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Documento BOE-A-2024-25349

Resolución 400/38506/2024, de 26 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 5 de diciembre de 2024, páginas 165310 a 165338 (29 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2024-25349

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 3 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso por promoción interna al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 9, del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, anteriormente citado, las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. En este sentido, finalizado el proceso correspondiente a la oferta de empleo de 2022, se constata que han quedado sin cubrir nueve plazas del citado Cuerpo, ocho pertenecientes al cupo de acceso general y una perteneciente al cupo de reserva de discapacidad, que se convocarán junto con las plazas de la oferta de empleo de 2024.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es, en el Portal Funciona y en el portal del Ministerio de Defensa http://www.defensa.gob.es/portalservicios.

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 29 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada, Código 0406, por el sistema de promoción interna. Las plazas se desglosan de la siguiente manera, 20 plazas autorizadas en la oferta de empleo de 2024 (18 del cupo de acceso general y dos plazas del cupo de discapacidad) y nueve plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2022 (ocho del cupo de acceso general y una del cupo de discapacidad) que no han sido cubiertas una vez finalizado el proceso de selección, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 9, del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.

1.2 Asimismo, del total de plazas convocadas se reservarán tres (dos correspondientes a la oferta de empleo de 2024 y una correspondiente a la de 2022) para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

La opción a esta plaza reservada habrá de formularse en la solicitud de participación en la convocatoria.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes pero no obtuviera plaza por dicho cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntuación en el cupo de acceso general.

Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre).

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

1.3 El conjunto de plazas ofertado se distribuye por programas en la forma en que se relaciona a continuación:

Programa Total plazas Acceso general Reserva discapacidad Localización plazas
Electrónica. 3 3  

Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza).

Arsenal de Ferrol (Ferrol-A Coruña) (1 plaza).

Instituto Hidrográfico de la Marina (Cádiz) (1 plaza).

Industriales. 3 3  

Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza).

Centro de Buceo de la Armada (Cartagena-Murcia) (1 plaza).

Jefatura del Apoyo Logístico (Madrid) (1 plaza).

Informática. 11 9 2

Centro de Explotación CIS (San Fernando-Cádiz) (1 plaza).

Centro de Ayudas a la Enseñanza UVICOA (Madrid) (1 plaza).

Cuartel General de la Armada (Madrid) (2 plazas).

Cuartel General de la Flota (Rota-Cádiz) (1 plaza).

DIGENPER-S.G. de Planificación y Costes de RR. HH. (Madrid) (2 plazas).

Instituto Hidrográfico de la Marina (Cádiz) (2 plazas).

Jefatura del Apoyo Logístico (Madrid) (2 plazas).

Mecánica. 4 4  

Arsenal de Cádiz-Base Naval de La Carraca (San Fernando-Cádiz) (2 plazas).

Arsenal de Ferrol (Ferrol-A Coruña) (1 plaza).

Fuerza de Medidas Contraminas (Cartagena-Murcia) (1 plaza).

Navales. 4 3 1

Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza).

Arsenal de Cádiz-Base Naval de La Carraca (San Fernando-Cádiz) (2 plazas).

Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza).

Telecomunicaciones. 2 2  

Arsenal de Cádiz-Base Naval de Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza).

Arsenal de Ferrol (Ferrol-A Coruña) (1 plaza).

Topografía. 2 2  

Instituto Hidrográfico de la Marina (Cádiz) (2 plazas).

 Total plazas. 29 26 3  

1.4 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud para uno de los programas y cupos previstos en el presente proceso selectivo.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de programa ni de cupo de participación. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, una misma persona interesada presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última de las presentadas.

Si en alguno de los programas no se cubriera el número total de plazas ofertadas, éstas podrán acumularse a cualquier otro programa, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal y de la Jefatura de Personal del Cuartel General de la Armada, de acuerdo con sus necesidades.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I.

3. Desarrollo del proceso selectivo

3.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra V, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 («Boletín Oficial del Estado» de 31 de julio).

3.2 De acuerdo con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, la convocatoria deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos años de su publicación y la fase de oposición en un año, salvo causa motivada que deberá justificarse ante el departamento ministerial con competencias en materia de función pública, estando previsto que la fase de oposición de la presente convocatoria tenga una duración no superior a cinco meses.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.

En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

No obstante, el desarrollo del proceso selectivo exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos de la presente convocatoria.

3.3 La fecha de celebración de cualquiera de los ejercicios de la fase de oposición podrá coincidir con las fechas de celebración de los ejercicios de otros procesos selectivos.

4. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

5. Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, mencionada anteriormente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

5.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

5.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

6. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Las personas aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:

6.1 Pertenecer como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a alguno de los siguientes colectivos:

6.1.1 Personal funcionario:

a) Funcionarios/funcionarias de carrera de los Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado.

b) Funcionarios/funcionarias de carrera de Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C1.

c) Funcionarios/funcionarias de carrera de Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que estén desempeñando como funcionarios/funcionarias de carrera un puesto de trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma.

