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Documento BOE-A-2024-24774

Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, como personal laboral fijo de los Grupos Profesionales 1, 2 y 3 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2024, páginas 159984 a 160012 (29 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-24774

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, y en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, se aprueba la presente convocatoria con el fin de atender las necesidades de personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

A la presente convocatoria le será de aplicación el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional 2013-2018 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de diciembre de 2013.

Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Convenio Colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella (BOE de 1 de enero de 2021).

Por ello, en uso de las competencias que le están atribuidas al Subsecretario del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, resuelve convocar proceso selectivo para ingreso, mediante promoción interna, como personal laboral fijo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 La publicación de las bases de convocatoria y todos los actos que se deriven de su ejecución deberán publicarse en la página web del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, www.patrimonionacional.es/empleo-publico, en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona, sin perjuicio de que la resolución de adjudicación se publique en el «Boletín Oficial del Estado».

1.2 Se convoca proceso selectivo para cubrir las 13 plazas que se indican a continuación, por el sistema de promoción interna, en el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, cuyas especialidades y subespecialidades profesionales y número de orden se especifican en el anexo II de esta convocatoria:

Grupo profesional OEP 2023 (parcial) OEP 2024

Total

plazas

General Reserva discapacidad General Reserva discapacidad
Grupo profesional 1. 0 0 1 0 1
Grupo profesional 2. 0 0 3 1 4
Grupo profesional 3. 1 0 7 0 8
 Total. 1 0 11 1 13

De conformidad con lo previsto en el artículo 2.9 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, del total de las plazas convocadas, 1 se corresponde con aquellas que no se cubrieron durante la ejecución de la convocatoria del proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, como personal laboral fijo de los grupos profesionales 1 y 3 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (BOE núm. 303, de 20 de diciembre de 2023).

Igualmente, del total de las plazas convocadas se reservarán las plazas que se han señalado en el cuadro anterior para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, las personas aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 Las plazas convocadas se desglosan según la distribución contenida en el anexo II, quedando identificadas por el número de orden con el que figuran en dicho anexo.

La persona aspirante deberá optar exclusivamente por un número de orden, que hará constar en la casilla 16 de su solicitud.

1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria, debiendo finalizar ésta, con carácter general, en el plazo máximo de nueve meses desde la publicación de la misma en el BOE. Desde la total conclusión de una prueba hasta el comienzo de la siguiente el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.

1.6 El programa que, para cada número de orden, ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo V de la presente convocatoria.

1.7 Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos serán contratadas con carácter fijo, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada número de orden.

1.8 Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (BOE de 17 de diciembre). En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

1.9 Las personas aspirantes que hubieran superado alguna de las pruebas de la fase de oposición con una nota superior al 50 por ciento de la calificación máxima posible a obtener en el citado ejercicio quedarán exentos, a petición propia, de la realización de la misma en la convocatoria inmediata siguiente, a salvo de posibles modificaciones sustanciales en el tipo de pruebas, contenido de los temarios u otras circunstancias análogas así apreciadas por la Comisión de Racionalización de Recursos Humanos. Esta posibilidad se mantendrá durante un período máximo de cinco años desde la publicación de la convocatoria de referencia.

1.10 A quienes participen por el turno de reserva de personas con discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 50 por ciento de la calificación máxima posible a obtener en el citado ejercicio, se le conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, estos extremos serán apreciados por la Comisión de Racionalización de Recursos Humanos.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad, que se hubiera presentado por el cupo de reserva, superase el proceso y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, esta persona aspirante será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

1.11 Los aspirantes que soliciten conservar la puntuación de ejercicios anteriores deberán solicitarlo a través del Registro Electrónico de la AGE en el siguiente enlace https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para solicitar dicha exención se cerrará el mismo día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

1.12 Las personas participantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones del proceso selectivo a través de medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

2. Requisitos de los candidatos

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo, todos los requisitos de participación que se señalan a continuación.

2.1 Reunir la condición de personal laboral fijo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (cualquiera de sus modalidades contractuales) y los requisitos de titulación y cualificación exigidos, siempre que se lleve, al menos, un año de servicio efectivo en el puesto de trabajo de la especialidad y, en su caso, subespecialidad desde la que se accede, no pudiendo participar en las mismas aquellos que ya estén ostentando la misma especialidad y, en su caso, subespecialidad.

2.2 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Las personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.3 Edad: tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.4 Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título que se indica en el anexo II. En el caso de subespecialidades, se incluye anexo VIII de equivalencias de titulaciones.

Grupos profesionales 1 y 2: las personas aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Grupos profesional 3: las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.

Afecta a todos los grupos: este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

No obstante, en el proceso de Promoción Interna, los trabajadores fijos con cuatro años de permanencia en el mismo grupo o subgrupo profesional podrán participar en el proceso selectivo de promoción al grupo o subgrupo inmediatamente superior sin necesidad de contar con la titulación exigida, siempre que cuenten con la titulación exigida en el grupo o subgrupo profesional desde el que acceden, exceptuándose los puestos de trabajo pertenecientes a las especialidades profesionales 1-A, 1-B y 2, o cuando se trate de puestos de trabajo de especialidades o subespecialidades profesionales cuyas funciones requieran estar en posesión de una titulación académica o profesional habilitante. Será de aplicación, en todo caso, lo previsto en la disposición transitoria tercera del Convenio Colectivo, en su versión consolidada por Resolución de 10 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Trabajo (BOE de 26 de septiembre).

2.5 Compatibilidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.6 Habilitación: no haber sido separado/separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado/separada o inhabilitado/inhabilitada ni pertenecer como personal laboral fijo al mismo grupo profesional o, en su caso, subgrupo profesional, y especialidad o área funcional a cuyas pruebas selectivas se presenta.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometido/sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

2.7 Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

Son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con personas menores de edad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, todas aquellas que por su propia naturaleza y esencia conllevan el trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, así como, en todo caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de edad.

2.8 Se estará a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, la presentación de solicitudes y su documentación relacionada se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos.

3.2 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo electrónico oficial al que se accederá a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.

3.3 La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción de Pruebas Selectivas en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips) siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea del modelo oficial.

– Adjuntar documentos a la solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

3.4 Si la persona interesada no hubiese utilizado los medios electrónicos, se le requerirá la correspondiente subsanación, advirtiendo a ella o, en su caso, a su representante, que, de no ser atendido el requerimiento en el plazo de diez días, se le tendrá por desistida de su solicitud o se le podrá declarar decaída en su derecho al trámite correspondiente, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3.5 Excepcionalmente, las personas aspirantes que por cursar la solicitud en el extranjero y concurrir una incidencia técnica debidamente acreditada no pudieran realizar este trámite de forma telemática, podrán cumplimentarlo de forma sustitutoria en papel.

