Visto el texto del acuerdo de 10 de julio de 2019 sobre salario mínimo sectorial para el año 2019, acuerdo derivado de lo dispuesto en el Título VII del V Acuerdo estatal sobre materias concretas y cobertura de vacíos del sector cementero (Código de acuerdo: 99100025082011), publicado en el BOE de 13 de diciembre de 2017, y que ha sido suscrito, de una parte, por la organización empresarial Agrupación de Fabricantes de Cemento de España (OFICEMEN), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales FICA-UGT y CC.OO.-Construcción y Servicios, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de julio de 2019.–El Director General de Trabajo, P.S. (Real Decreto 903/2018, de 20 de julio), el Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
Reunida la comisión negociadora del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero (V AEMCCV) el 10 de julio de 2019, a las 12:30 h, compuesta por:
OFICEMEN:
– Don Aniceto Zaragoza Ramírez.
– Don Pedro Mora Peris.
Por CC.OO. Construcción y Servicios:
– Don Daniel Barragán Burgui.
Por FICA-UGT:
– Don Juan Carlos Barrero Mancha.
Para establecer el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2019 de acuerdo con Título VII del V AEMCCV, se toman los siguientes acuerdos:
1. Según la estadística que contiene los principales datos del sector cementero, a diciembre de 2018, el consumo de cemento en el año 2018 alcanzó la cifra de 13.385.570 toneladas, lo que supone un incremento respecto a 2017 de 992.576 toneladas de cemento.
2. De acuerdo con el punto 1 del Título VII de V AEMCCV corresponde para el ejercicio 2019 un incremento del salario mínimo sectorial de 240 € fijos más 30 € correspondientes a la parte variable.
3. Por tanto, se acuerda fijar el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2018 en 19.180 € anuales.
4. Igualmente se acuerda, facultar a don Aniceto Zaragoza Ramírez, para que en nombre de esta Comisión Negociadora realice cuantas actividades sean precisas a fin de llevar a cabo las gestiones que se precisen para su notificación a la autoridad laboral.
5. Delegar en un representante de cada organización la firma del presente Acta.
Sin más asuntos que tratar se levanta la reunión a las 13:30 h del día indicado.
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