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Documento BOE-A-2020-8228

Recurso de inconstitucionalidad n.º 2577-2020, contra el Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda, el Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 1/2020, de 21 de enero, por el que se modifica el anterior, y el acuerdo del Parlamento de Cataluña, de 4 de marzo de 2020, de convalidación de este último.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 21 de julio de 2020, páginas 54495 a 54495 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2020-8228

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de julio de 2020, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2577-2020, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, contra el Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda, el Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 1/2020,  de 21 de enero, por el que se modifica el anterior, y el acuerdo del Parlamento de Cataluña, de 4 de marzo de 2020, de convalidación de este último.

Madrid, 14 de julio de 2020.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 14/07/2020
  • Fecha de publicación: 21/07/2020
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de determinados preceptos, por Sentencia 16/2021, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2021-2835).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra:
    • el Acuerdo publicado por Resolución 732/XII de 5 de febrero de 2020 (Ref. DOGC-f-2020-90033).
    • el Decreto-ley 1/2020, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2020-3783).
    • el Decreto-ley 17/2019, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-2509).
    • el art. 12 de la Ley 12/2017, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2017-9366).
    • los arts. 4, 15, 16, disposición final 4 y adicional 13 de la Ley 4/2016, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2017-522).
    • los arts. 5, 7.1.c), 10, las disposiciones adicionales 1 y 2 de la Ley 24/2015, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2015-9725).
    • el art. 2.1 y 2, la disposición final 1 del Decreto-ley 1/2015, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2015-6016).
    • la disposición transitoria 1 de la Ley 3/2012, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-2012-3414).
    • determinados preceptos del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto (Ref. BOE-A-2010-13883).
    • determinados preceptos de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-3657).
    • el art. 1.2 de la Ley 13/1996, de 29 de julio (Ref. BOE-A-1996-19382).
    • lo indicado del Decreto 305/2006, de 18 de julio (DOGC núm. 4682, de 24 de julio).
    • lo indicado del Decreto 75/2014, de 27 de mayo (DOGC núm. 6633, de 29 de mayo).
Materias
  • Arrendamientos urbanos
  • Asistencia social
  • Cataluña
  • Precios
  • Propiedad
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Viviendas

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