LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de concesión de un crédito extraordinario para hacer frente a la sentencia sobre fijación de justiprecio de fincas de la Ciudad del Transporte y de modificación de la Ley Foral 24/2016, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2017, en el sentido de dotar al citado crédito de la consideración de ampliable.
PREÁMBULO
Mediante sentencia del Tribunal Supremo n.º 22/2017 se desestimó el recurso de casación n.º 776/2016 contra el Auto de 2 de febrero de 2016, que desestimó los recursos de reposición contra el fechado el día 24 de marzo de 2015, dictados en la pieza de ejecución de sentencia n.º 23/2013, del Recurso 555/2008 seguido ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sostenido contra el Acuerdo del Jurado de Expropiación de Navarra de 30 de abril de 2008, sobre fijación de justiprecio de determinada finca, con el fin de ejecutar el proyecto de PSIS Ampliación de la Ciudad del Transporte de Pamplona.
Para hacer frente al pago de la ejecución de dicha sentencia, la empresa pública Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (Nasuvinsa) solicita la provisión de fondos correspondiente.
La tramitación de estos expedientes no es conjunta, siendo esta la primera de las sentencias. Con el fin de que Nasuvinsa pueda hacer frente a parte del pago de la ejecución de la citada sentencia, procede crear una partida de gastos en el Presupuesto de 2017, dotarla con 25 millones de euros, así como otorgarle el carácter de ampliable, con el fin de que a lo largo del año, si recaen en contra la totalidad de las sentencias, se pueda financiar la misma partida con el suficiente crédito.
El apartado 2, punto 13 de la Memoria que acompaña a los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2017 establece: «13. Sentencia Ciudad del Transporte. Existen 17 procesos de ejecución de sentencias dictadas por el Tribunal Supremo relativas al justiprecio de las fincas expropiadas con el proyecto “Plan de Ampliación de la Ciudad del Transporte en Pamplona”. La actualización del montante en caso de que recaiga sentencia contraria a los intereses de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, asciende a 49.198.705,38 €. Esta contingencia, a diferencia de otras que se describen en el apartado específico del punto 5 de esta memoria, «contingencias del ejercicio 2017 y fondo de contingencia», dada la imprevisibilidad del plazo en que se producirán las sentencias, el sentido de la misma, y la considerable cuantía, así como la fórmula presupuestaria a través de la cual se materializaría el abono, se ha considerado más oportuno que figure como Ajuste de Contabilidad Nacional que minora el techo de gasto por un importe de 25.000.000 euros. Esta provisión representaría una probabilidad de sentencia desfavorable del 50 %. En el caso de que recaiga sentencia desfavorable, se tramitaría una Ley Foral de crédito extraordinario o suplemento de crédito que posibilitaría el necesario debate parlamentario. Esta Ley Foral dotaría el crédito extraordinario o suplemento de crédito que corresponda en función de la solución presupuestaria que se adopte y se financiaría, en primer lugar y salvo que las previsiones de ingresos hubieran variado en ese momento, con las previsiones de ingresos establecidas en los Presupuestos Generales de Navarra que se han descontado para calcular el techo de gasto para provisionar esta contingencia».
La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra dispone en su artículo 48 que cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista el crédito, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario.
Se aprueba la concesión de un crédito por importe de 25.000.000 euros para hacer frente a la ejecución de sentencias dictadas por el Tribunal Supremo relativas al justiprecio de las fincas expropiadas con el proyecto «Plan de Ampliación de la Ciudad del Transporte en Pamplona» durante 2017.
Este crédito se aplicará a la siguiente partida presupuestaria:
110000-11000-4400-923400, denominada «Transferencias corrientes a Nasuvinsa. Sentencia Ciudad del Transporte».
La financiación de este crédito extraordinario se realizará con cargo a los mayores ingresos previstos en la partida presupuestaria 157001-17A00-1005-000000, denominada «Ingresos por el IRPF», por importe de 25.000.000 euros.
Se modifica el artículo 5 de la Ley Foral 24/2016, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2017, en el sentido de declarar ampliable la partida 110000-11000-4400-923400, denominada «Transferencias corrientes a Nasuvinsa. Sentencia Ciudad del Transporte» del Departamento de Hacienda y Política Financiera.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir
Pamplona, 9 de mayo de 2017.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, Uxue Barkos Berruezo.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 96, de 19 de mayo de 2017)
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