El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5060-2012 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 3 de Las Palmas de Gran Canaria, en el procedimiento núm. 374/2011, en relación con el apartado 5 de la disposición transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencia y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, por posible vulneración de los arts. 149.1.18 y 149.1.30 de la Constitución, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento núm. 374-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de octubre de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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