6.1.2 Personal laboral (excluido el personal laboral indefinido no fijo, el personal fuera de convenio y/o el personal en el exterior sujeto a legislación local):

a) Podrá participar el personal laboral fijo del ámbito del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado que haya sido encuadrado en el grupo profesional G2 (del anexo II del citado convenio), en la especialidad de «Ingeniería Técnica», siempre que desarrolle funciones coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales.

b) Podrá participar asimismo el personal laboral fijo que pertenezca a grupo profesional y especialidad equivalente al descrito anteriormente de los restantes convenios colectivos de la Administración General del Estado, de sus Organismos Autónomos, de sus Agencias Estatales y de sus Entes Públicos incluidos en el ámbito del real decreto de oferta de empleo público, siempre que desarrolle funciones coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales.

c) A los efectos de lo previsto en los puntos 6.1.2.a) y b), las funciones coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales, son las siguientes, en función del programa de participación:

Programa Funciones
Electrónica. Funciones relacionadas con la profesión de Ingeniero Técnico en Electrónica.
Informática. Funciones relacionadas con la profesión de Ingeniero Técnico en Informática.
Industriales. Funciones relacionadas con la profesión de Ingeniero Técnico en Industriales.
Mecánica. Funciones relacionadas con la profesión de Ingeniero Técnico en Mecánica.
Navales. Funciones relacionadas con la profesión de Ingeniero Técnico Naval.
Telecomunicaciones. Funciones relacionadas con la profesión de Ingeniero Técnico en Telecomunicaciones.
Topografía. Funciones relacionadas con la profesión de Ingeniero Técnico en Topografía.

6.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años:

6.2.1 En el caso del personal funcionario de carrera, haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario/funcionaria de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 mencionados y en los términos previstos en el punto 6.1.1.

6.2.2 En el caso del personal laboral fijo previsto en el punto 6.1.2, haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que hayan sido encuadrados en los grupos profesionales y especialidad descritos en las letras a) y b) del citado punto 6.1.2, desarrollando funciones coincidentes con las que para cada programa se detallan en el mencionado punto.

6.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 6.1 y 6.2 se realizará mediante los certificados regulados en la base 11 de la presente resolución.

7. Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.2 Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el modelo de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo.

Para ello al cumplimentar la solicitud de participación en la convocatoria, deberán indicar las adaptaciones requeridas en cada uno de los ejercicios del proceso selectivo y deberán anexar copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación competente. El dictamen acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos ningún otro documento.

El Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio), por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para ello será necesaria la aportación del dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.

7.3 La adjudicación de los puestos de trabajo a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre).

7.4 Las personas aspirantes que participen por el cupo de reserva de personas con discapacidad y superen, como mínimo, el 50 por ciento de la calificación máxima posible a obtener en cualquiera de los ejercicios de la fase de oposición y no superen el proceso selectivo, conservarán dicha puntuación en el ejercicio y estarán exentas de realizar tales ejercicios durante la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en que se ha conservado la nota sean análogos.

8. Solicitudes

8.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la instancia por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, siguiendo las instrucciones que se indican a continuación, y en el anexo IV de la presente convocatoria.

8.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.

8.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).

8.4 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión de la persona aspirante.

8.5 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

Quienes estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa indicada en la base específica 8.10.2. No será necesario presentar esta documentación si la persona interesada consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos.

8.6 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

8.7 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.

8.8 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud para uno de los programas y cupos previstos en el presente proceso selectivo.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de programa ni de cupo de participación. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, una misma persona interesada presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última de las presentadas.

8.9 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, a continuación se recoge la información básica al respecto:

Responsable: Ministerio de Defensa. (DPD) Paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid.

Correo: funcionariosoferta@mde.es

Delegado de Protección de datos: dpd@mde.es

Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.

Legitimación: Artículo 8 de la citada ley.

Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y cuatro caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Defensa y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es, en la forma que determina la disposición adicional séptima de la mencionada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.

Derechos: Las personas interesadas tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición, mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.10 Cumplimentación de solicitudes: La inscripción se cumplimentará y se presentará por vía electrónica en el modelo 790, «Registro de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública», según las siguientes instrucciones:

Las personas interesadas realizarán su inscripción «online» a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).

Para ello seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación electrónica permitirá lo siguiente:

– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.

– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

– El pago electrónico de tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.

– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o al formulario de incidencias de la aplicación IPS https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de ésta, deberá adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en la base específica 8.10.2, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación.

Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención del pago de la tasa conforme con lo indicado en la base específica 8.10.2, se deberá adjuntar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.

Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso del pago, en la pestaña «Mis inscripciones».

En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas aspirantes que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES49 0182 2370 4102 0169 5537 (código BIC: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen», siendo preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

8.10.1 Instrucciones comunes de cumplimentación. Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones contenidas en el anexo IV de esta convocatoria.

Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello.

8.10.2 Exención del pago de la tasa. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

La condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos en las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.

Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos, para su verificación por la Administración de los datos expresados en la misma alegando una causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el certificado acreditativo de su condición de discapacidad.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un mes antes de la fecha de la convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención:

1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

Estos extremos se verificarán por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, salvo que la persona interesada se haya opuesto en su solicitud a su verificación por la Administración alegando una causa para ello.

