El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 26 de marzo de actual, dictado en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4541-2010, promovido por el Gobierno de Navarra, contra el párrafo segundo de la disposición final quinta, el artículo 14 en relación con el 17 y el artículo 19.2 de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, ha acordado tener por desistido al Gobierno de Navarra, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4541-2010, declarando extinguido el proceso. Dicho recurso fue admitido a trámite por providencia de 30 de junio de 2010 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 165, de 8 de julio de 2010.
Madrid, 26 de marzo de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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