual y masaje por presión.

d) Se ha establecido el método de localización de los puntos corporales de energía y zonas reflejas.

e) Se han secuenciado las fases de los procedimientos de drenaje estético y las técnicas por presión.

f) Se han analizado la evolución histórica y las escuelas de estas técnicas.

2. Realiza el análisis previo, relacionando las necesidades estéticas con estos procesos.

Criterios de evaluación:

a) Se han especificado los métodos de exploración para el análisis previo al masaje.

b) Se han aplicado los equipos y medios de diagnóstico facial y corporal.

c) Se han determinado las alteraciones estéticas susceptibles de ser tratadas mediante estas técnicas.

d) Se han aplicado técnicas de comunicación en la fase de toma de datos.

e) Se ha establecido el diagnóstico estético.

f) Se han establecido los sistemas de comunicación con otros profesionales.

g) Se ha determinado y cumplimentado la documentación técnica.

3. Organiza el espacio de trabajo, disponiendo equipos, útiles y productos, y aplicando medidas de prevención de riesgos.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado los espacios básicos donde se desarrolla el proceso de drenaje estético y las técnicas por presión.

b) Se han reconocido los factores de ambientación del espacio de trabajo (ventilación, luz, color y olor, entre otros) como factores de calidad del servicio.

c) Se han determinado las medidas de protección y seguridad del profesional y el usuario.

d) Se han establecido parámetros para definir una buena higiene postural.

e) Se han especificado los aspectos básicos de la imagen del profesional.

f) Se han especificado las posiciones adecuadas, corporales y de las manos, para realizar la técnica.

g) Se han reconocido las actitudes y cualidades del profesional de masaje.

h) Se han justificado las técnicas de concentración y relajación como método de preparación del profesional.

4. Realiza drenaje estético manual, identificando la zona y aplicando el protocolo establecido.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado las maniobras generales del drenaje estético manual.

b) Se han establecido los parámetros de realización.

c) Se han determinado los errores más frecuentes en la realización.

d) Se ha seleccionado el tipo de maniobra de drenaje según el mapa anatómico que se va a tratar.

e) Se han identificado zonas corporales que requieren precaución.

f) Se ha aplicado el drenaje estético siguiendo justificadamente el orden zonal establecido.

g) Se han seguido las medidas de precaución en la aplicación.

h) Se han seguido las pautas establecidas en la realización de técnicas de drenaje estético.

i) Se ha relacionado el DLM estético, con los tratamientos de colaboración médico- estéticos.

5. Aplica técnicas de masaje por presión, justificando la selección de las maniobras y los parámetros de aplicación.

Criterios de evaluación:

a) Se ha determinado la zona de inicio del masaje por presión.

b) Se ha identificado la zona refleja específica que hay que manipular tras el análisis.

c) Se ha justificado la elección de la técnica de presión, en función de la zona que se va a tratar y sus efectos.

d) Se ha secuenciado el orden de las maniobras.

e) Se han especificado las pautas que hay que seguir en tratamientos de reflexología podal.

f) Se ha relacionado el soporte de acomodación con la técnica oriental y zona en la que se va a aplicar.

g) Se han seleccionado los parámetros de aplicación de maniobras en función de la técnica.

h) Se ha valorado la necesidad de coordinar la presión, el movimiento corporal y la respiración.

i) Se han especificado las pautas que se deben seguir en el masaje oriental.

j) Se han aplicado las diferentes técnicas, siguiendo justificadamente el orden establecido.

6. Controla los resultados en los procesos de drenaje estético y técnicas por presión, utilizando los parámetros establecidos.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de drenaje estético y técnicas por presión.

b) Se ha verificado el grado de cumplimiento de los procedimientos establecidos.

c) Se ha controlado el grado de eficacia del tratamiento.

d) Se han aplicado medidas correctoras a posibles desviaciones del objetivo que se pretende conseguir.

e) Se ha utilizado el lenguaje técnico adecuado al nivel y profesión.

f) Se ha determinado el tratamiento posterior al drenaje estético y técnicas por presión.

g) Se han aplicado medidas para comprobar la calidad del servicio y la satisfacción del cliente.

h) Se han elaborado pautas deontológicas importantes para la actividad de los profesionales de masajes con fines estéticos.

Duración: 65 horas.

Contenidos básicos:

Diseño de procedimientos de drenaje estético y técnicas por presión:

- El drenaje estético. Líneas divisorias y cuadrantes linfáticos. Efectos del drenaje linfático estético sobre los distintos órganos, aparatos y sistemas. Indicaciones y contraindicaciones relativas y absolutas del drenaje estético.

- Masajes por presión. Clasificación. Principios básicos. Semejanzas y diferencias. Los puntos de energía y zonas reflejas. Efectos, indicaciones y contraindicaciones.

- Diseño y elaboración de procedimientos de trabajo en el drenaje estético y técnicas por presión.

Realización del análisis estético:

- Estudio estético en el proceso. Aplicación de métodos. Identificación de la zona que hay que tratar: identificación de alteraciones estéticas o patológicas que influyen en los distintos masajes.

- Toma de datos: técnicas de comunicación.

- Cumplimentación de documentación técnica.

Organización del espacio de trabajo:

- Adecuación de la cabina de masaje. Características básicas de la cabina de masaje. Higiene y mantenimiento.

- Preparación del profesional: imagen del profesional. Técnicas de concentración y relajación. Preparación de las manos. Higiene postural.

- Acomodación y preparación del usuario.

Realización de drenaje estético manual:

- Bases fundamentales de la técnica. Pautas de aplicación.

- Maniobras: características generales. Tipos. Criterios de selección.

- Parámetros de las diferentes maniobras de DLM. Criterios de selección.

- Organización de la ejecución. Zonas de tratamientos previos de las diferentes partes del cuerpo en DLM. Maniobras preparatorias y zonales de DLM. Procedimiento y secuencia zonal del DLM. Medidas de precaución en la aplicación.

- Asesoramiento posterior al masaje.

- Aplicación de técnicas de drenaje linfático para tratamientos estéticos post-medicina y cirugía estética.

Ejecución de técnicas de masaje por presión:

- Realización de masajes en zonas reflejas.

- La reflexología podal en los procedimientos estéticos.

- Realización de técnicas de masajes orientales.

Control de resultados en los procesos de drenaje estético y técnicas por presión:

- Parámetros que definen la calidad de los procesos de drenaje estético manual y técnicas por presión. Satisfacción del cliente. Evaluación y control de calidad. Cuestionarios de contraste.

- Desviaciones en la prestación de los servicios de drenaje estético y técnicas por presión.

- Resolución de quejas.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de prestación de servicios de técnicas manuales y complementarias.

La definición de esta función incluye aspectos como:

- Determinación y selección de las secuencias en estos masajes.

- Recepción y atención del cliente.

- Interpretación de las necesidades estéticas.

- Organización del espacio de trabajo.

- Supervisión del proceso.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- Diseño de procedimientos de trabajo de drenaje estético y técnicas por presión.

- Ejecución de drenaje estético.

- Aplicación de técnicas de masaje por presión.

- Supervisión y ejecución de reflexología podal.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), i) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), d), g) y k) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- Determinación los tipos de drenaje estético y masajes por presión según sus características.

- Estudio y comparación de las diversas técnicas.

- Diseño y personalización de procedimientos de actuación.

- Preparación del espacio de trabajo, aplicando normas de seguridad e higiene.

- Ejecución de drenaje estético.

- Aplicación de técnicas por presión.

- Control de los procesos en el trabajo de masaje.

MÓDULO PROFESIONAL: MICROPIGMENTACIÓN.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0749

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Elabora la documentación previa a la micropigmentación, aplicando la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se ha reconocido la normativa que regula el ejercicio de la técnica de micropigmentación.

b) Se han identificado las partes del consentimiento informado.

c) Se ha especificado la información comercial del cliente.

d) Se han seguido las pautas para diseñar la ficha técnica.

e) Se ha planificado un sistema de archivo de organismos autorizados para las revisiones técnicas y eliminación de residuos, entre otros.

f) Se han analizado las acreditaciones necesarias para el ejercicio de las actividades de micropigmentación.

2. Organiza las instalaciones y equipos, aplicando medidas de seguridad y prevención de riesgos higiénico sanitarios.

Criterios de evaluación:

a) Se han dispuesto los equipos según los requisitos específicos de una cabina de micropigmentación.

b) Se ha justificado la elección del dermógrafo y tipo de agujas.

c) Se han determinado los parámetros del dermógrafo.

d) Se ha caracterizado el proceso de higiene del equipo y útiles, antes y después del proceso.

e) Se ha aplicado el método de desinfección según el grado de contaminación de los elementos.

f) Se ha valorado el uso de material desechable como medida de seguridad e higiene.

g) Se han diferenciado las zonas de almacenamiento y gestión de residuos.

3. Diseña maquillajes correctivos, utilizando técnicas de visajismo y colorimetría.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la morfología del rostro y otras zonas corporales.

b) Se ha justificado el diseño de las correcciones del usuario, según las características del rostro y su expresión.

c) Se han aplicado las bases de la teoría del color en los maquillajes correctivos.

d) Se han identificado las alteraciones cutáneas relacionadas con la micropigmentación.

e) Se han relacionado las técnicas de dibujo (tipo de línea y color, entre otros) con el efecto final.

f) Se han especificado los criterios de selección de útiles y cosméticos.

g) Se ha justificado la corrección en la piel según el análisis previo.

4. Prepara al usuario, siguiendo la normativa e informándole sobre el proceso.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido las pautas de información oral y escrita al usuario.

b) Se han especificado los datos necesarios para una información pormenorizada.

c) Se han establecido los criterios de preparación de la cabina para la aplicación de la técnica.

d) Se ha reconocido la secuenciación en la realización de técnicas previas a la micropigmentación.

e) Se han especificado las medidas de protección según la normativa.

f) Se ha seleccionado el color según las características de la zona de aplicación.

5. Realiza la micropigmentación, adaptando el procedimiento de trabajo al estudio estético previo.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado las indicaciones y precauciones en la realización técnica.

b) Se han establecido los criterios de selección de pigmentos y colorantes según la piel, el cabello y los ojos.

c) Se ha relacionado la colorimetría cutánea con los colores pigmento.

d) Se han identificado las reacciones del pigmento frente a la acción de agentes externos.

e) Se ha justificado la elección y mezcla de pigmentos.

f) Se ha relacionado el tipo de aguja con la técnica.

g) Se ha relacionado la aplicación de los distintos tipos de trazado y parámetros con el diseño propuesto.

h) Se ha justificado el protocolo de micropigmentación de las distintas zonas faciales y/o corporales.

i) Se han especificado las fases de ejecución de la micropigmentación.

j) Se ha ejecutado la técnica de micropigmentación.

6. Determina la calidad del servicio, valorando los resultados de la aplicación del proceso y asesorando sobre el seguimiento posterior.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de micropigmentación.

b) Se ha verificado el grado de cumplimiento de los protocolos establecidos.

c) Se ha controlado el grado de satisfacción del tratamiento.

d) Se han aplicado medidas correctoras a posibles desviaciones del objetivo que se pretende conseguir.

e) Se ha utilizado el lenguaje técnico adecuado al nivel y profesión.

f) Se han tomado medidas para comprobar la calidad del servicio y la satisfacción del cliente.

g) Se han resuelto los problemas planteados en el desarrollo de la actividad.

Duración: 70 horas.

Contenidos básicos:

Elaboración de documentación:

- Normativa legal vigente.

- Documentación técnica, legal y comercial.

