El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 19 de julio actual, en el recurso de inconstitucionalidad número 1643-2016, promovido por el Presidente del Gobierno, ha acordado:
1.º Mantener la suspensión de los artículos 3, en sus letras t) y x); 4, en sus apartados 1 y 2.b); 9.4; 56, en sus apartados 1, 2 y 3; 59; 63.2, en sus letras a), b), c), d), f), g) y h); 64; 72, en sus apartados 1 y 3.c); 74; 75; 83.d); y 84.d), todos ellos de la Ley del Parlamento Vasco 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda.
2.º Levantar la suspensión del artículo 6.1 y del apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley del Parlamento Vasco 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda.
Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 93, de 18 de abril de 2016.
Madrid, 19 de julio de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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