En caso de ejercicio del derecho de oposición al tratamiento de datos, la persona interesada deberá solicitar en la oficina de servicios públicos de empleo la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en la que conste que cumple con los requisitos señalados, y deberá presentar anexa a la solicitud el citado certificado.

2. Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, siempre que la persona interesada haya autorizado expresamente la consulta de sus datos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la correspondiente casilla de la solicitud.

En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la persona aspirante deberá presentar anexo a la solicitud certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2023 y, en su caso, el certificado del nivel de renta del mismo ejercicio, que deberá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Certificados/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial, y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general.

La condición de familia numerosa se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos.

Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para su verificación por la Administración alegando una causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el correspondiente título de familia numerosa actualizado.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante una sentencia judicial firme o en virtud de una resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, que añade un nuevo párrafo al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

8.10.3 Documentación adicional.

Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la documentación adicional que se indica:

a) Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo deberán adjuntar la documentación en la forma establecida en la base 7.

b) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios o funcionarias españoles en organismos internacionales presentarán, en su caso, los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

8.11 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de personas admitidas y excluidas. En esta resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 10.3, se indicarán las relaciones de las personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los distintos programas del proceso selectivo convocado por esta resolución, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes.

9. Tribunal

9.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

9.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

9.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público; en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.

9.4 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en su solicitud, con los requisitos señalados en la base 7.2, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

9.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

9.6 Si en cualquier momento del procedimiento, el tribunal tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.

El tribunal además propondrá al órgano convocante la exclusión de las personas candidatas que, a la vista de la certificación aportada para la valoración de sus méritos, no reúnan los requisitos para participar por este turno.

9.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que les asesoren, designados previamente por el Presidente, para todas o algunas de las pruebas del proceso selectivo. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

9.8 Dentro del marco establecido por estas bases y demás normas reguladoras de la presente convocatoria, se autoriza a los miembros de los distintos tribunales, titular y suplente, para su actuación simultánea.

9.9 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo para el año 2024, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios establecidos para los ejercicios de la convocatoria.

9.10 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, citado en el párrafo anterior, se publicará en el portal del Ministerio de Defensa, http://www.defensa.gob.es/portalservicios, un breve currículum profesional de las personas que formen parte de los órganos de selección, comprensivo de sus titulaciones académicas y formación profesional más relevante, su destino actual y su experiencia profesional previa.

9.11 El tribunal calificador podrá adoptar cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del presente proceso selectivo.

Asimismo se habilita al tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas o de alguna de sus fases.

10. Relaciones con la ciudadanía

10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel General de la Armada, C/ Juan de Mena, número 1, 28014-Madrid, dirección de correo electrónico pcsubdigperar@mde.es, teléfono 91 3795074 y número de fax 91 3795381.

10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación previstos en estas bases.

La presentación de la documentación y, en su caso, subsanación o impugnación de las actuaciones, deberá hacerse a través de medios electrónicos.

10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Defensa http://defensa.gob.es/portalservicios, así como en la página web http://administracion.gob.es y en el Portal Funciona.

10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad de las personas aspirantes con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.

11. Certificado de requisitos y méritos para la fase de concurso y publicación de valoración de méritos

11.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio, Organismo, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. Este certificado de requisitos y méritos se incluye como anexo V. Asimismo se acompañará la documentación justificativa de los méritos a valorar en la fase de concurso, que se acreditarán mediante copia auténtica.

11.2 El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de pertenecer como funcionario/funcionaria de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 que se detallan en la base específica 6.1.1, con los requisitos que en ella se indican, e igualmente acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario/funcionaria de carrera en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 mencionados, en los términos indicados en la base 6.2.1.

En el caso del personal laboral fijo, y de acuerdo con lo previsto en la base 6.1.2, el certificado habrá de contener acreditación de pertenecer como personal laboral fijo al grupo profesional G2, especialidad «Ingeniería Técnica» del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, o grupo profesional equivalente incluido en los restantes convenios colectivos de la Administración General del Estado, de sus Organismos Autónomos, de sus Agencias Estatales y de sus Entes Públicos incluidos en el ámbito del real decreto de oferta de empleo público, e igualmente acreditación de que desarrolla las actividades que, para cada programa, se detallan en dicha base. Asimismo acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en los grupos profesionales y especialidad mencionados, incluidos los prestados en puestos que hayan sido encuadrados en los mismos, en los términos indicados en la base 6.2.2.

11.3 La no presentación de la certificación y la documentación citada en los apartados anteriores en el plazo señalado supondrá la no valoración a las personas aspirantes de la fase de concurso.

11.4 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares de celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso, considerándose contestadas todas las alegaciones con la publicación de las calificaciones definitivas.

12. Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.

13. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; el resto de la legislación vigente en la materia, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 26 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.

