La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, en su artículo 44.2 establece que la enseñanza de formación de oficiales para el acceso a las escalas de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, proporcionará la formación militar general y específica y completará la formación técnica acreditada con los títulos exigidos para el ingreso. Asimismo, el artículo 65.1 de la misma ley establece, que los planes de estudios de la formación militar general y específica y, en su caso, técnica se ajustarán a la definición de capacidades y diseño de perfiles para el ejercicio profesional, establecido por el Subsecretario de Defensa en lo referente al personal de los cuerpos comunes.
El artículo 14 de la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, establece el diseño y contenido de los currículos. Y por su parte, el artículo 15 de dicha orden, establece que los currículos de la formación militar serán elaborados por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y, en el caso de los cuerpos comunes, por el Subsecretario de Defensa y aprobados por el Ministro de Defensa.
Tras cinco años de aplicación de la Orden DEF/1686/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en la escala de oficiales del Cuerpo de Músicas Militares mediante la forma de ingreso con titulación previa, se ha puesto de manifiesto la necesidad de una revisión del currículo de la enseñanza de formación de los oficiales de dicho cuerpo, de forma que tras la superación del currículo, de un curso de duración, alcancen las competencias deseadas para su incorporación a dicha escala.
Fruto de dicha revisión, se ha incrementado la carga docente del módulo de Formación Militar Técnica que se imparte en la Escuela de Músicas Militares de la Academia Central de la Defensa para potenciar las funciones de dirección y preparación de las unidades de música militar, siendo preciso reducir ligeramente el módulo de Formación Militar Específica que se imparte en la Academia General Militar, Escuela Naval Militar y Academia General del Aire, siempre teniendo en mente que los módulos que conforman el currículo han de permanecer coherentes y acorde con lo establecido en la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo.
Esta disposición contiene los perfiles profesionales a alcanzar en función de los campos de actividad en los que el militar desempeñará, en el primer empleo, los cometidos propios del Cuerpo de Músicas Militares.
Asimismo, se establece la planificación temporal de los planes de estudios, de un curso de duración, y los centros donde se imparten, indicando, los créditos ECTS («European Credit Transfer System») de cada asignatura, la materia a la que pertenece y el módulo al que corresponde.
También incluye los créditos, ECTS o anteriores, que se reconocen a los alumnos de procedencia militar, y quedan determinadas las materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia, a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan participar de forma presencial.
Durante su tramitación, se ha dado conocimiento de este proyecto a las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.b) de la citada ley orgánica, ha tenido conocimiento y ha sido oído el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
En su virtud, dispongo:
Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en la escala de oficiales del Cuerpo de Músicas Militares mediante la forma de ingreso con titulación previa, cuyos textos se insertan a continuación.
Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en la escala de oficiales del Cuerpo de Músicas Militares, mediante las formas de ingreso con titulación, que hayan superado los módulos de Formación Militar General y de Formación Militar Específica, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de alférez alumno.
Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso de que algún alumno, habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.
1. Queda derogada la Orden DEF/1686/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en la escala de oficiales del Cuerpo de Músicas Militares mediante la forma de ingreso con titulación previa.
2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en todo aquello en lo que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Los currículos que se aprueban en esta orden ministerial se implementarán a partir del curso 2020-2021.
Madrid, 10 de julio de 2020.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
Los perfiles a alcanzar por el teniente de la escala de oficiales del Cuerpo de Músicas Militares, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, que vendrán determinados por su función técnica específica y por el desempeño profesional de un oficial de las Fuerzas Armadas, le capacitarán para:
a) Ejercer la dirección y preparación de las unidades de música militar y para la ejecución musical, en el aspecto de su formación técnica y desempeño profesional, en función de su especialidad fundamental.
b) Ejercer las funciones logísticas, administrativas y docentes, en el aspecto del desempeño profesional.
c) Tener una adecuada capacidad de liderazgo, disciplina, mando, decisión y compromiso ético. El ejercicio del liderazgo lo fundamentará en el prestigio profesional adquirido mediante el ejemplo, la preparación y la decisión para la resolución de problemas.
d) Atender a la actualización permanente de los conocimientos profesionales, ante la evolución científica y tecnológica y en atención a las demandas y necesidades de las Fuerzas Armadas.
