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Documento BOE-A-2024-10935

Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la retribución para el año de gas 2025 de las empresas que realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas natural.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 2024, páginas 62940 a 62953 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-A-2024-10935

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con la función establecida en el artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC, la Sala de la Supervisión Regulatoria, previo trámite de audiencia, acuerda lo siguiente:

I. Antecedentes

El Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, modificó, en lo relevante a estos efectos, la Ley 3/2013, de 4 de junio, la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; y la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia para asignar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, entre otras, la función de establecer para el sector del gas natural, y mediante circular, la metodología, los parámetros y la base de activos para la retribución de las instalaciones de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas natural, conforme orientaciones de política energética.

Por otro lado, los artículos 69 y 75 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, establecen, respectivamente, el derecho de los titulares de instalaciones de transporte de gas natural y de plantas de gas natural licuado, así como de los titulares de instalaciones de distribución, al reconocimiento de una retribución por el ejercicio de sus actividades.

El apartado 1 del artículo 91 de la Ley 34/1998, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, señala que las actividades destinadas al suministro de combustibles gaseosos serán retribuidas económicamente en la forma dispuesta en esa ley con cargo a las tarifas de último recurso, los peajes, cánones y cargos y a los precios abonados. El apartado 2 del mismo artículo dispone que se establecerá el régimen económico de los derechos por acometidas, alquiler de contadores y otros costes necesarios vinculados a las instalaciones. Los derechos a pagar por las acometidas serán establecidos por las Comunidades Autónomas en función del caudal máximo que se solicite y de la ubicación del suministro, con los límites superior e inferior que determine la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Los derechos de acometida deberán establecerse de forma que aseguren la recuperación de las inversiones realizadas. Los ingresos por este concepto se considerarán, a todos los efectos, retribución de la actividad de distribución.

Asimismo, la disposición transitoria vigésimo primera de la citada Ley 34/1998 establece que, en aquellas Comunidades Autónomas en las que no se hayan aprobado las cuantías relativas a los derechos de acometida a que se refiere el artículo 91, se aplicarán los importes previstos por este concepto de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, y las disposiciones normativas de desarrollo, en las que se establezcan las tarifas de gas natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de suministro igual o inferior a 4 bar.

La Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado aplicable a partir de 1 de enero de 2021.

La Circular 4/2020, de 31 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece la metodología de retribución de la distribución de gas natural aplicable a partir de 1 de enero de 2021.

La Circular 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026, y los requisitos mínimos para las auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado.

La Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, determinó el ajuste retributivo de la actividad de distribución de gas natural aplicable a cada empresa en el periodo 2021-2026.

Por su parte, las resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de 11 de febrero de 2021, 20 de mayo de 2021, 19 de mayo de 2022 y 30 de mayo de 2023 establecieron respectivamente la retribución de las empresas que realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas natural para los años de gas 2021 (de 1 de enero de 2021 a 30 de septiembre de 2021), 2022 (de 1 de octubre de 2021 a 30 de septiembre de 2022), 2023 (de 1 de octubre de 2022 a 30 de septiembre de 2023) y 2024 (de 1 de octubre de 2023 a 30 de septiembre de 2024).

Con fecha 19 de abril de 2024, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria décima de la Ley 3/2013, de 4 de junio, se envió al Consejo Consultivo de Hidrocarburos la «Propuesta de resolución por la que se establece la retribución para el año de gas 2025 de las empresas que realizan las actividades de plantas de gas natural licuado, transporte y distribución de gas natural», a fin de que sus miembros pudieran presentar las alegaciones y observaciones que estimasen oportunas en el plazo de diez días hábiles. Asimismo, en esa misma fecha, se sometió a trámite de información pública la citada propuesta de resolución a través de la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, concediéndose el mismo plazo de diez días hábiles para la realización de alegaciones.

II. Fundamentos jurídicos

Primero. Competencia de la CNMC.

Esta Comisión es competente para dictar esta resolución, en virtud del artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, relativo a la función de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de aprobar, mediante resolución, las cuantías de la retribución de las actividades de transporte y distribución de gas natural y de las plantas de gas natural licuado.

Asimismo, el artículo 63.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, dispone que corresponderá a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la aprobación de la retribución para cada año de empresas titulares de instalaciones, plantas de gas natural licuado, transporte y distribución de conformidad con la Ley 3/2013, de 4 de junio.

En consecuencia, las retribuciones aprobadas mediante la presente resolución se establecen conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación, y de acuerdo con las competencias de este organismo. Estas retribuciones se establecen sin perjuicio de las obligaciones de los titulares de operar y mantener las instalaciones mediante el cumplimiento de las normas de seguridad y calidad industrial según establecen los artículos 6, 68, 74 y 89 de la Ley 34/1998 y demás que sean de aplicación, junto a su normativa de desarrollo, así como de cumplir las instrucciones que en su caso establezca la autoridad competente para la autorización de las instalaciones según el artículo 3.2.f) de la misma ley.

