El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 14 de abril actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 7067-2014, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado: 1.º) Mantener la suspensión de los arts. 1.2 b), 2.1, letras i) y j), y 16.10 de la Ley de Cataluña 3/2014, de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción. 2.º) Levantar la suspensión de los arts. 3.1 y 3.2 de la misma Ley. Suspensión que se produjo con la admisión a trámite del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 293, de 4 de diciembre de 2014.
Madrid, 14 de abril de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid