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Documento BOE-A-2022-8185

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1913-2022, en relación con el artículo 6 bis, apartado 4, de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario, conforme a su redacción en la Ley 2/2011, de 26 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2022, páginas 69209 a 69209 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2022-8185

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de mayo de 2022, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1913-2022, planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 8312-2019, en relación con el artículo 6 bis, apartado 4, de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario, conforme a su redacción en la Ley 2/2011, de 26 de enero, por la que se modifican la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector público canario y la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las directrices de ordenación general y las directrices de ordenación del turismo de Canarias; y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso núm. 8312-2019, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de mayo de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 11/05/2022
  • Fecha de publicación: 19/05/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado en el art. 6 bis. 4, de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 2/2011, de 26 de enero, por Sentencia 133/2022, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-2022-20177).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • del art. 6 bis. 4 de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 2/2011, de 26 de enero (Ref. BOE-A-1998-1461) y (Ref. BOE-A-2011-2710).
Materias
  • Canarias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Energía eléctrica
  • Licencias
  • Obras
  • Suministro de energía

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