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Documento BOE-A-2013-9457

Orden SSI/1627/2013, de 28 de agosto, por la que se modifica la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 9 de septiembre de 2013, páginas 65841 a 65842 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-9457
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2013/08/28/ssi1627

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, se dio cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional segunda, 2 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Desde su publicación, la Orden de 21 de julio de 1994 ha sido objeto de numerosas modificaciones y actualizaciones, siendo ahora necesario proceder a una nueva modificación, al objeto de crear un nuevo fichero con datos de carácter personal denominado «Registro de importadores y exportadores de muestras biológicas», con el fin de llevar un registro de los responsables de las importaciones y exportaciones internacionales de muestras biológicas que requieran autorización preceptiva por parte de la Subdirección General de Sanidad Exterior, así como para usos estadísticos y de investigación sanitaria.

De acuerdo con todo lo anterior se procede, mediante la presente orden, y previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos, a la creación de un nuevo fichero de datos de carácter personal gestionado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en su virtud, dispongo:

Artículo 1. Creación de fichero.

Se amplía el contenido del anexo 2 «Ficheros de Carácter Administrativo» de la Orden de 21 de julio de 1994, con la creación de un nuevo fichero parcialmente automatizado, denominado «Registro de importadores y exportadores de muestras biológicas», cuyos datos figuran como anexo a la presente orden.

Artículo 2. Gestión y organización.

El titular del órgano responsable de estos ficheros adoptará, bajo la superior dirección de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normas de desarrollo.

Artículo 3. Cesión de datos.

Los datos contenidos en estos ficheros sólo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la Ley.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de agosto de 2013.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.

ANEXO
Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación-Subdirección General de Sanidad Exterior

Denominación del fichero: Registro de importadores y exportadores de muestras biológicas

Finalidad del fichero: Recogida de información de las personas físicas, entidades públicas o privadas con personalidad jurídica establecida, que participen en los procedimientos de importación y/o exportación definidos en el Real Decreto 65/2006, de 30 de enero, por el que se establecen requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas.

Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Interesados, personas físicas o jurídicas, en ser titulares de una autorización de registro para realizar actividades de importación y/o exportación de muestras biológicas o sus representantes.

Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Formularios cumplimentados por el solicitante y remitidos mediante fax, correo electrónico o a través de la aplicación informática SISAEX-IV.

Estructura básica del fichero: Sistema de información parcialmente automatizado.

Cesión de datos de carácter personal y/o transferencias de datos que se prevean a terceros: No se prevén cesiones.

Órgano de la Administración responsable del fichero: Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Subdirección General de Sanidad Exterior.

Servicios ante los cuales se podrá ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Sanidad Exterior: Paseo del Prado, 18-20 (7.ª planta), 28071 Madrid.

Medidas de seguridad con indicación de nivel: Básico.

Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Nombre y apellidos, documento nacional de identidad o pasaporte, domicilio, teléfono, correo electrónico.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/08/2013
  • Fecha de publicación: 09/09/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 10/09/2013
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el anexo II de la Orden de 21 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17552).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad y Consumo

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