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Documento BOE-A-2018-2222

Corrección de errores del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 17 de febrero de 2018, páginas 18945 a 18946 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2018-2222
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2017/07/28/772/corrigendum/20180217

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 180, de 29 de julio de 2017, se procede a subsanarlos mediante las oportunas rectificaciones:

En la página 70488, artículo 3.m) donde dice: «Joven Viticultor:…», debe decir: «Nuevo Viticultor:…».

En la página 70489, artículo 6.1, donde dice: «Cada año el Ministerio…», debe decir: «Para cada año el Ministerio…».

En la página 70489, artículo 6.4, donde dice: «Antes de la fecha establecida…», debe decir: «A la fecha establecida…».

En la página 70491, artículo 8.1.a) último párrafo, en la tercera línea, donde dice: «… el solicitante deberá adjuntar a la solicitud el consentimiento del propietario para poder realizar la plantación de viñedo, deberá acompañar la documentación acreditativa del consentimiento del arranque del propietario, salvo que justifique debidamente ante la autoridad competente la innecesaridad del mismo.», debe decir: «... el solicitante deberá adjuntar a la solicitud el consentimiento del propietario para poder realizar la plantación de viñedo, salvo que justifique debidamente ante la autoridad competente la innecesaridad del mismo.».

En la página 70493, artículo 10.1.a), en la tercera línea, donde dice: «,… un joven viticultor que no cumpla más de 40 años en el año de presentación de la solicitud y ejerza un control efectivo en los términos previstos en el párrafo quinto de esta letra a).», debe decir: «,… un nuevo viticultor que no cumpla más de 40 años en el año de presentación de la solicitud y ejerza un control efectivo en los términos previstos en el párrafo cuarto de esta letra a)».

En las páginas 70493 y 70494, artículo 10.1.b), en la novena línea, donde dice: «…, apartado 3 del artículo 16 y/o no haya incumplido el compromiso indicado en el párrafo sexto de la letra a) de este artículo…», debe decir: «… apartado 3 del artículo 17 y/o no haya incumplido el compromiso indicado en el párrafo quinto de la letra a) de este artículo…».

En la página 70496, artículo 14.4, en la tercera línea, donde dice: «… en el apartado 3 del artículo 15.», debe decir: «… en el apartado 2 del artículo 15.».

En la página 70497, artículo 15.1, donde dice: «El titular del arranque deberá presentar la solicitud de autorización para replantación se deberá presentar ante la autoridad competente…», debe decir: «El titular del arranque deberá presentar la solicitud de autorización para replantación ante la autoridad competente…».

En la página 70497, artículo 15.2, donde dice: «… en el apartado 2 del artículo 14…», debe decir: «… en el apartado 3 del artículo 14.»

En la página 70497, artículo 16.2, en la última línea, donde dice: «… artículo 26 de este real decreto.», debe decir: «... artículo 27 de este real decreto.».

En la página 70501, artículo 23.3, donde dice: «La nueva superficie agraria deberá estar a disposición del solicitante por cualquier en propiedad,…», debe decir: «La nueva superficie agraria deberá estar a disposición del solicitante en propiedad,…».

En la página 70503, artículo 28.2 se elimina el punto d).

En la página 70505, artículo 35.1, en la última línea, donde dice: «… en el artículo 29.», debe decir: «… en el artículo 30.».

En la página 70505, artículo 35.2, donde dice: «… en el anexo XX...», debe decir: «… en el anexo XXI...».

En la página 70508, en el anexo II.A, se debe eliminar el punto 3.c): «Superficie contribuye a la preservación del medio ambiente.».

En la página 70509, en el anexo II.B, se incluye el punto 3.a) «Joven nuevo viticultor» antes del punto 3.b).

En la página 70512, en el Anexo V, en la columna «Explotación tipo C» y en la fila «Cataluña» donde dice: «>6,47 a ≤ 12,94», debe decir: «>12,94 a ≤ 19,41» y en la columna «Explotación tipo D» y en la fila «Murcia» donde dice: «>36,77 a ≤ 38,71», debe decir: «>28,66 a ≤ 38,71».

En la página 70514, en el Anexo VII, en el apartado 4, donde dice: «4. Documento acreditativo del consentimiento del propietario para realizar el arranque (artículo 12.2.):», debe decir: «4. Documento acreditativo del consentimiento del propietario para realizar el arranque (artículo 14.2.)».

En la página 70517, en el Anexo X, en el apartado 2, donde dice: «2. Datos de la superficie arrancada:», debe decir: «2. Datos de la superficie de la autorización concedida:» y en el apartado 3, donde dice: «3. Datos de la superficie a replantar:», debe decir: «3. Datos de la superficie a plantar:».

En la página 70518, en el Anexo XI, se elimina el subtítulo «Datos».

En la página 70520, en el Anexo XI, en el título de Cuadro C., donde dice: «Cuadro C. Autorizaciones para nuevas plantaciones y rechazadas por los solicitantes (artículo 11.5)», debe decir: «Cuadro C, Autorizaciones para nuevas plantaciones rechazadas por los solicitantes (artículo 11.5)».

En la página 70525, en el Anexo XV, en el texto del asterisco contemplado a pie de tabla, donde dice: «* La superficie total tiene que coincidir con la declarada en el total de la columna (7) del Anexo XIII.» debe decir: «* La superficie total tiene que coincidir con la declarada en el total de la columna (7) del Anexo XIV.».

En la página 70528, en el Anexo XVI, en el cuadro C., en las columnas donde dice: «Replantaciones (art.12)», «Replantaciones anticipadas (art. 15)», «Por conversión de derechos de plantación (art. 21)», debe decir: «Replantaciones (art. 13) », «Replantaciones anticipadas (art. 16)», «Por conversión de derechos de plantación (art. 22)».

En la página 70529, en el Anexo XVII, en el texto del asterisco contemplado a pie de tabla, donde dice: «* La superficie total tiene que coincidir con la declarada en el total de la columna (7) del Anexo XII.», debe decir: «* La superficie total tiene que coincidir con la declarada en el total de la columna (7) del Anexo XIV.».

En la página 70530, en el Anexo XVIII, se incluye a pie de tabla «Fecha límite de comunicación: 1 de octubre.».

En la página 70541, en el Anexo XXI, en el apartado 9., se incluye a continuación de «Chardonnay, B», la variedad «Coromina, B»; a continuación de «Coromina, B», la variedad «Forcada, T.»; a continuación de «Godello, B.», la variedad «Gonfaus, T.»; a continuación de «Monastrell, T.», la variedad «Moneu, T»; y a continuación de «Sauvignon Blanc, B.», la variedad «Solana, T.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/02/2018
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2018-14803).
  • Fecha de derogación: 31/10/2018
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2017-9016).
Materias
  • Agricultores
  • Agricultura
  • Autorizaciones
  • Comunidades Autónomas
  • Explotaciones agrarias
  • Ministerio de Agricultura y Pesca Alimentación y Medio Ambiente
  • Uvas
  • Vinos
  • Viñedos
  • Viticultura

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