A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por curso, con sus módulos correspondientes:
Período de Formación Militar General y Específica
Centro: Academia General Militar / Escuela Naval Militar / Academia General del Aire
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Básica II. | 1,5 | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Ejército de Tierra. | 2 |
Armada. | 2 | ||
Ejército del Aire. | 2 | ||
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física I. | 25 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado I. | 25 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 semanas | |
Instrucción y Adiestramiento I. | 3 semanas |
Centro: Academia Central de la Defensa
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 |
Formación Militar II. | 2,5 | ||
Formación Militar III. | 2,5 |
Período de Formación Militar Técnica. Común a todas las Especialidades Fundamentales
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Legislación, Administración y Gestión. | Legislación. | 1 |
Administración. | 2 | ||
Gestión. | 1 | ||
Informática General y Musical. | Informática. | 2 | |
Informática Musical. | 2 | ||
Historia de la Música Militar. | Historia de la Música Militar de España I. | 1 | |
Historia de la Música Militar de España II. | 2 | ||
El Ceremonial Militar. | La Ceremonia Militar. | 4 | |
Estudio y práctica de la Concertación y Dirección de Repertorio de Banda. | Repertorio Militar. | 4 | |
Repertorio Sinfónico. | 2 | ||
Repertorio Dramático. | 2 | ||
Técnica Avanzada de Dirección Aplicada a la Dirección de Bandas y Músicas Militares en Actos Militares. | 4 | ||
Orquestación y Transcripción Aplicada a la Banda de Música. | Orquestación. | 2,5 | |
Transcripción. | 1,5 | ||
Composición. | Formas musicales y análisis del Repertorio de Música Militar. | 3 | |
Trabajo fin de formación. | Trabajo fin de formación. | Trabajo fin de formación. | 6 |
Formación Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Lengua Inglesa. | 5 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física y | Formación Física II. | 45 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado II. | 15 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento II (Técnico). | 3 semanas |
Período de Formación Militar Técnica. Especialidad Fundamental Dirección
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Formación Militar Técnica. | Composición. | Composición de Repertorio Musical Militar. | 5 |
Período de Formación Militar Técnica. Especialidad Fundamental Instrumentista
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Formación Militar Técnica. | Estudio y práctica de la Concertación y Dirección de Repertorio de Banda. | Técnica Básica de Dirección Aplicada a la Dirección de Bandas y Músicas Militares en Actos Militares. | 2 |
Organología e Instrumentación Aplicada a la Banda de Música. | Organología e Instrumentación. | 3 |
1. Al alumno que acceda a la enseñanza de formación desde la condición de militar profesional, se le podrá reconocer, a petición del interesado, la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar del módulo Instrucción y Adiestramiento, y los créditos de los siguientes módulos, materias y asignaturas, según su procedencia:
a) Escala de tropa o marinería. La asignatura Formación Militar Básica I, de la materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General.
b) Escala de suboficiales, según su procedencia:
1.º Cualquier cuerpo. La materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General; y las asignaturas de Formación Militar I y Formación Militar II, de la materia Formación Militar.
2.º Cuerpo de Músicas Militares, según el año en el que se tiene el empleo de sargento músico:
− Antes del año 2005. La asignatura Historia de la Música Militar II, de la materia Historia de la Música Militar, de los módulos de Formación Militar de las Especialidades Fundamentales de Dirección e Instrumentista.
− A partir del año 2005. Las asignaturas de Administración y Gestión, de la materia Legislación, Administración y Gestión, de los módulos de Formación Militar, de las Especialidades Fundamentales de Dirección e Instrumentista; la asignatura Informática, de la materia Informática General y Musical, de los módulos de Formación Militar, de las Especialidades Fundamentales de Dirección e Instrumentista; y la asignatura Historia de la Música Militar II, de la materia de Historia de la Música Militar, de los módulos de Formación Militar, de las Especialidades Fundamentales de Dirección e Instrumentista.
c) Escala de oficiales o escala técnica. El módulo de Formación Militar General, así como el resto de asignaturas del período de formación militar general y específica, que coincidan en contenidos y créditos con las que anteriormente cursaron.
d) Militar de complemento. El módulo de Formación Militar General, así como el resto de asignaturas del período de formación militar general y específica, que coincidan en contenidos y créditos con las que anteriormente cursaron para vincularse profesionalmente con carácter permanente a las Fuerzas Armadas. Y las asignaturas del período de formación militar técnica que coincidan en contenidos y créditos con las que anteriormente cursaron para adscribirse a su escala y cuerpo.
2. Además de lo anterior, también podrán ser reconocidos al alumno, a petición del interesado, los créditos de los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos, títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad fundamental en su caso, que acrediten, y que a juicio de la Junta Docente tengan similar duración, número de créditos y contenido.
A continuación se relacionan, por curso y módulos, aquéllas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan desarrollar la enseñanza de manera presencial:
Período de Formación Militar General y Específica
Centro: Academia General Militar / Escuela Naval Militar / Academia General del Aire / Academia Central de la Defensa
Módulo | Materia | Asignatura | |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | T |
Formación Militar Básica II. | T | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | T | |
Formación Militar II. | P | ||
Formación Militar III. | P | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Ejército de Tierra. | P |
Período de Formación Militar Técnica
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar de Especialidad Fundamental. | Historia de la Música Militar. | Historia de la Música Militar de España I y II. | T |
Legislación, Administración y Gestión. | Administración. | P |
La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:
Módulo | Materia | Asignatura | |
---|---|---|---|
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo fin de formación. | Trabajo fin de formación. | P |
CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES PARA LA ADSCRIPCIÓN DE LOS MILITARES DE COMPLEMENTO A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO DE MÚSICAS MILITARES MEDIANTE LA FORMA DE INGRESO CON TITULACIÓN PREVIA
Los perfiles a alcanzar por el teniente de complemento adscrito a la Escala de Oficiales del Cuerpo de Músicas Militares, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, que vendrán determinados por su función técnica específica y por el desempeño profesional de un oficial de las Fuerzas Armadas, le capacitarán para:
a) Ejercer la dirección y preparación de las unidades de música militar y para la ejecución musical, en el aspecto de su formación técnica y desempeño profesional, en función de su especialidad fundamental.