- Análisis del modelo de consentimiento informado. Datos de identificación. Denominación genérica de la técnica y localización anatómica. Descripción de la técnica. Duración en el tiempo. Información sobre posibilidades de eliminación. Medidas higiénicas. Medidas previas y posteriores a la realización de la técnica. Posibles complicaciones y precauciones. Contraindicaciones. Presupuesto.

- La ficha técnica. Documentos fotográficos. Información comercial del cliente. Registro diligenciado. Documentación de gestión de residuos.

Organización de la cabina de micropigmentación:

- Características de las instalaciones.

- Equipos e instrumental de uso en micropigmentación. Máquina dermográfica: características y parámetros (potencia y velocidad). Agujas: tipos y características. Complementos y accesorios auxiliares.

- Seguridad e higiene de instalaciones y equipos.

- Almacenamiento de productos específicos y gestión de residuos.

Diseño de maquillajes correctivos:

- Estudio de la morfología del rostro. Visajismo: análisis y estudio del rostro y técnica de diseño de las correcciones del mismo.

- Estudio de otras zonas corporales susceptibles de ser micropigmentadas.

- El color: teoría del color. Teoría de la luz.

- Identificación de las alteraciones cutáneas relacionadas con la micropigmentación.

- Diseño de correcciones. Técnicas de dibujo para las correcciones. Diseños en plantillas de las distintas zonas faciales y corporales.

Preparación del usuario:

- Información al usuario sobre la técnica de micropigmentación.

- Contraindicaciones, advertencias sobre posibles riesgos, alteraciones que no permiten la realización de la micropigmentación, reacciones de la piel a la implantación del pigmento y técnicas de despigmentación (láser y cirugía, entre otros).

- Técnicas previas a la microimplantación de pigmentos. Determinación y secuenciación: análisis, fotografía previa y diseño de maquillaje correctivo.

- Preparación de la cabina, el material y el equipo.

- Medidas de preparación y protección del usuario. Ergonomía.

- Criterios de elección del color según el análisis previo.

Realización de la micropigmentación:

- Indicaciones y precauciones.

- Pigmentos y colorantes. Reacciones del pigmento frente a diversos agentes externos (láser, radiaciones solares, interacción con cosméticos y medicamentos, entre otros).

- Preparación de mezclas. Aplicación de la prueba de color pigmento.

- Criterio de selección de agujas.

- Técnicas de micropigmentación. Trazados: rallado, punteado y relleno.

- Organización de la ejecución. Determinación de la zona de inicio. Desinfección y anestesia tópica de la zona. Ventajas e inconvenientes. Procedimiento y secuencia de repetición de las maniobras. Precauciones en la aplicación. La técnica del retoque. Cumplimentación de la documentación y anexos fotográficos iniciales y finales.

- Asesoramiento post- microimplantación.

Calidad del proceso:

- Parámetros que definen la calidad de los procesos de micropigmentación.

- Desviaciones en la prestación de los servicios de micropigmentación.

- Técnicas para medir el grado de satisfacción y detección de desviaciones en la prestación de los servicios.

- Técnicas de resolución de quejas y reclamaciones.

- Protocolos establecidos y utilización de lenguaje técnico.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de técnico en micropigmentación.

El diseño y la realización de maquillajes correctivos semipermanentes incluye aspectos como:

- Puesta a punto del lugar de trabajo.

- Preparación de la documentación técnica del proceso.

- Preparación del modelo para propuestas de maquillaje correctivo.

- Preparación de pigmentos.

- Preparación uso y mantenimiento del dermógrafo.

- Elaboración de micropigmentaciones adaptadas a diferentes zonas del cuerpo.

- Ejecución y control del proceso productivo.

- Control del producto durante el proceso.

- Realización de maquillaje correctivo semipermanente.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos de:

- Propuesta de maquillaje permanente.

- Propuesta de micropigmentación.

- Ejecución de técnicas de micropigmentación.

- Reconstrucción de areolas mamarias.

- Simulación de cabello.

- Asimetrías labiales.

- Calvicies de cejas.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), f), j), m) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), e), h) y k) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- La normativa que regula el ejercicio de la técnica.

- El reconocimiento de las diferentes morfologías faciales y corporales.

- La elaboración de diseños de maquillaje correctivos personalizados.

- La relación entre las posibilidades de realización y los resultados.

- La utilización de diferentes aparatos de micropigmentación, técnicas y pigmentos de maquillaje correctivo.

- La interpretación de las demandas del usuario.

- La puesta en práctica de las medidas que aseguran la calidad del servicio.

MÓDULO PROFESIONAL: PROCESOS FISIOLÓGICOS Y DE HIGIENE EN IMAGEN PERSONAL.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0750

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Determina las normas higiénico-sanitarias de aplicación en los procesos estéticos, relacionando la exposición a agentes biológicos con los riesgos para la salud.

Criterios de evaluación:

a) Se han relacionado los métodos de desinfección con los niveles de riesgo de infección de cada material.

b) Se han determinado los protocolos de limpieza, desinfección y esterilización aplicables al ámbito de la estética.

c) Se han caracterizado los diferentes tipos de agentes contaminantes.

d) Se han especificado los elementos que conforman el sistema inmunitario y los factores que lo regulan.

e) Se ha valorado la aplicación de las normativas vigentes en la planificación de la higiene de la cabina.

f) Se ha reconocido el programa de vacunación obligatorio para el personal aplicador de las técnicas estéticas.

g) Se ha justificado la gestión de los residuos producidos en el ámbito de la estética.

h) Se ha establecido el plan de calidad en el tratamiento de residuos y en los procesos de higiene.

i) Se han especificado los EPIs utilizados en estética.

2. Caracteriza los componentes antropométricos relacionados con la imagen personal y la estética, revisando la estructura general del cuerpo humano.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las diferentes regiones y zonas del cuerpo humano.

b) Se han determinado las posiciones anatómicas.

c) Se han establecido los planos y ejes anatómicos.

d) Se han definido los términos de movimiento, relación y dirección en el espacio de la estructura general del cuerpo humano.

e) Se han reconocido la forma, aspecto general y proporciones corporales.

f) Se han identificado los factores hereditarios y medioambientales que determinan la constitución del cuerpo.

g) Se han reconocido los tipos constitucionales.

h) Se han relacionado los valores antropométricos con su aplicación en estética.

3. Identifica pautas nutricionales saludables, reconociendo su influencia sobre la imagen estética.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado los alimentos y los nutrientes.

b) Se han relacionado las características de los alimentos con la influencia de la dieta en la conservación de la salud.

c) Se ha especificado la tabla de composición de alimentos.

d) Se han determinado los procesos bioquímicos de la nutrición.

e) Se han caracterizado los componentes de una dieta equilibrada.

f) Se han relacionado las estructuras anatómicas de los aparatos y sistemas implicados en la nutrición con sus funciones.

g) Se han reconocido los procesos patológicos implicados en la nutrición que afectan a la piel y sus anexos.

h) Se han confeccionado dietas e indicaciones dietéticas recomendables.

4. Caracteriza los componentes del aparato locomotor implicados en la aplicación de técnicas estéticas, revisando su estructura anatómica y fisiológica.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado el masaje y los tratamientos electroestáticos relacionados con el aparato locomotor.

b) Se han especificado las funciones del sistema óseo.

c) Se ha establecido la composición, estructura y clasificación de los huesos y músculos.

d) Se ha caracterizado la fisiología muscular.

e) Se han relacionado los tipos de movimientos con las articulaciones implicadas.

f) Se han reconocido las patologías del movimiento y las alteraciones óseas vinculadas a la aplicación de técnicas estéticas.

g) Se ha relacionado la ergonomía con la higiene postural y la patología derivada.

h) Se han propuesto correcciones posturales para el cliente y el profesional en función de análisis ergonómicos.

5. Caracteriza los componentes del medio interno implicados en la aplicación de técnicas estéticas, revisando su estructura anatómica y fisiológica.

Criterios de evaluación:

a) Se ha relacionado la anatomía del aparato circulatorio con las funciones hemodinámicas.

b) Se han especificado los componentes sólidos y líquidos de la sangre.

c) Se han caracterizado la estructura y fisiología del sistema linfático.

d) Se ha relacionado la influencia del sistema linfático con los procesos estéticos.

e) Se han reconocido los elementos que determinan el medio interno.

f) Se ha relacionado el equilibrio del medio interno con los aspectos fisiológicos del aparato circulatorio, del sistema linfático y de la sangre.

g) Se han identificado las patologías, asociadas a estos aparatos, con influencia en estética.

6. Caracteriza los componentes de los sistemas endocrino y nervioso implicados en la aplicación de técnicas estéticas, revisando su estructura anatómica y fisiológica.

Criterios de evaluación:

a) Se han especificado las glándulas endocrinas y sus funciones.

b) Se han establecido los mecanismos endocrinos.

c) Se ha justificado la influencia hormonal en la piel y anexos cutáneos.

d) Se han establecido los mecanismos nerviosos.

e) Se ha establecido la relación entre los sistemas nervioso y endocrino.

f) Se ha justificado la influencia del sistema nervioso en la piel y anexos cutáneos.

g) Se han identificado los órganos sensoriales y sus funciones.

h) Se ha relacionado la fisiología sensorial con las diferentes técnicas utilizadas en estética.

7. Establece pautas de asesoramiento en hábitos saludables, relacionándolas con los procesos de imagen personal.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado el concepto de salud.

b) Se ha reconocido la influencia de los hábitos de vida en la imagen personal.

c) Se han identificado los métodos de prevención.

d) Se han analizado las campañas de promoción de la salud.

e) Se han determinado los efectos de los tratamientos oncológicos en el órgano cutáneo.

f) Se han establecido los factores desencadenantes y las medidas de prevención del cáncer.

g) Se han diferenciado las etapas del envejecimiento corporal.

h) Se han determinado los cambios de la figura corporal en las distintas etapas de la vida.

i) Se han especificado los hábitos saludables que retrasan la aparición del envejecimiento.

j) Se han establecido recomendaciones saludables para potenciar la imagen estética.

Duración: 70 horas.

Contenidos básicos:

Determinación de las normas higiénicas y sanitarias en procesos de estética:

- Niveles de desinfección. Métodos de desinfección y esterilización. El área de desinfección de la cabina. Protocolos de actuación en la limpieza y desinfección. Condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos de estética.

- Control de calidad de estos procesos.

- Agentes contaminantes. Clasificación de los microorganismos. Mecanismos de transmisión. Infecciones e infestaciones.

- Sistema de defensa e inmunitario.

- Programas de vacunación obligatorios en estética.

- Normativa relacionada con el ámbito de la estética.

- Gestión de los residuos: concepto, tipología y control de residuos.

- EPIs específicos de estética.

Caracterización de la estructura anatómica general del cuerpo humano:

- Estructura general del cuerpo humano. Regiones y zonas corporales. Posiciones anatómicas. Planos y ejes anatómicos. Términos de relación o direcciones en el espacio.

- Antropometría. Forma, aspecto general y proporciones corporales. Somatotipos o tipos constitucionales. Variables antropométricas: peso, talla, perímetros, pliegues cutáneos y envergadura.

Identificación de pautas nutricionales saludables.

- Los alimentos y sus nutrientes. Tipos y función de nutrientes. Necesidades y recomendaciones nutricionales e hídricas.

- Procesos bioquímicos de la nutrición.

- La dieta. La alimentación equilibrada. La dieta y su relación con la estética.

- Fisiopatología estética relacionada con la alimentación. Obesidad y delgadez. Lipodistrofias. Modificaciones en la conducta alimentaria: anorexia y bulimia. Desequilibrio de nutrientes y su relación con la piel y sus anexos.

- Anatomía y fisiología del aparato digestivo. Estructura. Análisis del proceso de la digestión.

