Advertidos errores en el texto de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicada en el BOE núm. 116, de 15 de mayo de 2019, se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el artículo 8, apartado veintiuno, donde dice:
«Veintiuno. El artículo 160 queda redactado como sigue:
A efectos patrimoniales será de aplicación lo dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura respecto de la delimitación del sector público autonómico y sector público administrativo, empresarial y fundacional».
Debe decir:
«Veintiuno. El apartado 1 del artículo 160 queda redactado como sigue, quedando suprimidos los apartados 2 y 3 del mismo:
1. A efectos patrimoniales será de aplicación lo dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura respecto de la delimitación del sector público autonómico y sector público administrativo, empresarial y fundacional».
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