b) Ejercer las funciones logísticas y administrativas, en el aspecto del desempeño profesional.
c) Tener una adecuada capacidad de liderazgo, disciplina, mando, decisión y compromiso ético. El ejercicio del liderazgo lo fundamentará en el prestigio profesional adquirido mediante el ejemplo, la preparación y la decisión para la resolución de problemas.
d) Atender a la actualización permanente de los conocimientos profesionales, ante la evolución científica y tecnológica y en atención a las demandas y necesidades de las Fuerzas Armadas.
A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por curso, con sus módulos correspondientes:
Período de Formación Militar General y Específica
Centro: Academia General Militar / Escuela Naval Militar / Academia General del Aire
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Básica II. | 1,5 | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Ejército de Tierra. | 2 |
Armada. | 2 | ||
Ejército del Aire. | 2 | ||
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física. | Formación Física I. | 25 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado I. | 25 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 semanas | |
Instrucción y Adiestramiento I. | 3 semanas |
Centro: Academia Central de la Defensa
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 |
Formación Militar II. | 2,5 | ||
Formación Militar III. | 2,5 |
Período de Formación Militar Técnica. Común a todas las Especialidades Fundamentales
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar Técnica. | Legislación, Administración y Gestión. | Legislación. | 1 |
Administración. | 2 | ||
Gestión. | 1 | ||
Informática General y Musical. | Informática. | 2 | |
Informática Musical. | 2 | ||
Historia de la Música Militar. | Historia de la Música Militar de España I. | 1 | |
Historia de la Música Militar de España II. | 2 | ||
El Ceremonial Militar. | La Ceremonia Militar. | 4 | |
Estudio y práctica de la Concertación y Dirección de Repertorio de Banda. | Repertorio Militar. | 4 | |
Repertorio Sinfónico. | 2 | ||
Repertorio Dramático. | 2 | ||
Técnica Avanzada de Dirección Aplicada a la Dirección de Bandas y Músicas Militares en Actos Militares. | 4 | ||
Orquestación y Transcripción Aplicada a la Banda de Música. | Orquestación. | 2,5 | |
Transcripción. | 1,5 | ||
Composición. | Formas musicales y análisis del Repertorio de Música Militar. | 3 | |
Trabajo fin de formación. | Trabajo fin de formación. | Trabajo fin de formación. | 3 |
Formación Idioma Extranjero. | Lengua Inglesa. | Lengua Inglesa. | 5 |
Instrucción y Adiestramiento. | Formación Física y | Formación Física II. | 40 horas |
Orden Cerrado. | Orden Cerrado II. | 10 horas | |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento II (Técnico). | 1 semana |
Período de Formación Militar Técnica. Especialidad Fundamental Dirección
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Formación Militar Técnica. | Composición. | Composición de Repertorio Musical Militar. | 5 |
Período de Formación Militar Técnica. Especialidad Fundamental Instrumentista
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Formación Militar Técnica. | Estudio y práctica de la Concertación y Dirección de Repertorio de Banda. | Técnica Básica de Dirección Aplicada a la Dirección de Bandas y Músicas Militares en Actos Militares. | 2 |
Organología e Instrumentación Aplicada a la Banda de Música. | Organología e Instrumentación. | 3 |
Al alumno que acceda a la enseñanza de formación desde la condición de militar profesional para cursar el anterior plan de estudios, y a petición del interesado, se le podrá reconocer la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar del módulo de Instrucción y Adiestramiento y, en función de su procedencia, los créditos de los módulos, materias y asignaturas según lo establecido en el artículo 3 del currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en la escala de oficiales del Cuerpo de Músicas Militares mediante la forma de ingreso con titulación previa, de esta orden ministerial.
A continuación se relacionan, por módulos, aquéllas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan desarrollar la enseñanza de manera presencial:
Período de Formación Militar General y Específica
Centro: Academia General Militar / Escuela Naval Militar / Academia General del Aire / Academia Central de la Defensa
Módulo | Materia | Asignatura | |
---|---|---|---|
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | T |
Formación Militar Básica II. | T | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | T | |
Formación Militar II. | P | ||
Formación Militar III. | P | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar Específica. | Ejército de Tierra. | P |
Período de Formación Militar Técnica
Centro: Academia Central de la Defensa / Escuela de Músicas Militares
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
---|---|---|---|
Formación Militar de Especialidad Fundamental. |
Historia de la Música Militar. | Historia de la Música Militar de España I y II. | T |
Legislación, Administración y Gestión. | Administración. | P |
La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:
Módulo | Materia | Asignatura | |
---|---|---|---|
Trabajo fin de Formación. | Trabajo fin de formación. | Trabajo fin de formación. | P |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid