El Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, modifico el artículo 15.2 de la Ley 55/2003, de 15 de diciembre, encomendando al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la aprobación de un catálogo homogéneo donde se establecieran las equivalencias de las categorías profesionales de los servicios de salud.
Este catálogo homogéneo de equivalencias de categorías profesionales fue aprobado mediante el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización, permitiendo que el personal estatutario pueda acceder a plazas vacantes de otros servicios de salud, mejorando la calidad de la asistencia y haciendo efectiva la garantía de su movilidad en todo el Sistema Nacional de Salud, tal y como recoge el artículo 43 de la Ley 16/2003, de 23 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
El capítulo III del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, regula el procedimiento de actualización del catálogo, iniciándose dicho procedimiento con la solicitud de una Administración con competencias en asistencia sanitaria, en este caso el departamento de Salud del Gobierno Vasco, a la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con el objeto de incluir una serie de categorías profesionales en el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud (en adelante, el catálogo).
Una vez revisada cada propuesta de equivalencia de categoría de acuerdo con los criterios recogidos en el artículo 8 del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, e informada favorablemente la modificación promovida por la Comunidad Autónoma del País Vasco por parte del Pleno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud en fecha 28 de julio de 2015, y acordada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 29 de julio de 2015, mediante la presente orden se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud, con la inclusión de 16 nuevas categorías.
Esta orden se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo.
En su virtud, dispongo:
Incluir las siguientes categorías profesionales del Servicio Vasco de Salud, en las categorías equivalentes del catálogo, indicadas a continuación:
Grupo profesional | Categoría Servicio Vasco de Salud | Categoría de referencia RD 184/2015 |
---|---|---|
A1. Licenciados Sanitarios. | Facultativo Medico Unidad de Gestión Sanitaria. | Médico de Admisión y Documentación Clínica. |
A1. Licenciado Sanitario. | Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos. | Titulado Superior en Nutrición y control de los alimentos. |
A1 Licenciado Sanitario. | Facultativo especialista medico epidemiologia clínica. | Técnico Salud Publica en epidemiologia y programas. |
A1 Licenciado Sanitario. | Farmacéutico. | Farmacéutico de Atención Primaria. |
A1. P. de Gestión y Servicios. | Biólogo. | Técnico Titulado Superior rama sanitaria/investigación. |
A1. P. de Gestión y Servicios. | Facultativo Especialista Técnico Unidad Investigación. | Técnico Titulado Superior rama sanitaria/investigación. |
A1. P. de Gestión y Servicios. | Técnico Superior Mantenimiento e Instalaciones. | Ingeniero Superior. |
Grupo profesional | Categoría Servicio Vasco de Salud | Categoría de referencia RD 184/2015 |
A2. P. de Gestión y Servicios. | Técnico Medio mantenimiento e Instalaciones. | Ingeniero Técnico. |
A2 P. de Gestión y Servicios. | Técnico Medio Electromedicina. | Ingeniero Técnico. |
C2 Personal de Gestión y Servicios. | Oficial mantenimiento Instalaciones. | Personal oficios varios. |
C1. Personal Sanitario Técnico. | Técnico Anatomía Patológica y Citología. | Anatomía Patológica. |
C1. Personal de Gestión y Servicios. | Técnico Instalaciones y Climatización. | Técnico Superior Oficios/Jefe taller/Encargado. |
E. Agrupación de Profesionales. | Operario de servicios. | Personal de oficios. |
A1. Personal Gestión y Servicios. | Técnico Superior Organización. | Técnico de Función Administrativa. |
C1. Personal Sanitario Técnico. | Técnico protección radiológica. | Técnico Especialista Radiodiagnóstico. |
C1. Personal Gestión y Servicios. | Técnico de medio ambiente. | Técnico Superior. |
Actualizar el catálogo de acuerdo con las modificaciones expresadas en el artículo primero, que se incorpora como Anexo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 11 de noviembre de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso Aranegui.
