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Documento BOE-A-2017-7470

Resolución de 30 de mayo de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada "Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE" y se da publicidad a la implantación y lanzamiento de varios productos de dicha modalidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 28 de junio de 2017, páginas 54770 a 54775 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2017-7470
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/05/30/(3)

TEXTO ORIGINAL

Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.

En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011 y modificado mediante las Revisiones parciales aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SSI/924/2016, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, del 8 de junio de 2016.

De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 26 de abril de 2016 los «Procedimientos y Criterios de Control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y los «Procedimientos y Criterios de control de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE».

Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el Boletín Oficial del Estado como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.

En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión extraordinaria de 30 de mayo de 2017, ha verificado que el Acuerdo CEP 6/2017-3.2, de 26 de abril, de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE sobre «Implantación de dos nuevos grupos de productos de Lotería instantánea, y modificación del reglamento regulador de los productos de la modalidad denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» mediante la inclusión de dos nuevos apéndices» y que el Acuerdo CEP 7/2017-3.1, de 24 de mayo, de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE sobre «Implantación de un nuevo grupo de productos de Lotería instantánea, y modificación del reglamento regulador de los productos de la modalidad denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» mediante la inclusión de un nuevo apéndice» cumplen con la normativa antes mencionada.

Mediante dichos acuerdo se aprueba la implantación de tres nuevos grupos de productos de lotería instantánea, que conlleva la introducción de tres nuevos apéndices en el reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE»:

• Grupo de productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13 (apéndice 51).

• Grupo de productos «con mecánica encuentra el símbolo hasta en 5 ocasiones» a un euro, clase 1 (apéndice 52).

• Grupo de productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1 (apéndice 2).

Las normas del grupo de productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13 entrarán en vigor el 4 de julio de 2017, y tendrán una duración indefinida; las normas del grupo de productos «con mecánica encuentra el símbolo hasta en 5 ocasiones» a un euro, clase 1 entrarán en vigor el 12 de julio de 2017, y tendrán una duración indefinida; y las normas del grupo de productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1 entrarán en vigor el 16 de agosto de 2017, y tendrán una duración indefinida. No obstante, la fecha de comienzo de comercialización efectiva de cada producto la determinará, en su momento, el Consejo General de la ONCE, y se publicará en la resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE o en una resolución específica de dicho Órgano.

En consecuencia, procede dar publicidad a los Acuerdos del Consejo General de la ONCE y a la reforma del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», recogida en los anexos I, II y III que acompañan a esta Resolución.

También, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.6/2017-3.3, de 26 de abril, sobre «Lanzamiento de dos productos de lotería instantánea» con los nombres de «Summer Extra Money» y «X20 Electrónico» y al Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.7/2017-3.2, de 24 de mayo, sobre «Lanzamiento de un producto de lotería instantánea» con el nombre de «Serpientes y escaleras».

Los tres productos tendrán las características de los grupos de productos regulados en los apéndices correspondientes reseñados anteriormente, aprobados por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General el 26 de abril de 2017, mediante acuerdo 6/2017-3.2; y el 24 de mayo de 2017, mediante acuerdo 7/2017-3.1, verificados por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión extraordinaria de 30 de mayo de 2017, cuyo contenido se encuentra en los anexos I, II y III que acompañan a esta Resolución y tendrán las siguientes fechas de inicio de comercialización:

a) En soporte físico:

Nombre

Apéndice del Reglamento

Nombre de la mecánica

Fecha de inicio de Comercialización

Summer Extra Money.

52

«Con mecánica encuentra el símbolo hasta en 5 ocasiones» a un euro, clase 1.

12/7/2017

b) En soporte electrónico:

Nombre

Apéndice del Reglamento

Nombre de la mecánica

Fecha de inicio de Comercialización

X20 Electrónico.

51

«Con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13.

04/07/2017

Serpientes y escaleras.

2

«Con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1.

16/08/2017

Madrid, 30 de mayo de 2017.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO I
Apéndice 51

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13

1. Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos: 4 de julio de 2017.

Soporte de comercialización: Electrónico.

Precio por boleto: 5 euros.

Boletos por serie: 4.000.000.

Valor facial de la serie: 20.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie: 1.237.522.

