En el recurso contencioso-administrativo número 1/193/2020, interpuesto por Cofely Energía Martorell, S.L.; Cofely Energía Sant Joan, A.I.E. y Kosorkuntza, A.I.E., contra TED/171/2020, de 24 de febrero, por la que se actualizan los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, a efectos de su aplicación al periodo regulatorio que tiene su inicio el 1 de enero de 2020, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 7 de junio de 2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
1. Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo ordinario interpuesto por Cofely Energía Martorell, S.L., Cofely Energía Sant Joan, A.I.E. y Kosorkuntza, A.I.E. contra la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero, por la que se actualizan los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, a efectos de su aplicación al periodo regulatorio que tiene su inicio el 1 de enero de 2020.
2. Declarar la nulidad de los parámetros retributivos correspondientes a aquellas instalaciones tipo referidas a determinadas plantas de cogeneración que venden todo o parte del calor útil producido a industrias que están dentro del RCDE y que perciben los derechos de emisión de CO2 asignados gratuitamente por el calor útil consumido.
3. No imponer las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–María Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–Firmado.
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