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Documento BOE-A-2015-13176

Orden DEF/2587/2015, de 18 de noviembre, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa y con determinado número de créditos superados de las titulaciones de graduado o licenciado en Medicina.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2015, páginas 115191 a 115197 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-13176
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/11/18/def2587

TEXTO ORIGINAL

El artículo 44.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a las escalas de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, proporcionará la formación militar general y específica y completará la formación técnica acreditada con los títulos exigidos para el ingreso; el artículo 65, que los planes de estudios de la formación militar general y específica y, en su caso, técnica se ajustarán a la definición de capacidades y diseño de perfiles para el ejercicio profesional establecido por el Subsecretario de Defensa en lo referente al personal de los cuerpos comunes; y la disposición adicional sexta.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, establece una nueva forma de ingreso en el Cuerpo Militar de Sanidad, en la especialidad fundamental Medicina, sin titulación universitaria previa, en el cupo que se determine en la provisión anual de plazas correspondiente.

Por otra parte, el artículo 14 de las Directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, establece el diseño y contenido de los currículos; y el artículo 15, que los currículos de la formación militar serán elaborados por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y, en el caso de los cuerpos comunes, por el Subsecretario de Defensa y aprobados por el Ministro de Defensa.

Por tanto esta disposición contiene los perfiles profesionales a alcanzar, en función de los campos de actividad en los que el militar desempeñará, en el primer empleo, los cometidos propios del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.

Asimismo, se incluyen las planificaciones temporales de los currículos por cursos y centros donde se imparten, indicando por especialidad fundamental, los créditos ECTS («European Credit Transfer System») de las asignaturas, las materias a la que pertenecen y los módulos en los que están inmersos.

También, se incluyen los créditos, ECTS o anteriores, que se les reconocen a los alumnos de procedencia militar y quedan determinadas las materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia, a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan participar de forma presencial.

Por último, se hace referencia a los módulos de formación en idioma inglés, haciendo constar que, dada su importancia, se podrá incorporar su aprendizaje en otros módulos mediante el desarrollo, en dicho idioma, de la totalidad o parte de alguna de las asignaturas que los integran.

Durante su tramitación, este proyecto fue informado por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y se ha dado conocimiento de la misma al resto de asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Aprobación del currículo.

Se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa, con entre 120 y 180 ECTS superados de la titulación de graduado en Medicina o entre 160 y 240 ECTS de la titulación de licenciado en Medicina, cuyo texto se inserta a continuación.

Disposición adicional única. Empleos eventuales.

Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, cuando los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso sin titulación universitaria previa, con entre 120 y 180 ECTS superados de la titulación de graduado en Medicina o entre 160 y 240 ECTS de la titulación de licenciado en Medicina, hayan superado completamente el primer curso del plan de estudios correspondiente a dicha enseñanza de formación, se les concederá con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de Alférez Alumno.

Disposición final única. Entrada en vigor.

1. La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. El currículo que se aprueba en esta orden ministerial, se implementará a partir del curso 2015-2016.

Madrid, 18 de noviembre de 2015.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES PARA EL ACCESO A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO MILITAR DE SANIDAD, ESPECIALIDAD FUNDAMENTAL MEDICINA, MEDIANTE LA FORMA DE INGRESO SIN EXIGENCIA DE TITULACIÓN UNIVERSITARIA PREVIA, CON ENTRE 120 Y 180 ECTS SUPERADOS DE LA TITULACIÓN DE GRADUADO EN MEDICINA O ENTRE 160 Y 240 ECTS DE LA TITULACIÓN DE LICENCIADO EN MEDICINA
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

Los perfiles a alcanzar por el oficial médico del Cuerpo Militar de Sanidad, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, en su primer empleo, que añade a la amplía formación científica, tecnológica y humanística proporcionada por la titulación de grado requerida para el acceso, la necesaria para atender a los cometidos de la especialidad fundamental Medicina del Cuerpo Militar de Sanidad, le capacitarán para:

a) Realizar la prestación personal directa que sea necesaria en las diferentes fases del proceso de atención integral a la salud, conforme a la competencia, responsabilidad y autonomía inherentes a la correspondiente profesión sanitaria, basando su actuación en los principios científicos, técnicos y éticos y en los niveles de calidad que establecen las normas legales y obligaciones deontológicas que resulten aplicables.

b) Mantener la generosidad y la capacidad de servicio como máximo elemento incentivador y promotor de la propia satisfacción personal y profesional, así como observar la progresiva consideración multidisciplinar e interprofesional de los equipos humanos en la atención a la salud y el intercambio de información con otros profesionales.

c) Atender a la actualización permanentemente de los conocimientos profesionales, ante la evolución científica y tecnológica y en atención a las demandas y necesidades de las Fuerzas Armadas. Y mantener una actitud abierta hacia la innovación, basada en el análisis científico de la propia experiencia y en la inquietud investigadora.

d) Ejercer, a su nivel, los cometidos propios de la especialidad fundamental Medicina, desarrollando funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes, mediante acciones directivas, incluidas las de mando, de gestión y ejecutivas, tanto en la estructura orgánica como en la operativa de las Fuerzas Armadas, ya sea en operaciones nacionales o multinacionales.

e) Poseer una adecuada capacidad de liderazgo, disciplina, mando, decisión y compromiso ético. Y fundamentar el ejercicio del liderazgo en el prestigio profesional adquirido mediante el ejemplo, la preparación y la decisión para la resolución de problemas.