La fase de oposición consta de tres ejercicios. Los dos primeros son de carácter teórico y práctico relacionados con los temas específicos de cada ingeniería. Teniendo en cuenta la experiencia acumulada en los procesos selectivos de este Cuerpo, se considera que el formato de ambos ejercicios es adecuado y consigue un correcto equilibrio entre la celeridad, la acreditación del mérito y la capacidad y la garantía de objetividad e imparcialidad del proceso, tomando en consideración la naturaleza del ejercicio con respuestas alternativas, la posibilidad de impugnar sus preguntas y el carácter eminentemente técnico de los supuestos teórico-prácticos. Además, se da cumplimiento al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, cuyo artículo 3.5 se refiere a «pruebas de tipo práctico», mientras que el artículo 5, en relación específicamente con la promoción interna, menciona «la realización de ejercicios eminentemente prácticos y de respuesta alternativa o razonada», como sucede con los ejercicios de la presente convocatoria, incluido el tercero de idioma inglés, también de respuestas alternativas, necesario para la comprensión de la abundante documentación técnica que maneja el personal del Cuerpo tanto en buques como en unidades.

1. La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 55 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el programa por el que se oposite. Podrán preverse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 55 anteriores. La prueba tendrá una duración de setenta y cinco minutos.

Aquellas personas aspirantes que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran superado el 60 por ciento de la puntuación máxima del primer ejercicio obligatorio y no hubieran superado el proceso selectivo, podrán hacer uso del derecho a la exención de la realización de dichos ejercicios de la presente convocatoria, siempre y cuando el programa, contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se pueda conservar la nota sean análogos.

Para hacer uso de esta conservación o exención, las personas aspirantes deben haber presentado solicitud de participación en la presente prueba selectiva y reunir el resto de los requisitos que establecían la convocatoria que generó la exención y la presente convocatoria. No obstante, si las personas aspirantes optaran por realizar el ejercicio de que se trate, quedarán sin efecto los resultados obtenidos en la convocatoria inmediata anterior.

A estos efectos se hace constar que el programa de la presente convocatoria en el que es posible conservar la nota del primer ejercicio de la convocatoria inmediatamente anterior es:

– Navales.

Los Tribunales publicarán un listado de aquellas personas aspirantes y programas en los que se pueda optar por conservar la nota de la convocatoria inmediatamente anterior.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de tres supuestos teórico-prácticos relacionados con el temario del programa por el que se oposite. La prueba tendrá una duración de sesenta minutos.

Tercer ejercicio: Prueba de conocimiento del idioma inglés, que consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, sin diccionario. Podrán preverse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 anteriores. La prueba tendrá una duración de sesenta minutos.

Al objeto de agilizar el desarrollo del proceso selectivo, los ejercicios segundo y tercero se realizarán en el mismo día, si bien el tercer ejercicio sólo será evaluado a las personas aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio.

Para la acreditación del conocimiento del idioma inglés, se establece una modalidad alternativa, con carácter excluyente y sustitutivo de la acreditación mediante la realización del ejercicio descrito anteriormente, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento del idioma equivalente al nivel B2 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).

En esta modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, las personas aspirantes deberán acreditar su conocimiento del idioma presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo VI, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior, siempre y cuando dicho título haya sido obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias. Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad deberán indicarlo en el Modelo 790, tal y como se especifica en el anexo IV. El Tribunal calificador publicará una nota informativa indicando el modo y el medio por el que se deberá presentar esta titulación para su validación.

Las dos primeras pruebas serán eliminatorias, y la tercera puntuable, pero no eliminatoria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 3, apartado 14, del Real Decreto 656/2024, se harán públicas, en el plazo máximo de dos días hábiles, a contar desde la finalización de cada prueba, las plantillas correctoras de los ejercicios. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la plantilla de respuestas provisionales, para plantear impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por los tribunales. Dichas impugnaciones se considerarán contestadas mediante la publicación de las plantillas definitivas.

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente manera:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 110 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 55 puntos para superarlo. En cada programa convocado todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por ciento del valor de una pregunta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 45 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 22,5 puntos para superarlo. Cada supuesto práctico tendrá una calificación máxima de 15 puntos.

Tercer ejercicio: En el examen presencial se otorgará una calificación de 0 a 5 puntos. No tendrá carácter eliminatorio. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por ciento del valor de una pregunta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

En la modalidad de acreditación de conocimientos se valorará de 0 a 5 asignando la puntuación a los distintos niveles de títulos de acreditación de dichas competencias: al B2, 2,5 puntos; al C1, 3,75 puntos; al C2, 5 puntos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de aquellas, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Las personas aspirantes que superen, como mínimo, el 50 por ciento de la calificación máxima del primer ejercicio obligatorio de la presente convocatoria y no superen el proceso selectivo, conservarán dicha puntuación y estarán exentas de realizar tal ejercicio durante la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, salvo actualización normativa. Si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. En la fase de concurso, que sólo se aplicará a las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 50 puntos, los siguientes méritos, referidos a la fecha de publicación de la convocatoria:

Personal funcionario de carrera:

a) Servicios prestados: Se valorarán los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, como personal funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado, Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos del citado subgrupo, y en Cuerpos y Escalas del subgrupo C1 de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, a razón de 0,25 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 30 puntos.

Asimismo, se valorará la experiencia acreditada por las personas candidatas que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las de la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el 3.13 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, a razón de 0,25 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 30 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la Autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta grado 15: 8,00 puntos.