Segundo. Metodología de cálculo para determinar la retribución.

Para los años de gas 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, la retribución se ha determinado conforme a las Circulares 9/2019, de 12 de diciembre, 4/2020, de 31 de marzo, y 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Para las retribuciones correspondientes al año 2020, de conformidad con el artículo 63.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, la retribución a percibir desde el 1 de enero del año 2015 hasta que finalice el primer periodo regulatorio el 31 de diciembre de 2020 se calcula de acuerdo con la metodología recogida en los anexos X y XI de la citada ley.

Por cuanto antecede la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, resuelve:

Primero.

Aprobar para el año de gas 2025, de 1 de octubre de 2024 a 30 de septiembre de 2025, las cuantías de la retribución de las actividades de transporte y distribución de gas natural y de las plantas de gas natural licuado, que resultan de la aplicación de la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, la Circular 4/2020, de 31 de marzo, y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

a) Las retribuciones correspondientes a las actividades de regasificación y de transporte se incluyen, respectivamente, en el anexo I.1 y I.2 de la presente resolución.

Las retribuciones tendrán carácter provisional, según proceda, hasta que se disponga de:

1. La retribución por continuidad de suministro (RCS) del ejercicio 2020.

2. Las instalaciones que conforman la Base de Instalaciones con Retribución Individualizada de las empresas.

3. La revisión del valor bruto de inversión reconocido para activos gasistas que hayan sufrido enajenación de parte de sus instalaciones.

4. Los costes auditados y admitidos de O&M de instalaciones singulares (COMsing) y otros costes de O&M que no están incluidos en los valores unitarios de referencia de O&M (OCOM) de 2021, 2022, 2023 y 2024, incluidos los gastos de explotación activados o COPEX.

5. La acreditación de disponibilidad efectiva en los años de gas 2024 y 2025 para el funcionamiento real de las instalaciones con derecho a retribución por extensión de vida útil (REVU).

6. El valor definitivo de la variación de la productividad observada (MPO) en el periodo regulatorio 2015-2020 en la retribución de los costes de O&M de las tipologías de instalaciones que conforman la Base de Instalaciones con Retribución Individualizada.

7. La retribución transitoria definitiva para los años de gas 2021, 2022, 2023, 2024 y, en su caso, 2025 por instalaciones afectadas por una suspensión en la tramitación de la autorización de explotación.

8. El porcentaje en el que, en su caso, y de acuerdo con el correspondiente análisis de costes, proceda incrementar los parámetros de retribución aplicables a la actividad de transporte de gas natural en territorios insulares. Todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y su compatibilidad con los objetivos de fomento de energías renovables.

9. El incentivo por liquidación de mermas, en su caso, para los años de gas 2023, 2024 y 2025.

10. El ajuste retributivo derivado del empleo de activos regulados en productos y servicios conexos.

b) Las retribuciones correspondientes a la actividad de distribución de gas natural se incluyen en el anexo I.3 de la presente resolución.

Las retribuciones tendrán carácter provisional, según proceda, hasta que se disponga de:

1. Los valores de puntos de suministro y demanda vehiculada facturados considerados en la liquidación definitiva de los años de gas 2023, 2024 y 2025.

2. El incentivo por liquidación de mermas, en su caso, para los años de gas 2023, 2024 y 2025.

3. El ajuste retributivo derivado del empleo de activos regulados en productos y servicios conexos.

Segundo.

Aprobar, de acuerdo con el artículo 22 de la Circular 9/2019, la cuantía máxima de inversión realizable para el año natural 2025 para gastos de explotación activados, o COPEX, por las empresas con derecho a retribución y la retribución provisional por este concepto, recogidas en el anexo I.1 y I.2 de la presente resolución.

Tercero.

Aprobar los ajustes de las cuantías de la retribución para el año de gas 2021 (de 1 de enero de 2021 a 30 de septiembre de 2021), el año de gas 2022 (de 1 de octubre de 2021 a 30 de septiembre de 2022), el año de gas 2023 (de 1 de octubre de 2022 a 30 de septiembre de 2023) y el año de gas 2024 (de 1 de octubre de 2023 a 30 de septiembre de 2024) que resultan de la aplicación de la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, la Circular 4/2020, de 31 de marzo, y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

a) Los ajustes de las retribuciones correspondientes a las actividades de regasificación y de transporte se incluyen, respectivamente, en el anexo II.1 y II.2 de la presente resolución.

b) Los ajustes de las retribuciones correspondientes a la actividad de distribución de gas natural se incluyen en el anexo II.3 de la presente resolución.

Las retribuciones resultantes de aplicar los ajustes tendrán carácter provisional, según proceda, hasta que se cumpla lo dispuesto en las Resoluciones de 11 de febrero de 2021, 10 de mayo de 2021, 19 de mayo de 2022 y 30 de mayo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen respectivamente la retribución para el año de gas 2021, la retribución para el año de gas 2022, la retribución para el año de gas 2023 y la retribución para el año de gas 2024 de las empresas que realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución.

Cuarto.

Aprobar las cuantías de los ajustes de la retribución para el ejercicio 2020 de las actividades de transporte y distribución de gas natural que resultan de la aplicación de las fórmulas publicadas en los anexos X y XI de la Ley 18/2014, de 15 de octubre:

Los ajustes de las retribuciones correspondientes a la actividad de transporte de gas natural se incluyen en el anexo II.2 de la presente resolución.

Quinto.

Prorrogar los derechos de acometida en vigor a partir del 1 de octubre de 2024 que serán los establecidos en la Orden IET/2445/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas.

Sexto.

Prorrogar los precios de alquiler de contadores y equipos de telemedida para presiones iguales o inferiores a 4 bar en vigor a partir del 1 de octubre de 2024 que serán los establecidos en el anexo III de la Orden TEC/1367/2018. Estos precios incluyen el suministro del contador y su mantenimiento, incluyendo la reparación y/o la sustitución en caso de avería y su reposición una vez que haya finalizado su vida útil.

Séptimo.

Publicar esta resolución junto con sus anexos I y II en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con el artículo 7.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio.

La presente resolución agota la vía administrativa, no siendo susceptible de recurso de reposición. Puede ser recurrida, no obstante, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 23 de mayo de 2024.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.

ANEXO I
Retribución para las empresas que realizan las actividades reguladas de regasificación y de transporte y distribución de gas natural en el año gas 2025 –de 1 octubre de 2024 a 30 septiembre de 2025–
ANEXO I.1
Retribución por la actividad de regasificación

A. Retribución del año de gas 2025 por los conceptos de la Retribución por Inversión

En euros

Amortización (A)

Retribución Financiera (RF)

Retribución Instalaciones Influencia Local (RGV)

Retribución financiera del Gas Talón (RFNMLL)

Total retribución por inversión
Enagas Transporte, SAU. 42.799.779,27 12.727.274,92   1.336.358,26 56.863.412,45
Bahía Bizkaia Gas SL. 5.190.187,21 4.759.547,70   357.784,46 10.307.519,37
Regasificadora Noroeste, SA. 11.917.659,39 3.927.188,81   139.214,58 15.984.062,77
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 20.069.001,12 5.872.423,59   207.012,81 26.148.437,52
 Total. 79.976.626,99 27.286.435,02 0,00 2.040.370,10 109.303.432,10

B. Retribución del año de gas 2025 por los conceptos de la Retribución por Operación y Mantenimiento

En euros

Costes O&M a VV.UU, (COMvu)

Costes O&M Inst. Singulares (COMsing)

COPEX Otros Costes O&M Auditados (OCOM) Total Retribución por O&M
Enagas Transporte, SAU. 65.393.540,91   12.354.859,00 39.434.752,10 117.183.152,01
Bahía Bizkaia Gas SL. 14.047.695,08   1.197.878,21 11.511.219,71 26.756.793,00
Regasificadora Noroeste, SA. 9.819.937,64   904.221,24 7.660.778,01 18.384.936,89
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 18.209.782,17   1.143.718,24 11.935.351,16 31.288.851,57
 Total. 107.470.955,80 0,00 15.600.676,69 70.542.100,98 193.613.733,47

C. Retribución del año de gas 2025 por los conceptos de los Ajustes a la Retribución por Productividad y Eficiencia

En euros Retribución Continuidad Suministro (RCS) Retribución Extensión Vida Útil (REVU) Retribución por Mejora de la Productividad (RMP) Incentivo Liquidación Mermas (IM) Incentivo Desarrollo Sostenible (IDS) Total Retribución por ARPE
Enagas Transporte, SAU. 17.698.407,28 13.001.765,13 6.482.183,93   820.511,57 38.002.867,90
Bahía Bizkaia Gas SL. 4.416.517,29 2.621.806,48 2.790.020,92   0,00 9.828.344,68
Regasificadora Noroeste, SA. 3.560.806,82 81.383,51 929.664,04   0,00 4.571.854,36
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 5.266.023,00 203.566,22 3.171.422,20   100.159,11 8.741.170,52
 Total. 30.941.754,38 15.908.521,34 13.373.291,08 0,00 920.670,68 61.144.237,47

