La Junta de Contratación del Ejército de Tierra acordó, en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2013 (Acta número 093/13), la delegación de competencias para celebrar contratos basados en Acuerdos Marco concluidos por la Junta de Contratación del Ejército de Tierra, consecuencia de la ejecución del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa en los órganos de contratación del Ministerio de Defensa y de sus Organismos Autónomos, con facultades en materia de contratación aprobadas de conformidad con lo establecido en el Real Decreto sobre desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa y la Orden ministerial de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa, que se encuentren en vigor.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado acuerdo de delegación que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 9 de diciembre de 2013.–El Director de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra, Antonio Budiño Carballo.
La Junta de Contratación del Ejército de Tierra, por Resolución 590/38009/2012, del Director de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra, de 28 de diciembre, acuerda la delegación de la facultad de celebrar contratos basados en los Acuerdos Marco concluidos por dicha Junta, consecuencia de la ejecución del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa en aquellos Órganos de Contratación del Ejército de Tierra con facultades de contratación, conforme al Real Decreto 1053/2010, de 5 de agosto, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa, y en la Orden de DEF/3389/2010, de 28 de diciembre, de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa.
El Secretario de Estado de Defensa aprueba anualmente el Plan Anual de Contratación del Ministerio de Defensa (PACC), en virtud del cual se atribuye la competencia a esta Junta para la celebración de Acuerdos Marco, cuyo ámbito de aplicación sea las Fuerzas Armadas, pudiendo incluir otros organismos del Ministerio de Defensa interesados en los mencionados Acuerdos Marco.
El artículo 5 de la Orden DEF/2021/2011, de 13 de julio, por la que se regula la contratación centralizada y se modifica la composición y competencias de las Juntas de Contratación del Ministerio de Defensa, del Estado Mayor de la Defensa y de los Ejércitos establece que las Juntas de Contratación delegarán la facultad de celebrar los contratos basados en acuerdos marco en los que las mismas actúen como órganos de contratación en aquellos órganos de contratación del Ministerio de Defensa con competencias en las materias objeto del contrato.
En vista de los antecedentes anteriores, la Junta de Contratación del Ejército de Tierra, en sesión celebrada el 8 de noviembre de 2013 (acta n.º 93),
ACUERDA
Delegar la facultad de celebrar contratos basados en los Acuerdos Marco concluidos por dicha Junta, consecuencia de la ejecución del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa, en los Órganos de Contratación del Ministerio de Defensa y los Organismos Autónomos adscritos al Ministerio de Defensa, con competencias en las materias objeto del contrato y que puedan estar interesados en los Acuerdos Marco aprobados en el Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio; así como las competencias de aprobación del gasto y de compromiso que de los mismos se deriven.
Constan en el expediente los informes favorables de la Dirección de Asuntos Económicos y Jefatura de Apoyo Logístico de la Armada, la Dirección de Asuntos Económicos y Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire, Jefatura de Administración Económica del EMAD, la Jefatura de la Sección de Asuntos Económicos de la Unidad Militar de Emergencias, así como de las Direcciones del Servicio Militar de Construcciones y el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.
La presente resolución sustituye a la Resolución 590/38009/2012, de 28 de diciembre («BOD» n.º 30), del Director de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra.
Madrid, 8 de noviembre de 2013.–El General Presidente de la Junta, Antonio Budiño Carballo.
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