Artículo 2. Planificación temporal del plan de estudios.

1. A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por cursos, con sus módulos correspondientes:

Curso 1.º

Período de formación militar general y específica

Centro: Academia General Militar/Escuela Naval Militar/Academia General del Aire

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación Militar General.

Formación militar básica.

Formación militar básica I.

1,5

Formación militar básica II.

1,5

Formación militar.

Formación militar I.

2

Formación militar II.

2,5

Formación militar III.

2,5

Formación Militar Específica.

Formación militar específica.

Ejército de Tierra.

4

Armada.

3

Ejército de Aire.

3

Instrucción y Adiestramiento.

Formación física.

Formación física I.

25 horas

Orden cerrado.

Orden cerrado I.

25 horas

Instrucción y adiestramiento.

Fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar.

2 sem

Instrucción y adiestramiento I.

3 sem

Período de formación militar técnica

Centro: Academia Central de la Defensa

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación Militar Técnica.

Organización y gestión sanitaria.

Herramientas de información corporativas de la defensa.

0,5

Prevención de riesgos laborales.

1

Medio ambiente y protección ambiental I.

0,5

Logística y apoyo sanitario.

Organización y logística sanitaria.

1,5

Atención sanitaria en ambiente NBQR I.

1

Salud pública y comunitaria.

Manejo del estrés.

1

Fundamentos de soporte vital.

1

Formación en Idioma Extranjero.

Lengua inglesa.

Lengua inglesa I.

5

Instrucción y Adiestramiento.

Formación física.

Formación física II.

55 horas

Orden cerrado.

Orden cerrado II.

15 horas

Instrucción y adiestramiento.

Instrucción y adiestramiento II.

1 sem

Grado en Medicina.

Medicina.

Según el artículo 2.2.

 

Curso 2.º

Centro: Academia Central de la Defensa

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación militar técnica.

Logística y apoyo sanitario.

Protección sanitaria a la fuerza e inteligencia sanitaria.

2

Salud pública y comunitaria.

Salud pública.

1

Competencias clínicas.

Electrocardiografía clínica. Entornos de simulación.

1

Formación en idioma extranjero.

Lengua inglesa.

Lengua inglesa II.

5

Instrucción y adiestramiento.

Formación física.

Formación física III.

80 horas

Orden cerrado.

Orden cerrado III.

30 horas

Instrucción y adiestramiento.

Instrucción y adiestramiento III.

2 sem

Grado en medicina.

Medicina.

Según el artículo 2.2.

 

Curso 3.º

Centro: Academia Central de la Defensa

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación Militar Técnica.

Organización y gestión sanitaria.

Medicina del trabajo y salud laboral.

1

Sanidad en ambiente táctico.

Asistencia sanitaria en incidentes con múltiples víctimas y catástrofes.

2

Gestión de unidades sanitarias.

Medicina pericial.

1

Competencias clínicas.

Protección radiológica para directores de instalaciones de radiodiagnóstico.

2,5

Técnicas radiológicas y de diagnóstico por imagen.

1

Formación en Idioma Extranjero.

Lengua inglesa.

Lengua inglesa III.

5

Instrucción y Adiestramiento.

Formación física.

Formación física IV.

80 horas

Orden cerrado.

Orden cerrado IV.

30 horas

Instrucción y adiestramiento.

Instrucción y adiestramiento IV.

2 sem

Grado en Medicina.

Medicina.

Patología médica I.

18

Patología por aparatos y sistemas: aspectos quirúrgicos y anestesia.

6

Obstetricia.

6

Dermatología.

4,5

Urología.

4,5

Pediatría.

9

Anatomía patológica especial.

6

Medicina legal y forense. Criminología médica.

6

Curso 4.º

Centro: Academia Central de la Defensa

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación Militar Técnica.

Asistencia sanitaria en ambientes especiales.

Asistencia sanitaria en entorno naval.

2

Asistencia sanitaria en entorno aeronáutico.

2

Atención sanitaria en ambiente NBQR II.

3

Formación en Idioma Extranjero.

Lengua inglesa.

Lengua inglesa IV.

5

Instrucción y Adiestramiento.

Formación física.

Formación física V.

80 horas

Orden cerrado.

Orden cerrado V.

30 horas

Instrucción y adiestramiento.

Instrucción y adiestramiento V.

2 sem

Grado en Medicina.

Medicina.

Patología médica II.

18

Traumatología y ortopedia. Medicina física y rehabilitación.

9

Ginecología.

4,5

Otorrinolaringología.

4,5

Técnicas de comunicación en medicina clínica.

3

Psiquiatría.

6

Medicina preventiva y salud pública.

6

Atención médica en entornos específicos: atención primaria y urgencias.

4,5

Oftalmología.

4,5

Curso 5.º

Centro: Academia Central de la Defensa

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación Militar Técnica.

Sanidad en ambiente táctico.

Soporte vital avanzado en combate.

10

Gestión de unidades sanitarias.

Gestión de urgencias médicas y quirúrgicas.

2

Formación en Idioma Extranjero.

Lengua inglesa.

Lengua inglesa V.

5

Instrucción y Adiestramiento.

Formación física.

Formación física VI.

80 horas

Orden cerrado.

Orden cerrado VI.

30 horas

Instrucción y adiestramiento.

Instrucción y adiestramiento VI.

2 sem

Grado en Medicina.

Medicina.

Prácticas tuteladas: Medicina clínica I.

9

Prácticas tuteladas: Psiquiatría.

9

Prácticas tuteladas: Quirúrgicas.

6

Prácticas tuteladas: Obstetricia y Ginecología.

6

Prácticas tuteladas: Medicina clínica II.

9

Prácticas tuteladas: Pediatría.

9

Prácticas tuteladas: Atención primaria.

6

Trabajo Fin de Formación.

Trabajo fin de formación.

Trabajo fin de formación.

6

Para las asignaturas del grado en Medicina de los cursos 1.º y 2.º, por la junta docente se estudiará cada uno de los casos diseñando un plan de matrícula en función de los créditos que se le reconozcan al alumno, siguiendo las directrices generales para la elaboración de currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo.

Artículo 3. Reconocimiento de créditos.

1. Al alumno que acceda a la enseñanza de formación desde la condición de militar profesional, se le podrá reconocer, a petición del interesado, la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar del módulo Instrucción y Adiestramiento, y, los créditos de los siguientes módulos, materias y asignaturas, según su procedencia:

a) Escala de tropa o marinería. La asignatura Formación Militar Básica I, de la materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General.

b) Escala de suboficiales. La materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General; y las asignaturas Formación Militar I y Formación Militar II, de la materia Formación Militar.

c) Escala de oficiales o escala técnica. El módulo de Formación Militar General, así como el resto de asignaturas del período de formación militar general y específica que coincidan en contenidos y créditos con las que anteriormente cursaron.

d) Militar de complemento. El módulo de Formación Militar General, así como el resto de asignaturas del período de formación militar general y específica que coincidan en contenidos y créditos con las que anteriormente cursaron para vincularse profesionalmente con carácter permanente a las Fuerzas Armadas.

2. Además de lo anterior, también podrán ser reconocidos al alumno, a petición del interesado, los créditos de los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos, títulos y currículo que acrediten, y que a juicio de la junta docente tengan similar duración, número de créditos y contenido.

Artículo 4. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia.

A continuación se relacionan aquéllas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan desarrollar la enseñanza de manera presencial:

Período de formación militar general y específica

Centro: Academia General Militar

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación Militar General.

Formación militar básica.

Formación militar básica I.

T

Formación militar básica II.

T

Formación militar.

Formación militar I.

T

Formación Militar Específica.

Formación militar específica.

Ejército de Tierra.

P

Período de formación militar técnica

Centro: Academia Central de la Defensa

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Formación Militar Técnica.

Organización y gestión sanitaria.

Prevención de riesgos laborales.

T

Medio ambiente y protección ambiental I.

T

Logística y apoyo sanitario.

Organización y logística sanitaria.

T

Atención sanitaria en ambiente NBQR I.

T

Salud pública y comunitaria.

Salud pública.

T

Manejo del estrés.

P

Asistencia sanitaria en ambientes especiales.

Asistencia sanitaria en entorno naval.

P

Asistencia sanitaria en entorno aeronáutico.

P

Atención sanitaria en ambiente NBQR II.

P

Artículo 5. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en lengua inglesa además del módulo de Formación en Idioma Extranjero.

La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:

Módulo

Materia

Asignatura

Ects

Trabajo fin de formación.

Trabajo fin de formación.

Trabajo fin de formación.

P

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/11/2015
  • Fecha de publicación: 04/12/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 05/12/2015
  • Aplicable en la forma indicada en la disposición final única.
  • Fecha de derogación: 15/03/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden DEF/181/2022, de 2 de marzo (Ref. BOE-A-2022-3982).
  • SE MODIFICA el art. 2, por Orden DEF/655/2020, de 10 de julio (Ref. BOE-A-2020-8063).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Arts. 14 y 15 de la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-2015-4947).
    • Arts. 44.2, 65 y disposición adicional 6.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19880).
Materias
  • Academias militares
  • Cuerpo Militar de Sanidad
  • Currículo
  • Enseñanza Militar
  • Medicina
  • Planes de estudios

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