Grado 16 a 18: 9,00 puntos.

Grado 19 en adelante: 10,00 puntos.

Asimismo se otorgará un punto al personal funcionario que en la fecha de publicación de la convocatoria no tenga ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma como funcionario/funcionaria de carrera durante al menos dos años.

c) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados, recibidos o impartidos, siempre y cuando se hayan obtenido en los diez años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y Cuerpo al que se pretende acceder, a juicio del tribunal, y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, con una duración mínima acreditada de quince horas, hasta un máximo de 10 puntos a razón de dos puntos por cada curso.

No se podrá acumular la puntuación de un curso como recibido e impartido.

Los requisitos y méritos se acreditarán mediante el certificado recogido en el anexo V (personal funcionario) a la presente orden. La documentación que acredite los cursos de formación y perfeccionamiento a valorar se acompañará al certificado de requisitos y méritos.

Personal laboral fijo:

a) Servicios prestados: Se valorarán los servicios prestados como personal laboral fijo del grupo G2, tras haber superado las correspondientes pruebas selectivas para acceder a dicha condición, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en la Administración General del Estado o en sus organismos autónomos, agencias estatales y entes públicos, incluidos en el ámbito del real decreto de oferta de empleo público, a razón de 0,25 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 30 puntos.

Asimismo, se valorará la experiencia acreditada por las personas candidatas que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las de la convocatoria, de acuerdo con lo establecido 3.13 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, a razón de 0,25 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 30 puntos.

b) Grupo profesional y funciones: Se valorará el tiempo de permanencia como personal laboral fijo, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, en los grupos profesionales y especialidades descritos en la base 6.1.2 de la presente convocatoria, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en dichos grupos y especialidades, a razón de 0,084 puntos por cada mes completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos.

c) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados, siempre y cuando se hayan obtenido en los diez años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y Cuerpo al que se pretende acceder, a juicio del tribunal, y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, con una duración mínima acreditada de quince horas, hasta un máximo de 10 puntos a razón de dos puntos por cada curso.

Los requisitos y méritos se acreditarán mediante el certificado recogido en el anexo V (personal laboral) a la presente orden. La documentación que acredite los cursos de formación y perfeccionamiento a valorar se acompañará al certificado de requisitos y méritos.

3. Calificación final.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

3.1 Personal funcionario de carrera:

En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado (servicios prestados y reconocidos), computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. A continuación la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en la valoración de los servicios prestados, la mayor puntuación obtenida en la valoración del grado personal, y la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación, por este orden.

De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de las personas aspirantes.

3.2 Personal laboral fijo:

En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado (servicios prestados y reconocidos), computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. A continuación la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en la valoración de los servicios prestados, la mayor puntuación obtenida en la valoración del grupo profesional, y la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación, por este orden.

De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de los aspirantes.

3.3 Personal funcionario y personal laboral fijo:

En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado (servicios prestados y reconocidos), computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. A continuación la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.

De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de las personas aspirantes.

En el caso de que no consten los datos de antigüedad en el citado Registro, serán las unidades de personal correspondientes las que acreditarán los referidos datos al día de publicación de la convocatoria.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas aspirantes seleccionadas, con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal calificador una relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como funcionarios/funcionarias de carrera.

Queda excluida en la presente convocatoria la adjudicación de destinos en virtud de lo establecido en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

5. Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/funcionarias de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

6. La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios/as de carrera y asignará el destino inicial a las personas aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo.

ANEXO II
Programas

Electrónica

Tema 1. La electricidad. Fundamentos. Conceptos Generales. Unidades, magnitudes y símbolos.

Tema 2. Instrumentos de medida. Unidades de medida.

Tema 3. Análisis de circuitos. Teoremas. Régimen transitorio.

Tema 4. Magnetismo y electromagnetismo. Transformadores.

Tema 5. Sonido e iluminación.

Tema 6. Pilas, baterías. Acumuladores. Electrolitos.

Tema 7. Componentes electrónicos. Montajes.

Tema 8. Amplificadores. Amplificadores de pequeña señal. Amplificadores de potencia.

Tema 9. Instrumentación electrónica. Transductores y sensores.

Tema 10. Elementos complementarios usados en electrónica (conectores, zócalos, accesorios, etc.).

Tema 11. Fuentes de alimentación. Estabilizadores de tensión.

Tema 12. Electrónica digital. Sistemas de numeración. Álgebra de Boole.

Tema 13. Elementos aritméticos digitales. Sistemas combinacionales. Sistemas secuenciales.

Tema 14. Memorias y almacenamiento.

Tema 15. Osciladores.

Tema 16. Circuitos impresos. Generalidades. Fases de fabricación de la tarjeta. Reglas de diseño. Trazado.

Tema 17. Circuitos integrados. Generalidades. Fabricación. Características. Encapsulados.

Tema 18. Fundamentos de radio.

Tema 19. Sistemas de telefonía fija y móvil.

Tema 20. Sistemas informáticos. Redes locales. Seguridad informática.

Tema 21. Principios de instalaciones eléctricas.

