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Documento BOE-A-2014-4060

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1050-2014, en relación con el inciso inicial del artículo 30.2 de la Ley del Parlamento Vasco 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales, por posible vulneración del artículo 149.1.18 y 36, en relación con el 149.1.1 de la Constitución y artículos 1.3 y 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 2014, páginas 30982 a 30982 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2014-4060

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de abril actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1050-2014 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 5463/2002, en relación con el inciso inicial del artículo 30.2 de la Ley del Parlamento Vasco 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales, por posible vulneración del artículo 149.1.18.ª y 36.ª, en relación con el 149.1.1.ª de la Constitución y artículos 1.3 y 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento, recurso de casación núm. 5463/2002, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de abril de 2014.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 08/04/2014
  • Fecha de publicación: 15/04/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA inconstitucional y nulo el inciso indicado del art. 30.2, por Sentencia 150/2014, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-11019).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad del inciso inicial del art. 30.2 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-2012-539).
Materias
  • Colegios Profesionales
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Empleados públicos
  • País Vasco
  • Profesiones tituladas

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