En este caso, las solicitudes podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes y se acompañarán del comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente ES87-0049-4695-82-2116015155 (Código IBAN: ES87; Código BIC: BSCH ES MM) de la entidad financiera Banco Santander, sucursal de la Calle Arenal, número 19- Madrid a nombre de «Tesoro Público. Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

3.6 Las solicitudes se dirigirán al Director de Administración y Medios del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

3.7 El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.8 Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones que figuran en el anexo IV de la convocatoria.

3.9 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) de la base 2.1.1, así como las personas extranjeras residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

3.10 Las personas aspirantes con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

3.11 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4. Admisión de personas aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de personas admitidas y personas excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 Sin perjuicio de que, a la finalización del proceso selectivo, se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, en cualquier momento del proceso selectivo el órgano convocante podrá requerir a las personas aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos, y de no acreditar los mismos, acordar su exclusión.

4.4 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo está compuesto por las personas que figuran en el anexo III de esta convocatoria.

La convocatoria contendrá una habilitación para que el órgano de selección adopte las medidas necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.

5.2 En la página web del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, https://www.patrimonionacional.es/empleo-publico, se publicará un breve currículum de los miembros del Tribunal, así como un cronograma aproximado del desarrollo del proceso.

5.3 La pertenencia al órgano de selección será siempre a título personal, no pudiendo ostentarse dicha pertenencia en representación o por cuenta de nadie.

5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.

5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.7 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Palacio Real, calle Bailén, s/n, 28071 Madrid, y dirección de correo electrónico convocatorias@patrimonionacional.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos, conforme a lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente.

6.2 Las personas aspirantes serán convocadas a cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de su celebración y en la propia sede del Tribunal, así como en los lugares indicados en la Base 1.1, la relación de personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida, por cada número de orden del anexo II.

6.4 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso, todo ello atendiendo a los méritos que puedan ser alegados de acuerdo con los dispuesto en el anexo I.

La presentación de los méritos se hará a través del Registro Electrónico de la AGE en el siguiente enlace https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se dirigirán a la Dirección de Administración y Medios del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional.

6.5 El Tribunal publicará en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en su propia sede, así como en los lugares indicados en la base 1.1, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones que consideren oportunas, a través del Registro Electrónico de la AGE. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizado el proceso selectivo, la persona que ostente la Presidencia del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de personas aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el mismo por orden de puntuación por cada número de orden del anexo II.

7.2 Dicha relación se publicará en los medios citados en la base 1.1, y en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo las primeras personas aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada número de orden del anexo II, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 Las plazas sin cubrir incluidas en cada número de orden no podrán acumularse a las de ningún otro.

7.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados en cada número de orden.

7.5 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará, en cada número de orden, según la petición de destino y de acuerdo con la puntuación total obtenida.

7.6 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

7.7 En caso de que alguna de las personas adjudicatarias de los puestos convocados no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie antes de la adjudicación de la plaza o no formalice el contrato de trabajo, perderá su derecho al puesto adjudicado en favor de la siguiente persona candidata de la relación a la que se refiere la base 7.1 que no hubiese obtenido plaza.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Convenio Colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para el período 2013-2018 (BOE de 23 de diciembre de 2013); el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre); el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrán interponerse, con carácter potestativo, los recursos que procedan con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 22 de noviembre de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, M.ª Dolores Menéndez Company.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases:

– Fase de oposición.

– Fase de concurso.

1. Fase de oposición

La fase de oposición se valorará hasta un máximo de 60 puntos.

Grupo profesional 1 (n.º de orden 1).

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: consistirá en la contestación de un cuestionario de sesenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas, que versarán sobre los contenidos incluidos en el programa del anexo V correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán cinco preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las sesenta anteriores.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de sesenta y cinco minutos.

Se calificará con un máximo de 24 puntos, debiendo obtener los candidatos, al menos, 12 puntos para superarla.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de dos días a contar desde la finalización de la prueba específica. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio de carácter práctico: consistirá en la resolución de un caso práctico planteado por el Órgano de Selección relacionado con los temas del programa correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que figuran en el anexo V. El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento cincuenta minutos.

El ejercicio será leído posteriormente en sesión pública ante el Órgano de Selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 36 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.

La calificación global de la fase de oposición será de 60 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y en la segunda parte. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

Grupo profesional 2 (n.º de orden 2).

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: consistirá en la contestación de un cuestionario de cincuenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas, que versarán sobre los contenidos incluidos en el programa del anexo V correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán cinco preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las cincuenta anteriores.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de cincuenta y cinco minutos.

Se calificará con un máximo de 24 puntos, debiendo obtener los candidatos, al menos, 12 puntos para superarla.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de dos días a contar desde la finalización de la prueba específica. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio de carácter práctico: consistirá en la resolución de un caso práctico planteado por el Órgano de Selección relacionado con los temas del programa correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que figuran en el anexo V. El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento cincuenta minutos.

El ejercicio será leído posteriormente en sesión pública ante el Órgano de Selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 36 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.

La calificación global de la fase de oposición será de 60 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y en la segunda parte. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

Grupo profesional 3 (n.º de orden 3 al 8).

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: consistirá en la contestación de un cuestionario de cuarenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas, que versarán sobre los contenidos incluidos en el programa de la parte específica del anexo V correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán cinco preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las cuarenta anteriores.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de cuarenta y cinco minutos.

Se calificará con un máximo de 24 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 12 para superar el ejercicio.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo dos días a contar desde la finalización de la prueba específica. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio de carácter práctico: consistirá en una prueba práctica planteada por el Órgano de Selección relacionada con las funciones de las plazas a cubrir, en la que se valorarán las aptitudes de las personas candidatas para el desempeño de la misma, y que versará sobre los temas del programa correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que figuran en el anexo V.

El tiempo para la realización de este ejercicio será, como máximo, de noventa minutos, debiendo el Tribunal determinar la duración de cada uno de los ejercicios, en función de las características del número de orden de que se trate, en el momento en que lleve a cabo su convocatoria. El ejercicio se calificará de 0 a 36 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.

La calificación global de la fase de oposición será de 60 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y en la segunda parte. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

2. Fase de concurso

En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Méritos profesionales: la puntuación máxima será de 32 puntos.

Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo siempre que las tareas y funciones desarrolladas fueran similares al contenido del programa correspondiente al número de orden por el que han optado, según los siguientes criterios:

a. Servicios efectivos prestados en Patrimonio Nacional:

1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,30 puntos por mes completo de servicios.

2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,20 puntos por mes completo de servicios.

3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,10 puntos por mes completo de servicios.

b. Servicios efectivos prestados en la Administración General del Estado o en otras Administraciones Públicas:

1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,20 puntos por mes completo de servicios.

2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,10 puntos por mes completo de servicios.

3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,08 puntos por mes completo de servicios.

c. Servicios efectivos prestados en otros ámbitos no incluidos en los apartados anteriores:

1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,12 puntos por mes completo de servicios.

2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,08 puntos por mes completo de servicios.

3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,04 puntos por mes completo de servicios.

Forma de acreditación:

– Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la Administración, según modelo que figura como anexo VI de la convocatoria.

– Certificado de Vida Laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social y copia del contrato o contratos de trabajo cuando la experiencia profesional se derive de ámbitos no incluidos en los apartados a y b. Los grupos de cotización reflejados en los correspondientes certificados de vida laboral deberán coincidir con la categoría de la plaza a la que aspire la persona candidata.

De conformidad con lo previsto en el Convenio Colectivo, en ningún caso se valorará como mérito para el ascenso el tiempo de servicio prestado en funciones de superior grupo o, en su caso, subgrupo profesional, ni los servicios prestados como consecuencia de la movilidad funcional regulada en el artículo 34 del mismo.

2. Méritos académicos: La puntuación máxima será de 8 puntos.

Se valorarán:

a. Por haber realizado cursos directamente relacionados con las tareas y funciones propias del puesto de trabajo por el que ha optado, incluidos dentro del Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas. Puntuación máxima: 4 puntos.

b. Otros méritos académicos directamente relacionados con el puesto por el que se opta. Puntuación máxima: 4 puntos. En este apartado se podrán valorar: Cursos no incluidos en los planes de formación continua, impartición de cursos.

La valoración de los cursos a los que se hace referencia en los apartados a y b anteriores se realizará según el siguiente desglose:

– Cursos de 15 a 50 horas de duración: 0,50 puntos por curso.

– Cursos de más de 50 horas a 100 horas de duración: 0,75 puntos por curso.

– Cursos de más de 100 horas: 1 punto por curso.

Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la Administración o centros legalmente autorizados y reconocidos.

Forma de acreditación:

– Para la valoración de los méritos académicos será necesario aportar copia auténtica de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

3. Calificación final

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor antigüedad global (servicios prestados y reconocidos).

2. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

3. La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.

Si aun así persistiera el empate, se desempatará atendiendo al mayor tiempo, computado en días, de servicios efectivos prestados en puestos de trabajo siempre que las tareas y funciones desarrolladas fueran similares al contenido del programa correspondiente al número de orden por el que han optado, en:

1. Patrimonio Nacional.

2. Otras Administraciones Públicas.

3. Otros ámbitos distintos a los anteriores.

Si aun así persistiera el empate, se deberá realizar entre las personas candidatas empatadas un nuevo examen de la segunda parte del ejercicio correspondiente a la fase de oposición.

Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que para el año 2024 establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «V», según lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

ANEXO II
Relación de plazas convocadas
N.º orden GP

Especialidad/

Subespecialidad

N.º de plazas Titulación
Acceso general Reserva discapacidad
1 1B Titulado/Titulada superior. 1 0 Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
2 2 Jefe/Jefa de sección. 3 1 Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
3 3A Jefe/Jefa de negociado. 1 0 Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
4 3A Encargado/Encargada general. 1 0 Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
5 3A Conserje mayor. 2 0 Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
6 3B Encargado/Encargada (sastrería). 1 0 Cualquier título de Técnico superior de la Familia Profesional de Textil, Confección y Piel.
7 3C Oficial/Oficiala de oficios (agrícola). 2 0 Cualquier título de Técnico Superior de la Familia Profesional Agraria.
8 3C Oficial/Oficiala de oficios (oficios varios). 1 0 Cualquier título de Técnico de la Familia Profesional Agraria, de la Familia Profesional Edificación y Obra Civil, de la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica, de la Familia Profesional Fabricación Mecánica o de la Familia Profesional Instalación y Mantenimiento, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
    Plazas totales convocadas. 12 1  
ANEXO III
Tribunal Calificador

La composición del Tribunal Calificador del presente proceso selectivo será hecha pública con las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.

El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personas asesoras especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

La composición del Tribunal Calificador se ajustará, en términos de paridad entre hombres y mujeres, a lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia se realizará obligatoriamente por vías electrónicas. A tal efecto, se realizará a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.

La solicitud se deberá cumplimentar y presentar de acuerdo con el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias), siguiendo las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala o Categoría», se consignará el grupo profesional de la plaza a la que opta.

En el recuadro 16, «Especialidad, Área o Asignatura», se consignará el número de orden del anexo II por el que se opta, no pudiendo optar nada más que por un número de orden.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «PI».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Consejo de Administración del Patrimonio Nacional».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la reseña por la que se anuncia la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea y que habilite para presentarse a las pruebas.

El importe de la tasa por derechos de examen serán las que se consignan en el cuadro adjunto en el que se indica el importe según la especialidad de las plazas convocadas y la reducción del 50 % para las familias numerosas de categoría general.

Categoría profesional de la plaza

Promoción interna

Euros

Promoción interna 50 %

Euros

Grupo profesional 1. 15,55 7,78
Grupo profesional 2. 11,67 5,84
Grupo profesional 3. 7,79 3,90

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La condición de persona demandante de empleo deberá verificarse, en todo caso con el consentimiento de la persona solicitante, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de persona demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita de la persona solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

c) Las familias numerosas, en los términos del artículo 12.1.b) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 % los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en el presente artículo, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 92015, de 28 de julio que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 661997, de 30 de diciembre.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

ANEXO V
Programa

NÚMERO DE ORDEN 1

Grupo profesional 1B

Titulado/Titulada Superior (Restauración Arquitectónica)

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional: estructura orgánica, competencias y funciones.

Tema 2. Historia y evolución de Patrimonio Nacional. Los Reales Sitios, los Reales Patronatos, espacios naturales y las colecciones reales. La Galería de las Colecciones.

Tema 3. Estructura organizativa de Patrimonio Nacional. Principales competencias de la Dirección de Inmuebles y Medio Natural.

