El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de marzo de 2011 actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 43-2010 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Barcelona, en el procedimiento abreviado núm. 117/2008, en relación con el artículo 30 de la Ley Catalana 3/1993, de 5 de marzo, del Estatuto del Consumidor, por posible vulneración del artículo 25.1 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 117/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid,15 de marzo de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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