Tema 22. Dibujo industrial. Conceptos. Proyecciones. Vistas. Perspectiva. Escalas. Cotas. Planos. Normas.

Tema 23. Criptología clásica. Generalidades. Sistemas manuales (substitución, transposición, mixto).

Industriales

Tema 1. Código Técnico de la Edificación. DB-SI. Propagación interior y exterior. Evacuación de ocupantes. Instalaciones de protección contra incendios.

Tema 2. Código Técnico de la Edificación. DB-SUA. Seguridad frente al riesgo de caídas. Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada.

Tema 3. Código Técnico de la Edificación. DB-SUA. Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación. Accesibilidad.

Tema 4. Código Técnico de la Edificación. DB-HS. Suministro y evacuación.

Tema 5. Código Técnico de la Edificación. DB-HS. Protección frente al ruido.

Tema 6. Reglamento electrotécnico de baja tensión.

Tema 7. Diseño y cálculo de instalaciones eléctricas en baja tensión.

Tema 8. Reglamento de equipos a presión.

Tema 9. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Tema 10. Teoría de circuitos. Leyes de Kirchoff. Circuitos de corriente continua. Circuitos de corriente alterna. Circuitos trifásicos.

Tema 11. Luminotecnia. Espectro de la luz visible. Leyes fundamentales de la Luminotecnia. Flujo luminoso. Intensidad luminosa. Iluminancia. Luminancia. Limitación del deslumbramiento. Temperatura de color. Rendimiento cromático. Tipos de lámparas. Principales tecnologías y usos. Luminarias.

Tema 12. Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios. IT3 Mantenimiento y Uso. IT4 Inspección.

Tema 13. Potencia en corriente alterna.

Tema 14. Electrónica analógica. Diodos, transistores y amplificadores.

Tema 15. Circuitos rectificadores. Rectificador de media onda y de onda completa.

Tema 16. El circuito magnético. Circuito magnético simplificado. Circuito magnético con reluctancias en serie y en paralelo. Histéresis.

Tema 17. Máquinas eléctricas. Máquinas de corriente alterna. El motor de inducción. Motores y generadores síncronos.

Tema 18. Máquinas eléctricas. Máquinas de corriente continua. Motores y generadores. Procedimientos para el arranque de motores.

Tema 19. El transformador monofásico y trifásico. Autotransformadores.

Tema 20. Sistemas electrónicos digitales. Descripción, elementos de control y periféricos. Circuitos lógicos combinacionales. Aritmética digital. Operaciones y circuitos. Sistemas y códigos numéricos.

Tema 21. Instalaciones solares térmicas y fotovoltaicas. Principios físicos. Conceptos generales. Componentes de un sistema. Tipos de instalaciones. Cálculo y diseño de una instalación.

Tema 22. Resistencia de materiales: principios básicos. Esfuerzos cortantes, momento torsor y reflexiones.

Tema 23. Resistencia de materiales: Elasticidad y comportamiento de materiales.

Informática

Tema 1. El software. Definición, dominio y mitos. El proceso del Software. Modelos de proceso de software. Evaluación y mejora del proceso. Agilidad. Proceso ágil, modelos ágiles de proceso y herramientas.

Tema 2. La ingeniería del Software. La ingeniería de requerimientos. Modelado de los requerimientos. Análisis de requerimientos. Tipos de modelado. El proceso de diseño. El modelo del diseño. Diseño de la arquitectura. Diseño en el nivel de componentes. Diseño de la interfaz de usuario. Diseño basado en patrones. Diseño de Webapps.

Tema 3. La calidad del Software. Métricas y técnicas de revisión. Aseguramiento de la calidad del Software. Enfoques formales. Estrategias de prueba de software. Verificación y validación. Administración de proyectos (el personal, el producto, el proceso, el proyecto, recursos…).

Tema 4. Evolución histórica de los computadores. Componentes, estructura y funcionamiento de un computador. Técnicas de comunicación de E/S. Dispositivos.

Tema 5. Evolución del software. Control de la evolución del software. Sistemas de control de versiones. Mantenimiento de software. Reingeniería. Ingeniería inversa. Reestructuración. Ingeniería hacia adelante.

Tema 6. Evolución histórica, funciones, finalidad y estructura de los sistemas operativos. Sistemas empotrados y de tiempo real. Lenguajes ensamblador. Programación de microcontroladores y microprocesadores. Arquitecturas ARM, x86… Dispositivos lógicos programables (FPGAs). Flujo de diseño con FPGAs.Procesadores softcore. Codiseño hardware/software. Lenguaje de programación de hardware (HDL).

Tema 7. Gestión de procesos. Especificación, estados y control de procesos o hilos. Concurrencia. Exclusión mutua y sincronización de procesos. Interbloqueo e inanición de procesos. Gestión de procesos distribuidos.

Tema 8. Gestión de memoria. Paginación. Segmentación. ÇMemoria virtual. Planificación uniprocesador, multiprocesador y de tiempo real.

Tema 9. Gestión de la E/S. Planificación de discos. Gestión de ficheros.

Tema 10. Introducción a las redes. Hardware de redes. Software de redes. Modelos de referencia de redes. Modelo OSI. Modelo TCP/IP. Estandarización de redes.

Tema 11. Tipos de redes. Planificar una red. Diseño de la red. Gestión de redes. Seguridad en las redes. Amenazas a la seguridad y servicios y mecanismos de seguridad. Políticas de seguridad. Control de acceso y autenticación. Tolerancia a fallos. Recuperación desastres. Criptografía (técnicas y algoritmos de cifrado).

Tema 12. Conceptos de Bases de Datos. Sistemas Gestores de Bases de Datos. Evolución histórica de los SGBD. Componentes. Tipos de SGBD. Arquitecturas de los SGBD.

Tema 13. Administración de BBDD (Tareas, copias de seguridad, optimización, transacciones, concurrencia, recuperación e integridad de los datos, optimización de consultas…). Tipos de BBDD. Diseño de BBDD (estructura, dependencias, normalización…).

Tema 14. Modelo de datos Entidad-Relación. Diagrama E-R. Generalización y herencia. Modelo relacional. Fundamentos. Algebra relacional. Calculo relacional. Paso del modelo E-R al modelo relacional. Otros modelos de datos.

Tema 15. Diseño de BBDD relacionales. Estructura. Dependencias. Normalización. Administración de BBDD. Tareas, copias de seguridad, optimización. Transacciones. Control de concurrencia. Recuperación, seguridad e integridad de los datos. Lenguajes de manipulación de datos. El lenguaje SQL.

Tema 16. Gestión de los datos corporativos. Almacenes de datos. Arquitectura OLAP. Minado de datos.

Tema 17. Objetivos de la Programación. Clasificación de los lenguajes de programación. Compilación e intérpretes. Paradigmas de programación.

Tema 18. Concepto de algoritmo. Notación para los programas. Técnicas de demostración (Contradicción, Inducción matemática). Algoritmia elemental (Operación elemental. Eficiencia de un algoritmo). Notación asintótica. Análisis de algoritmos. Estructuras de datos. Algoritmos voraces. Divide y vencerás. Programación dinámica. Exploración de grafos. Algoritmos probabilistas. Algoritmos paralelos. Complejidad computacional. Algoritmos heurísticos y aproximados. Herramientas de descripción de algoritmos.

Tema 19. Desarrollo de aplicaciones imperativas. Conceptos. Lenguajes: FORTRAN, C, PASCAL,...

Tema 20. Desarrollo de aplicaciones orientadas a objetos. Conceptos fundamentales. Lenguaje C++, Visual Basic, Power Builder, Python, Java…

Tema 21. Desarrollo de aplicaciones web. Lenguaje HTML. Hojas de estilo CSS. XML. Javascript. Vbscript. PHP...

Tema 22. Entorno HOST. Emuladores del entorno en PC. Sistema operativo z/OS. TSO. Base de datos ADABAS. Lenguaje COBOL. Lenguaje NATURAL. Lenguaje NATURAL web. PREDICT CASE. NaturalONE.

Tema 23. Programas ofimáticos. Microsoft Office (Excel, Word, Powerpoint, Access). Macros y programación con Vba. Otras suites ofimáticas.

Mecánica

Tema 1. Sistemas de representación gráfica.

Tema 2. Cinemática y dinámica de la partícula.

Tema 3. Mecánica de fluidos.

Tema 4. Ventilación, calefacción y aire acondicionado.

Tema 5. Principios fundamentales de la termodinámica.

Tema 6. Generalidades sobre las energías renovables.

Tema 7. Corriente eléctrica.

Tema 8. Máquinas herramientas.

Tema 9. Motores eléctricos.

Tema 10. Generadores eléctricos.

Tema 11. Transformadores eléctricos.

Tema 12. Máquinas eléctricas: monofásicas y trifásicas.

Tema 13. Soldadura, conceptos generales.

Tema 14. Resistencia de materiales: esfuerzos cortantes, momentos flectores y torsores.

Tema 15. Propiedades mecánicas de los materiales.

Tema 16. Propiedades térmicas de los materiales.

Tema 17. Propiedades eléctricas de los materiales.

Tema 18. Propiedades químicas de los materiales.

Tema 19. Mecanismos de endurecimientos de los metales.

Tema 20. Metales y aleaciones ferrosas y no ferrosas.

Tema 21. Ensayos mecánicos, estáticos y dinámicos de materiales. Ensayos no destructivos de materiales.

Tema 22. Motores de combustión interna.

Tema 23. Turbinas.

Navales

Tema 1. Descripción general del buque. Nomenclatura naval.

Tema 2. Compartimentación del buque. Elementos que afectan a la estanqueidad.

Tema 3. Estabilidad del buque y criterios de estabilidad.

Tema 4. Materiales más empleados en la construcción naval.

Tema 5. Corrosión en buques y métodos de prevención.

Tema 6. Incendios en buques y su clasificación.

Tema 7. Sistemas y agentes extintores de incendios.

Tema 8. Generación y distribución de la energía eléctrica.

Tema 9. Nomenclatura y características generales de los buques de guerra y tipos.

Tema 10. Equipos auxiliares en buques.