Tema 4. Los contratos del Sector Público. Disposiciones generales. Requisitos para contratar con la Administración. Actuaciones relativas a la contratación. Tipos de contratos. Revisión de precios en los contratos. Extinción de los contratos. Cesión de los contratos y subcontratación.

Tema 5. El contrato de obras. Disposiciones generales. Ejecución y modificación del contrato de obras. Extinción del contrato de obras. Ejecución de las obras por la propia Administración.

Tema 6. Los contratos de servicios. Disposiciones generales. Actuaciones administrativas preparatorias. Publicidad dentro del ámbito de la Comunidad Europea y del procedimiento y formas de adjudicación. Ejecución y modificación. Cumplimiento y resolución. Especialidades del contrato de elaboración de proyectos.

Tema 7. Palacios y Sitios Reales en la época de los Austrias.

Tema 8. Palacios y Sitios Reales durante los reinados de Felipe V y Fernando VI.

Tema 9. El Palacio Real de Madrid. Los proyectos de Juvarra, Sacchetti y Sabatini. Evolución y reformas durante los siglos XIX y XX.

Tema 10. Arquitectura y jardines en el Monte de El Pardo, 1500-1900: el Palacio Real, Torre de la Parada, Zarzuela, La Quinta.

Tema 11. El Real Sitio de Aranjuez. Ordenación y urbanismo bajo los Austrias y los Borbones. El Palacio Real de Aranjuez. Del palacio de Felipe II al palacio actual.

Tema 12. Arquitectura del Monasterio de San Lorenzo de El Escorial. Fundación, concepción y construcción.

Tema 13. Arquitectura de las casas de campo en época de Carlos IV en El Escorial, Aranjuez y El Pardo.

Tema 14. La creación del Real Sitio de La Granja. El Palacio Real de La Granja y su colegiata. El bosque de Riofrío y su Palacio Real.

Tema 15. El Palacio Real de la Almudaina en Palma.

Tema 16. El Monasterio de San Jerónimo de Yuste.

Tema 17. El Real Monasterio de Las Huelgas y el Hospital del Rey de Burgos.

Tema 18. El Real Monasterio de Santa Clara de Tordesillas.

Tema 19. Los monasterios de las Descalzas Reales y la Encarnación de Madrid.

Tema 20. Real Patronato de Buen Suceso, Real Patronato de Loreto y Convento de Santa Isabel en Madrid.

Tema 21. La Real Basílica de Atocha y el Panteón de Hombres Ilustres.

Tema 22. Teorías e historia de la Restauración arquitectónica.

Tema 23. La Ley de Patrimonio Histórico Español. Criterios actuales en materia de protección y restauración arquitectónica.

Tema 24. El proyecto de restauración arquitectónica. Concepto, alcance, normativa de obligado cumplimiento y documentos que lo desarrollan.

Tema 25. Patologías por filtraciones y humedades. Tipos y soluciones constructivas.

Tema 26. Patologías en obras de fábrica. Muros, arcos y bóvedas. Tipos y soluciones constructivas.

Tema 27. Patologías en cimentaciones. Tipos y soluciones constructivas.

Tema 28. Patologías en estructuras de madera. Tipos y soluciones constructivas.

Tema 29. Patologías en cubiertas. Tipos y soluciones constructivas.

Tema 30. Patologías y restauración de materiales de construcción. Madera, piedra, ladrillo y morteros.

Tema 31. Patologías en instalaciones. Rehabilitación de instalaciones de acondicionamiento higrotérmico.

Tema 32. Diseño de las estructuras de madera. Tipos de uniones, ensambles según el tipo de esfuerzo, empalmes y acoplamientos. Apoyo de vigas.

Tema 33. Diseño de las cubiertas de madera. Composición de las armaduras de cubierta, detalle de planta y sección. Uniones entre elementos. Tipos de cubierta: de simples cabríos, de armadura vertical, de armadura horizontal, con pendolones, de tinglado.

Tema 34. Protección de la madera a través del diseño constructivo. Eliminación de humedades, diseño constructivo para evitar ataques de termes. Encuentros constructivos. Apoyos de vigas. Protección de la madera ante la intemperie.

Tema 35. Actuaciones estructurales en la madera. Grados de actuación. Actuaciones con hormigón armado. Actuaciones con acero. Actuaciones con madera. Actuaciones con resinas, propiedades, formulaciones, materiales de refuerzo.

Tema 36. Ejecución de trabajos de consolidación de las estructuras de madera. Trabajos previos. Trabajos de consolidación.

Tema 37. Zonas en estructuras de madera susceptibles de aplicación de los trabajos de consolidación. Vigas: cabezas, vanos, vigas completas. Pilares. Cerchas.

Tema 38. Medidas de protección química para la madera. Adecuación de esta actuación según el tipo de afección. Tipos de tratamiento.

Tema 39. Envejecimiento de la piedra. Patologías y sus soluciones. La patina. Sellado de fisuras y grietas. Limpieza de fachadas. Tratamiento y protección de la piedra.

Tema 40. Revestimientos continuos. Técnicas constructivas. Tipos de acabados.

Tema 41. Patologías de guarnecidos y revocos. Técnicas de reparación y limpieza. Mantenimiento.

Tema 42. Apeos, cimbras y encofrados, andamios y otras estructuras auxiliares para la edificación. Tipos y soluciones constructivas.

Tema 43. Recalces, apeos y demoliciones. Formas de ejecución. Condiciones de seguridad.

Tema 44. Monitorización de fisuras y grietas. Tecnologías y metodología.

Tema 45. La conservación preventiva. Objetivo. Formas de implantarla. Establecimiento de plazos.

NÚMERO DE ORDEN 2

Grupo profesional 2

Jefe/Jefa de Sección

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional: estructura orgánica, competencias y funciones.

Tema 2. Historia y evolución de Patrimonio Nacional. Los Reales Sitios, los Reales Patronatos, espacios naturales y las colecciones reales. La Galería de las Colecciones.

Tema 3. Políticas de modernización de la Administración General del Estado. La Administración electrónica. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. La Agenda Digital para España. La calidad de los servicios públicos y de atención al ciudadano. Mejora regulatoria y Análisis de Impacto Normativo.

Tema 4. El Gobierno Abierto: concepto, principios informadores y planes de acción de España. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Tema 5. Políticas de igualdad y contra la violencia de género. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Discapacidad y dependencia: régimen jurídico.

Tema 6. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales.

Tema 7. Las fuentes del derecho administrativo. La ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo.

Tema 8. El Reglamento: concepto, clases y límites. Los principios generales del Derecho. Los tratados internacionales.

