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Documento BOE-A-2019-8700

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2560-2019, en relación con el artículo 11.3.1.b), segundo párrafo, de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 9/2011, de 29 de marzo y la disposición adicional única de la última Ley referenciada, por posible vulneración de los artículos 24.1, 117, 118 y 149.1.1ª, 13ª, 18ª y 23ª CE.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2019, páginas 61227 a 61227 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2019-8700

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de junio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2560-2019 planteada por la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, en el procedimiento ordinario 1375-2011, en relación con el artículo 11.3.1.b), segundo párrafo, de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 9/2011, de 29 de marzo, y la disposición adicional única de la última Ley referenciada, por posible vulneración de los artículos 24.1, 117, 118 y 149.1.1.ª, 13.ª, 18.ª y 23.ª CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 1375-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de junio de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 04/06/2019
  • Fecha de publicación: 12/06/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA inconstitucional y nulo el art. 11.3.1.b), párrafo segundo, de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 9/2011, de 29 de marzo, por Sentencia 134/2019, de 13 de noviembre (Ref. BOE-A-2019-18273).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • del art. 11.3.1.b), párrafo 2, de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-2286).
    • de lo indicado del art. único y la disposición adicional única de la Ley 9/2011, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2011-6652).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Extremadura
  • Ordenación del territorio
  • Suelo
  • Urbanismo

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