El Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de agosto de 2016 ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2016 según lo establecido en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo, esta Secretaría de Estado de Empleo ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 22 de agosto de 2016.–El Secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo Figuerola-Ferretti.
El artículo 149.1.7.ª de la Constitución establece que la competencia legislativa en materia laboral corresponde al Estado, sin perjuicio de su ejecución por las Comunidades Autónomas.
El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, establece como instrumentos de coordinación del Sistema Nacional de Empleo, la Estrategia Española de Activación para el Empleo, los Planes Anuales de Política de Empleo y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo. Estos instrumentos se configuran como el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas de activación para el empleo en toda España y como marco de referencia compartido, a partir del cual los Servicios Públicos de Empleo deben diseñar y gestionar sus propias políticas.
El Plan Anual de Política de Empleo 2016, según lo previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Empleo, establece los objetivos a alcanzar en este año en el conjunto de España y en cada una de las distintas Comunidades Autónomas, así como los indicadores que se van a utilizar para valorar su grado de consecución. De esta manera, el Plan Anual de Política de Empleo se configura como un instrumento de evaluación de los servicios y programas de políticas activas de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas.
Asimismo, para alcanzar los objetivos señalados, el Plan Anual de Política de Empleo 2016 contiene los servicios y programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral que van a llevar a cabo las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus competencias de ejecución de las políticas activas y el Servicio Público de Empleo Estatal en ejecución de la reserva de crédito establecida en su presupuesto de gastos.
En la actual situación del mercado de trabajo es necesario continuar con la mejora de la coordinación entre las distintas Administraciones implicadas en la realización de los servicios y programas de políticas activas de empleo, de cara a conseguir una eficaz utilización de los recursos destinados a facilitar la inserción laboral de los trabajadores desempleados en el mercado laboral a la par que una mayor eficiencia en el uso de los mismos.
En un contexto de colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo, las Comunidades Autónomas determinan los servicios y programas que van a desarrollar con cargo a los fondos distribuidos por el Servicio Público de Empleo Estatal de acuerdo con los criterios acordados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, para su inclusión en el Plan 2016.
Pueden optar por realizar servicios y programas de ámbito estatal regulados en la normativa estatal vigente (servicios y programas comunes) o bien realizar servicios y programas de políticas activas de empleo propias, distintos de los anteriores, adaptados a la realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su ámbito territorial.
En el Plan 2016 se incluyen los servicios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, aprobada por el Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, como servicios comunes en este Plan.
El Plan Anual de Política de Empleo 2016 se enmarca en un período en el que se han confirmado y acentuado los signos de recuperación del mercado de trabajo que se habían apreciado en 2014, por primera vez desde el inicio de la crisis. Los dos últimos años (2014-2015) han marcado un cambio de tendencia en el mercado de trabajo en España, por primera vez desde el comienzo de la crisis y de forma continuada, se ha reducido el paro registrado y han aumentado la contratación y la afiliación a la Seguridad Social, hechos que coinciden con las estimaciones de la EPA, que también reflejan aumentos en la ocupación y reducción del paro.
La Encuesta de la Población Activa (EPA) del INE en el cuarto trimestre de 2015, muestra la consolidación del cambio de tendencia iniciado en el segundo trimestre de 2014. En términos anuales, el empleo aumenta en 525,1 mil personas, superando los dieciocho millones de ocupados, a la vez que el paro desciende en 678,2 mil personas, situándose el total de desempleados en 4.779,5 mil.
Este Plan se enmarca en un contexto más amplio de reformas en el que se incluyen el Programa de Estabilidad 2016-2019 y el Programa Nacional de Reformas 2016, aprobados en el Consejo de Ministros del 29 de abril de 2016. Todos los Estados miembros de la Unión Europea tienen que presentar ante la Comisión Europea sus Programas Nacionales de Reformas (PNR) y sus Programas de Estabilidad. El objetivo de este ejercicio es coordinar las políticas económicas nacionales y lograr los objetivos establecidos para la Unión Europea en su conjunto. Este año la situación es excepcional, dado que el Gobierno se encuentra en funciones; pero ello no le exime del cumplimiento de las obligaciones europeas de presentar ambos documentos, en los cuales el Gobierno explica la evolución reciente de la economía española, el grado de avance en su agenda de reformas y el cumplimiento de las recomendaciones específicas formuladas por el Consejo Europeo en junio de 2015, además de exponer su escenario macroeconómico y fiscal a medio plazo.
Según el Programa de Estabilidad, la economía española mantendrá un ritmo de crecimiento medio del 2,5 por 100 en los próximos cuatro años y se crearán un total de más de 1,8 millones de empleos, hasta alcanzar prácticamente los veinte millones de ocupados en 2019, junto con una disminución del paro en similar cuantía. Se trata de previsiones prudentes y realistas que sustentan y hacen creíble la senda de reducción del déficit público que sitúa el desequilibrio fiscal por debajo del 3 por 100 el año próximo y en el 1,6 por 100 del PIB en 2019.
En relación con las reformas futuras, al estar el Gobierno en funciones, el PNR 2016 únicamente esboza, en términos generales, cuáles serían las medidas que, en su opinión, sería necesario adoptar a partir de ahora para mantener el crecimiento y el ritmo de creación de empleo, consolidando lo conseguido en estos cuatro últimos años, en los que el Gobierno ha puesto en marcha una ambiciosa agenda de reformas que han transformado la economía española. Destaca entre las reformas estructurales a nivel nacional, que el principal objetivo de la política económica en España debe seguir siendo la creación de empleo y la calidad del mismo.
De acuerdo con la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, los servicios y programas del Plan 2016 que desarrollen los Servicios Públicos de Empleo deberán dirigirse al cumplimiento de los cinco objetivos estratégicos acordados en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del 3 de noviembre de 2015, y que son los siguientes:
A. Mejorar la empleabilidad de los jóvenes y desarrollar el Plan de Implementación de la Garantía Juvenil en España.
B. Favorecer la empleabilidad de otros colectivos especialmente afectados por el desempleo, en particular los mayores de 45 años que sean desempleados de larga duración, beneficiarios del Programa de Recualificación Profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (PREPARA), del Programa de Activación para el Empleo y del Programa de Acción Conjunto para la Mejora de la Atención a las Personas Paradas de Larga Duración
C. Mejorar la calidad de la formación profesional para el empleo, que se traduce en su mayor impacto en términos de inserción y de mejora del desarrollo profesional de los trabajadores.
D. Reforzar la vinculación de las políticas activas y pasivas de empleo.
E. Impulsar el emprendimiento como parte inseparable de la activación y recuperación del empleo.
Asimismo, todos los servicios y programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral se enmarcarán en los seis Ejes, en los que se ordenan los 29 objetivos estructurales definidos en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016.
Por otro lado, teniendo en cuenta los últimos compromisos adquiridos por España en el ámbito de la Unión Europea relativos al acogimiento de refugiados, las personas acogidas a este programa podrán incluirse como colectivo prioritario de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del vigente texto refundido de la Ley de Empleo.
En la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales celebrada el 18 de abril de 2016 se presentó el texto del Plan Anual de Política de Empleo para 2016, y el mismo se presentó a informe del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo en la reunión celebrada el 19 de abril de 2016.
En esa misma Conferencia Sectorial se aprobaron los criterios objetivos de la distribución de fondos para el año 2016 en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, así como su distribución.
Con todo ello se cumple lo dispuesto en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de Empleo.
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional vigésimo quinta de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, sobre limitación del gasto en la Administración General del Estado, las acciones y medidas contempladas en este Plan Anual se implantarán sin incremento en las dotaciones, ni en las retribuciones u otros costes de personal de la Administración General del Estado.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 5 de agosto de 2016, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2016, que se adjunta como anexo.
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