Tema 9. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación.

Tema 10. Los contratos del sector público: concepto, clases y elementos. Preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción. Régimen de invalidez y recursos. Tipos de contratos.

Tema 11. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Procedimiento de responsabilidad patrimonial.

Tema 12. Las Leyes del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Régimen Jurídico del Sector Público. Procedimiento administrativo común y su alcance: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La obligación de resolver. El silencio administrativo.

Tema 13. Los derechos de los ciudadanos en el procedimiento administrativo. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

Tema 14. El recurso contencioso-administrativo. Actividad administrativa impugnable. Las partes: capacidad, legitimación, representación y defensa.

Tema 15. El personal al servicio de las Administraciones públicas: concepto y clases. El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y su normativa de desarrollo: derechos y deberes; formas de provisión de puestos, promoción interna y carrera profesional; situaciones administrativas, incompatibilidades y régimen disciplinario.

Tema 16. El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas: su régimen jurídico. Convenio Colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para el periodo 2013-2018.

Tema 17. Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

Tema 18. El presupuesto. Concepto y clases. La Ley General Presupuestaria: principios generales y estructura. Las leyes de estabilidad presupuestaria.

Tema 19. Las leyes anuales de presupuestos. Su contenido. El presupuesto del Estado. Principios de programación y de gestión. Contenido, elaboración y estructura. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

Tema 20. Gastos plurianuales. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos.

Tema 21. Control del gasto público en España. La Intervención General de la Administración del Estado. Función interventora, control financiero permanente y auditoría pública. El Tribunal de Cuentas.

Tema 22. El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento y su relación con la actividad administrativa.

Tema 23. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Tema 24. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos.

Terma 25. Los ingresos públicos: concepto y clasificación.

Tema 26. Retribuciones de los empleados públicos. Nóminas: estructura y normas de confección. Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las indemnizaciones por razón del servicio. Especial referencia a las retribuciones del personal laboral al servicio del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

Tema 27. El régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. MUFACE y las clases pasivas: Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

Tema 28. La prestación económica de IT: Requisitos, nacimiento y duración del derecho y prórroga de la duración de la IT. Extinción y suspensión del derecho de IT. Cuantía de la prestación.

Tema 29. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.

Tema 30. Gestión de inmuebles propiedad de Patrimonio Nacional. Tramitación de expedientes administrativos.

Tema 31. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

Tema 32. Ofimática. Word, Excel y Outlook: funciones y utilidades. Funcionalidades básicas de los navegadores web. WECO. GEISER.

NÚMERO DE ORDEN 3

Grupo profesional 3A

Jefe/Jefa de Negociado

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. Aproximación a los Reales Sitios, Reales Patronatos espacios naturales y la Galería de las Colecciones Reales.

Tema 2. El Gobierno Abierto: concepto y principios informadores. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La protección de datos personales y su régimen jurídico. Derechos digitales.

Tema 3. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 4. Las fuentes del derecho administrativo: concepto y clases. La jerarquía de las fuentes. La ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Los principios generales del Derecho. Los tratados internacionales.

Tema 5. Procedimiento administrativo común y su alcance: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La obligación de resolver. El silencio administrativo.

Tema 6. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

Tema 7. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los contratos del sector público: concepto y clases. Preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

Tema 8. Régimen jurídico y gestión de los bienes y derechos del Patrimonio Nacional.

Tema 9. Situaciones administrativas del personal funcionario al servicio de las administraciones públicas. Acceso y formas de provisión de puestos de trabajo. La carrera administrativa. Promoción interna.

Tema 10. Derechos y deberes del personal funcionario. Las retribuciones e indemnizaciones de los funcionarios públicos y del personal laboral al servicio de la Administración pública. Retribuciones básicas, retribuciones complementarias y otras remuneraciones.

Tema 11. El Convenio Colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para el período 2013-2018.

Tema 12. El presupuesto. Concepto y clases. La Ley General Presupuestaria: principios generales y estructura. Las leyes de estabilidad presupuestaria. Las leyes anuales de presupuestos. Su contenido.

Tema 13. El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento y sus documentos contables. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». La Intervención General del Estado y la Intervención Delegada.

Tema 14. Ofimática. Word, Excel y Outlook: funciones y utilidades. WECO. GEISER.

NÚMERO DE ORDEN 4

Grupo profesional 3A

Encargado/Encargada General

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. Aproximación a los Reales Sitios, Reales Patronatos, espacios naturales y la Galería de las Colecciones Reales.

Tema 2. El Real Monasterio de San Lorenzo de El Escorial y sus casitas de recreo.

Tema 3. Trazados geométricos básicos.

Tema 4. Escalas numéricas, transformaciones de longitudes y superficies.

Tema 5. Interpretación de documentación gráfica de proyectos de construcción.

Tema 6. Empleo de útiles, herramientas y pequeña maquinaria de uso en obras de albañilería.

Tema 7. Proceso y preparación de equipos y medios de trabajo en albañilería.

Tema 8. Supervisión de procesos y procedimientos de mantenimiento de redes de abastecimiento y distribución de agua y saneamiento.

Tema 9. Mantenimiento eficiente de las instalaciones de suministro de agua y saneamiento de edificios.

Tema 10. Toma de datos, mediciones y croquis para la instalación de elementos de carpintería.

Tema 11. Tratamientos preventivos de la madera.

Tema 12. Útiles, herramientas, equipos y medios auxiliares asociados a trabajos de pintura. Tipos, características, uso, aplicaciones, selección, manejo y mantenimiento.

Tema 13. Diseño y organización de almacenes.

Tema 14. Nociones básicas sobre normas de seguridad en las obras de construcción: seguridad e higiene en el trabajo, prevención de accidentes y elementos de seguridad.

NÚMERO DE ORDEN 5

Grupo profesional 3A

Conserje Mayor

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. Aproximación a los Reales Sitios, Reales Patronatos espacios naturales y la Galería de las Colecciones Reales.

Tema 2. Palacio Real de La Almudaina: Historia, Arquitectura y Colecciones.

Tema 3. Real Sitio de Aranjuez: Palacio Real: Historia, Arquitectura y Colecciones. Real Casa del Labrador. El Museo de Falúas Reales. Jardines Monumentales.

Tema 4. Monasterio de San Jerónimo de Yuste: Historia y Colecciones.

Tema 5. Técnicas de dirección de equipos de trabajo. La motivación en el entorno de trabajo. El conflicto y la mediación.