Importe de premios por serie: 13.900.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto

(en euros)

1.ª

2

500.000

2.ª

20

10.000

3.ª

250

1.000

4.ª

750

500

5.ª

12.500

100

6.ª

33.000

50

7.ª

26.000

25

8.ª

60.000

20

9.ª

360.000

10

10.ª

745.000

5

2. Mecánica de funcionamiento.

a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas denominadas «números ganadores» y «tus números».

b) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al revelar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número.

c) La zona de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al revelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número y debajo del mismo un importe en euros que representa el posible premio de la jugada. También puede aparecer en una o más jugadas, en lugar del número, un símbolo multiplicador X2, X5, X10 ó X20.

d) Si al revelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada con el importe del premio que aparece en dicha jugada.

e) Si en alguna jugada aparece un símbolo multiplicador X2, X5, X10 ó X20, la jugada tiene como premio el importe que aparece en dicha jugada multiplicado por 2, 5, 10 ó 20, respectivamente.

f) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.

ANEXO II
Apéndice 52

Normas de los productos «con mecánica encuentra el símbolo hasta en 5 ocasiones» a un euro, clase 1

1. Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos: 12 de julio de 2017.

Soporte de comercialización: Físico.

Precio por boleto: 1 euro.

Boletos por serie: 2.000.000.

Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie: 463.216.

Importe de premios por serie: 1.180.025 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 59,0%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categoría de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto

(en euros)

1.ª

1

10.000

2.ª

200

100

3.ª

1.515

35

4.ª

8.000

20

5.ª

17.500

10

6.ª

50.000

5

7.ª

126.000

2

8.ª

260.000

1

2. Mecánica de funcionamiento.

a) El boleto de este producto cuenta con un área de juego que contiene cinco figuras, una para cada jugada y debajo de cada una de ellas un elemento denominado premio. Al rascar el área de juego, bajo cada una de las figuras aparece un símbolo y bajo el elemento premio, un importe en euros expresado en cifras y letras, que representa el posible premio de la jugada.

b) Si al rascar el área de juego, en alguna jugada aparece el símbolo con la palabra «extra», la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.

c) Cada boleto de este producto sólo puede tener un premio.

ANEXO III
Apéndice 2

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1

1. Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos: 16 de agosto de 2017.

Soporte de comercialización: Electrónico.

Precio por boleto: 1 euro.

Boletos por serie: 2.000.000.

Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie: 561.946.

Importe de premios por serie: 1.180.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 59,0%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

20.000

2.ª

4

1.000

3.ª

15

500

4.ª

75

100

5.ª

150

50

6.ª

500

35

7.ª

1.000

25

8.ª

2.500

15

9.ª

5.000

10

10.ª

12.500

7

11.ª

20.200

5

12.ª

65.000

3

13.ª

145.000

2

14.ª

310.000

1

2. Mecánica de funcionamiento.

2.1 Los boletos de este producto cuentan con dos áreas de juego y dos dados:

a) El «área de juego 1» situada en la parte derecha del boleto cuenta con 49 casillas dispuestas en forma de cuadrícula de 7 x 7, a través de las cuales se desplazará la ficha del jugador. Las casillas pueden tener varios colores o símbolos especiales.

b) El «área de juego 2» situada a la izquierda del boleto está formada por varias filas, con la tabla de premios posibles, y un cuadrado con el posible premio inmediato.

c) En la parte inferior izquierda del boleto, se muestran dos dados que se accionarán por el jugador para mover la ficha.

2.2 Funcionamiento:

a) Para jugar el jugador debe accionar los dados, contando con seis tiradas.

b) Con el número resultante de cada una de las tiradas la ficha avanzará por el tablero, siguiendo el número ordinal de las casillas, tantas veces como señale la tirada, pudiéndose dar los siguientes casos:

• Si la ficha cae en una casilla de color amarillo, correspondiente a los premios instantáneos, se traslada el premio al cuadro de premios instantáneos de la izquierda.

• Si la ficha cae en una casilla en la que aparece la cabeza de una serpiente, la ficha retrocede hasta la última casilla en la que está representada la cola de esa serpiente.

• Si la ficha cae en una casilla en la que está situada la parte inferior de una escalera, la ficha avanza hasta la casilla en la que esté situada la parte superior de la escalera.

• Si la ficha cae en una casilla que contiene un diamante, éste es trasladado a la tabla de premios de la izquierda.

c) Si una vez completadas las seis tiradas, en el área de premios se han completado todas las casillas asociadas a alguno de los premios, se gana dicho premio.

d) Un boleto puede tener más de un premio, siendo el premio del boleto la suma de los premios obtenidos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/05/2017
  • Fecha de publicación: 28/06/2017
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado y AÑADE los apéndices 2 y 51 y 52 al reglamento publicado por Resolución de 31 de julio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-10095).
Materias
  • Juego
  • Organización Nacional de Ciegos

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