D. Retribución del año de gas 2025 por instalaciones en Situación Administrativa Especial

Planta de regasificación de El Musel de Enagas Transporte, SAU Retribución Anual Provisional (en euros)
Retribución Transitoria Financiera Provisional. 20.777.785,85
Retribución O&M Provisional. 4.164.544,80
 Total. 24.942.330,65

E. Cuantía máxima realizable en COPEX en el año natural 2025

En euros Cuantía Máxima en COPEX 2024
Enagas Transporte, SAU. 47.401.615,22
Bahía Bizkaia Gas SL. 3.921.746,00
Regasificadora Noroeste, SA. 2.373.088,83
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 6.097.744,23
 Total. 59.794.194,27
ANEXO I.2
Retribución por la actividad de transporte

A. Retribución del año de gas 2025 por los conceptos de la Retribución por Inversión

En euros

Amortización (A)

Retribución Financiera (RF)

Retribución Instalaciones Influencia Local (RGV)

Retribución Financiera del Gas Talón (RFNMLL)

Total Retribución por Inversión
Enagas Transporte, SAU. 109.044.762,33 107.528.315,25 0,00 2.144.881,82 218.717.959,40
Enagas Transporte del Norte, SAU. 4.638.368,82 5.905.630,45   43.632,62 10.587.631,88
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 89.674,73 104.943,71   2.620,40 197.238,85
Gas Extremadura Transportista, SL. 1.233.953,55 1.593.388,13   9.058,28 2.836.399,96
Redexis Infraestructuras, SL. 5.949.504,61 8.495.072,85   28.777,87 14.473.355,34
Redexis, SA. 4.987.698,01 6.612.142,85   34.489,85 11.634.330,72
Redexis Gas Murcia, SA. 368.323,16 561.365,24   2.322,47 932.010,86
Gas Natural Transporte SDG, SL. 862.933,12 1.349.065,07   5.544,79 2.217.542,98
Nedgia Cegas, SA. 608.486,85 797.424,45   3.187,99 1.409.099,29
Nedgia Andalucía, SA. 796.479,37 991.633,06   1.859,17 1.789.971,60
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 856.305,41 1.014.545,72   2.284,84 1.873.135,98
Nedgia Catalunya, SA. 1.549.314,49 1.313.930,67   17.260,63 2.880.505,79
Nedgia Navarra, SA. 254.667,36 340.187,20   1.213,83 596.068,39
Nedgia Rioja, SA. 368.375,91 499.643,42   1.303,93 869.323,27
Nedgia Aragón, SA. 26.237,83 29.303,91   81,35 55.623,09
Nedgia, SA. 20.732,20 31.675,07   61,77 52.469,03
 Total. 131.655.817,76 137.168.267,05 0,00 2.298.581,61 271.122.666,42

B. Retribución del año de gas 2025 por los conceptos de la Retribución por Operación y Mantenimiento

En euros

Costes O&M a VV.UU. (COMvu)

Costes O&M Inst. Singulares (COMsing)

COPEX Otros costes O&M Auditados Total retribución por O&M
Enagas Transporte, SAU. 104.625.291,96 4.452.680,00 24.354.281,12 28.798.140,33 162.230.393,41
Enagas Transporte del Norte, SAU. 3.980.670,59   385.548,71 169.493,20 4.535.712,50
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 51.335,15   0,00 0,00 51.335,15
Gas Extremadura Transportista, SL. 1.361.626,06   0,00 30.485,17 1.392.111,23
Redexis Infraestructuras, SL. 5.544.267,72   1.691.787,78 171.351,34 7.407.406,84
Redexis, SA. 5.571.726,38   1.858.521,00 133.159,91 7.563.407,29
Redexis Gas Murcia, SA. 375.955,28   126.233,12 10.461,47 512.649,87
Gas Natural Transporte SDG, SL. 682.815,32   49.038,54 5.917,62 737.771,49
Nedgia Cegas, SA. 960.511,38   172.659,50 223,76 1.133.394,64
Nedgia AndalucíA, SA. 824.697,83   154.198,93 2.432,64 981.329,39
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 849.488,85   200.567,00 29.479,91 1.079.535,76
Nedgia Catalunya, SA. 4.686.041,30   1.291.392,20 4.656,38 5.982.089,88
Nedgia Navarra, SA. 239.761,61   14.745,00 0,00 254.506,61
Nedgia Rioja, SA. 399.644,44   42.067,50 0,00 441.711,94
Nedgia Aragón, SA. 44.972,97   4.655,05 0,00 49.628,02
Nedgia, SA. 5.825,51   188,56 4.656,98 10.671,05
 Total. 130.204.632,35 4.452.680,00 30.345.884,01 29.360.458,72 194.363.655,08