- Anatomía y fisiología del aparato respiratorio. Estructura. La respiración: bases fisiológicas. Influencia del aparato respiratorio en los procesos de estética.

- Anatomía y fisiología del aparato excretor. Estructura. Análisis del proceso de formación de orina.

Relación de los procesos estéticos con el aparato locomotor:

- Ergonomía aplicada a la estética. La higiene postural. Patología relacionada con la postura corporal en las prácticas estéticas.

- Sistema óseo. El esqueleto: composición y estructura. El tejido óseo. Funciones de los huesos. Las articulaciones. Clasificación de los huesos.

- Sistema muscular: Los músculos: composición y estructura. Criterios de clasificación de los músculos. Tejido muscular. Las fibras musculares. Localización de músculos en el cuerpo humano. Fisiología muscular: mecanismo de la contracción.

- Procesos estéticos relacionados con el aparato locomotor.

- Patología del aparato locomotor relacionada con la estética.

Caracterización del medio interno y del aparato circulatorio en relación con los procesos estéticos:

- Anatomo-fisiología del aparato circulatorio. Principios fundamentales de la circulación. El retorno venoso. Influencia de las patologías en los tratamientos estéticos.

- La sangre. El tejido sanguíneo. Funciones de la sangre. Influencia de las patologías en los tratamientos estéticos.

- Sistema linfático: anatomía y fisiología. La linfa. Factores que intervienen en la circulación linfática. Influencia del sistema linfático en los procesos estéticos.

- Medio interno. Los líquidos corporales. Regulación y composición en los distintos espacios.

- Influencia de los tratamientos estéticos en el aparato circulatorio. Acciones de las técnicas mecánicas, electroestéticas y cosmetológicas. Clasificación de los efectos. Influencia de la presión y la temperatura en el sistema vascular.

Reconocimiento de la estructura y función de los sistemas de control e integración:

- Sistema nervioso: organización y estructura. Células del sistema nervioso. Los nervios. La transmisión neuronal. Los neurotransmisores. Sistema nervioso autónomo.

- Órganos de los sentidos. Los receptores sensoriales: clasificación y mecanismo de respuesta. Los sentidos: tipos, anatomía y fisiología. Influencia en las terapias sensoriales.

- Sistema endocrino. Organización glandular. Las hormonas. Fisiología hormonal. Regulación de la secreción. Influencia de las hormonas en la piel y anexos.

Establecimiento de pautas de asesoramiento en hábitos saludables:

- Concepto de salud.

- Influencia de los hábitos de vida en la imagen personal.

- La prevención primaria como método de promoción de la salud.

- La repercusión del cáncer y los tratamientos oncológicos en la imagen personal. El cáncer y los hábitos de vida. Medidas de prevención.

- El envejecimiento corporal. Cambios de la figura corporal a lo largo de la vida. Fisiología del envejecimiento. Relación entre el envejecimiento y los estilos de vida.

- El asesoramiento en hábitos saludables. Evaluación de los hábitos saludables. Recomendaciones sobre alimentación, ejercicio físico, sueño, higiene personal y otros elementos que repercuten en la imagen estética.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de organización, desarrollo y asesoramiento del trabajo en los establecimientos estéticos a través del estudio de la fisiología humana, los hábitos de vida saludable, la gestión y tratamiento de los residuos y la higiene en el ámbito laboral.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

- Justificación de la correcta aplicación de los tratamientos estéticos identificando la estructura, funciones y regulación de los aparatos y sistemas más importantes del cuerpo humano.

- Asesoramiento sobre los hábitos de vida saludable y sobre una dieta equilibrada como herramienta estética.

- Organización de los protocolos de los métodos de limpieza, desinfección y esterilización de utensilios, aparatos y accesorios en el ámbito laboral.

- Selección de los métodos adecuados para el tratamiento de los residuos.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- El desarrollo de los tratamientos estéticos faciales y corporales en centros de belleza o centros de técnicas hidrotermales.

La formación del módulo contribuye a lograr los objetivos generales d) y n) del ciclo formativo, y las competencias c) y k) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo se relacionan con:

- El reconocimiento de las diferentes partes del cuerpo humano, órganos, aparatos y sistemas.

- La utilización de los métodos de limpieza, desinfección y esterilización de los utensilios, aparatos y accesorios.

- La interpretación de los protocolos de calidad en el tratamiento de los desechos.

MÓDULO PROFESIONAL: DERMOESTÉTICA.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0751

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Gestiona la documentación técnica del proceso estético seleccionando los procedimientos de diseño y archivo.

Criterios de evaluación:

a) Se han especificado los tipos de documentación utilizada y generada.

b) Se ha seleccionado el procedimiento para gestionar la documentación técnica.

c) Se ha diseñado un modelo de historial estético y ficha técnica, artística y comercial del cliente.

d) Se han establecido las partes de un consentimiento informado.

e) Se han redactado los distintos modelos de información a otros profesionales.

f) Se ha identificado la normativa legal vigente del sector.

g) Se han especificado los parámetros del plan de calidad.

2. Selecciona los medios y los equipos para el análisis estético facial y corporal, describiendo sus características, técnicas e indicaciones.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado los medios y aparatos para el análisis facial.

b) Se ha caracterizado la aparatología de análisis corporal.

c) Se han especificado las características técnicas de los aparatos de análisis.

d) Se han reconocido las indicaciones de los diferentes aparatos.

e) Se han establecido los criterios de elección de los medios que hay que utilizar

f) Se han determinado las medidas de mantenimiento, higiene y calidad para el uso de los aparatos de análisis.

g) Se han seguido las pautas de aplicación de los medios y equipos.

3. Caracteriza la piel y sus alteraciones, analizando su estructura y sus propiedades.

Criterios de evaluación:

a) Se ha establecido la estructura anatómica y fisiológica del órgano cutáneo y sus anexos.

b) Se han caracterizado los anexos córneos y los glandulares.

c) Se han especificado las funciones de la epidermis, dermis e hipodermis.

d) Se ha reconocido la importancia de la permeabilidad cutánea.

e) Se han determinado los mecanismos que intervienen en la hidratación cutánea.

f) Se ha relacionado el manto hidrolipídico con las funciones glandulares de la piel.

g) Se han identificado las tipologías cutáneas.

h) Se han especificado las características de las alteraciones de la piel vinculadas a la estética.

i) Se han determinado los efectos del las radiaciones solares en el organismo.

j) Se han determinado los cambios anatomo-fisiológicos en los senos y en el envejecimiento cutáneo.

4. Aplica procedimientos de análisis facial y corporal, utilizando los medios específicos.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado los elementos del procedimiento de trabajo para el análisis facial y corporal.

b) Se ha establecido la secuenciación.

c) Se han seleccionado los medios.

d) Se han justificado las recomendaciones previas a la realización del análisis.

e) Se han relacionado las características cutáneas con las alteraciones estéticas, tras la observación.

f) Se han interpretado los datos obtenidos tras la exploración.

g) Se han aplicado los equipos y medios de análisis.

h) Se ha cumplimentado la ficha técnica.

i) Se han establecido las pautas de información de los resultados tras el estudio estético.

5. Diseña los procedimientos estéticos de tratamientos faciales y corporales, secuenciando las fases de actuación.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido las bases para el diseño de los procedimientos de tratamientos estéticos.

b) Se han determinado los elementos que forman parte de un protocolo de tratamiento estético.

c) Se han identificado las fases.

d) Se han especificado los diferentes procedimientos estéticos de tratamiento facial.

e) Se han elaborado los procedimientos estéticos de tratamientos corporales, según sus indicaciones.

f) Se han determinado los procedimientos estéticos de tratamiento mamario, del embarazo y de trastornos del peso.

g) Se han diseñado los protocolos de tratamientos faciales y corporales.

6. Determina los cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de medicina y cirugía estética, seleccionando técnicas y materiales.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado los diferentes tratamientos médico-quirúrgicos con repercusión estética.

b) Se han especificado los cuidados estéticos previos a una intervención de medicina estética.

c) Se han seleccionado los cuidados y tratamientos correspondientes a las actuaciones estéticas prequirúrgicas y post-quirúrgicas.

d) Se han identificado las necesidades cutáneas después de un tratamiento médico-quirúrgico.

e) Se han relacionado los medios y técnicas con las necesidades estéticas.

f) Se ha pautado la secuenciación del protocolo.

7. Diseña tratamientos estéticos novedosos, analizando la tecnología innovadora adecuada al proceso.

Criterios de evaluación:

a) Se ha elaborado un plan de análisis de mercado de innovaciones estéticas.

b) Se ha valorado el uso de medios de información y documentación.

c) Se han relacionado las características de las nuevas técnicas con los tratamientos estéticos.

d) Se han reconocido las propiedades de los nuevos materiales y accesorios.

e) Se ha justificado el empleo de nuevos principios activos.

f) Se ha valorado la viabilidad de la inclusión de tecnología avanzada.

g) Se ha secuenciado el protocolo del tratamiento innovador.

Duración: 70 horas.

Contenidos básicos:

Gestión de la documentación:

- Documentación utilizada. Ficha técnica y comercial del cliente. Información técnica de equipos, aparatos y cosméticos utilizados. Normas deontológicas.

- Documentación generada. Antecedentes estéticos, ficha técnica, artística y comercial del cliente. Protocolos personalizados. Consentimiento informado. Informes emitidos a otros profesionales. Fichas de evaluación del servicio. Documentación suministrada al cliente. Sistemas de archivo.

- Normativa legal vigente del sector.

- Protocolo de calidad. Elaboración del plan de calidad. Aplicación de los criterios en todas las fases del proceso. Técnicas de corrección de las desviaciones. Tratamiento de quejas, sugerencias y reclamaciones.

Selección de medios y equipos para el análisis facial y corporal:

- Medios y equipos para el análisis facial. Descripción, características, normas de utilización, indicaciones, precauciones y criterios de selección. Tipos.

- Medios y equipos para el análisis corporal. Descripción, características, normas de utilización, indicaciones, precauciones y criterios de selección. Tipos.

- Mantenimiento, seguridad e higiene en los equipos de análisis.

Caracterización de la piel y sus alteraciones:

- Microscopía del órgano cutáneo. Estructura anatómica de la piel. Anexos cutáneos: córneos, vasculares, nerviosos y glandulares. Fisiología del órgano cutáneo. Crecimiento y reparación de la piel y anexos. Funciones de la piel. La flora cutánea.

- Aspecto macroscópico de la superficie cutánea. Características externas.

- Permeabilidad cutánea. Manto hidrolipídico. Hidratación de la piel.

- Tipología cutánea. Criterios de clasificación. Características fisiológicas y propiedades de los tipos de piel. Estados evolutivos de la piel.

- Alteraciones de la piel. Forma y configuración de las lesiones. Lesiones elementales. Criterios de clasificación de alteraciones.

- Alteraciones estructurales y funcionales. Infecciones e infestaciones.

- El envejecimiento.

- Las radiaciones solares y piel.

- Los senos. Anatomía y fisiología de las glándulas mamarias.

Aplicación del procedimiento de análisis estético:

- Concepto de análisis estético.

- Fases del análisis. Entrevista. Examen visual por observación directa o indirecta. La exploración. Relación de las características cutáneas con las alteraciones estéticas.

- Diseño de protocolos de análisis facial.

- Diseño de protocolos de análisis corporal. Estudio por zonas, toma de medidas y valoración global.

- Ejecución del diagnostico. Preparación del área de trabajo, selección de medios y productos, interpretación y toma de datos, cumplimentación de documentación e informe valorativo.

Diseño de procedimientos estéticos de tratamientos faciales y corporales:

- Bases para el diseño de los protocolos de tratamiento estético. Elementos: proceso, secuenciación, temporalización, medios técnicos, cosmetológicos y manuales. Criterios de evaluación de resultados.

- Fases del protocolo del tratamiento: estudio de la zona, selección y preparación de los medios técnicos, preparación de la piel, núcleo del tratamiento, finalización del tratamiento y asesoramiento profesional.

- Protocolos de los tratamientos faciales. Concepto del tratamiento estético facial. Fundamentos. Fases del tratamiento facial. Criterios de clasificación de tratamientos. Diseño de los distintos protocolos de tratamientos faciales.

- Protocolos de los tratamientos corporales. Concepto del tratamiento estético corporal. Fundamentos. Fases del tratamiento. Criterios de clasificación de tratamientos. Diseño de los distintos protocolos de tratamientos corporales.

Determinación de los cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de medicina y cirugía estética:

- Técnicas faciales médico-estéticas con o sin intervenciones quirúrgicas. Tipos. Descripción. Sustancias, materiales y aparatología. Relación con los tratamientos estéticos: indicaciones, contraindicaciones y precauciones.

- Técnicas corporales medico-estéticas con o sin intervenciones quirúrgicas. Tipos. Descripción. Sustancias, materiales y aparatología. Relación con los tratamientos estéticos: indicaciones, contraindicaciones y precauciones.

- Diseño de procedimientos de trabajo de cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de medicina y cirugía estética.

Diseño de tratamientos estéticos innovadores:

- Análisis del mercado. Utilización de las TIC y programas actualizados.

- Innovaciones técnicas, manuales y cosmetológicas en el campo de la estética.

- Análisis de materiales, aparatología y principios activos. Características novedosas.

- Ventajas e inconvenientes de la introducción de nuevos tratamientos.

- Diseño de tratamientos novedosos.

- Valoración de la viabilidad en el campo de la estética.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de elaboración de protocolos normalizados relacionados con el análisis y los tratamientos estéticos.

Las funciones de elaboración de protocolos de análisis y de tratamientos estéticos faciales y corporales incluyen los siguientes aspectos:

- Organización y diseño de la documentación necesaria para la realización de las actividades propias de un salón de belleza.

- Aplicación del conocimiento de la anatomía, fisiología y patología del órgano cutáneo y sus anexos.

- Diseño de los protocolos de tratamiento.

- Interpretación de los informes médicos y de otros profesionales.

- Realización de técnicas de innovación basadas en la actualización profesional.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- Desarrollo de los tratamientos estéticos, faciales y corporales, en centros de belleza o centros de técnicas hidrotermales o en centros sanitarios.

La formación del módulo contribuye a lograr los objetivos generales b), f), q) y r) del ciclo formativo, y las competencias b), e) y ñ) del título.

Las líneas de actuación en el proceso enseñanza–aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo se relacionan con:

- La identificación de las diferentes estructuras anatómicas, macroscópicas y microscópicas que forman la piel y sus anexos y sus aspectos fisiológicos y patológicos.

- La utilización de esquemas y cuadros de síntesis para la recopilación de los datos del análisis.

- La propuesta de pautas para la realización de los protocolos de tratamientos estéticos faciales y corporales.

- La aplicación de los protocolos de calidad en la elaboración de la documentación.

MÓDULO PROFESIONAL: COSMÉTICA APLICADA A ESTÉTICA Y BIENESTAR.

Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 0752

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Determina los componentes de un cosmético, analizando sus características y su capacidad de penetración en la piel.

Criterios de evaluación:

a) Se ha especificado la función de los principios activos, excipientes y aditivos en los cosméticos.

b) Se ha establecido la diferencia entre composición cuantitativa y cualitativa.

c) Se han caracterizado los componentes externos del cosmético.

d) Se han establecido las indicaciones que deben figurar en el etiquetado del producto.

e) Se han identificado las características y las funciones de las sustancias más utilizadas en la elaboración de un cosmético.

f) Se ha identificado la composición general y la parte externa de un cosmético comercial.

g) Se han identificado las vías y el grado de penetración de los cosméticos en la piel.

2. Prepara productos cosméticos, organizando las operaciones de elaboración y reconociendo los sistemas dispersos.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido las diferencias entre sistemas dispersos homogéneos y heterogéneos.

b) Se han distinguido los componentes de las disoluciones, los factores que afectan a la solubilidad y la forma de expresar su concentración.

c) Se han identificado las fases y las propiedades de las suspensiones y suspensiones coloidales.

d) Se han clasificado las emulsiones en función de la composición de sus fases.

e) Se han especificado las formas de presentación de los cosméticos.

f) Se ha reconocido la importancia del tipo de envase en la determinación de la forma cosmética.

g) Se han identificado las sustancias, materiales y técnicas para la elaboración de una fórmula cosmética.

h) Se han especificado las partes de una fórmula cosmética (composición cuantitativa, modus operandi y las características de sus ingredientes).

i) Se han preparado fórmulas de cosméticos en el laboratorio.

3. Contrasta las líneas cosméticas del mercado, analizando las propiedades de los diferentes grupos cosméticos.

Criterios de evaluación:

a) Se ha relacionado la composición de los diferentes productos, con su forma cosmética y mecanismo de acción.

b) Se han establecido las diferencias entre los distintos cosméticos de higiene.

c) Se han comparado los tipos de exfoliantes con la forma de actuar de sus ingredientes activos.

d) Se han relacionado las mascarillas con su composición y forma cosmética.

e) Se ha identificado la forma de actuar de los principios activos de los cosméticos hidratantes.

f) Se han relacionado los principios activos solares con su mecanismo de actuación.

g) Se han establecido los efectos que persiguen los diferentes cosméticos de tratamiento.

h) Se han detallado los principios activos de los cosméticos de tratamiento estético.

i) Se ha especificado el mecanismo de acción en función de los componentes que incorporan.

4. Caracteriza las nuevas tendencias del sector, analizando las innovaciones cosméticas y cosméticos especiales.

Criterios de evaluación:

a) Se han detectado las nuevas tendencias del mercado cosmético.

b) Se ha valorado el empleo del perfume en la sociedad actual.

c) Se ha establecido la finalidad de los cosméticos que se emplean en técnicas de electroestética.

d) Se han señalado los componentes, efectos, indicaciones y precauciones de los materiales que se emplean para el relleno en cirugía estética.

e) Se han identificado las técnicas estéticas contraindicadas en usuarios de tratamiento médico con bótox.

f) Se ha valorado el uso de la nutricosmética como tratamiento complementario a las prácticas estéticas.

g) Se ha relacionado la composición química de los principios activos de reciente incorporación a los cosméticos con sus efectos e indicaciones.

h) Se ha vinculado el empleo de los vectores cosméticos con el aumento de la eficacia de los principios activos que transportan.

5. Dispone los cosméticos en los establecimientos de venta, controlando las condiciones de seguridad e higiene.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los diferentes tipos de establecimientos de venta de cosméticos.

b) Se han establecido las características del marketing aplicado a la venta de cosméticos.

c) Se ha relacionado la colocación del producto en el mobiliario con las ventas.

d) Se han especificado las normas de almacenamiento, conservación y manipulación de los cosméticos.

e) Se han identificado los factores que afectan a la estabilidad de los productos cosméticos.

f) Se ha seguido la normativa sobre gestión de residuos.

g) Se han analizado los proveedores de cosméticos y las marcas comerciales a través de las técnicas de información y comunicación.

h) Se ha especificado la legislación sobre venta y conservación de productos cosméticos.

6. Planifica actuaciones de asesoramiento cosmético, utilizando técnicas de comunicación y marketing.

Criterios de evaluación:

a) Se han programado las fases del protocolo de asesoramiento cosmético.

b) Se han establecido los criterios de selección de los cosméticos.

c) Se ha señalado el modo de empleo y las precauciones de uso.

d) Se ha relacionado el estudio estético previo y las características del usuario con el asesoramiento profesional de cosméticos.

e) Se han desarrollado las pautas para la realización de un asesoramiento directo.

f) Se han establecido las etapas para el diseño de una campaña promocional.

g) Se han detallado las fases en la realización de una demostración profesional.

h) Se han establecido las pautas para la realización de artículos especializados de asesoría cosmética.

i) Se han determinado las fases de la venta y las características del vendedor.

Duración: 90 horas.

Contenidos básicos:

Selección de los componentes de un cosmético:

- Concepto de cosmético.

- Composición general: principios activos, excipientes y aditivos.

- Composición cualitativa y cuantitativa.

- Parte externa del cosmético. Elementos: recipientes, envase exterior o embalaje, prospecto y etiqueta. Importancia del diseño para la venta. Etiquetado.

- Sustancias empleadas frecuentemente en los cosméticos: agua, grasas, tensoactivos y extractos vegetales, entre otros.

- Actuación de los cosméticos sobre la piel: penetrabilidad.

Preparación de cosméticos:

- Sistemas dispersos: homogéneos y heterogéneos.

- Disoluciones, suspensiones y emulsiones.

- Las formas cosméticas: tipos y características.

- El laboratorio cosmético. Equipos y material de laboratorio. Técnicas empleadas en preparación de cosméticos. Fórmula cosmética: ingredientes y composición cuantitativa (Código INCI). Ejemplos de preparación de cosméticos: emulsiones y geles, entre otros.

Identificación de las líneas cosméticas del mercado:

- Clasificación de los cosméticos: criterios de clasificación.

- Cosméticos de higiene. Concepto de higiene. Sustancias limpiadoras: composición, mecanismo de acción y formas de presentación.

- Cosméticos de hidratación, mantenimiento y protección de la piel. Concepto de hidratación cutánea. Principios activos: clasificación y composición. Los cosméticos solares.

- Cosméticos de tratamiento estético: composición, mecanismo de acción, criterios de clasificación y formas de presentación.

- Cosméticos para la eliminación y el camuflaje del vello.

- Cosméticos para el maquillaje y bronceadores exógenos.

- Pigmentos y colorantes para micropigmentación.

Cosméticos especiales y componentes innovadores:

- Perfumes: concepto, composición, esencias empleadas en perfumería y tipos.

- Cosmética de aplicación en electroestética: composición, mecanismo de acción, criterios de clasificación y formas de presentación. Clasificación.

- Cosmética específica para medicina estética: materiales de relleno, bótox y mesoterapia.

- Nutricosmética: componentes principales, efectos e indicaciones, criterios de clasificación y formas de presentación.

- Componentes especiales e innovaciones en cosmética. Principios activos de nueva generación. Vectores cosméticos.

Organización de los cosméticos en los establecimientos:

- Los establecimientos de venta de cosméticos. Tipos de minoristas y características. El espacio de venta de los cosméticos: criterios de distribución, soportes y mobiliario, la disposición del producto en el lineal. El espacio de venta de los cosméticos: concepto y elementos de merchandising. Publicidad.

- Seguridad e higiene de productos cosméticos. La rotación del producto. Conservación de productos cosméticos: estabilidad y alteraciones de los mismos. Normas de almacenamiento y manipulación. Normativa sobre almacenaje y recogida de productos cosméticos contaminados y alterados.

- Aprovisionamiento.

- Las marcas.

- Legislación sobre productos cosméticos. La reglamentación técnico-sanitaria de productos cosméticos: partes, definiciones y el etiquetado.

Planificación del asesoramiento cosmético:

- Elementos del plan del asesoramiento: elaboración de protocolos estandarizados.

- Técnicas de asesoramiento de productos cosméticos. Asesoramiento directo. Asesoramiento a través de medios internos y externos. Promoción de venta. Las demostraciones técnicas de cosméticos y las ferias de muestra profesionales. Revistas profesionales.

