Por Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 20 de enero de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del 27) se convocaron pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal del Cuerpo General Auxiliar de la Administración Civil del Estado.
Concluidas las pruebas selectivas, por Resolución de 26 de abril de 2024 de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 6 de mayo), se hizo pública la relación definitiva de las personas aspirantes que las superaron y por Resolución de 15 de julio de 2024, se realizó la oferta de destino a estas personas aspirantes.
Esta Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:
Nombrar personal funcionario de carrera del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado a las personas aspirantes que se relacionan en el anexo de esta resolución, con expresión del destino que se les adjudica en las plazas correspondientes al Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo.
De conformidad con el artículo 62.1.c), del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de personal funcionario de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», que será de un mes cuando suponga cambio de localidad de residencia.
La formalización de la toma de posesión como personal funcionario de carrera y la declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para las personas aspirantes que obtienen destino en servicios centrales y en las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, en su caso, respecto de las personas aspirantes destinadas en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.
Las personas aspirantes que ostenten la condición de pensionistas del sistema de la Seguridad Social tienen la obligación de comunicar el inicio de su actividad laboral como personal funcionario a la entidad gestora competente, dentro de los 30 días siguientes a que se produzca su toma de posesión, salvo en el caso que derive de enfermedad profesional, en que será necesario la autorización previa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1 del Real Decreto 1071/1984, de 23 de mayo, por el que se modifican diversos aspectos en la normativa vigente en materia de invalidez permanente en la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en la sección 2.ª del capítulo III de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Madrid, 29 de agosto de 2024.–La Secretaría de Estado de Función Pública, Clara Mapelli Marchena.
Turno: Estabilización de empleo temporal
NOPS | Doc. Iden. | Apellidos y nombre | Ministerio | Centro directivo/OO.AA. | Centro de destino | Provincia | Localidad | Puesto de trabajo | Código PT. | Nivel C.D. | C. Específico |
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1 | 4122 | PEREZ PARDO, NURIA | MINISTERIO POL.TERRIT. Y MEM.DEMOCRATICA | DEL.GOB. EN EXTREMADURA | DEL.GOB. EN EXTREMADURA - S.GRAL | BADAJOZ | BADAJOZ | JEFE / JEFA DE NEGOCIADO | 3021411 | 18 | 4681.60 |
2 | 3548 | CORES MOUGAN, MARIA TERESA | MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMIA SOCIAL | FONDO DE GARANTIA SALARIAL | SECRETARIA GENERAL | MADRID | MADRID | AUXILIAR DE OFICINA | 5000164 | 14 | 4681.60 |
3 | 3617 | PRIETO VIDAL, VIRGINIA | MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMIA SOCIAL | FONDO DE GARANTIA SALARIAL | UNIDAD ADMINISTRATIVA DE BARCELONA | BARCELONA | BARCELONA | AUXILIAR DE OFICINA | 5048725 | 14 | 4681.60 |
Índice de abreviaturas: NOPS: Número de orden del proceso selectivo | Nivel C.D.: Nivel de Complemento de Destino | C. Específico: Complemento Específico | Código PT: Código del Puesto de Trabajo. |
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