G.C P. |
CLASIFICACIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO |
DENOMINACIÓN DE LA CATEGORÍA DE REFERENCIA | CATEGORÍAS EQUIVALENTES |
---|---|---|---|
A1
|
P. LICENCIADO SANITARIO (LOPS) | TITULADO ESPECIALISTA EN CIENCIAS DE LA SALUD (*) : | FACULTATIVO ESPECIALISTA DE ÁREA (FEA), FACULTATIVO ESPECIALISTA (FE), LICENCIADO ESPECIALISTA (LE), EN: |
ALERGOLOGÍA | ALERGOLOGÍA | ||
ANÁLISIS CLÍNICOS | ANÁLISIS CLÍNICOS | ||
ANATOMÍA PATOLÓGICA | ANATOMÍA PATOLÓGICA | ||
ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN / ANESTESIA | ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN / ANESTESIA | ||
ANGIOLOGÍA Y CIRUGÍA VASCULAR | ANGIOLOGÍA Y CIRUGÍA VASCULAR | ||
APARATO DIGESTIVO | APARATO DIGESTIVO | ||
BIOQUÍMICA CLÍNICA | BIOQUÍMICA CLÍNICA | ||
CARDIOLOGÍA | CARDIOLOGÍA | ||
CIRUGÍA CARDIOVASCULAR | CIRUGÍA CARDIOVASCULAR | ||
CIRUGÍA GENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO | CIRUGÍA GENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO / CIRUGÍA GENERAL | ||
CIRUGÍA ORAL Y MÁXILOFACIAL | CIRUGÍA ORAL Y MÁXILOFACIAL | ||
CIRUGÍA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLOGÍA | CIRUGÍA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLOGÍA | ||
CIRUGÍA PEDIÁTRICA | CIRUGÍA PEDIÁTRICA | ||
CIRUGÍA PLÁSTICA, ESTÉTICA Y REPARADORA | CIRUGÍA PLÁSTICA, ESTÉTICA Y REPARADORA | ||
CIRUGÍA TORÁCICA | CIRUGÍA TORÁCICA | ||
DERMATOLOGÍA MÉDICO-QUIRÚRGICA Y VENEREOROLOGÍA | DERMATOLOGÍA MÉDICO-QUIRÚRGICA Y VENEOROLOGÍA / DERMATOLOGÍA | ||
ELECTRORRADIOLOGÍA | ELECTRORRADIOLOGÍA | ||
ENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN | ENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN / ENDOCRINOLOGÍA | ||
FARMACIA HOSPITALARIA | FARMACIA HOSPITALARIA | ||
FARMACOLOGÍA CLÍNICA | FARMACOLOGÍA CLÍNICA | ||
GERIATRÍA | GERIATRÍA | ||
HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA | HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA / HEMATOLOGÍA | ||
HIDROLOGÍA MÉDICA | HIDROLOGÍA MÉDICA | ||
INMUNOLOGÍA | INMUNOLOGÍA | ||
MEDICINA DE LA EDUCACIÓN FÍSICA Y EL DEPORTE | MEDICINA DE LA EDUCACIÓN FÍSICA Y EL DEPORTE / MEDICINA DEPORTIVA | ||
MEDICINA DEL TRABAJO | MEDICINA DEL TRABAJO | ||
MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA | MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA / MÉDICO/A DE FAMILIA / MÉDICO/A DE FAMILIA EAP / MÉDICO DE FAMILIA EN PLAZA DIFERENCIADA EN SERVS. DE CUIDADOS CRÍTCOS Y URG. Y EN PLAZA DIFERENCIADA DE AT. ESPECIALIZADA Y DISPOSITIVO DE CUIDADOS CRÍTICOS Y URGENCIAS / M. FAM. EN CENTROS DE TRANSFUSION SANGUINEA / MEDICINA DE FAMILIA DE AT. PRIMARIA DE SALUD | ||
MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN | MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN | ||
MEDICINA INTENSIVA | MEDICINA INTENSIVA | ||
MEDICINA INTERNA | MEDICINA INTERNA | ||
MEDICINA LEGAL Y FORENSE | MEDICINA LEGAL Y FORENSE | ||
MEDICINA NUCLEAR | MEDICINA NUCLEAR | ||
A1
|
P. LICENCIADO SANITARIO (LOPS) | MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA | MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA / SALUD PÚBLICA |
MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA | MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA | ||
NEFROLOGÍA | NEFROLOGÍA | ||
NEUMOLOGÍA | NEUMOLOGÍA | ||
NEUROCIRUGÍA | NEUROCIRUGÍA | ||
NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA | NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA | ||
NEUROLOGÍA | NEUROLOGÍA | ||
OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA | OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA / GINECOLOGÍA | ||
OFTALMOLOGÍA | OFTALMOLOGÍA | ||
ONCOLOGÍA MÉDICA | ONCOLOGÍA MÉDICA | ||
ONCOLOGÍA RADIOTERÁPICA | ONCOLOGÍA RADIOTERÁPICA | ||
OTORRINOLARINGOLOGÍA | OTORRINOLARINGOLOGÍA | ||
PEDIATRÍA Y SUS ÁREAS ESPECÍFICAS | PEDIATRÍA Y SUS ÁREAS ESPECÍFICAS | ||
PSICOLOGÍA CLÍNICA | PSICOLOGÍA CLÍNICA | ||
PSIQUIATRÍA | PSIQUIATRÍA | ||
RADIODIAGNÓSTICO | RADIODIAGNÓSTICO / RADIOLOGÍA | ||
RADIOFARMACIA | RADIOFARMACIA | ||
RADIOFÍSICA HOSPITALARIA | RADIOFÍSICA HOSPITALARIA | ||
REUMATOLOGÍA | REUMATOLOGÍA | ||
UROLOGÍA | UROLOGÍA | ||
FARMACÉUTICO/A DE ATENCIÓN PRIMARIA (*) | FARMACEÚTICO / FARMACÉUTICO DE ATENCIÓN PRIMARIA / FARMACÉUTICO DE EQUIPO DE ATENCIÓN PRIMARIA / FARMACÉUTICO DE ÁREA DE AT. PRIMARIA / FARMACIA/ FARMACEUTICO | ||
PEDIATRA DE ATENCIÓN PRIMARIA (*) | PEDIATRA DE EQUIPO ATENCIÓN PRIMARIA / PEDIATRA / PEDIATRA E.B. ATENCIÓN PRIMARIA / PEDIATRA DE ATENCIÓN PRIMARIA / PEDIATRA DE ÁREA Y EN E.A.P. / PEDIATRÍA EQUIPOS DE AT. PRIMARIA | ||
TITULADO SANITARIO: | |||
ODONTÓLOGO (*) | ODONTÓLOGO / ODONTÓLOGO - ESTOMATÓLOGO / ODONTÓLOGO DE E.A.P. / ODONTOLOGÍA ESTOMOTALOGÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA / ODONTÓESTOMATÓLOGO / ODONTÓLOGO-ESTOMATÓLOGO DE ÁREA DE AT. PRIMARIA / ODONTOLOGÍA-ESTOMATOLOGÍA DE EQUIPOS DE ATENCIÓN PRIMARIA | ||
VETERINARIO/A (*) | VETERINARIO/A / VETERINARIO/A DE EQUIPO ATENCIÓN PRIMARIA | ||
MÉDICO/A DE ADMISIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA (*) | MÉDICO/A DE ADMISIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA / MÉDICO/A DOCUMENTACIÓN CLÍNICA Y ADMISIÓN / MÉDICO/A DE ADMISIÓN, ARCHIVO Y DOCUMENTACIÓN / ADMISIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA/ FACULTATIVO MEDICO UNIDAD DE GESTION SANITARIA | ||
MÉDICO DE URGENCIA HOSPITALARIA (*) |
MÉDICO/A DE URGENCIA HOSPITALARIA / URGENCIA HOSPITALARIA | ||
MÉDICO/A DE EMERGENCIAS (*) | MÉDICO/A DE URGENCIA Y EMERGENCIA / MÉDICO/A DE EMERGENCIA | ||
MÉDICO/A DE URGENCIAS (*) | MÉDICO/A DE URGENCIAS ATENCIÓN PRIMARIA / MÉDICO/A SERVICIO DE URGENCIAS DE ATENCIÓN PRIMARIA / MÉDICO/A SERVICIO NORMAL DE URGENCIAS / MÉDICO DE URGENCIA - EMERGENCIA EN ATENCIÓN PRIMARIA / MÉDICO/A DEL SERVICIO GENERAL DE URGENCIAS / MEDICO DE URGENCIAS EN AT. PRIMARIA | ||
TITULADO SUPERIOR EN NUTRICIÓN Y CONTROL DE ALIMENTOS | TÉCNICO SUPERIOR EN NUTRICIÓN Y CONTROL DE ALIMENTOS /LICENCIADO EN CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS | ||
TÉCNICO/A SALUD PÚBLICA : (*) | TÉCNICO/A DE SALUD PÚBLICA / TÉCNICO/A DE SALUD EN ATENCIÓN PRIMARIA / TÉCNICO/A DE SALUD / TITULADO/A SUPERIOR DE SALUD PÚBLICA / SALUD PÚBLICA / | ||
TÉCNICO/A SALUD PÚBLICA EN EPIDEMIOLOGÍA Y PROGRAMAS(*) | TÉCNICO/A DE SALUD DE ATENCIÓN PRIMARIA EN: EPIDEMIOLOGÍA Y PROGRAMAS / FACULTATIVO ESPECIALISTA MEDICO EPIDEMIOLOGIA CLINICA | ||
TÉCNICO/A SALUD PÚBLICA EN MEDICAMENTO(*) | TÉCNICO/A DE SALUD DE ATENCIÓN PRIMARIA EN: MEDICAMENTO | ||
A2 | P. DIPLOMADO SANITARIO (LOPS) | ENFERMERO/A (*) |