Tema 6. Acogida e información al público. La atención de personas con discapacidad. Marco general para la mejora de la calidad. Programa de quejas y reclamaciones.

Tema 7. Normativa vigente de precios públicos de Patrimonio Nacional para el acceso y visita pública de los bienes que lo integran y la prestación de servicios. Cuadrantes de servicio mensual y la organización del personal de museos.

Tema 8. El personal de museos de Patrimonio Nacional. Especialidades profesionales, funciones, retribuciones y particularidades de su jornada.

Tema 9. La especialidad profesional de Conserje Mayor en los centros de trabajo de Patrimonio Nacional. Funciones, retribuciones y particularidades del puesto de trabajo.

Tema 10. Seguridad de edificios e instalaciones: su aplicación en los museos. Normativa básica en material de riesgos laborales, emergencias y autoprotección en museos.

Tema 11. Actos oficiales y culturales de Patrimonio Nacional. Especial referencia a las actividades organizadas en el Palacio Real de La Almudaina, el Real Sitio de Aranjuez y el Monasterio de San Jerónimo de Yuste.

Tema 12. Protocolo y precedencias del Estado: el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado.

Tema 13. Principios universales del protocolo. Ceremonial y etiqueta. Especial referencia al protocolo en los actos relacionados con la Corona y la Jefatura del Estado.

Tema 14. Ofimática. Word, Excel y Outlook: funciones y utilidades. WECO.

NÚMERO DE ORDEN 6

Grupo profesional 3B

Encargado/Encargada (Sastrería)

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. Aproximación a los Reales Sitios, Reales Patronatos espacios naturales y la Galería de las Colecciones Reales.

Tema 2. Equipamiento básico del sastre para medir, cortar, corte, hilos, planchado y cosido a mano.

Tema 3. Tipos de fibra textil sus propiedades, reconocimiento. Fibras naturales, sintéticas, estructuras, manejo.

Tema 4. Cosido a mano. Tipos: hilvanado, pliegues, marcados, dobladillo, vistas, presillas, sobrehilo, ojales. Punto de bastilla. Punto atrás y pespunte.

Tema 5. Costura. Costura sencilla. Costura paralela por encima. Costura plana. Costura cargada. Costura francesa. Costura en zig-zag. Remallado.

Tema 6. Clasificación y numeración de hilos. Terminología textil, sistemas de numeración y equivalencias, torsiones de los hilos a uno o varios cabos, resistencia y elasticidad tipo. Características básicas de cada tipo de hilo. Tabla de hilo y telas.

Tema 7. Equipos de planchar y técnicas de planchado.

Tema 8. Etiqueta. El chaqué, genero de la tela, color, complementos, colores, su uso. Frac, genero de tela, color, complementos, colores, su uso. Esmoquin, género de la tela, tipos, colores, su uso. Spender. Vestuario femenino: de mañana, de tarde, de cócteles, de noche.

Tema 9. Uniformidad de Gala en los Actos de Estado organizados por la Jefatura del Estado. Galas, federicas, media gala y Petti.

Tema 10. Bolsillos: costura, cadera, ribete, con tapa, parche y marcada e hilvanado. Mangas y puños: generalidades, armadas con cinturilla, corrientes y entretelados.

Tema 11. Trajes históricos en el ceremonial del protocolo de la Corona de España: su historia hasta nuestros días.

Tema 12. Configuraciones y rectificaciones. Concepto de Drop, su aplicación en los diferentes grados de desproporción, rectificaciones. Corte, patronaje y confección.

Tema 13. Almacenaje y Guardarropía: Camisas, chaquetillas, pantalones, zapatos, galas, federicas, petti, zapatos, tirantes, pajaritas.

Tema 14. Prevención y salud laboral en la actividad sastrería.

NÚMERO DE ORDEN 7

Grupo profesional 3C

Oficial/Oficiala de Oficios (Agrícola)

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. Aproximación a los Reales Sitios, Reales Patronatos espacios naturales y la Galería de las Colecciones Reales.

Tema 2. El Monte de El Pardo y la toponimia del Real Sitio. Características del territorio, tipo de suelo, puntos de agua importantes, arroyos y cauces, e identificación de cuarteles y departamentos.

Tema 3. El monte de uso público. Identificación de áreas recreativas, aparcamientos, instalaciones y mobiliario para los transeúntes.

Tema 4. Botánica forestal: principales especies leñosas. Descripción y caracteres culturales de las principales especies arbóreas y arbustivas en el Monte de El Pardo.

Tema 5. Listado de especies protegidas de la fauna y la flora silvestre en el ámbito del Monte de El Pardo. Especies exóticas invasoras.

Tema 6. Principales tratamientos selvícolas y culturales. Conceptos. Preparación del terreno. Tratamiento de la vegetación existente. Tipos de podas y aprovechamientos.

Tema 7. Repoblaciones: principales especies empleadas en El Pardo. Tipos de bellota, recogida y selección. Época de siembra o plantación según especies y zonas. Preparación del terreno. Tipos y marcos de plantación. Cuidados posteriores de repoblación.

Tema 8. Conocimiento, funcionamiento y misión de los principales aperos y máquinas utilizadas en repoblaciones y explotaciones forestales.

Tema 9. Principales tratamientos agrícolas. Preparación del terreno. Época de siembra y especies.

Tema 10. Maquinaria agrícola: principales aperos y máquinas utilizadas en los tratamientos del suelo para siembras y mejoras del suelo, funcionamiento y misión.

Tema 11. Conservación de pequeñas infraestructuras. Conceptos básicos de albañilería: tipos de mortero y sus aplicaciones. Proporciones en el cemento y en morteros. Hormigonera: conocimiento, funcionamiento y misión.

Tema 12. Mantenimiento de la maquinaria: carburantes, usos correctos, revisiones y cambios de piezas (motosierra, hormigonera, generador y maquinaria agrícola).

Tema 13. Cercados metálicos, de madera o mampostería. Instalación y técnica de cerramientos de diferente naturaleza. Labores de conservación y restauración de los mismos.

Tema 14. Normas básicas en materia de prevención de riesgos laborales en actividades agrícolas y forestales.

NÚMERO DE ORDEN 8

Grupo profesional 3C

Oficial/Oficiala de Oficios (Oficios varios)

Tema 1. La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. Aproximación a los Reales Sitios, Reales Patronatos espacios naturales y la Galería de las Colecciones Reales.

Tema 2. Pinturas, tipos y características: acrílicas, al aceite, óleo, plástica, esmaltes sintéticos, pinturas ecológicas.

