Advertido error la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, publicada en el BOE número 30, de 4 de febrero de 2023, se procede a su corrección en los siguientes términos:
En la exposición de motivos, apartado III, donde dice:
«La disposición adicional vigésima determina que una vez puesto en funcionamiento el sistema institucional de garantías previsto en la Ley de Garantías de la Autonomía Municipal de Extremadura se realizarán las previsiones relativas a la financiación incondicionada vinculadas a las competencias propias de los municipios.»
Debe decir:
«La disposición adicional vigésima establece un régimen transitorio de procedimientos contractuales.»
En la disposición adicional vigésima, donde dice:
«Disposición adicional vigésima. Fondo de financiación incondicionada municipal.
Una vez puesto en funcionamiento el sistema institucional de garantías previsto en la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantías de la Autonomía Municipal de Extremadura se realizarán las previsiones relativas a la financiación incondicionada vinculadas a las competencias propias de los municipios.»
Debe decir:
«Disposición adicional vigésima. Régimen transitorio de los procedimientos.
A los procedimientos iniciados mediante solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor de esta Ley, relativos a expedientes contractuales, no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior. El mismo régimen será de aplicación en el caso de solicitudes posteriores a la primera, por estos expedientes, presentadas durante la vigencia del contrato y, en todo caso, antes de un mes desde la aprobación de la certificación final de obras.»
(Publicada en el «Diario Oficial de Extremadura» número 4, de 5 de enero de 2023)
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