Advertidos errores en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 121, de 21 de mayo de 2021, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 62022, en el artículo 3, apartado 2, donde dice: «2. Antes de 2050 y en todo caso, en el más corto plazo posible, España deberá alcanzar la neutralidad climática, con el objeto de dar cumplimiento a los compromisos internacionalmente asumidos, y sin perjuicio de las competencias autonómicas, y el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.», debe decir: «2. Antes de 2050 y, en todo caso, en el más corto plazo posible, España deberá alcanzar la neutralidad climática, con el objeto de dar cumplimiento a los compromisos internacionalmente asumidos y, sin perjuicio de las competencias autonómicas, el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.».
En la página 62050, en la disposición final novena, en la modificación del artículo 38 bis de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear, en la cuarta línea, donde dice: «… Empresa Nacional de Residuos Radioactivos, S.A., SM.E. (Enresa)…», debe decir: «… Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A., S.M.E. (Enresa)…».
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