De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», se solicita la corrección del error que se relaciona a continuación, detectado en la Orden TEC/1171/2018, de 29 de octubre, por la que se regula la información, el control, el seguimiento y la evaluación de las grandes instalaciones de combustión (GIC), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 275, de 14 de noviembre de 2018:
1. En la página 110527, en el artículo 3 apartado 6, último párrafo de la letra a, donde dice:
«En el año 2018, la obligación de contribución de la burbuja anual empresarial de emisiones se cumplirá proporcionalmente al tiempo restante entre la entrada en vigor de la Orden y el 31 de diciembre de 2018, o bien la cantidad de emisión por contaminante, en ese periodo, que sumada a la emisión ya realizada ese año no vulnere el techo empresarial correspondiente al año 2019.»
Debe decir:
«En el año 2018, la obligación de contribución de la burbuja anual empresarial de emisiones se cumplirá proporcionalmente al tiempo restante entre la entrada en vigor de la Orden y el 31 de diciembre de 2018, o bien la cantidad de emisión por contaminante, en ese periodo, que sumada a la emisión ya realizada ese año no vulnere el techo empresarial correspondiente al año 2018.»
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