C. Retribución del año de gas 2025 por los conceptos de los Ajustes a la Retribución por Productividad y Eficiencia

En euros Retribución Continuidad Suministro (RCS) Retribución Extensión Vida Útil (REVU) Retribución por Mejora de la Productividad (RMP) Incentivo Liquidación Mermas (IM) Incentivo Desarrollo Sostenible (IDS) Total Retribución por ARPE
Enagas Transporte, SAU. 68.224.482,79 9.072.544,61 24.271.443,91 0,00 938,24 101.569.499,55
Enagas Transporte del Norte, SAU. 2.408.237,08 191.690,20 557.331,42     3.157.258,69
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 52.650,48 0,00 0,00     52.650,48
Gas Extremadura Transportista, SL. 653.677,17 0,00 569.431,15     1.223.108,32
Redexis Infraestructuras, SL. 2.401.746,28 0,00 1.714.643,77     4.116.390,05
Redexis, SA. 2.855.452,77 0,00 0,00     2.855.452,77
Redexis Gas Murcia, SA. 193.433,46 0,00 10.322,23     203.755,69
Gas Natural Transporte SDG, SL. 358.354,73 0,00 0,00     358.354,73
Nedgia Cegas, SA. 390.532,60 6.365,33 0,00     396.897,93
Nedgia Andalucía, SA. 346.567,32 0,00 0,00     346.567,32
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 396.666,26 0,00 150.035,69     546.701,95
Nedgia Catalunya, SA. 1.875.741,60 643.340,74 1.051.544,20     3.570.626,55
Nedgia Navarra, SA. 139.176,40 0,00 9.324,40     148.500,80
Nedgia Rioja, SA. 190.361,51 0,00 208.041,49     398.403,00
Nedgia Aragón, SA. 12.413,16 0,00 0,00     12.413,16
Nedgia, SA. 10.048,57 0,00 0,00     10.048,57
 Total. 80.509.542,17 9.913.940,88 28.542.118,27 0,00 938,24 118.966.539,56

D. Cuantía máxima realizable en COPEX en el año natural 2025

En euros Cuantía Máxima en COPEX 2024
Enagas Transporte, SAU. 24.669.036,58
Enagas Transporte del Norte, SAU. 723.381,50
Regasificadora Noroeste, SA. 513.035,43
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 0,00
Gas Extremadura Transportista, SL. 0,00
Redexis Infraestructuras, SL. 5.407.149,66
Redexis, SA. 6.248.749,09
Redexis Gas Murcia, SA. 470.657,57
Gas Natural Transporte SDG, SL. 971.094,00
Nedgia Cegas, SA. 172.659,50
Nedgia Andalucía, SA. 171.572,00
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 200.567,00
Nedgia Catalunya, SA. 2.112.660,00
Nedgia Navarra, SA. 14.745,00
Nedgia Rioja, SA. 42.067,50
Nedgia Aragón, SA. 39.571,00
Nedgia, SA. 28.390,00
 Total. 41.272.300,39
ANEXO I.3
Retribución del año de gas 2025 por la actividad de distribución de gas natural
En euros Retribución Base (RDE) Retribución Desarrollo Mercado (RDM) Retribución Transitoria Distribución (RTD) Incentivo Liquidación Mermas (IM) Regularización Disposición Transitoria 1.ª Total Retribución Anual 2025
D.C. De Gas Extremadura, SA. 11.796.237,10 365.961,81 155.145,75   26.510,00 12.343.854,66
Domus Mil Natural, SA. 92.471,56 170.001,10 0,00   6.335,00 268.807,66
Gasificadora Regional Canaria, SA. 102.127,45 127.757,64 0,00   100,00 229.985,09
Madrileña Red De Gas, SA. 119.577.608,78 -10.765.516,72 3.677.537,85   119.000,00 112.608.629,91
Redexis, SA. 80.161.651,10 -2.687.252,95 1.439.434,35   359.390,00 79.273.222,50
Redexis Gas Murcia, SA. 14.604.848,41 1.210.617,89 303.012,30   20.220,00 16.138.698,60
Nortegas Energía Distribución, SA. 81.921.267,15 -6.389.647,58 2.867.506,05   132.915,00 78.532.040,62
Ned España Distribución Gas, SAU. 58.023.994,13 -4.583.190,96 1.785.458,25   87.265,00 55.313.526,42
Tolosa Gas, SA. 626.181,98 -43.281,67 18.803,40   1.300,00 603.003,71
Nedgia Andalucía, SA. 52.364.355,12 -1.792.741,31 1.596.476,10   -80.275,00 52.087.814,91
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 45.321.333,23 -3.414.472,59 502.943,40   76.655,00 42.486.459,04
Nedgia Castilla y León, SA. 72.361.340,96 -5.423.818,97 960.946,35   105.470,00 68.003.938,34
Nedgia Catalunya, SA. 307.552.461,41 -25.690.006,91 12.490.411,05   43.955,00 294.396.820,55
Nedgia Cegas, SA. 95.457.868,21 -7.469.795,80 3.565.483,35   -145.155,00 91.408.400,76
Nedgia Galicia, SA. 36.842.726,96 -1.628.910,30 571.392,45   48.430,00 35.833.639,11
Nedgia Madrid, SA. 119.588.773,05 -9.938.322,37 4.655.684,55   68.090,00 114.374.225,23
Nedgia Navarra, SA. 31.281.171,47 -2.865.014,01 466.561,95   38.450,00 28.921.169,41
Nedgia Rioja, SA. 13.979.455,55 -1.466.117,29 217.106,55   21.570,00 12.752.014,81
Nedgia Aragon, SA. 5.229.076,84 -1.088.048,88 186.602,40   1.100,00 4.328.730,36
Nedgia, SA. 12.543.680,52 -2.566.891,77 395.395,80   100,00 10.372.284,55
 Total. 1.159.428.630,98 -85.938.691,64 35.855.901,90 0,00 931.425,00 1.110.277.266,24
ANEXO II
Ajustes a la retribución de las empresas que realizan las actividades reguladas de regasificación y de transporte y distribución de gas natural en el año natural 2020 y en los años de gas 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025