- El asesor de venta. Fases y técnicas de venta, resolución de quejas y reclamaciones. Características del asesor de venta.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de reconocer, seleccionar, manipular, conservar, vender y asesorar sobre productos cosméticos.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

- Organización de los cosméticos en los establemientos.

- Gestión del aprovisionamiento.

- Análisis de los grupos cosméticos existentes en el mercado y las innovaciones cosméticas.

- Selección, manipulación y conservación de cosméticos.

- Comercialización de productos cosméticos.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- Personalización de los tratamientos a través de los fitocosméticos y aceites esenciales.

- Asesoramiento técnico sobre cuidados estéticos con cosméticos.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), f) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b) y e) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- Estudio y comparación de los componentes de un cosmético.

- La caracterización de las formas de presentación.

- Preparación de fórmulas cosméticas.

- La identificación de las líneas cosméticas del mercado.

- La identificación de innovaciones en el sector.

- La organización de los cosméticos en los establecimientos de venta de los mismos.

- La organización de campañas promocionales y publicitarias.

- La planificación del asesoramiento cosmético.

MÓDULO PROFESIONAL: TRATAMIENTOS ESTÉTICOS INTEGRALES.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0753

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:

1. Implementa pautas de atención al cliente, aplicando técnicas comerciales.

Criterios de evaluación:

a) Se han reconocido las fases del protocolo de atención al cliente desde la recepción hasta la despedida.

b) Se han establecido las normas sobre la higiene, indumentaria e imagen del profesional.

c) Se han obtenido los indicadores de calidad en el proceso de atención al cliente.

d) Se han relacionado las características de los servicios de imagen personal con las medidas de atención al cliente.

e) Se han especificado las secuencias de actuación en la creación de nuevos tratamientos estéticos.

f) Se han caracterizado los medios de publicidad y comunicación internos y externos en una empresa de estética.

g) Se han seleccionado los instrumentos de promoción de productos y servicios estéticos.

h) Se han establecido las etapas para el diseño de una campaña de promoción.

i) Se han determinado las fases de la venta.

2. Gestiona las instalaciones, los medios técnicos y materiales y los recursos humanos, integrando los elementos de la red logística del establecimiento.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los elementos que constituyen la red logística de la empresa: proveedores, clientes, sistemas de producción y/o comercialización, almacenaje y otros.

b) Se han establecido las condiciones ambientales en la zona de trabajo.

c) Se han identificado los puestos de trabajo en los establecimientos estéticos.

d) Se han establecido los criterios para la asignación efectiva de actividades a cada puesto de trabajo.

e) Se ha caracterizado el control de existencias de cosméticos y materiales que se emplean en los tratamientos estéticos.

f) Se ha elaborado un sistema de gestión de compras, proveedores y mantenimiento.

g) Se han especificado las características y los elementos que conforman el área de desinfección.

h) Se ha proyectado un plan de limpieza, higiene y desinfección.

3. Realiza el examen estético, aplicando procedimientos de análisis y utilizando técnicas de comunicación.

Criterios de evaluación:

a) Se han justificado los datos de la ficha técnica.

b) Se han reconocido las pautas que hay que seguir en los protocolos de acomodación.

c) Se ha establecido un cuestionario para la obtención de los datos que tienen relevancia en el estudio estético.

d) Se ha reconocido la actitud profesional como factor de calidad de los servicios estéticos.

e) Se han analizado las distintas variables que determinan un protocolo personalizado.

f) Se han distinguido las técnicas para el análisis estético de la zona que se va a tratar.

4. Elabora el tratamiento estético personalizado, justificando la selección de los medios y sus interacciones.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido los criterios de clasificación de los tratamientos integrales

b) Se han determinado los medios y recursos necesarios.

c) Se han establecido los criterios de selección de los equipos técnicos y accesorios.

d) Se han identificado las características de las técnicas manuales y su forma de aplicación.

e) Se han distinguido las pautas de preparación y manipulación de los cosméticos.

f) Se han identificado las incompatibilidades y efectos sinérgicos entre las técnicas que se integran en los tratamientos.

g) Se ha justificado el protocolo de aplicación de los tratamientos personalizados.

h) Se han tenido en cuenta las necesidades/demandas del cliente en el diseño del protocolo personalizado.

5. Aplica protocolos personalizados de tratamientos estéticos faciales y corporales, coordinando las técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado pautas de información al cliente sobre el tratamiento estético, técnicas, efectos y sensaciones.

b) Se ha justificado la acomodación y protección del cliente según criterios de confortabilidad y seguridad.

c) Se han identificado las posturas, movimientos y actitudes que se deben adoptar durante la ejecución del tratamiento.

d) Se han aplicado las técnicas previas al tratamiento según protocolo.

e) Se ha justificado la elección de programas y parámetros de las técnicas que se van a emplear.

f) Se ha secuenciado el tratamiento, combinando las técnicas electroestéticas, manuales y cosmetológicas seleccionadas.

g) Se han establecido técnicas de finalización del tratamiento (protección y maquillaje, entre otras).

h) Se han determinado las pautas de asesoramiento.

i) Se han relacionado las recomendaciones cosméticas con los cuidados personales fuera de la cabina.

6. Planifica la aplicación de cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de cirugía y medicina estética, siguiendo el procedimiento personalizado.

Criterios de evaluación:

a) Se han interpretado los informes y la prescripción médica.

b) Se ha caracterizado la acomodación y las medidas de protección personal y del cliente en los procesos de tratamientos pre y post-medicina estética.

c) Se han reconocido los efectos que producen las técnicas de los tratamientos de pre y post-medicina estética.

d) Se han justificado las posturas, movimientos y actitudes que se deben mantener durante la ejecución del tratamiento.

e) Se han identificado las técnicas previas.

f) Se ha aplicado el tratamiento pre-medicina estética según el protocolo establecido, combinando las técnicas y tratamientos de hidratación, regeneración, mejora de la elasticidad y vascularización, entre otras, en condiciones de higiene y seguridad.

g) Se ha aplicado el tratamiento post-medicina estética según el protocolo establecido, combinando las técnicas, electroestéticas, cosmetológicas y manuales en condiciones de higiene y seguridad.

h) Se han planificado medidas de evaluación de resultados.

7. Evalúa y valora los resultados de los servicios de estética, proponiendo medidas de corrección.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los aspectos que han de ser evaluados por ser determinantes en la calidad del servicio prestado.

b) Se han identificado las principales causas que pueden dar lugar a deficiencias en el servicio prestado.

c) Se han formulado preguntas tipo que permitan detectar el grado de satisfacción del cliente, tanto por el resultado final obtenido, como por la atención personal recibida.

d) Se han propuesto medidas correctoras para optimizar los servicios prestados y mejorar el grado de satisfacción de los usuarios.

e) Se han realizado supuestos prácticos de valoración de los resultados.

f) Se ha identificado el proceso que hay que seguir ante una reclamación.

Duración: 75 horas.

Contenidos básicos:

Implementación de pautas de atención al cliente:

- La atención al cliente. Protocolo de atención en las distintas fases del proceso.

- Imagen y profesionalidad: la imagen personal del profesional como imagen de empresa.

- Los tratamientos integrales como servicios estéticos. Características de los servicios. Tipos de servicios.

- Aplicación de técnicas de publicidad y promoción de ventas.

- Estrategias comerciales en la venta de tratamientos integrales: fases. Aplicación de técnicas de venta.

Gestión de instalaciones, medios técnicos y materiales:

- La cabina de estética para tratamientos de estética integral.

- La programación de actividades. Control de agenda.

- Logística y almacenamiento. Control de existencias. Criterios para el almacenamiento de cosméticos, útiles y materiales. Las compras: selección de proveedores. Planificación de las compras.

- Gestión del mantenimiento de equipos técnicos empleados en tratamientos de estética.

- Criterios de selección y aplicación de técnicas para la higiene, desinfección y esterilización de equipos y útiles usados en los tratamientos de estética integral. El área de desinfección.

Realización del análisis estético:

- Documentación técnica. Protección de datos. Archivo o fichero de la documentación.

- Aplicación de protocolos de acomodación del usuario. Actitud profesional.

- Aplicación de técnicas de comunicación. La entrevista.

- Aplicación de protocolos de técnicas de análisis de alteraciones estéticas.

- Análisis estético personalizado para tratamientos de estética integral. Análisis de demandas y expectativas del cliente.

Diseño de tratamientos estéticos personalizados:

- Clasificación de tratamientos.

- Criterios de selección de aparatología empleada en tratamientos estéticos faciales y corporales.

- Criterios de selección de técnicas manuales empleadas en tratamientos estéticos faciales y corporales.

- Criterios de selección de cosméticos indicados para tratamientos integrales: pautas de preparación y manipulación. Métodos de aplicación.

- Criterios de integración de los medios técnicos, manuales y cosmetológicos. Efectos sumativos: la sinergia. Efectos antagónicos: Incompatibilidades entre ellos.

- Protocolos personalizados de tratamientos de estética integral: interpretación de los datos obtenidos del análisis estético y de los informes profesionales. Adecuación a las necesidades/demandas y características del cliente.

Ejecución de tratamientos estéticos integrales:

- Información técnica al cliente sobre el proceso.

- Técnicas previas: preparación de la zona.

- Organización de la ejecución de tratamientos faciales y corporales personalizados. Particularidades del protocolo personalizado: secuenciación de técnicas, regulación de parámetros y temporalización.

- Asesoramiento post-tratamiento: pautas de vida saludable, posibles efectos secundarios y precauciones. Pautas de aplicación de cosméticos de uso personal.

Planificación de la aplicación de cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de cirugía y medicina estética:

- Interpretación de informes y prescripción médica.

- Tratamientos y técnicas específicas en cuidados estéticos pre-medicina estética. Indicaciones y contraindicaciones.

- Tratamientos y técnicas específicas en cuidados estéticos post- medicina estética. Indicaciones y contraindicaciones.

- Procesos de ejecución de tratamientos y técnicas específicas en cuidados estéticos pre-medicina estética. Combinación de técnicas manuales, cosmetológicas y electroestéticas. Fases del proceso. Precauciones.

- Procesos de ejecución de tratamientos y técnicas específicas en cuidado post-medicina estética. Combinación de técnicas manuales, cosmetológicas y electroestéticas. Fases del proceso. Precauciones.

Valoración de la calidad de los servicios de estética y belleza:

- Principales causas de deficiencias en los servicios estéticos básicos.

- Técnicas para detectar el grado de satisfacción del cliente.

- Técnicas para corregir las desviaciones producidas en los diferentes servicios de estética y belleza.

- Técnicas de resolución de quejas y reclamaciones.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de aplicación de tratamientos de estética integral.

La formación contenida en este módulo se aplica a diferentes funciones de este técnico e incluye aspectos relacionados con:

- Recepción y atención del cliente.

- Identificación de alteraciones estéticas.

- Diseño de protocolos personalizados de tratamientos estéticos.

- Selección y aplicación de técnicas cosmetológicas, manuales y electroéstéticas.

- Aplicación de normas de higiene, desinfección y esterilización.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

- Procesos de ejecución de diseño de protocolos personalizados.

- Procesos de ejecución de tratamientos de estética facial y corporal.

- Procesos de ejecución de técnicas específicas en cuidados estéticos pre y post- cirugía estética.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), d), e), f), n), ñ), o), r), t), u), v) y w) del ciclo formativo, y las competencias c), d), e), k), l), m), ñ), p), q) y r) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- Protocolos de atención al cliente.

- Ejecución de técnicas de análisis estético.

- Coordinación de técnicas cosmetológicas, manuales y electroéstéticas.

- Información y asesoramiento pre y post tratamiento.

MÓDULO PROFESIONAL: PROYECTO DE ESTÉTICA INTEGRAL Y BIENESTAR.

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0754

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica necesidades del sector productivo, relacionándolas con proyectos tipo que las puedan satisfacer.

Criterios de evaluación:

a) Se han clasificado las empresas del sector por sus características organizativas y el tipo de producto o servicio que ofrecen.

b) Se han caracterizado las empresas tipo indicando la estructura organizativa y las funciones de cada departamento.

c) Se han identificado las necesidades más demandadas a las empresas.

d) Se han valorado las oportunidades de negocio previsibles en el sector.

e) Se ha identificado el tipo de proyecto requerido para dar respuesta a las demandas previstas.

f) Se han determinado las características específicas requeridas al proyecto.

g) Se han determinado las obligaciones fiscales, laborales y de prevención de riesgos, y sus condiciones de aplicación.

h) Se han identificado posibles ayudas o subvenciones para la incorporación de nuevas tecnologías de producción o de servicio que se proponen.

i) Se ha elaborado el guión de trabajo que se va a seguir para la elaboración del proyecto.

2. Diseña proyectos relacionados con las competencias expresadas en el título, incluyendo y desarrollando las fases que lo componen.

Criterios de evaluación:

a) Se ha recopilado información relativa a los aspectos que van a ser tratados en el proyecto.

b) Se ha realizado el estudio de viabilidad técnica del mismo.

c) Se han identificado las fases o partes que componen el proyecto y su contenido.

d) Se han establecido los objetivos que se pretenden conseguir, identificando su alcance.

e) Se han previsto los recursos materiales y personales necesarios para realizarlo.

f) Se ha realizado el presupuesto económico correspondiente.

g) Se han identificado las necesidades de financiación para la puesta en marcha del mismo.

h) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para su diseño.

i) Se han identificado los aspectos que se deben controlar para garantizar la calidad del proyecto.

3. Planifica la implementación o ejecución del proyecto, determinando el plan de intervención y la documentación asociada.

Criterios de evaluación:

a) Se han secuenciado las actividades, ordenándolas en función de las necesidades de implementación.

b) Se han determinado los recursos y la logística necesaria para cada actividad.

c) Se han identificado las necesidades de permisos y autorizaciones para llevar a cabo las actividades.

d) Se han determinado los procedimientos de actuación o ejecución de las actividades.

e) Se han identificado los riesgos inherentes a la implementación, definiendo el plan de prevención de riesgos y los medios y equipos necesarios.

f) Se ha planificado la asignación de recursos materiales y humanos, y los tiempos de ejecución.

g) Se ha hecho la valoración económica que da respuesta a las condiciones de la implementación.

h) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la implementación o ejecución.

4. Define los procedimientos para el seguimiento y control en la ejecución del proyecto, justificando la selección de variables e instrumentos empleados.

Criterios de evaluación:

a) Se ha definido el procedimiento de evaluación de las actividades o intervenciones.

b) Se han definido los indicadores de calidad para realizar la evaluación.

c) Se ha definido el procedimiento para la evaluación de las incidencias que puedan presentarse durante la realización de las actividades, su posible solución y registro.

d) Se ha definido el procedimiento para gestionar los posibles cambios en los recursos y en las actividades, incluyendo el sistema de registro de los mismos.

e) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la evaluación de las actividades y del proyecto.

f) Se ha establecido el procedimiento para la participación en la evaluación de los usuarios o clientes, y se han elaborado los documentos específicos.

g) Se ha establecido un sistema para garantizar el cumplimiento del pliego de condiciones del proyecto.

Duración: 25 horas.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional complementa la formación establecida para el resto de los módulos profesionales que integran el título en las funciones de análisis del contexto, diseño del proyecto y organización de la ejecución.

La función de análisis del contexto incluye las subfunciones de recopilación de información, identificación de necesidades y estudio de viabilidad.

La función de diseño del proyecto tiene como objetivo establecer las líneas generales para dar respuesta a las necesidades planteadas, concretando los aspectos relevantes para su realización. Incluye las subfunciones:

- La definición del proyecto.

- La identificación y priorización de necesidades.

- La secuenciación de las acciones.

- La planificación de la intervención.

- La determinación de recursos económicos, materiales y personales.

- La planificación de la evaluación.

- El diseño de documentación.

- El plan de atención al cliente.

La función de organización de la ejecución incluye las subfunciones de programación de actividades, gestión de recursos y supervisión de la intervención.

Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se desarrollan en el sector de la estética y la imagen personal.

La formación del módulo se relaciona con la totalidad de los objetivos generales del ciclo y las competencias profesionales, personales y sociales del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo están relacionadas con:

- La ejecución de trabajos en equipo.

- La responsabilidad y la autoevaluación del trabajo realizado.

- La autonomía y la iniciativa personal.

- El uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

MÓDULO PROFESIONAL: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL.

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0755

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Selecciona oportunidades de empleo, identificando las diferentes posibilidades de inserción y las alternativas de aprendizaje a lo largo de la vida.

Criterios de evaluación:

a) Se ha valorado la importancia de la formación permanente como factor clave para la empleabilidad y la adaptación a las exigencias del proceso productivo.

b) Se han identificado los itinerarios formativo-profesionales relacionados con el perfil profesional de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

c) Se han determinado las aptitudes y actitudes requeridas para la actividad profesional relacionada con el perfil del título.

d) Se han identificado los principales yacimientos de empleo y de inserción laboral para el técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

e) Se han determinado las técnicas utilizadas en el proceso de búsqueda de empleo.

f) Se han previsto las alternativas de autoempleo en los sectores profesionales relacionados con el título.

g) Se ha realizado la valoración de la personalidad, aspiraciones, actitudes y formación propia para la toma de decisiones.

2. Aplica las estrategias del trabajo en equipo, valorando su eficacia y eficiencia para la consecución de los objetivos de la organización.

Criterios de evaluación:

a) Se han valorado las ventajas de trabajo en equipo en situaciones de trabajo relacionadas con el perfil del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

b) Se han identificado los equipos de trabajo que pueden constituirse en una situación real de trabajo.

c) Se han determinado las características del equipo de trabajo eficaz frente a los equipos ineficaces.

d) Se ha valorado positivamente la necesaria existencia de diversidad de roles y opiniones asumidos por los miembros de un equipo.

e) Se ha reconocido la posible existencia de conflicto entre los miembros de un grupo como un aspecto característico de las organizaciones.

f) Se han identificado los tipos de conflictos y sus fuentes.

g) Se han determinado procedimientos para la resolución del conflicto.

3. Ejerce los derechos y cumple las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, reconociéndolas en los diferentes contratos de trabajo.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los conceptos básicos del derecho del trabajo.

b) Se han distinguido los principales organismos que intervienen en las relaciones entre empresarios y trabajadores.

c) Se han determinado los derechos y obligaciones derivados de la relación laboral.

d) Se han clasificado las principales modalidades de contratación, identificando las medidas de fomento de la contratación para determinados colectivos.

e) Se han valorado las medidas establecidas por la legislación vigente para la conciliación de la vida laboral y familiar.

f) Se han identificado las causas y efectos de la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral.

g) Se ha analizado el recibo de salarios, identificando los principales elementos que lo integran.

h) Se han analizado las diferentes medidas de conflicto colectivo y los procedimientos de solución de conflictos.

i) Se han determinado las condiciones de trabajo pactadas en un convenio colectivo aplicable al sector relacionado con el título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar.

j) Se han identificado las características definitorias de los nuevos entornos de organización del trabajo.

4. Determina la acción protectora del sistema de la Seguridad Social ante las distintas contingencias cubiertas, identificando las distintas clases de prestaciones.

Criterios de evaluación:

a) Se ha valorado el papel de la Seguridad Social como pilar esencial para la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.

b) Se han enumerado las diversas contingencias que cubre el sistema de Seguridad Social.

c) Se han identificado los regímenes existentes en el sistema de Seguridad Social.

d) Se han identificado las obligaciones de empresario y trabajador dentro del sistema de Seguridad Social.

e) Se han identificado, en un supuesto sencillo, las bases de cotización de un trabajador y las cuotas correspondientes a trabajador y empresario.

f) Se han clasificado las prestaciones del sistema de Seguridad Social, identificando los requisitos.

g) Se han determinado las posibles situaciones legales de desempleo.

h) Se ha realizado el cálculo de la duración y cuantía de una prestación por desempleo de nivel contributivo básico.

5. Evalúa los riesgos derivados de su actividad, analizando las condiciones de trabajo y los factores de riesgo presentes en su entorno laboral.

Criterios de evaluación:

a) Se ha valorado la importancia de la cultura preventiva en todos los ámbitos y actividades de la empresa.

b) Se han relacionado las condiciones laborales con la salud del trabajador.

c) Se han clasificado los factores de riesgo en la actividad y los daños derivados de los mismos.

d) Se han identificado las situaciones de riesgo más habituales en los entornos de trabajo del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

e) Se ha determinado la evaluación de riesgos en la empresa.

f) Se han determinado las condiciones de trabajo con significación para la prevención en los entornos de trabajo relacionados con el perfil profesional del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

g) Se han clasificado y descrito los tipos de daños profesionales, con especial referencia a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, relacionados con el perfil profesional del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

6. Participa en la elaboración de un plan de prevención de riesgos en una pequeña empresa, identificando las responsabilidades de todos los agentes implicados.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado los principales derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.

b) Se han clasificado las distintas formas de gestión de la prevención en la empresa, en función de los distintos criterios establecidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

c) Se han determinado las formas de representación de los trabajadores en la empresa en materia de prevención de riesgos.

d) Se han identificado los organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

e) Se ha valorado la importancia de la existencia de un plan preventivo en la empresa que incluya la secuenciación de actuaciones que se deben realizar en caso de emergencia.

f) Se ha definido el contenido del plan de prevención en un centro de trabajo relacionado con el sector profesional del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

g) Se ha proyectado un plan de emergencia y evacuación de una empresa del sector.

7. Aplica las medidas de prevención y protección, analizando las situaciones de riesgo en el entorno laboral del Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido las técnicas de prevención y de protección individual y colectiva que deben aplicarse para evitar los daños en su origen y minimizar sus consecuencias en caso de que sean inevitables.

b) Se ha analizado el significado y alcance de los distintos tipos de señalización de seguridad.

c) Se han analizado los protocolos de actuación en caso de emergencia.

d) Se han identificado las técnicas de clasificación de heridos en caso de emergencia donde existan víctimas de diversa gravedad.

e) Se han identificado las técnicas básicas de primeros auxilios que han de ser aplicadas en el lugar del accidente ante distintos tipos de daños y la composición y uso del botiquín.

f) Se han determinado los requisitos y condiciones para la vigilancia de la salud del trabajador y su importancia como medida de prevención.

Duración: 50 horas.

Contenidos básicos:

Búsqueda activa de empleo:

- Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y profesional del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

- Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera profesional.

- Identificación de los itinerarios formativos relacionados con el técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

- Definición y análisis del sector profesional del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

- Proceso de búsqueda de empleo en empresas del sector.

- Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.

- Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo.

- El proceso de toma de decisiones.

Gestión del conflicto y equipos de trabajo:

- Métodos para la resolución o supresión del conflicto. Valoración de las ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la organización.

- Equipos en el sector de la estética y el bienestar según las funciones que desempeñan.

- La participación en el equipo de trabajo.

- Conflicto: características, fuentes y etapas.

Contrato de trabajo:

- El derecho del trabajo.

- Análisis de la relación laboral individual.

- Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación.

- Derechos y deberes derivados de la relación laboral.

- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

- Representación de los trabajadores.

- Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

- Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad y beneficios sociales, entre otros.

Seguridad Social, empleo y desempleo:

- Estructura del sistema de la Seguridad Social.

- Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en materias de Seguridad Social, afiliación, altas, bajas y cotización.

- Situaciones protegibles por desempleo.

Evaluación de riesgos profesionales:

- Valoración de la relación entre trabajo y salud.

- Análisis de factores de riesgo.

- La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva.

- Análisis de riesgos ligados a las condiciones de seguridad.

- Análisis de riesgos ligados a las condiciones ambientales.

- Análisis de riesgos ligados a las condiciones ergonómicas y psico-sociales.

- Riesgos específicos en el sector de la estética y el bienestar.

- Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de las situaciones de riesgo detectadas.

Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:

- Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.

- Gestión de la prevención en la empresa.

- Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

- Planificación de la prevención en la empresa.

- Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo.

- Elaboración de un plan de emergencia en una empresa del sector.

Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:

- Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva.

- Protocolo de actuación ante una situación de emergencia.

- Primeros auxilios.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para que el alumno pueda insertarse laboralmente y desarrollar su carrera profesional en el sector.

La formación de este módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales p), q), r), s), u) e y) del ciclo formativo, y las competencias n), ñ), o), q) y t) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- El manejo de las fuentes de información sobre el sistema educativo y laboral, en especial en lo referente a las empresas.

- La realización de pruebas de orientación y dinámicas sobre la propia personalidad y el desarrollo de las habilidades sociales.

- La preparación y realización de modelos de currículum vítae (CV) y entrevistas de trabajo.

- Identificación de la normativa laboral que afecta a los trabajadores del sector, manejo de los contratos más comúnmente utilizados y lectura comprensiva de los convenios colectivos de aplicación.

- La cumplimentación de recibos de salario de diferentes características y otros documentos relacionados.

- El análisis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que le permita evaluar los riesgos derivados de las actividades desarrolladas en su sector productivo y que le permita colaborar en la definición de un plan de prevención para una pequeña empresa, así como en la elaboración de las medidas necesarias para su puesta en funcionamiento.

MÓDULO PROFESIONAL: EMPRESA E INICIATIVA EMPRENDEDORA.

Equivalencia en créditos ECTS: 4

Código: 0756

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:

1. Reconoce las capacidades asociadas a la iniciativa emprendedora, analizando los requerimientos derivados de los puestos de trabajo y de las actividades empresariales.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado el concepto de innovación y su relación con el progreso de la sociedad y el aumento en el bienestar de los individuos.

b) Se ha analizado el concepto de cultura emprendedora y su importancia como fuente de creación de empleo y bienestar social.

c) Se ha valorado la importancia de la iniciativa individual, la creatividad, la formación y la colaboración como requisitos indispensables para tener éxito en la actividad emprendedora.

d) Se ha analizado la capacidad de iniciativa en el trabajo de una persona empleada en una pequeña y mediana empresa relacionada con la estética y el bienestar.

e) Se ha analizado el desarrollo de la actividad emprendedora de un empresario que se inicie en el sector de la estética y el bienestar.

f) Se ha analizado el concepto de riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora.

g) Se ha analizado el concepto de empresario y los requisitos y actitudes necesarios para desarrollar la actividad empresarial.

h) Se ha descrito la estrategia empresarial, relacionándola con los objetivos de la empresa.

i) Se ha definido una determinada idea de negocio del ámbito de la estética y la imagen personal que sirva de punto de partida para la elaboración de un plan de empresa.

2. Define la oportunidad de creación de una pequeña empresa, valorando el impacto sobre el entorno de actuación e incorporando valores éticos.

Criterios de evaluación:

a) Se han descrito las funciones básicas que se realizan en una empresa y se ha analizado el concepto de sistema aplicado a la empresa.

b) Se han identificado los principales componentes del entorno general que rodea a la empresa, en especial el entorno económico, social, demográfico y cultural.

c) Se ha analizado la influencia en la actividad empresarial de las relaciones con los clientes, con los proveedores y con la competencia, como principales integrantes del entorno específico.

d) Se han identificado los elementos del entorno de una pyme de estética y bienestar.

e) Se han analizado los conceptos de cultura empresarial e imagen corporativa y su relación con los objetivos empresariales.

f) Se ha analizado el fenómeno de la responsabilidad social de las empresas y su importancia como un elemento de la estrategia empresarial.

g) Se ha elaborado el balance social de una empresa relacionada con la estética y la imagen personal, y se han descrito los principales costes sociales en que incurren estas empresas, así como los beneficios sociales que producen.

h) Se han identificado, en empresas relacionadas con la estética y el bienestar, prácticas que incorporan valores éticos y sociales.

i) Se ha llevado a cabo un estudio de viabilidad económica y financiera de una pyme relacionada con la estética y el bienestar.

3. Realiza actividades para la constitución y puesta en marcha de una empresa, seleccionando la forma jurídica e identificando las obligaciones legales asociadas.

Criterios de evaluación:

a) Se han analizado las diferentes formas jurídicas de la empresa.

b) Se ha especificado el grado de responsabilidad legal de los propietarios de la empresa, en función de la forma jurídica elegida.

c) Se ha diferenciado el tratamiento fiscal establecido para las diferentes formas jurídicas de la empresa.

d) Se han analizado los trámites exigidos por la legislación vigente para la constitución de una empresa.

e) Se ha realizado una búsqueda exhaustiva de las diferentes ayudas para la creación de empresas relacionadas con la estética y el bienestar en la localidad de referencia.

f) Se ha incluido en el plan de empresa todo lo relativo a la elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económico-financiera, trámites administrativos, ayudas y subvenciones.

g) Se han identificado las vías de asesoramiento y gestión administrativa externas existentes a la hora de poner en marcha una pyme.

4. Realiza actividades de gestión administrativa y financiera de una pyme, identificando las principales obligaciones contables y fiscales y cumplimentando la documentación.

Criterios de evaluación:

a) Se han analizado los conceptos básicos de contabilidad, así como las técnicas de registro de la información contable.

b) Se han descrito las técnicas básicas de análisis de la información contable, en especial en lo referente a la solvencia, liquidez y rentabilidad de la empresa.

c) Se han definido las obligaciones fiscales de una empresa relacionada con la estética y el bienestar.

d) Se han diferenciado los tipos de impuestos en el calendario fiscal.

e) Se ha cumplimentado la documentación básica de carácter comercial y contable (facturas, albaranes, notas de pedido, letras de cambio, cheques, entre otros) para una pyme de estética y bienestar, y se han descrito los circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.

f) Se han identificado los principales instrumentos de financiación bancaria.

g) Se ha incluido la anterior documentación en el plan de empresa.

Duración: 35 horas.

Contenidos básicos:

Iniciativa emprendedora:

- Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en la estética y el bienestar (materiales, tecnología y organización de la producción, entre otros).

- Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad y formación.

- La actuación de los emprendedores como empleados de una pyme relacionada con la estética y el bienestar.

- La actuación de los emprendedores como empresarios en el sector de la estética.

- El empresario. Requisitos para el ejercicio de la actividad empresarial.

- Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito de la estética y el bienestar.

La empresa y su entorno:

- Funciones básicas de la empresa.

- La empresa como sistema.

- Análisis del entorno general de una pyme relacionada con la estética y el bienestar.

- Análisis del entorno específico de una pyme relacionada con la estética y el bienestar.

- Relaciones de una pyme de la estética y el bienestar con su entorno.

- Relaciones de una pyme de la estética y el bienestar con el conjunto de la sociedad.

Creación y puesta en marcha de una empresa:

- Tipos de empresa.

- La fiscalidad en las empresas.

- Elección de la forma jurídica.

- Trámites administrativos para la constitución de una empresa.

- Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme relacionada con la estética y el bienestar.

- Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de la viabilidad económica y financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones.

Función administrativa:

- Concepto de contabilidad y nociones básicas.

- Análisis de la información contable.

- Obligaciones fiscales de las empresas.

- Gestión administrativa de una empresa de estética y bienestar.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desarrollar la propia iniciativa en el ámbito empresarial, tanto hacia el autoempleo como hacia la asunción de responsabilidades y funciones en el empleo por cuenta ajena.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales q), r) y x) del ciclo formativo y las competencias ñ) y s) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

- El manejo de las fuentes de información sobre el sector de la estética y el bienestar, incluyendo el análisis de los procesos de innovación sectorial en marcha.

- La realización de casos y dinámicas de grupo que permitan comprender y valorar las actitudes de los emprendedores y ajustar la necesidad de los mismos al sector de los servicios relacionados con los procesos de estética y bienestar.

- La utilización de programas de gestión administrativa para pymes del sector.

- La realización de un proyecto de plan de empresa relacionada con la estética y el bienestar que incluya todas las facetas de puesta en marcha de un negocio, así como la justificación de su responsabilidad social.

MÓDULO PROFESIONAL: FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO.

Equivalencia en créditos ECTS: 22

Código: 0757

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica la estructura y organización de la empresa, relacionándolas con el tipo de servicio que presta.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado la estructura organizativa de la empresa y las funciones de cada área de la misma.

b) Se ha comparado la estructura de la empresa con las organizaciones empresariales tipo existentes en el sector.

c) Se han relacionado las características del servicio y el tipo de clientes con el desarrollo de la actividad empresarial.

d) Se han identificado los procedimientos de trabajo en el desarrollo de la prestación de servicio.

e) Se han valorado las competencias necesarias de los recursos humanos para el desarrollo óptimo de la actividad.

f) Se ha valorado la idoneidad de los canales de difusión más frecuentes en esta actividad.

2. Aplica hábitos éticos y laborales en el desarrollo de su actividad profesional, de acuerdo con las características del puesto de trabajo y con los procedimientos establecidos en la empresa.

Criterios de evaluación:

a) Se han reconocido y justificado:

o La disponibilidad personal y temporal necesarias en el puesto de trabajo.

o Las actitudes personales (puntualidad y empatía, entre otras) y profesionales (orden, limpieza y responsabilidad, entre otras) necesarias para el puesto de trabajo.

o Los requerimientos actitudinales ante la prevención de riesgos en la actividad profesional.

o Los requerimientos actitudinales referidos a la calidad en la actividad profesional.

o Las actitudes relacionadas con el propio equipo de trabajo y con las jerarquías establecidas en la empresa.

o Las actitudes relacionadas con la documentación de las actividades realizadas en el ámbito laboral.

o Las necesidades formativas para la inserción y reinserción laboral en el ámbito científico y técnico del buen hacer del profesional.

b) Se han identificado las normas de prevención de riesgos laborales y los aspectos fundamentales de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de aplicación en la actividad profesional.

c) Se han aplicado los equipos de protección individual según los riesgos de la actividad profesional y las normas de la empresa.

d) Se ha mantenido una actitud de respeto al medio ambiente en las actividades desarrolladas.

e) Se ha mantenido organizado, limpio y libre de obstáculos el puesto de trabajo o el área correspondiente al desarrollo de la actividad.

f) Se ha responsabilizado del trabajo asignado, interpretando y cumpliendo las instrucciones recibidas.

g) Se ha establecido una comunicación eficaz con la persona responsable en cada situación y con los miembros del equipo.

h) Se ha coordinado con el resto del equipo, comunicando las incidencias relevantes que se presenten.

i) Se ha valorado la importancia de su actividad y la necesidad de adaptación a los cambios de tareas.

j) Se ha responsabilizado de la aplicación de las normas y procedimientos en el desarrollo de su trabajo.

