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Documento BOE-A-2013-3311

Orden IET/476/2013, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2013, páginas 24204 a 24205 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2013-3311

TEXTO ORIGINAL

La Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, estableció las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo y aprobó la convocatoria correspondiente al año 2012.

En el apartado vigésimo sexto de la mencionada orden se dispone que la financiación de las ayudas correspondientes a dicha convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.833.01 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Por otra parte, la Orden HAP/2326/2012, de 29 de octubre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2012 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, dispuso en su artículo 4 que las fechas límite para la adquisición de compromisos de gasto y para la remisión de sus documentos contables serían el 3 y el 14 de diciembre de 2012, respectivamente.

Como consecuencia de ello, a la finalización del ejercicio presupuestario 2012 se habían recibido numerosas solicitudes en relación con dicha convocatoria, cuyo plazo de presentación de solicitudes expiró en diciembre de 2012, y que todavía no han sido resueltas en cuanto a su adjudicación, dado que una vez cerrado el ejercicio presupuestario 2012 se considera extinguida la autorización de gasto en relación con los créditos que financian la convocatoria.

En el ejercicio 2013 la financiación del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores está nuevamente prevista en la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, que, al igual que en 2012, establece una dotación presupuestaria para Líneas de financiación para jóvenes emprendedores en Turismo. A su vez, la evolución descendente del tipo de interés de mercado entre la fecha de aprobación de la convocatoria 2012 y la de la presente orden ministerial permiten limitar el contenido de ésta a la autorización de gasto con cargo a créditos del ejercicio 2013, sin que haya resultado necesario revisar el tipo de interés de la convocatoria una vez éste se adecua a lo previsto en las disposiciones adicionales cuadragésima quinta de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, y décima primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Por las razones expuestas, y con el fin de conservar las actuaciones de tramitación realizadas hasta la fecha, se dicta la presente orden al objeto de modificar el apartado vigésimo sexto de la Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, aprobando la imputación de la financiación de la convocatoria regulada en dicha orden con cargo a los créditos existentes en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, a los efectos de reanudar la tramitación de las solicitudes recibidas.

En su virtud, dispongo:

Primero. Modificación de la Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2012.

La Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2012, se modifica en los siguientes términos:

El apartado vigésimo sexto queda redactado como sigue:

«Vigésimo sexto. Financiación.

1. La financiación de las ayudas correspondientes a esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.833.01 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

2. La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria será de 20 millones de euros, en un único plazo de presentación de solicitudes.»

Segundo. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de marzo de 2013.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria López.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/03/2013
  • Fecha de publicación: 26/03/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AMPLÍA durante un año la suspensión de lo indicado, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-2021-3946).
  • SE SUSPENDE durante un año, lo indicado, por Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4208).

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