Los importes correspondientes al año natural 2020 y los años de gas 2021, 2022 y 2023 serán liquidados en la primera liquidación disponible del año de gas 2023, y los importes correspondientes al año de gas 2024 serán liquidados en la primera liquidación disponible del año de gas 2024.

ANEXO II.1
Retribución por la actividad de regasificación

A. Ajustes Retribución años gas 2022, 2023 y 2024 por Instalaciones incluidas de forma provisional en régimen retributivo

En Euros Ajuste Retribución Año Gas 2022 Ajuste Retribución Año Gas 2023 Ajuste Retribución Año Gas 2024
Enagas Transporte, SAU. 106.737,33 602.499,73 1.145.708,28

B. Retribución provisional de los años de gas 2022, 2023 y 2024 por Incentivo de Desarrollo Sostenible (IDS)

En euros Ajuste Retribución Año Gas 2022 Ajuste Retribución Año Gas 2023 Ajuste Retribución Año Gas 2024
Enagas Transporte, SAU. 0,00 208.037,33 609.349,77
Bahía Bizkaia Gas SL. 0,00 -10.780,42 -10.780,42
Regasificadora Noroeste, SA. 0,00 0,00 0,00
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 69.031,47 49.610,06 100.159,11
 Total. 69.031,47 246.866,97 698.728,47

C. Ajustes Retribución de los años de gas 2022, 2023 y 2024 por conceptos de Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/131/10935_14441385_1.png

En euros Ajuste Retribución Año Gas 2022 Ajuste Retribución Año Gas 2023 Ajuste Retribución Año Gas 2024
Enagas Transporte, SAU. -15.194,67 -20.259,56 -20.259,56
Bahía Bizkaia Gas SL. -0,97 -1,29 -1,29
Regasificadora Noroeste, SA. 0,01 0,01 0,01
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 0,00 -257.682,63 0,00
 Total. -15.195,63 -277.943,47 -20.260,84
ANEXO II.2
Retribución por la actividad de transporte

A. Ajustes Retribución del año natural 2020 y años gas 2021, 2022, 2023 y 2024 por Instalaciones incluidas de forma provisional en régimen retributivo

En Euros Ajuste Retribución Año Natural 2020 Ajuste Retribución Año Gas 2021 Ajuste Retribución Año Gas 2022 Ajuste Retribución Año Gas 2023 Ajuste Retribución Año Gas 2024
Enagas Transporte, SAU. 116.284,92 75.297,94 99.660,95 331.531,79 1.779.379,77

B. Ajustes a la Retribución del año natural 2020 y años gas 2021, 2022, 2023 y 2024 por Instalaciones incluidas de forma definitiva en el régimen retributivo

En euros Ajuste Retribución Año Natural 2020 Ajuste Retribución Año Gas 2021 Ajuste Retribución Año Gas 2022 Ajuste Retribución Año Gas 2023 Ajuste Retribución Año Gas 2024
Gas Natural Transporte SDG, SL. 50.050,20 38.438,95 50.658,89 49.677,68 48.745,91