Tema 3. Tratamientos de superficies. Madera, metálicas interiores, metálicas exteriores, paramentos verticales exteriores, cubiertas.

Tema 4. Protecciones y acabados en la madera, pinturas, barnices y lacas. Tratamientos. Manipulación y aplicación de disolventes.

Tema 5. Materiales auxiliares empleados en albañilería: mallas, cantoneras, perfiles auxiliares, sellantes, impermeabilizantes, etc.

Tema 6. Electricidad. Corriente continua y alterna. Definición. Intensidad de la corriente eléctrica: en corriente continua y en alterna. Periodo de frecuencia de la intensidad alterna; magnitud. Resistencia óhmica. Resistencia inductiva. Impedancia. Potencia aparente, activa, reactiva.

Tema 7. Instalaciones de puesta a tierra. Elementos que la comprenden. Tomas de tierra. Líneas principales de tierra. Conductores de protección. El terreno como conductor. Tipos de electrodos. Picas verticales. Placas enterradas. Elementos que deben ponerse a tierra. Acometidas. Concepto de acometidas. Tipos. Acometidas en a.t. acometidas en b.t. acometidas aéreas en b.t. cajas de acometidas.

Tema 8. Conceptos fundamentales de fontanería. Caudales y consumos, velocidad, desplazamiento del agua, relación entre caudal, velocidad y sección.

Tema 9. Red de evacuación y desagües. Instalación, dimensionamiento y materiales.

Tema 10. Elementos de las instalaciones. Tubería y accesorios, válvulas y dispositivos de control, grifería sanitaria, contadores, aljibes.

Tema 11. Andamios. Elección de andamios: de borriquetas, colgantes y metálicos.

Tema 12. Maquinaria: tipos de maquinaria ligera y pesada en la construcción.

Tema 13. Las herramientas de los distintos oficios. Herramientas manuales: tipos y usos.

Tema 14. Nociones básicas sobre normas de seguridad en la obra de construcción.

ANEXO VI
Certificado de méritos

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ANEXO VII
Descripción de las plazas convocadas
N.º orden Acceso GP

Especialidad/

Subespecialidad

Dirección/

Delegación

Provincia destino

Localidad

destino

1 General. 1B Titulado/Titulada Superior (Restauración Arquitectónica). Dirección de Inmuebles y Medio Natural. Madrid. Madrid.
2 General. 2 Jefe/Jefa de Sección. Dirección de Administración y Medios. Madrid. Madrid.
2 Reserva discapacidad. 2 Jefe/Jefa de Sección. Dirección de Administración y Medios. Madrid. Madrid.
2 General. 2 Jefe/Jefa de Sección. Delegación en el Real Sitio de San Ildefonso. Segovia. Real Sitio de San Ildefonso.
2 General. 2 Jefe/Jefa de Sección. Delegación en el Real Sitio de Aranjuez. Madrid. Aranjuez.
3 General. 3A Jefe/Jefa de Negociado. Delegación en el Real Sitio de El Escorial. Madrid. San Lorenzo de El Escorial.
4 General. 3A Encargado/Encargada General. Delegación en el Real Sitio de El Escorial. Madrid. San Lorenzo de El Escorial.
5 General. 3A Conserje Mayor. Delegación en el Real Sitio de La Almudaina. Baleares. Palma.
5 General. 3A Conserje Mayor. Delegación en el Monasterio de Yuste. Cáceres. Cuacos de Yuste.
6 General. 3B Encargado/Encargada (Sastrería). Dirección de Actos Oficiales y Culturales. Madrid. Madrid.
7 General. 3C Oficial/Oficiala de Oficios (Agrícola). Delegación en el Real Sitio de El Pardo. Madrid. Madrid.
7 General. 3C Oficial/Oficiala de Oficios (Agrícola). Delegación en el Real Sitio de El Pardo. Madrid. Madrid.
8 General. 3C Oficial/Oficiala de Oficios (Oficios varios). Dirección de Actos Oficiales y Culturales. Madrid. Madrid.
ANEXO VIII
Equivalencias de titulaciones habilitantes de subespecialidades

NÚMERO DE ORDEN 6

Grupo profesional 3B

Encargado/Encargada (Sastrería)

Titulación habilitante según Convenio Colectivo del CAPN:

– Título de Técnico Superior de la Familia Profesional de Textil, Confección y Piel.

Titulación equivalente reconocida por la normativa vigente:

– Títulos de Técnico Superior de la Familia Profesional de Textil, Confección y Piel:

● Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel.

● Técnico Superior en Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada.

● Técnico Superior en Procesos de Ennoblecimiento Textil.

● Técnico Superior en Procesos Textiles de Tejeduría de Punto.

● Técnico Especialista en Procesos Químicos Textiles, rama Textil.

● Técnico Especialista en Hilatura, rama Textil.

● Técnico Especialista en Tisaje y Confección Industrial, rama Textil.

● Técnico Especialista en Hilatura y Tejeduría, rama Textil.

● Técnico Especialista en Diseño Textil, rama Textil.

● Técnico Especialista en Tejidos, rama Textil.

● Técnico Especialista en Fabricación el Calzado, rama Piel.

● Técnico Superior en Patronaje.

● Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial.

● Técnico Especialista en Confección Industrial de Prendas Exteriores, rama Moda y Confección.

● Técnico Especialista en Confección Industrial de Prendas Interiores, rama Moda y Confección.

● Técnico Especialista en Confección a Medida de Señora, rama Moda y Confección.

● Técnico Especialista en Producción en Industrias de la Confección. Rama Moda y Confección.

● Técnico Especialista en Sastrería y Modistería, rama Moda y Confección.

● Técnico Especialista en Confección de Tejidos rama Moda y Confección.

● Técnico Superior en Diseño y Producción de Calzado y Complementos.

● Técnico Superior en Patronaje y Moda.

● Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos.

NÚMERO DE ORDEN 7

GRUPO PROFESIONAL 3C

Oficial/Oficiala de Oficios (Agrícola)

Titulación habilitante según Convenio Colectivo del CAPN:

– Título de Técnico Superior de la Familia Profesional Agraria.

Titulación equivalente reconocida por la normativa vigente:

– Títulos de Técnico Superior de la Familia Profesional Agraria:

● Técnico Superior en Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.

● Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural.

● Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural.

● Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos.

● Técnico Especialista en Explotación Forestal, rama Agraria.

● Técnico especialista en Aprovechamientos Forestales y Conservación de la Naturaleza, rama Agraria.

● Técnico Especialista en Jardinería, rama Agraria.

