El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en su sesión de 27 de febrero de 2015, acordó, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la aprobación de la Resolución del Presidente de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) por la que se modifica el apartado sexto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha 31 de mayo de 2013, por la que se delegan determinadas competencias en órganos internos de la entidad, que figura como anexo a la presente resolución.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; así como con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de marzo de 2015.–El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
El Consejo de Administración, por unanimidad de los miembros presentes con derecho a voto, y ausentes por delegación, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, acuerda, la aprobación de la Resolución de fecha 27 de febrero de 2015, del Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), sobre delegación de competencias, cuyo texto se transcribe a continuación:
«Resolución del Presidente de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) por la que se modifica el apartado sexto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha 31 de mayo de 2013, por la que se delegaban determinadas competencias en órganos internos de la Entidad.
El artículo 23.2 del Estatuto de la Entidad Pública Empresarial del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, establece las facultades competencia del Presidente de la Entidad; previéndose asimismo en el apartado tercero del citado artículo, la posibilidad de delegación por éste de determinadas competencias en el Vicepresidente, en el personal Directivo o en los restantes órganos internos de la Entidad.
En base a la citada disposición normativa, se han venido adoptando por el Presidente de ADIF, desde la entrada en vigor de la Ley del Sector Ferroviario y de la mencionada norma estatutaria, sucesivas Resoluciones de delegación de competencias en determinados órganos internos de ADIF, en coherencia con las estructuras y desarrollos organizativos vigentes en cada momento en la Entidad y en consideración a sus funciones específicas.
Particularmente, en el apartado sexto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha de 31 de mayo de 2013, publicada en el BOE número 151, marginal 6891, de fecha 25 de junio de 2013, se delegaban, entre otras, determinadas competencias en órganos internos de la entidad para la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario, que dispone que, “para ejecutar, en las zonas de dominio público y de protección de la infraestructura ferroviaria, cualquier tipo de obras o instalaciones fijas o provisionales, cambiar el destino de las mismas o el tipo de actividad que se puede realizar en ellas y plantar o talar árboles se requerirá la previa autorización del administrador de infraestructuras ferroviarias…”
Como consecuencia de la reestructuración organizativa aprobada por la Presidencia de la Entidad en el ámbito de la Dirección General de Explotación y Construcción, en la sesión del Comité de Dirección de la Entidad de fecha 6 de febrero de 2015, se hace preciso modificar la redacción de la citada delegación de competencias en órganos internos, referida a la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley del Sector Ferroviario, delegando dicha competencia en el Director General de Explotación y Construcción de ADIF y en los órganos internos que mediante Resolución por éste se designen.
Por otra parte, el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que los órganos de las diferentes administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, señalándose asimismo en el apartado tercero de dicho artículo que, las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, las delegaciones de competencias entre órganos deberán ser previamente aprobadas, en los Organismos públicos, por el órgano máximo de dirección, de acuerdo con lo establecido en sus normas de creación.
En base a lo anteriormente expuesto, el Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en uso de las facultades que le confiere el artículo 23.3 del Estatuto de ADIF, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, viene a adoptar la siguiente resolución:
Modificar el apartado sexto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha de 31 de mayo de 2013, publicada en el BOE número 151, marginal 6891, de fecha 25 de junio de 2013, en lo referido a la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario, y que quedará redactado en los siguientes términos:
“6.ª Para la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario.
Se delega en el Director General de Explotación y Construcción de ADIF y en los órganos internos que mediante Resolución por éste se designen.
La presente resolución se otorga sin perjuicio de las facultades conferidas, o que puedan conferirse, mediante apoderamiento por el Consejo de Administración de la entidad.”
La presente resolución modifica y en consecuencia sustituye el apartado sexto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha de 31 de mayo de 2013, publicada en el BOE número 151, marginal 6891, de fecha 25 de junio de 2013, en lo referido a la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley del Sector Ferroviario.
Publíquese la presente resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.
Madrid, 27 de febrero de 2015.–El Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Gonzalo Jorge Ferre Moltó.»
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