C. Ajustes a la Retribución de los años de gas 2021, 2022, 2023 y 2024 por conceptos de Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/131/10935_14441385_1.png

En euros Ajuste Retribución Año Gas 2021 Ajuste Retribución Año Gas 2022 Ajuste Retribución Año Gas 2023 Ajuste Retribución Año Gas 2024
Enagas Transporte, SAU. 0,00 563.831,14 -63.864.682,97 -85.408.528,67
Enagas Transporte del Norte, SAU. 0,00 4.275,30 -490.229,87 -655.539,96
Regasificadora Noroeste, SA. 0,00 558,65 -3.583,60  
Planta Regasificación de Sagunto, SA. 0,00 0,00 0,00 0,00
Gas Extremadura Transportista, SL. 0,00 -4.956,88 -64.433,86 -83.708,76
Redexis Infraestructuras, SL. 0,00 56.948,24 -249.392,09 -357.833,11
Redexis, SA. 0,00 50.026,21 -170.885,57 -250.081,30
Redexis Gas Murcia, SA. 0,00 9.276,06 841,74 -3.000,38
Gas Natural Transporte SDG, SL. 81.899,31 162.100,91 34.844,34 -13.452,50
Nedgia Cegas, SA. -590,47 -938,98 -821,72 -765,78
Nedgia Andalucía, SA. -49.833,44 -68.553,30 -67.431,72 -66.823,56
Nedgia Castilla La Mancha, SA. -88.479,56 -140.702,67 -126.169,38 -118.799,40
Nedgia Catalunya, SA. -3.913,36 -6.223,13 -3.065,95 -1.901,86
Nedgia Navarra, SA. 0,00 0,00 0,00 0,00
Nedgia Rioja, SA. 0,00 0,00 0,00 0,00
Nedgia Aragón, SA. 0,00 0,00 0,00 0,00
Nedgia, SA. -18.024,67 -28.663,33 -26.714,07 -25.549,83
 Total. -78.942,20 596.978,21 -65.031.724,74 -86.985.985,11

D. Ajustes a la Retribución provisional de los años de gas 2023 y 2024 por Incentivo de Desarrollo Sostenible (IDS)

En euros Ajuste Retribución Año Gas 2023 Ajuste Retribución Año Gas 2024
Enagas Transporte, SAU. -24,22 595,07

E. Ajustes a la Retribución provisional de los años de gas 2021, 2022 y 2023 por extensión de vida útil

En euros Ajuste Retribución Año Gas 2021 Ajuste Retribución Año Gas 2022 Ajuste Retribución Año Gas 2023
Enagas Transporte, SAU. -7.798,73 -9.852,87 -111.843,85
Nedgia Catalunya, SA.     -5.282,20
ANEXO II.3
Retribución por la actividad de distribución

A. Ajustes a la Retribución del año de gas 2022

En euros Nueva Retribución Distribución (RD) Retribución Distribución según Resolución 30 may 2023 Ajuste Retribución Distribución 2022
D.C. De Gas Extremadura, SA. 12.894.685,58 12.894.685,58 0,00
Domus Mil Natural, SA. 339.211,17 277.417,69 61.793,48
Gasificadora Regional Canaria, SA. 304.576,18 304.576,18 0,00
Madrileña Red De Gas, SA. 136.217.468,10 136.217.468,10 0,00
Redexis, SA. 90.307.567,72 89.993.738,40 313.829,32
Redexis Gas Murcia, SA. 16.873.784,71 16.599.510,56 274.274,15
Nortegas Energía Distribución, SA. 97.631.747,30 97.714.649,70 -82.902,40
Ned España Distribución Gas, SAU. 66.175.344,89 66.297.161,61 -121.816,72
Tolosa Gas, SA. 746.015,71 746.015,71 0,00
Nedgia Andalucía, SA. 59.149.490,80 59.146.887,63 2.603,17
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 48.132.700,94 48.132.695,15 5,79
Nedgia Castilla y León, SA. 78.229.419,71 78.211.918,54 17.501,17
Nedgia Catalunya, SA. 365.665.125,82 365.666.344,31 -1.218,49
Nedgia Cegas, SA. 115.152.270,67 115.096.384,86 55.885,81
Nedgia Galicia, SA. 39.497.536,29 39.497.548,95 -12,66
Nedgia Madrid, SA. 141.937.140,56 141.934.671,52 2.469,04
Nedgia Navarra, SA. 33.724.896,61 33.724.896,61 0,00
Nedgia Rioja, SA. 15.212.629,12 15.212.629,12 0,00
Nedgia Aragon, SA. 6.057.076,11 6.057.076,11 0,00
Nedgia, SA. 11.431.054,45 11.430.888,31 166,14
 Total. 1.335.679.742,44 1.335.157.164,64 522.577,80