ATS / DUE / ENFERMERO/A DE ATENCIÓN PRIMARIA / ENFERMERO/A DE URGENCIAS DE ATENCIÓN PRIMARIA / ENFERMERO/A DEL SERVICIO NORMAL DE URGENCIAS / ENFERMERO/A DE EMERGENCIAS / DUE DE APOYO EQUIPO ATENCIÓN PRIMARIA / ATS - DUE DE PREVENCIÓN RRLL / ENFERMERÍA |
ENFERMERO/A ESPECIALISTA EN: (*) | |||
ENFERMERÍA FAMILIAR Y COMUNITARIA | ENFERMERÍA FAMILIAR Y COMUNITARIA | ||
ENFERMERÍA GERIÁTRICA | ENFERMERÍA GERIÁTRICA | ||
ENFERMERÍA PEDIÁTRICA | ENFERMERÍA PEDIÁTRICA | ||
ENFERMERÍA DE SALUD MENTAL | ENFERMERÍA DE SALUD MENTAL / SALUD MENTAL | ||
ENFERMERÍA DEL TRABAJO | ENFERMERÍA DEL TRABAJO | ||
ENFERMERÍA OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICO (MATRONA) | ENFERMERÍA OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICO (MATRONA) | ||
FISIOTERAPEUTA (*) | FISIOTERAPEUTA / FISIOTERAPEUTA DE ÁREA / FISIOTERAPIA | ||
PODÓLOGO/A (*) | PODÓLOGO/A | ||
ÓPTICO/A - OPTOMETRISTA (*) | ÓPTICO/A OPTOMETRISTA / ÓPTICA Y OPTOMETRÍA | ||
DIETISTA - NUTRICIONISTA (*) | DIETISTA-NUTRICIONISTA / NUTRICIÓN Y DIETÉTICA / NUTRICIÓN HUMANA Y DIETÉTICA | ||
LOGOPEDA (*) | LOGOPEDA / LOGOFONÍA - LOGOPEDIA / PROFESOR/A LOGOFONÍA Y LOGOPEDIA / PROFESOR/A LOGOPEDA / PROFESOR/A DE LOGOFONÍA | ||
TERAPEUTA OCUPACIONAL (*) | TERAPEUTA OCUPACIONAL | ||
C1 |
P. SANITARIO TÉCNICO |
TÉCNICO/A SUPERIOR ESPECIALISTA EN (*) : | TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE MEDICINA NUCLEAR / TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE RADIODIAGNÓSTICO / HIGIENISTA DENTAL / HIGIENISTA DENTAL DEL ÁREA / HIGIENE DENTAL / PRÓTESIS DENTAL / TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE LABORATORIO / TÉCNICO/A ESPECIALISTA DOSIMETRISTA / TÉCNICO/A EN ORTOPEDIA / TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN LOGOFONIATRÍA / TÉCNICO/A ESPECIALISTA GRADO SUPERIOR SANITARIO EN / TÉCNICO ESPECIALISTA EN: |
ANATOMÍA PATOLÓGICA | ANATOMÍA PATOLÓGICA/TECNICO ANATOMIA PATOLOGICA Y CITOLOGIA | ||
AUDIOLOGÍA PROTÉSICA | AUDIOLOGÍA PROTÉSICA | ||
DIETÉTICA Y NUTRICION | DIETÉTICA / DIETÉTICA Y NUTRICION / NUTRICIÓN Y CONTROL DE LOS ALIMENTOS | ||
DOCUMENTACIÓN SANITARIA | DOCUMENTACIÓN SANITARIA | ||
MEDICINA NUCLEAR | MEDCINA NUCLEAR | ||
HIGIENE BUCODENTAL | HIGIENE BUCODENTAL / HIGIENE DENTAL | ||
RADIODIAGNÓSTICO | IMAGEN PARA EL DIAGNÓSTICO / RADIODIAGNÓSTICO/TECNICO PROTECCION RADIOLOGICA | ||
LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO |
LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO | ||
OPTICA DE ANTEOJERÍA | OPTICA DE ANTEOJERÍA | ||
ORTOPROTÉSICA | ORTOPROTÉSICA | ||
PRÓTESIS DENTALES | PRÓTESIS DENTALES / PRÓTESIS DENTAL | ||
RADIOTERAPIA | RADIOTERAPIA | ||
SALUD AMBIENTAL | SALUD AMBIENTAL | ||
C2 |
P. SANITARIO TÉCNICO |
TÉCNICO/A MEDIO SANITARIO: CUIDADOS AUXILIARES ENFERMERÍA (*) |
AUXILIAR DE ENFERMERÍA / AUXILIAR DE ENFERMERÍA EQUIPO ATENCIÓN PRIMARIA / TÉCNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA / AUXILIAR DE ENFERMERÍA APOYO / CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA / AUXILIAR DE CLÍNICA / AUXILIAR SANITARIO / AUXILIAR DE EMERGENCIAS SANITARIAS / MONITOR SALUD MENTAL |
TÉCNICO/A MEDIO SANITARIO: FARMACIA (*) |
TÉCNICOS AUXILIARES DE FARMACIA / FARMACIA | ||
TÉCNICO/A MEDIO SANITARIO: EMERGENCIAS SANITARIAS (*) | TÉCNICO/A EN EMERGENCIAS SANITARIAS / EMERGENCIAS SANITARIAS/ CELADOR CONDUCTOR CON TITULACIÓN HABILITANTE | ||
A1 | P. DE GESTIÓN Y SERVICIOS |
