El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5277-2011 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Alicante, en el procedimiento ordinario núm. 412/2010, en relación con el artículo 73.3, párrafo tercero, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de la Bases del Régimen Local por posible vulneración del artículo 23 de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 412/2010, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de noviembre de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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