Advertido error en el texto de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016 («BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2016 y corrección de errores en «BOE» núm- 51, de 4 de marzo 2016), se procede a su oportuna rectificación en los siguientes términos:
Disposición transitoria primera, párrafo primero.
Donde dice:
«Mientras no se proceda por el Gobierno a incluir de manera definitiva, como uno de los componentes del complemento específico, las cantidades que correspondan en concepto de indemnización por residencia, el personal que a 31 de octubre de 2015 tuviera derecho a su percepción continuará devengándola en las mismas cuantías establecidas para el ejercicio 2015, incrementada en un 1 por ciento.»
Debe decir:
«Mientras no se proceda por el Gobierno a incluir de manera definitiva, como uno de los componentes del complemento específico, las cantidades que correspondan en concepto de indemnización por residencia, el personal que a 31 de diciembre de 2015 tuviera derecho a su percepción continuará devengándola en las mismas cuantías establecidas para el ejercicio 2015, incrementada en un 1 por ciento.»
(Publicada en el «Boletín Oficial de Canarias» número 51, de 15 de marzo de 2016)
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