La disposición adicional tercera de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, creó el servicio presupuestario 05 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación» en la Sección 31 «Gastos de Diversos Ministerios».
Con cargo a este servicio presupuestario se financian aquellos contratos centralizados conforme a lo señalado en el artículo 206.3.a) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que, por sus características, permitan una financiación centralizada.
Por Real decreto 415/2016, de 3 de noviembre, se reestructuran los departamentos ministeriales, suprimiéndose el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Ministerio de la Presidencia, creándose, en su lugar, el Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.
Esta reestructuración ha dado lugar, por lo que afecta a esta Orden Ministerial, a la distribución de determinados inmuebles adscritos a los Ministerios extinguidos, de forma que pasan a depender del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales determinados inmuebles que se encuentran incorporados al contrato centralizado de servicios de seguridad privada y de auxiliares de control. Dado que el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales no figuraba dentro del ámbito subjetivo del citado contrato centralizado de servicios de seguridad y auxiliares de control, es preciso modificar el Anexo I de la vigente Orden de delegación de competencias en relación con la gestión económica y presupuestaria del citado contrato centralizado de servicios de seguridad, que desglosa los ámbitos y los titulares de los órganos en los que se delega dicha competencia, en el sentido de adicionar los dos ámbitos del Ministerio de la Presidencia y de las Administraciones Territoriales, y el órgano en quien se delega la competencia.
Esta Orden se dicta al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En su virtud, dispongo:
Se adicionan al Anexo I de la Orden HAP 1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias, relativo a las competencias del contrato centralizado de seguridad y auxiliares de control, los siguientes ámbitos y órganos delegados:
Titular del órgano en el que se delega |
Ámbito |
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Subdirección General de Administración Financiera y Patrimonio de la Administración Periférica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. |
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales - Delegación del Gobierno en Madrid. |
Oficina Presupuestaria y de Gestión Económica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. |
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. |
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de septiembre de 2017.–El Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero.
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