TITULADO/A SUPERIOR FUNCIÓN ADMINISTRATIVA ADMINISTRACIÓN SANITARIA (*) |
GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / TÉCNICO/A FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / TÉCNICO/A SUPERIOR FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / TITULADO/A SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN SANITARIA / TÉCNICO/A DE GESTIÓN SANITARIA / TÉCNICO/A SUPERIOR RECURSOS HUMANOS / SUPERIOR DE ADMINISTRADORES / ADMINISTRACIÓN GENERAL / PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR / COMUNICACIÓN / PERIODISTA/ TITULADO/A SUPERIOR CC. DE LA INFORMACIÓN/TECNICO SUPERIOR ORGANIZACION |
INGENIERO/A SUPERIOR (*) | INGENIERO/A SUPERIOR / INGENIERÍA INDUSTRIAL / INGENIERÍA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL / INGENIERO/A SUPERIOR EN TELECOMUNICACIONES/TECNICO SUPERIOR MANTENIMIENTO E INSTALACIONES | ||
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR EN INFORMÁTICA (*) |
TITULADO/A SUPERIOR DE INFORMÁTICA / TÉCNICO/A SUPERIOR DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN / SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN / TÉCNICO/A SUPERIOR DE SISTEMAS INFORMÁTICOS / ANALISTA / ANALISTA - PROGRAMADOR / INFORMÁTICO/A SUPERIOR / ANALISTA DE SISTEMAS / PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR |
||
BIBLIOTECARIO/A (*) | BIBLIOTECARIO/A / BIBLIOTECARIO/A-DOCUMENTALISTA / TÉCNICO/A GESTIÓN DOCUMENTAL, BIBLIOTECA Y ARCHIVO / DOCUMENTACIÓN | ||
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR RAMA SANITARIA / INVESTIGACIÓN / OTROS (*) |
TÉCNICO/A SUPERIOR DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS / PSICÓLOGO/A / TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR EN PSICOLOGÍA / PSICÓLOGO/A DE ATENCIÓN PRIMARIA / TÉCNICO/A SUPERIOR EN BIOLOGÍA / BIÓLOGO/A / BIÓLOGO/A CLÍNICO / TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR EN QUÍMICA / QUÍMICO/A / FÍSICO/A /FARMACIA/ OTROS TITULADOS SUPERIORES/ PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR / BIOLOGO/ FACULTATIVO ESPECIALISTA TECNICO UNIDAD INVESTIGACION |
||
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR JURÍDICO (*) |
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR / TÉCNICO/A SUPERIOR / PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR / TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR ESPECIALIDAD JURÍDICA / TITULADO/A SUPERIOR JURÍDICO / T.A.P RAMA JURÍDICA / LETRADO/A / PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR |
||
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR ECONÓMICO (*) |
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR ESPECIALIDAD ECONÓMICA / T.A.P RAMA ECONÓMICA / ECONOMISTA / TITULADO/A SUPERIOR ECONÓMICO FINANCIERO/ PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR | ||
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR ARQUITECTURA (*) | ARQUITECTO/A / ARQUITECTO/A SUPERIOR / ARQUITECTURA/ PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR | ||
TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR PREVENCIÓN RR.LL. - NIVEL SUPERIOR (*) |
TITULADO/A SUPERIOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES / TÉCNICO/A SUPERIOR HIGIENE DEL TRABAJO / TÉCNICO/A SUPERIOR PSICOSOCIOLOGÍA Y ERGONOMÍA DEL TRABAJO / TÉCNICO/A SUPERIOR SEGURIDAD EN EL TRABAJO / INGENIERO/A SUPERIOR (DISCIPLINA PREVENTIVA, SEGURIDAD EN EL TRABAJO E HIGIENE INDUSTRIAL) / QUÍMICO/A DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (TÉCNICO DE NIVEL SUPERIOR) / PREVENCIÓN/ PERSONAL TÉCNICO TITULADO SUPERIOR |