3. Organiza las actividades relacionadas con los servicios estéticos, colaborando en la elaboración de protocolos.

Criterios de evaluación:

a) Se han interpretado las instrucciones recibidas del tutor en la empresa, comunicando las desviaciones detectadas.

b) Se ha valorado la propia imagen personal como imagen de empresa, cuidando aspectos como la higiene personal, maquillaje, peinados, e indumentaria, entre otros.

c) Se han manejado los diferentes tipos de información/documentación utilizada y generada a lo largo del proceso comercial.

d) Se ha colaborado en la logística y aprovisionamiento de productos y materiales utilizados en los servicios ofertados por la empresa.

e) Se han gestionado los ficheros de clientes, productos y proveedores.

f) Se han interpretado los protocolos de comunicación y atención al cliente en todas las fases del proceso (desde la acogida, la recepción telefónica o presencial hasta la despedida de los clientes).

g) Se ha organizado la agenda de forma manual o informatizada.

h) Se ha colaborado en la elaboración de protocolos de análisis y tratamiento, teniendo en cuenta los medios disponibles en la empresa.

i) Se ha gestionado el mantenimiento de las instalaciones y los equipos utilizados en estética especialmente los relacionados con las técnicas de hidroterapia, electroestética, depilación y bronceado artificial.

j) Se ha trabajado en equipo, en los planes de la empresa, mostrando iniciativa e interés.

4. Personaliza la ejecución de protocolos de tratamientos faciales y corporales, seleccionando los medios y técnicas según un estudio estético previo.

Criterios de evaluación:

a) Se han preparado las instalaciones comprobando que los equipos y accesorios cumplen los requisitos de seguridad exigidos por la normativa vigente.

b) Se ha establecido el tratamiento, previo estudio estético.

c) Se han seleccionado medios y productos en función de la técnica que se va a emplear.

d) Se han aplicado las técnicas previas al tratamiento (desmaquillado, y exfoliación, otros).

e) Se ha realizado el tratamiento facial o corporal en el tiempo y forma adecuados.

f) Se han aplicado las técnicas manuales de masaje o drenaje estético, según las características del cliente y de la zona que hay que tratar.

g) Se ha realizado tratamientos correctores decorativos según técnicas de visajismo.

h) Se han interpretado los procedimientos estéticos antes y después de tratamientos de cirugía y medicina estética.

i) Se ha informado sobre los cuidados y las precauciones para potenciar el resultado.

j) Se ha cumplimentado la documentación técnica relativa a las características del cliente, al estudio estético y a los procedimientos empleados.

5. Aplica técnicas de depilación mecánica y avanzada, bajo supervisión, seleccionando la técnica según las necesidades del cliente.

Criterios de evaluación:

a) Se han preparado las instalaciones y acomodado al cliente.

b) Se han reconocido las características pilosas y de la piel para determinar la técnica de depilación apropiada.

c) Se han seleccionado los equipos, útiles y cosméticos.

d) Se han realizado las operaciones previas necesarias para la depilación mecánica y avanzada.

e) Se han regulado los parámetros de los equipos de depilación eléctrica y de fototermólisis selectiva.

f) Se ha realizado las depilaciones mecánicas y avanzadas, bajo supervisión.

g) Se ha justificado la importancia de la periodicidad del tratamiento para optimizar resultados.

h) Se ha asesorando sobre los cuidados posteriores para evitar la aparición de posibles efectos indeseados.

i) Se ha cumplimentado la ficha técnica y el documento de consentimiento informado.

j) Se han adoptado las medidas de higiene, seguridad, prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.

6. Desarrolla y aplica procesos de estética hidrotermal, organizando los equipos de trabajo, materiales y medios técnicos.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las contraindicaciones a estos procesos a través de cuestionarios, de un estudio estético previo y de los informes de otros profesionales.

b) Se ha reconocido el proceso y la secuencia de actuaciones en el tratamiento hidrotermal.

c) Se han establecido las pautas para una correcta circulación de los clientes a través de los circuitos termales.

d) Se han preparado el área de trabajo, los medios técnicos y los cosméticos termales.

e) Se han especificado los mecanismos de aviso al personal ante una contingencia.

f) Se han seleccionado los parámetros (temperatura, presión y tiempo, entre otros en función de la técnica que se va a aplicar y las condiciones del cliente.

g) Se han aplicado las diferentes técnicas de estética hidrotermal y de cosmética termal.

h) Se ha supervisado el proceso y controlado el estado del cliente durante el mismo.

i) Se han aplicado las medidas de higiene y desinfección según la legislación vigente.

7. Asesora y vende productos y servicios relacionados con su puesto de trabajo, desarrollando las técnicas de marketing.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los tipos de productos y servicios que ofrece la empresa.

b) Se ha mantenido con los usuarios un comportamiento profesional propio de una empresa de servicio.

c) Se han analizado y seguido las técnicas de venta más habituales en la empresa.

d) Se han identificado las técnicas de merchandising utilizadas en el local para fomentar las compras.

e) Se ha establecido con el usuario un lenguaje técnico para informar y asesorar sobre los hábitos, productos y servicios estéticos ofertados.

f) Se han puesto en marcha los procedimientos de resolución de reclamaciones y quejas.

Duración: 220 horas.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contribuye a completar las competencias de este título y los objetivos generales del ciclo, tanto aquellos que se han alcanzado en el centro educativo, como los que son difíciles de conseguir en el mismo.

ANEXO II
Espacios

Espacio formativo

Aula polivalente.

Taller/es de estética.

Laboratorio de cosmetología y perfumería.

Aula taller de estética hidrotermal.

ANEXO III A)
Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar

Módulo profesional

Especialidad del profesorado

Cuerpo

0744. Aparatología estética.

• Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

0745. Estética hidrotermal.

• Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

•· Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

0746. Depilación avanzada.

• Estética.

• Profesores Técnicos de Formación Profesional.

0747. Masaje estético.

• Estética.

• Profesores Técnicos de Formación Profesional.

0748. Drenaje estético y técnicas por presión.

• Estética.

• Profesores Técnicos de Formación Profesional.

0749. Micropigmentación.

• Estética.

• Profesores Técnicos de Formación Profesional.

0750. Procesos fisiológicos y de higiene en Imagen Personal.

• Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

0751. Dermoestética.

• Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

0752. Cosmética aplicada a estética y bienestar.

• Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

0753. Tratamientos estéticos integrales.

• Estética.

• Profesores Técnicos de Formación Profesional.

0754. Proyecto de estética integral y bienestar.

• Estética.

• Profesores Técnicos de Formación Profesional.

• Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

0755. Formación y orientación laboral.

• Formación y Orientación Laboral.

• Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

0756. Empresa e iniciativa emprendedora.

• Formación y Orientación Laboral.

• Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

• Profesores de Enseñanza Secundaria.

ANEXO III B)
Titulaciones equivalentes a efectos de docencia

Cuerpo

Especialidad

Titulación

Profesores de Enseñanza Secundaria.

• Formación y Orientación Laboral.

- Diplomado en Ciencias Empresariales.

- Diplomado en Relaciones Laborales.

- Diplomado en Trabajo Social.

- Diplomado en Educación Social.

- Diplomado en Gestión y Administración Pública.

Profesores Técnicos de Formación Profesional.

• Estética.

- Técnico Superior en Estética, u otros títulos equivalentes.

ANEXO III C)
Titulaciones requeridas para impartir los módulos profesionales que conforman el título para los centros de titularidad privada, de otras Administraciones distintas a la educativa y orientaciones para la Administración educativa

Módulos profesionales

Titulaciones

0744. Aparatología estética.

0745. Estética hidrotermal.

0750. Procesos fisiológicos y de higiene en Imagen Personal.

0751. Dermoestética.

0752. Cosmética aplicada a estética y bienestar.

0755. Formación y orientación laboral.

0756. Empresa e iniciativa emprendedora.

- Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

0746. Depilación avanzada.

0747. Masaje estético.

0748. Drenaje estético y técnicas por presión.

0749. Micropigmentación.

0753. Tratamientos estéticos integrales.

0754. Proyecto de estética integral y bienestar.

- Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente, u otros títulos equivalentes.

- Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título de grado correspondiente, u otros títulos equivalentes.

- Técnico Superior en Estética u otros títulos equivalentes.

ANEXO IV
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar al amparo de la Ley Orgánica 2/2006

Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990

Módulos profesionales del Ciclo Formativo

(LOE 2/2006):

Estética Integral y Bienestar

Diagnóstico y protocolo de procesos de estética integral.

0751. Dermoestética.

Electroestética.

0744. Aparatología estética.

Masaje.

0747. Masaje estético.

0748. Drenaje estético y técnicas por presión.

Estética hidrotermal.

0745. Estética hidrotermal.

Depilación.

0746. Depilación avanzada.

Microimplantación de pigmentos.

0749. Micropigmentación.

Anatomía, fisiología y patología humanas aplicadas a la estética integral.

0750. Procesos fisiológicos y de higiene en Imagen Personal.

Cosmetología aplicada a la estética integral.

0752. Cosmética aplicada a estética y bienestar.

Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

0756. Empresa e iniciativa emprendedora.

Formación en centro de trabajo del título de Técnico Superior en Estética.

0757. Formación en centros de trabajo.

ANEXO V A)
Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas

Módulos profesionales convalidables

UC0789_3: Realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.

UC0796_3: Realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.

0751. Dermoestética.

UC0797_3: Aplicar técnicas electroestéticas integrándolas en tratamientos estéticos específicos.

UC0580_3: Realizar la aplicación de técnicas de bronceado artificial en condiciones de seguridad y salud.

0744. Aparatología estética.

UC0063_3: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

UC0792_3: Asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.

0747. Masaje estético.

UC0581_3: Realizar la depilación definitiva y/o supervisar procesos de depilación temporal.

0746. Depilación avanzada.

UC0791_3: Realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.

UC0790_3: Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

0748. Drenaje estético y técnicas por presión.

UC0798_3: Realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de diferentes técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

0753. Tratamientos estéticos integrales.

UC0067_3: Realizar y supervisar procesos de micropigmentación.

UC0064_2: Preparar los medios técnicos y personales para aplicar maquillaje integral.

0749. Micropigmentación.

UC1260_3: Protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios.

UC0061_3: Aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados.

UC0062_3: Aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales.

0745. Estética hidrotermal.

NOTA: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional: “0752. Cosmética aplicada a estética y bienestar”.

ANEXO V B)
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales convalidables

Unidades de competencia acreditadas

0751. Dermoestética.

UC0789_3: Realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.

UC0796_3: Realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.

0744. Aparatología estética.

UC0797_3: Aplicar técnicas electroestéticas integrándolas en tratamientos estéticos específicos.

UC0580_3: Realizar la aplicación de técnicas de bronceado artificial en condiciones de seguridad y salud.

0747. Masaje estético.

UC0063_3: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

UC0792_3: Asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.

0746. Depilación avanzada.

UC0581_3: Realizar la depilación definitiva y/o supervisar procesos de depilación temporal.

0748. Drenaje estético y técnicas por presión.

UC0791_3: Realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.

UC0790_3: Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

0753. Tratamientos estéticos integrales.

UC0798_3: Realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de diferentes técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

0749. Micropigmentación.

UC0067_3: Realizar y supervisar procesos de micropigmentación.

UC0064_2: Preparar los medios técnicos y personales para aplicar maquillaje integral.

0745. Estética hidrotermal.

UC1260_3: Protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios.

UC0061_3: Aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados.

UC0062_3: Aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 24/06/2011
  • Fecha de publicación: 23/07/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 24/07/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los arts. 2, 6, 10, 12, 15, anexos I, III, referencias indicadas y SE SUSTITUYE el anexo IV.A y B, por Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-2024-10685).
  • SE DEROGA el anexo indicado, por Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17274).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD estableciendo el ciclo formativo de técnico superior en estética integral y bienestar: Orden EDU/3152/2011, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-18196).
Referencias anteriores
Materias
  • Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Formación profesional
  • Institutos de belleza
  • Títulos académicos y profesionales

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