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Documento BOE-A-2017-9691

Resolución de 19 de julio de 2017, de la Gerencia del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional de 18 de julio de 2017, por el que se modifica el Acuerdo de 20 de septiembre de 2011, por el que se aprueban delegaciones de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2017, páginas 81611 a 81612 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-9691
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/07/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, en su sesión celebrada el 18 de julio de 2017, adoptó el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de 20 de septiembre de 2011 por el que se aprueban las delegaciones de competencias en su ámbito.

Para general conocimiento, se dispone la publicación de dicho acuerdo como anexo a la presente Resolución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, aprobado por el Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, y de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 19 de julio de 2017.–La Consejera Gerente de Patrimonio Nacional, Alicia Pastor Mor.

ANEXO
Acuerdo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional por el que se modifica el Acuerdo de 20 de septiembre de 2011 por el que se aprueban las delegaciones de competencias en su ámbito

Las delegaciones de competencias del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional fueron establecidas por el acuerdo adoptado en la Sesión de 20 de septiembre de 2011 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de octubre de 2011, en virtud de la Resolución de Gerencia del 7).

La regulación de los contratos efectuada por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, aconseja, por razones de celeridad y eficacia, delegar en el Presidente las actuaciones de iniciación de los expedientes de contratación con un presupuesto superior a 600.000 euros a que se refiere el artículo 109 de dicho Texto Refundido.

Por lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, en su sesión de 18 de julio de 2017, acuerda:

Modificar el Acuerdo del Consejo de Administración de 20 de septiembre de 2011 por el que se aprueban las delegaciones de competencias en su ámbito, publicado mediante la Resolución del Consejero Gerente de 7 de octubre de 2011 («BOE» del 18), dando la siguiente redacción al epígrafe I del apartado primero del mismo:

«I. En el Presidente:

En materia de contratación:

a) La competencia para celebrar contratos del sector público, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, cuando el valor estimado de cada contrato sea igual o superior a 300.000 euros y no supere los 600.000 euros.

b) La competencia para celebrar cualquier contrato patrimonial o de aprovechamiento de los bienes del Organismo, cuando su cuantía anual sea igual o superior a 300.000 euros y no supere los 600.000 euros.

c) La competencia para realizar las actuaciones de iniciación de los expedientes de contratación de cuantía superior a 600.000 euros a que se refiere el artículo 109 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, incluyendo la solicitud de las autorizaciones para contratos, reguladas en el artículo 317 del mismo.

El Presidente deberá dar periódicamente cuenta al Consejo de Administración de los contratos que haya celebrado de acuerdo con los apartados anteriores.»

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/07/2017
  • Fecha de publicación: 12/08/2017
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 1.I del Acuerdo publicado por Resolución de 7 de octubre de 2011 (Ref. BOE-A-2011-16401).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Delegación de atribuciones

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