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Documento BOE-A-2024-20908

Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016. Notificación de España el 2 de octubre de 2024 al Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) como depositario del Convenio, de conformidad con las disposiciones de su artículo 35.7.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2024, páginas 130767 a 130771 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2024-20908
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2024/10/02/(1)

TEXTO ORIGINAL

Artículo 35. Fecha de efecto.

Notificación efectuada en virtud del artículo 35.1.b)

El presente documento contiene la información relacionada con la notificación efectuada por el Reino de España en virtud del artículo 35.1.b) del convenio por la que comunica su intención de aplicar un plazo inferior a los seis meses naturales al convenio suscrito con la República Federal de Alemania y su intención de aplicar a dicho convenio un plazo de dos meses naturales.

Información relacionada con la notificación por la que se comunica la aplicación de un plazo más breve en virtud del artículo 35.1.b)

En virtud del artículo 35.1.b) del convenio, el Reino de España comunica su intención de aplicar un plazo inferior a los seis meses naturales a los siguientes convenios:

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Plazo
2 Alemania. 2 meses naturales.

Esta notificación se incorporará al documento que contiene todas las notificaciones por las que el Reino de España confirma que ha concluido sus procedimientos internos en relación con los convenios fiscales comprendidos a efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio. Dicho documento puede consultarse en el anexo.

ANEXO

El presente documento contiene todas las notificaciones por las que el Reino de España confirma que ha concluido sus procedimientos internos en relación con los convenios fiscales comprendidos a los que hace referencia este documento a efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio.

Artículo 35. Fecha de efecto.

Notificación efectuada en virtud del artículo 35.7.b)

Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del convenio en relación con los convenios fiscales comprendidos [artículo 35.7.a).i)].

A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, el Reino de España confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus procedimientos internos para que surtieran efecto las disposiciones del convenio en relación con los siguientes convenios:

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Fecha de recepción
1 Albania. 1.6.2022
2 Alemania. 1.6.2022
3 Andorra. 1.6.2022
4 Arabia Saudí. 1.6.2022
7 Armenia. 31.5.2024
8 Australia. 1.6.2022
9 Austria. 1.6.2022
11 Barbados. 1.6.2022
12 Bélgica. 1.6.2022
14 Bosnia y Herzegovina. 1.6.2022
16 Bulgaria. 1.6.2023
17 Canadá. 1.6.2022
18 Qatar. 1.6.2022
19 República Checa. 1.6.2022
20 Chile. 1.6.2022
21 Chipre. 1.6.2022
23 Corea. 1.6.2022
24 Costa Rica. 1.6.2022
25 Croacia. 1.6.2022
28 Egipto. 1.6.2022
30 Emiratos Árabes Unidos. 1.6.2022
31 República Eslovaca. 1.6.2022
32 Eslovenia. 1.6.2022
34 Estonia. 1.6.2022
36 Finlandia. 1.6.2022
37 Francia. 1.6.2022
38 Georgia. 1.6.2022
39 Grecia. 1.6.2022
40 Hong Kong (China). 30.11.2022
41 Hungría. 1.6.2022
42 Indonesia. 1.6.2022
44 Irlanda. 1.6.2022
45 Islandia. 1.6.2022
46 Israel. 1.6.2022
49 Kazajistán. 1.6.2022
52 Letonia. 1.6.2022
53 Lituania. 1.6.2022
54 Luxemburgo. 1.6.2022
56 Malasia. 1.6.2022
57 Malta. 1.6.2022
59 México. 10.11.2023
62 Nueva Zelanda. 1.6.2022
63 Omán. 1.6.2022
64 Pakistán. 1.6.2022
65 Panamá. 1.6.2022
66 Polonia. 1.6.2022
67 Portugal. 1.6.2022
68 Reino Unido. 1.6.2022
70 Rusia. 1.6.2022
71 Senegal. 30.11.2022
72 Serbia. 1.6.2022
73 Singapur. 1.6.2022
74 Sudáfrica. 1.6.2023
76 Tailandia. 30.11.2022
79 Túnez. 10.11.2023
81 Uruguay. 1.6.2022
84 Vietnam. 10.11.2023
85 India. 1.6.2022
88 Rumanía. 1.6.2022

Información relacionada con la notificación por la que se comunica la aplicación de un plazo más breve en virtud del artículo 35.1.b)

En virtud del artículo 35.1.b) del convenio, el Reino de España ha notificado su intención de aplicar un plazo inferior a los seis meses naturales a los siguientes convenios:

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Plazo
2 Alemania. 2 meses naturales.

Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surta efecto la retirada de reservas [artículo 35.7.a).iii) y 35.7.a).iv)]

A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, el Reino de España confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus procedimientos internos para que surtiera efecto la retirada de las reservas formuladas por las siguientes Partes en relación con su convenio:

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Fecha de recepción Información sobre la reserva retirada
Disposición Jurisdicción Fecha de comunicación
36 Finlandia. 10.11.2023 Artículo 9.6.a). Finlandia. 27.6.2023

Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las notificaciones adicionales [artículo 35.7.a).v) y 35.7.a).vi)]

A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, el Reino de España confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus procedimientos internos para que surtieran efecto las notificaciones adicionales efectuadas por las siguientes Partes en relación con su convenio:

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Fecha de recepción Información sobre la notificación adicional
Disposición Jurisdicción Fecha de recepción
36 Finlandia. 10.11.2023 Artículo 9.7 y 9.8. Finlandia. 27.6.2023

Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones de la Parte VI («Arbitraje») [artículo 35.7.a).vii)]

A efectos de lo dispuesto en los artículos 35.7.b) y 36 del convenio, el Reino de España confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus procedimientos internos para que surtieran efecto las disposiciones de la Parte VI («Arbitraje») del convenio en relación con los siguientes convenios:

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Fecha de recepción
2 Alemania. 1.6.2022
3 Andorra. 1.6.2022
8 Australia. 1.6.2022
9 Austria. 1.6.2022
11 Barbados. 1.6.2022
12 Bélgica. 1.6.2022
17 Canadá. 1.6.2022
32 Eslovenia. 1.6.2022
36 Finlandia. 1.6.2022
37 Francia. 1.6.2022
39 Grecia. 1.6.2022
41 Hungría. 1.6.2022
44 Irlanda. 1.6.2022
54 Luxemburgo. 1.6.2022
57 Malta. 1.6.2022
62 Nueva Zelanda. 1.6.2022
67 Portugal. 1.6.2022
68 Reino Unido. 1.6.2022
73 Singapur. 1.6.2022

* * *

Lo que se comunica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 02/10/2024
  • Fecha de publicación: 14/10/2024
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 7 de octubre de 2024.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Doble imposición
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Organización de Cooperación y Desarrollo Económico
  • Sistema tributario

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