||
TÉCNICO/A SALUD PÚBLICA EN EDUCACIÓN PARA LA SALUD Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA(*) | TÉCNICO/A DE SALUD DE ATENCIÓN PRIMARIA EN: EDUCACIÓN PARA LA SALUD Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA | ||
TÉCNICO/A SALUD PÚBLICA EN SANIDAD AMBIENTAL (*) | TÉCNICO/A DE SALUD DE ATENCIÓN PRIMARIA EN: SANIDAD AMBIENTAL | ||
A2 | P. DE GESTIÓN Y SERVICIOS | TITULADO/A MEDIO FUNCIÓN ADMINISTRATIVA ADMINISTRACIÓN SANITARIA (*) |
GRUPO DE GESTIÓN DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / GESTIÓN ADMINISTRATIVA / GRUPO GESTIÓN (FUNCIÓN ADMINISTRATIVA) / TÉCNICO/A MEDIO FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / ADMINISTRACIÓN GENERAL / ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN / TÉCNICO/A DE GESTIÓN |
TÉCNICO/A TITULADO MEDIO EN INFORMÁTICA (*) |
GESTIÓN INFORMÁTICA / TÉCNICO/A DE GESTIÓN DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN / TÉCNICO/A GRADO MEDIO SISTEMAS INFORMÁTICOS / PROGRAMADOR / ANALISTA DE APLICACIONES / PERSONAL TÉCNICO DE GRADO MEDIO |
||
INGENIERO/A TÉCNICO (*) | INGENIERO/A TÉCNICO / INGENIERO/A TÉCNICO (MAESTRO INDUSTRIAL) / MAESTRO INDUSTRIAL / INGENIERO/A TÉCNICO INDUSTRIAL / INGENIERO/A TÉCNICO/A EN TELECOMUNICACIONES/ TECNICO MEDIO MANTENIMIENTO E INSTALACIONES/ TECNICO MEDIO ELECTROMEDICINA | ||
TRABAJADOR/A SOCIAL (*) | TRABAJADOR/A SOCIAL / TRABAJADOR SOCIAL - ASISTENTE SOCIAL / ASISTENTE SOCIAL / TRABAJO SOCIAL | ||
TÉCNICO/A TITULADO MEDIO PREVENCIÓN RR.LL. DE NIVEL SUPERIOR (*) |
TITULADO/A MEDIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES / TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES NIVEL SUPERIOR / TÉCNICO/A SUPERIOR HIGIENE DEL TRABAJO / TÉCNICO/A SUPERIOR PSICOSOCIOLOGÍA Y ERGONOMÍA DEL TRABAJO / TÉCNICO/A SUPERIOR SEGURIDAD EN EL TRABAJO / TÉCNICO/A PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES - SEGURIDAD / TÉCNICO/A PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES - HIGIENE INDUSTRIAL / TÉCNICO/A PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES - ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA / PERSONAL TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO (PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES) / TÉCNICO/A MEDIO DE HIGIENE DEL TRABAJO (NIVEL SUPERIOR) / INGENIERO/A TÉCNICO (DISCIPLINA PREVENTIVA, SEGURIDAD EN EL TRABAJO E HIGIENE INDUSTRIAL - NIVEL SUPERIOR) / PREVENCIÓN/ PERSONAL TÉCNICO DE GRADO MEDIO |
||
TÉCNICO/A TITULADO MEDIO (*) |
TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO / OTROS TITULADOS/AS MEDIOS (TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO) / TITULADO/A MEDIO ECONÓMICO FINANCIERO / TÉCNICOS/AS TITULADOS DE GRADO MEDIO / ECONOMÍA Y ESTADÍSTICA / DIPLOMADO/A EN CIENCIAS EMPRESARIALES / ARQUITECTO/A TÉCNICO / ARQUITECTURA TÉCNICA / ARCHIVERO/A BIBLIOTECARIO/A / DOCUMENTACIÓN / DIPLOMADO/A EN RELACIONES LABORALES - GRADUADO SOCIAL |
||
C1 | P. DE GESTIÓN Y SERVICIOS | TITULADO/A ADMINISTRATIVO ADMINISTRACIÓN SANITARIA (*) | GRUPO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / ADMINISTRATIVO/A / OFICIAL ADMINISTRATIVO / TÉCNICO/A GRADO MEDIO EN ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA |
COCINERO/A (*) | COCINERO/A / TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN RESTAURACIÓN / RESTAURACIÓN | ||
CONTROLADOR/A DE SUMINISTROS (*) | CONTROLADOR/A DE SUMINISTROS | ||
TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (*) | TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN / TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE INFORMÁTICA / OFICIAL TÉCNICO SISTEMAS INFORMÁTICOS / INFORMÁTICA / PERSONAL TÉCNICO NO TITULADO | ||
DELINEANTE (*) | DELINEANTE / DELINEACIÓN | ||
TÉCNICO/A SUPERIOR OFICIOS/JEFE/A DE TALLER / ENCARGADO/A (*) |
JEFE DE TALLER / ENCARGADO / ENCARGADO EQUIPO PERSONAL DE OFICIO / TÉCNICO/A DE MANTENIMIENTO / TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE OFICIOS / TÉCNICO/A ESPECIALISTA MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES / OFICIAL 1ª / OBRERO 1ª / ENCARGADO/A DE MANTENIMIENTO / OPERADOR/A DE MANTENIMIENTO / ELECTRICISTA / OFICIAL TELEFONISTA / OFICIAL DE EDICIÓN Y MEDIOS AUDIOVISUALES / ELECTRÓNICA / TÉCNICO/A ESPECIALISTA MANTENIMIENTO DE ELECTROMEDICINA/ TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE ELECTROMEDICINA / ENCARGADO/A DE BIBLIOTECA/ TECNICO INSTALACION CLIMATIZACION |
||
TÉCNICO/A NIVEL INTERMEDIO PREVENCIÓN RR.LL. (*) |
TÉCNICO/A DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES NIVEL INTERMEDIO / TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES / TÉCNICO/A INTERMEDIO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES / TÉCNICO/A PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES NIVEL INTERMEDIO / PERSONAL TÉCNICO NO TITULADO (PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES) / PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES |
||
TÉCNICO/A SUPERIOR (*) | TÉCNICO/A SUPERIOR / TÉCNICO NO TITULADO / PERSONAL TÉCNICO NO TITULADO / TÉCNICO/A ESPECIALISTA GRADO SUPERIOR / TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN ALOJAMIENTO / TÉCNICO/A SUPERIOR EN ALOJAMIENTO/ TECNICO DE MEDIO AMBIENTE | ||
C2 | P. DE GESTIÓN Y SERVICIOS | JEFE DE PERSONAL SUBALTERNO | JEFE DE PERSONAL SUBALTERNO |
GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (*) |
GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / GRUPO AUXILIAR ADMINISTRATIVO / AUXILIAR ADMINISTRATIVO / AUXILIAR ADMINISTRATIVO TAQUIGRAFÍA - ESTENOTIPISTA | ||
TÉCNICO/A EN ALOJAMIENTO (*) | GOBERNANTA / GOBERNANTE/A COCINA | ||
ALBAÑIL (*) | ALBAÑIL / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / TÉCNICO/A DE MANTENIMIENTO EN OBRAS DE ALBAÑILERÍA / ALBAÑILERÍA | ||
CALEFACTOR (*) | CALEFACTOR / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / ENCARGADO/A DE CALDERAS / CALEFACCIÓN | ||
CARPINTERO/A (*) | CARPINTERO/A / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / ACABADO DE MADERAS Y MUEBLES /CARPINTERÍA | ||
CONDUCTOR/A (*) | CONDUCTOR/A / CONDUCTOR/A CAMILLERO SAMU / CONDUCCIÓN | ||
CONDUCTOR/A DE INSTALACIONES (*) | CONDUCTOR/A DE INSTALACIONES | ||
COSTURERA (*) | COSTURERA / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / COSTURA | ||
ELECTRICISTA (*) | ELECTRICISTA / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / ELECTRICIDAD | ||
FONTANERO/A (*) | FONTANERO/A / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / FONTANERÍA | ||
FOTÓGRAFO/A (*) | FOTÓGRAFO/A | ||