B. Ajustes a la Retribución del año de gas 2023

En euros Nueva Retribución Distribución (RD) Retribución Distribución según Resolución 30 may 2023 Ajuste Retribución Distribución 2023
D.C. De Gas Extremadura, SA. 12.419.935,10 12.689.664,88 -269.729,78
Domus Mil Natural, SA. 258.260,35 277.417,69 -19.157,34
Gasificadora Regional Canaria, SA. 240.475,19 276.397,69 -35.922,50
Madrileña Red De Gas, SA. 120.405.321,64 131.394.335,35 -10.989.013,71
Redexis, SA. 82.907.222,53 88.119.977,76 -5.212.755,23
Redexis Gas Murcia, SA. 16.730.975,45 16.213.784,77 517.190,68
Nortegas Energía Distribución, SA. 86.158.606,08 93.921.311,81 -7.762.705,73
Ned España Distribución Gas, SA. 59.075.706,90 63.929.745,74 -4.854.038,84
Tolosa Gas, SA. 660.316,65 721.126,67 -60.810,02
Nedgia Andalucía, SA. 55.402.332,89 57.055.551,40 -1.653.218,51
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 43.530.300,89 47.483.397,30 -3.953.096,41
Nedgia Castilla y León, SA. 69.933.057,71 76.974.407,17 -7.041.349,46
Nedgia Catalunya, SA. 326.055.347,79 349.506.639,82 -23.451.292,03
Nedgia Cegas, SA. 101.202.629,54 110.476.745,13 -9.274.115,59
Nedgia Galicia, SA. 36.851.148,67 38.786.561,73 -1.935.413,06
Nedgia Madrid, SA. 124.451.936,39 135.894.536,38 -11.442.599,99
Nedgia Navarra, SA. 30.088.249,67 33.117.420,37 -3.029.170,70
Nedgia Rioja, SA. 13.459.517,68 14.935.465,93 -1.475.948,25
Nedgia Aragon, SA. 4.755.851,59 5.808.371,01 -1.052.519,42
Nedgia, SA. 10.095.798,41 10.900.552,21 -804.753,80
 Total. 1.194.682.991,12 1.288.483.410,81 -93.800.419,69

C. Ajustes a la Retribución del año de gas 2024

En euros Nueva Retribución Distribución (RD) Retribución Distribución según Resolución 30 may 2023 Ajuste Retribución Distribución 2024
D.C. De Gas Extremadura, SA. 12.550.715,66 12.534.519,13 16.196,53
Domus Mil Natural, SA. 268.807,66 277.417,69 -8.610,03
Gasificadora Regional Canaria, SA. 229.985,09 276.397,69 -46.412,60
Madrileña Red De Gas, SA. 117.512.013,71 127.716.797,50 -10.204.783,79
Redexis, SA. 81.192.468,30 86.680.543,41 -5.488.075,11
Redexis Gas Murcia, SA. 16.542.715,00 15.910.772,47 631.942,53
Nortegas Energía Distribución, SA. 82.355.382,02 91.053.805,76 -8.698.423,74
Ned España Distribución Gas, SA. 57.694.137,42 62.144.287,49 -4.450.150,07
Tolosa Gas, SA. 628.074,91 702.323,27 -74.248,36
Nedgia Andalucía, SA. 54.216.449,71 55.459.075,30 -1.242.625,59
Nedgia Castilla La Mancha, SA. 43.157.050,24 46.980.453,90 -3.823.403,66
Nedgia Castilla y León, SA. 69.285.200,14 76.013.460,82 -6.728.260,68
Nedgia Catalunya, SA. 311.050.701,95 337.016.228,77 -25.965.526,82
Nedgia Cegas, SA. 96.162.378,56 106.911.261,78 -10.748.883,22
Nedgia Galicia, SA. 36.595.495,71 38.215.169,28 -1.619.673,57
Nedgia Madrid, SA. 120.581.804,63 131.238.851,83 -10.657.047,20
Nedgia Navarra, SA. 29.543.252,01 32.650.858,42 -3.107.606,41
Nedgia Rioja, SA. 13.041.490,21 14.718.359,38 -1.676.869,17
Nedgia Aragon, SA. 4.577.533,56 5.621.768,61 -1.044.235,05
Nedgia, SA. 10.899.478,95 10.505.156,41 394.322,54
 Total. 1.158.085.135,44 1.252.627.508,91 -94.542.373,47

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/05/2024
  • Fecha de publicación: 30/05/2024
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 5 de junio de 2024 (Ref. BOE-A-2024-11856).

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