El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 12 de marzo actual, ha acordado, declarar la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto de la cuestión de inconstitucionalidad número 4569-2004, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Cáceres, en relación con el inciso «o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquéllas» del núm. 1 del artículo 17 de la Ley 11/2002, de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, por posible vulneración del artículo 149.1.18 de la CE, que fue admitida a trámite por providencia de 5 de octubre de 2004 («Boletín Oficial del Estado» número 258, de 26 de octubre de 2004).
Madrid, 12 de marzo de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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