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Documento BOE-A-2020-16670

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4701-2020, en relación con el inciso primero del artículo 92.7 del Código Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 332, de 22 de diciembre de 2020, páginas 117501 a 117501 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2020-16670

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de diciembre de 2020, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4701-2020, planteada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Jerez de la Frontera en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 23-2020, en relación con el inciso primero del artículo 92.7 del Código Civil, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el referido procedimiento 23-2020, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de diciembre de 2020.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 15/12/2020
  • Fecha de publicación: 22/12/2020
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA su inadmisión, por Sentencia 98/2022, de 12 de julio (Ref. BOE-A-2022-13794).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad de lo indicado del art. 92.7 del Código Civil de 24 de julio de 1889 (Ref. BOE-A-1889-4763).
Materias
  • Código Civil
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Divorcio
  • Patria potestad
  • Tribunal Constitucional
  • Violencia de género

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