La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, atribuye al Cuerpo Nacional de Policía la expedición y gestión del documento nacional de identidad y de los pasaportes, así como las funciones previstas en la legislación de extranjería en materia de identificación de los ciudadanos extranjeros.
El Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, modificado por los Reales Decretos 1586/2009, de 16 de octubre, y 869/2013, de 8 de noviembre, incorpora el DNI electrónico que, además de cumplir las mismas funciones que el documento tradicional en cuanto a la acreditación de la identidad personal por medios físicos, introduce la funcionalidad electrónica mediante los certificados de autenticación y firma electrónica.
Este real decreto establece como principio esencial el facilitar a los ciudadanos la obtención del documento nacional de identidad, adoptando las medidas oportunas para el fomento de la cooperación de los distintos órganos de las administraciones públicas con la Dirección General de la Policía.
En ese contexto, con la finalidad de atender las necesidades en materia de documentación de los ciudadanos residentes en la zona sur de la provincia de Alicante, con una importante densidad poblacional y centro residencial turístico, se hace preciso crear una nueva Unidad de Extranjería y Documentación en la localidad de Torrevieja (Alicante), que además atienda al entorno próximo de dicha población, evitando de esta manera el traslado de sus vecinos a otros núcleos de población más alejados, o esperando el desplazamiento de los equipos móviles existentes al efecto para obtener dichos documentos.
Por esas mismas razones se considera necesaria la creación de otra Unidad de Extranjería y Documentación en la localidad de Vilafranca del Penedés (Barcelona) con la finalidad de atender las necesidades en materia de documentación de los ciudadanos residentes en la comarca del Alto Penedés, provincia de Barcelona.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:
En el anexo VI de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía, en el que se relacionan las Unidades de Extranjería y Documentación, se incluirán la Unidad de Extranjería y Documentación de Torrevieja (Alicante) y la Unidad de Extranjería y Documentación de Vilafranca del Penedés (Barcelona), quedando redactado de la siguiente forma:
Unidad de Extranjería |
Órgano al que está adscrito |
---|---|
Alcañices |
Comisaría Provincial de Zamora. |
Arganda del Rey |
Jefatura Superior de Policía de Madrid. |
Camprodón |
Comisaría Provincial de Girona. |
Canfranc |
Comisaría Provincial de Huesca. |
Caya/Elvas |
Jefatura Superior de Policía de Badajoz. |
Castro Urdiales |
Jefatura Superior de Cantabria. |
Chiclana de la Frontera |
Comisaría Provincial de Cádiz. |
Dancharinea |
Jefatura Superior de Policía de Navarra. |
Irún |
Comisaría Local de Irún. |
La Junquera |
Comisaría Provincial de Girona. |
Les |
Comisaría Provincial de Lleida. |
Portbou |
Comisaría Provincial de Girona. |
Puigcerdá |
Comisaría Provincial de Girona. |
Salvaterra de Miño |
Comisaría Provincial de Pontevedra. |
Santa Lucía de Tirajana |
Jefatura Superior de Policía de Canarias. |
Tomelloso |
Comisaría Provincial de Ciudad Real. |
Torrevieja |
Comisaría Provincial de Alicante. |
Tui/Valença do Minho |
Comisaría Provincial de Pontevedra. |
Vila Real de Santo Antonio/Ayamonte |
Comisaría Provincial de Huelva. |
Vilafranca del Penedés |
Jefatura Superior de Policía de Cataluña. |
Vilar Formoso/Fuentes de Oñoro |
Comisaría Provincial de Salamanca. |
Valcarlos |
Jefatura Superior de Policía de Navarra. |
Valencia de Alcántara |
Comisaría Provincial de Cáceres. |
Verín |
Comisaría Provincial de Ourense.» |
La aplicación de esta orden no supondrá incremento de gasto público en materia de personal.
La Secretaría de Estado de Seguridad, a través de la Dirección General de la Policía, podrá realizar cuantas actuaciones requieran el desarrollo y aplicación de esta orden.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de julio de 2014.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid