El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 3 de marzo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 451-2015 planteada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativa del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 4751-2011, en relación con la Disposición adicional decimonovena de la Ley del Parlamento de las Islas Baleares 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública por posible vulneración de los arts. 9.3 y 14 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de casación 4751-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de marzo de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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