Advertidos errores en el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 34, del 8, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 11372, artículo 2.2, donde dice: «El presente real decreto se aplicará hasta que los animales contemplados en el primer apartado hayan sido sacrificados,…», debe decir: «El presente real decreto se aplicará hasta que a los animales contemplados en el primer apartado les haya sido aplicada la eutanasia,…».
En la misma página, artículo 3.1.b), donde dice: «Criador: Cualquier persona física o jurídica que críe animales…», debe decir: «Criador: Cualquier persona que críe animales...».
En la página 11373, artículo 3.1.d), segundo párrafo, donde dice: «Órgano habilitado…», debe decir: «e) Órgano habilitado…» y en consecuencia renombrar las siguientes letras de dicho artículo [e), f), g), h), i)] como [f), g), h), i), j)] respectivamente.
En la página 11375, artículo 9.3, donde dice: «Si en el marco de un proyecto es necesario proceder al traslado de un animal, éste se acompañará de un documento de traslado emitido por el veterinario designado del centro de origen…», debe decir: «Si en el marco de un proyecto es necesario proceder al traslado de un animal, éste se acompañará de un documento de traslado emitido por el veterinario del centro de origen…».
En la página 11406, anexo II, cuadro 6.2 Saimiris, donde dice: «Los jóvenes titíes y tamarinos no deben ser…», debe decir: «Los jóvenes saimiris no deben ser…».
En la página 11408, anexo II, cuadro 7.4, punto 8, Aves, sexta línea, donde dice: «… en el Real Decreto 2/2002, de 1 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras…», debe decir: «…en el Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras…»; y en la décima línea, donde dice: «… Real Decreto 1047/21994, de 20 de mayo,…», debe decir: «…Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo,…».
En la página 11416, anexo VI, letra e), donde dice: «Los animales a los que se haya aplicado la anestesia o muertos…», debe decir: «Los animales a los que se haya aplicado la eutanasia o muertos…».
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