NÚMERO DE ORDEN 8

Grupo profesional 3C

Oficial/Oficiala de Oficios (Oficios varios)

Titulación habilitante según Convenio Colectivo del CAPN:

– Título de Técnico Superior de la Familia Profesional Agraria.

– Título de Técnico Superior de la Familia Profesional Edificación y Obra Civil.

– Título de Técnico Superior de la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica.

– Título de Técnico Superior de la Familia Profesional Fabricación Mecánica.

– Título de Técnico Superior de la Familia Profesional Instalación y Mantenimiento.

Titulación equivalente reconocida por la normativa vigente:

– Títulos de Técnico Superior de la Familia Profesional Agraria:

● Técnico Superior en Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.

● Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural.

● Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural.

● Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos.

● Técnico Especialista en Explotación Forestal, rama Agraria.

● Técnico especialista en Aprovechamientos Forestales y Conservación de la Naturaleza, rama Agraria.

● Técnico Especialista en Jardinería, rama Agraria.

– Títulos de Técnico Superior de la Familia Profesional Edificación y Obra Civil:

● Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción.

● Técnico Superior en Proyectos de Edificación.

● Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil.

● Técnico Especialista en Topografía, rama Construcción y Obras.

● Técnico Especialista en Vías y Obras, rama Construcción y Obras.

● Técnico Especialista en Sobrestante, rama Construcción y Obras.

● Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.

● Técnico Superior en Realización y Planes de Obra.

● Técnico Especialista en Construcción de Edificios (Maestro de Obras), rama Construcción y Obras.

● Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción.

● Técnico Especialista en Edificios y Obras, rama Delineación.

● Técnico Especialista en Delineante de Edificios y Urbanismo, rama Delineación.

● Técnico Especialista en Diseño de Interiores, rama Delineación.

– Títulos de Técnico Superior de la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica:

● Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial.

● Técnico Superior en Sistemas de Regulación y Control Automáticos.

● Técnico Especialista en Operadores de Cuadro y Automatismos, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Instrumentación y Control, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Robótica y Automática, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Sistemas Automáticos, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Superior en Electromedicina Clínica; Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico.

● Técnico Superior en Desarrollo de Productos Electrónicos.

● Técnico Especialista en Electrónica Industrial rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Electrónica de Sistemas, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico especialista en Electrónica de Control y Mantenimiento Industrial, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Sistemas Automáticos y Programables, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.

● Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas.

● Técnico Especialista en Máquinas Eléctricas, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Instalaciones y Líneas Eléctricas, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Electricidad Naval, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

● Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

● Técnico Especialista en Electrónica de Comunicaciones, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Equipos de Informática, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Mantenimiento de Medios de Radio y Televisión, rama de Imagen y Sonido.

● Técnico Especialista en Mantenimiento de Medios Audiovisuales, rama de Imagen y Sonido.

● Técnico Especialista en Radiotelefonía Naval, rama Marítimo-Pesquera.

● Técnico Especialista en Óptica Electrónica, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Equipos Informáticos, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Mantenimiento y Operación Técnica de Equipos de Radio y Televisión, rama Imagen y Sonido.

– Títulos de Técnico Superior de la Familia Profesional Fabricación Mecánica:

● Técnico Superior en Construcciones Metálicas.

● Técnico Especialista en Fabricación Soldada, rama Metal.

● Técnico Especialista en Calderería en Chapa Estructural, rama Metal.

● Técnico Especialista en Soldadura, rama Metal; Técnico Especialista en Construcción Naval, rama Metal.

● Técnico Especialista en Construcciones Metálicas y Soldador, rama Metal.

● Técnico Especialista en Trazador Naval, rama Metal.

● Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica.

● Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Mecánicos.

● Técnico Especialista en Diseño Industrial, rama Delineación.

● Técnico Especialista en Delineación Industrial, rama Delineación.

● Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica.

● Técnico Especialista en Montaje y Construcción de Maquinaria (Metal).

● Técnico Especialista en Micromecánica de Máquinas Herramientas (Metal).

● Técnico Especialista en Micromecánica de Instrumentos (Metal).

● Técnico Especialista Instrumentista en Sistemas de Medida (Metal).

● Técnico Especialista en Utillajes y Montajes Mecánicos (Metal).

● Técnico Especialista en Mecánico de Armas (Metal).

● Técnico Especialista en Fabricación Mecánica (Metal).

● Técnico Especialista en Máquinas-Herramientas (Metal).

● Técnico Especialista en Matricería y Moldes (Metal).

● Técnico Especialista en Control de Calidad (Metal).

● Técnico Especialista en Micromecánica y Relojería (Metal).

● Técnico Superior en Programación de la Producción en Moldeo de Metales y Polímeros.

● Técnico Superior en Producción por Fundición y Pulvimetalurgia.

● Técnico Superior en Plásticos y Caucho.

● Técnico Especialista en Modelos y Fundición, rama Metal.

● Técnico Especialista en Forja y Fundición, rama Metal.

– Títulos de Técnico Superior de la Familia Profesional Instalación y Mantenimiento:

● Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.

● Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones de Fluidos, Térmicas y de Manutención.

● Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.

● Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso.

● Técnico Especialista en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Calor, Frio y Aire Acondicionado, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Instalaciones de Energía Solar, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Frio Industrial, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Mantenimiento de Energía Solar y Climatización, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Aprovechamiento de Energía Solar, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Fontanería, rama Construcción y Obras.

● Técnico Especialista en Instalaciones Térmicas Auxiliares de Proceso, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Mantenimiento de Instalaciones de Servicios y Auxiliares, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Superior en Mecatrónica Industrial.

● Técnico Superior en Mantenimiento de Equipo Industrial.

● Técnico Especialista en Mantenimiento Eléctrico-Electrónico, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Mantenimiento Electromecánico, rama Electricidad y Electrónica.

● Técnico Especialista en Mantenimiento de Maquinaria de Confección, rama de Metal.

● Técnico Especialista en Automatismos Neumáticos y Oleohidráulicos, rama de Metal.

● Técnico Especialista en Mantenimiento Mecánico, rama de Metal.

● Técnico Especialista en Mantenimiento de Máquinas y Sistemas Automáticos, rama de Metal.

● Técnico Especialista en Mantenimiento de Automatismos, rama de Metal.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/11/2024
  • Fecha de publicación: 28/11/2024
  • Convocatoria. Promoción interna: 13 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA la relación provisional de personas admitidas y excluidas y se designa el tribunal calificador, por Resolución de 17 de enero de 2025 (Ref. BOE-A-2025-949).

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