JARDINERO/A (*) | JARDINERO/A / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / JARDINERÍA | ||
MECÁNICO/A (*) | MECÁNICO/A / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / MECÁNICA | ||
MONITOR/A (*) | MONITOR/A | ||
OPERADOR/A DE MÁQUINAS DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN (*) | OPERADOR/A DE MÁQUINAS DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN / OPERADOR/A MÁQUINA IMPRIMIR Y REPRODUCIR / OPERADOR/A DE MÁQUINAS DE IMPRIMIR | ||
PELUQUERO/A (*) | PELUQUERO/A / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / PELUQUERÍA | ||
PINTOR/A (*) | PINTOR/A / PINTURA / OFICIAL DE MANTENIMIENTO / TÉCNICO MANTENIMIENTO ACABADOS DE LA CONSTRUCCIÓN | ||
TAPICERO/A (*) | TAPICERO/A / OFICIAL DE MANTENIMIENTO | ||
TÉCNICO/A AUXILIAR DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (*) | TÉCNICO/A AUXILIAR DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN | ||
TELEFONISTA (*) | TELEFONISTA / TELEFONÍA | ||
PERSONAL DE OFICIOS VARIOS (MANTENIMIENTO) (*) |
PERSONAL DE OFICIOS VARIOS (MANTENIMIENTO) /OFICIAL MANTENIMIENTO INSTALACIONES | ||
PERSONAL SERVICIOS GENERALES (*) | PERSONAL SERVICIOS GENERALES / ENCARGADO/A SERVICIOS GENERALES / ENCARGADO/A DE SERVICIOS / CELADOR-CONDUCTOR | ||
OFICIAL (*) | OFICIAL | ||
ALMACÉN (*) | ALMACÉN | ||
AZAFATO/A DE RELACIONES PÚBLICAS (*) | AZAFATO/A DE RELACIONES PÚBLICAS | ||
E - AGRUP. PROFESIONALES |
P. DE GESTIÓN Y SERVICIOS | CELADOR/A (*) | CELADOR/A / CELADOR SUBALTERNO |
FOGONERO/A (*) | FOGONERO/A / PERSONAL DE OFICIOS | ||
LAVANDERA (*) | LAVANDERA / LAVANDERA-PLANCHADORA / PERSONAL DE SERVICIOS | ||
LIMPIADORA (*) | LIMPIADORA / PERSONAL DE SERVICIOS | ||
PEÓN (*) | PEÓN / PERSONAL DE OFICIOS/OPERARIO DE SERVICIOS | ||
PINCHE (*) | PINCHE / PERSONAL DE SERVICIOS | ||
PLANCHADORA (*) | PLANCHADORA / LAVANDERA-PLANCHADORA / PERSONAL DE SERVICIOS |
(*) NOTA FINAL:
El acceso a estas categorías de referencia por movilidad, precisará en primer lugar que el aspirante se encuentre encuadrado, en la especialidad o categoría específica en la que ostente nombramiento como personal estatutario fijo, en una de las categorías sobre las que se establece equivalencia; que se oferten plazas y así se describan y enumeren las plazas concretas ofertadas por cada servicio de salud que promueva la convocatoria, de modo y manera que no se pueda producir, en ningún caso, el acceso de un efectivo de una especialidad a la de otra. Por ello, tanto en las categoría de referencia de «Titulado Especialista en» como en la de «Técnico Superior Especialista en» o en la de «Técnico de Salud Pública en» deberá atenderse a la titulación y especialidad concreta de cada profesional. Por ello habrá de observarse en éstas que, aun compartiendo la denominación genérica en la categoría de referencia, sólo podrá optarse por movilidad a la categoría equivalente de la misma especialidad y titulación de acceso a la categoría en la que se ostenta nombramiento estatutario fijo. Así, en ningún caso, podrá acceder un Titulado Superior especialista en una especialidad concreta a una plaza de Titulado Superior Especialista de otra especialidad o, un Técnico Superior Especialista en una disciplina concreta a una Plaza de Técnico Superior Especialista de otra titulación.
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