Tema 11. Calefacción, ventilación, aire acondicionado y refrigeración.

Tema 12. Combustibles y lubricantes navales.

Tema 13. Generadores de agua dulce.

Tema 14. Soldadura. Generalidades.

Tema 15. Propiedades de los materiales usados en construcción naval.

Tema 16. Resistencia de materiales: esfuerzos cortantes, momentos flectores y torsores.

Tema 17. Ensayos mecánicos, estáticos, y dinámicos de materiales.

Tema 18. Ensayos no destructivos de materiales.

Tema 19. Aceros, aluminios y sus aleaciones.

Tema 20. Inspección de construcciones y reparaciones.

Tema 21. Estructura y resistencia estructural de los buques.

Tema 22. Reglamentos: SOLAS y MARPOL.

Tema 23. Sociedades de clasificación de buques.

Telecomunicaciones

Tema 1. La electricidad. Fundamentos. Conceptos generales. Unidades, magnitudes y símbolos.

Tema 2. Instrumentos de medida. Unidades de medida.

Tema 3. Análisis de circuitos. Teoremas. Régimen transitorio.

Tema 4. Magnetismo y electromagnetismo. Transformadores.

Tema 5. Sonido e iluminación.

Tema 6. Pilas. Baterías. Acumuladores. Electrolitos.

Tema 7. Componentes electrónicos. Montajes.

Tema 8. Amplificadores. Amplificadores de pequeña señal. Amplificadores de potencia.

Tema 9. Instrumentación electrónica. Transductores y sensores.

Tema 10. Elementos complementarios usados en electrónica (conectores, zócalos, accesorios, etc.).

Tema 11. Fuentes de alimentación. Estabilizadores de tensión.

Tema 12. Electrónica digital. Sistemas de numeración. Álgebra de Boole.

Tema 13. Elementos aritméticos digitales. Sistemas combinacionales. Sistemas secuenciales.

Tema 14. Memorias y almacenamiento.

Tema 15. Osciladores.

Tema 16. Sistemas de telecomunicaciones. Elementos. Modulaciones. Canales. Ruido.

Tema 17. Transmisión de señales. Medios de transmisión. Medios guiados de transmisión.

Tema 18. Antenas.

Tema 19. Fundamentos de radio.

Tema 20. Telefonía y banda ancha.

Tema 21. Televisión. Televisión terrestre. Televisión satélite.

Tema 22. Circuitos impresos. Generalidades. Fases de fabricación de la tarjeta. Reglas de diseño. Trazado.

Tema 23. Circuitos integrados. Generalidades. Fabricación. Características. Encapsulados.

Topografía

Tema 1. Levantamientos topográficos: red básica y de detalle. Elección de métodos e instrumentos según la precisión, escala y extensión. Generalidades de los levantamientos batimétricos (publicación S-44) y las Cartas Náuticas Electrónicas (ENS’S) «Guía de Producción, Mantenimiento y Distribución» (Publicación Especial S-65) de acuerdo a las Normas de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI).

Tema 2. Levantamientos topográficos con GPS: medición de código y de fase. Instrumentación. Métodos de medida: estáticos y cinemáticas, post-proceso y tiempo real. Transformación de coordenadas. Redes de correcciones diferenciales en tiempo real.

Tema 3. Representación del elipsoide en el plano, proyecciones cartográficas. La retícula geográfica, ecuaciones. Transformación de elementos diferenciales, concepto de escala, deformación angular y acimutal. Elipse de distorsión o indicatriz de Tissot. Distorsión por curvatura de las líneas geodésicas en la proyección y su corrección. Clasificación de las proyecciones atendiendo a las deformaciones.

Tema 4. Representación plana Conforme: Proyecciones conformes. Sistemas isométricos del elipsoide, de la esfera y del plano. Correspondencia entre sistemas isométricos mediante funciones analíticas. Condiciones de Conformidad Cauchy-Riemann. Líneas isométricas. Isométrica estacionaria o base. Ejemplos de proyecciones conformes. Proyecciones conformes en geodesia.

Tema 5. Proyecciones equidistantes, ejemplos de cilíndrica y cónica. Proyecciones equivalentes. Condiciones de equivalencia. Utilización de las proyecciones equivalentes y ejemplos.

Tema 6. Proyecciones cónicas y pseudo-cónicas. Proyección cónica conforme de Lambert: Definición a través de sistemas isométricos y construcción geométrica. Aplicaciones en España y al mapa del mundo.

Tema 7. Proyecciones cilíndricas y pseudo-cilíndricas. Proyecciones cilíndricas conformes directa y transversa. Proyección Mercator. Proyección cilíndrica transversa de Gauss-Krüger y UTM: características, desarrollo, convergencia y deformaciones.

Tema 8. Proyecciones acimutales ortográficas, gnomónicas y estereográficas. Perspectivas escenográficas. Proyección acimutal equivalente y equidistante. Proyecciones poliédricas.

Tema 9. Definición de cartografía mapas y cartas náuticas. Mapas/Cartas: función; características básicas; tipos según la escala; según la adquisición de los datos (cartografía básica y derivada); según la función y según el tema. Conceptos de cartografía: enfoques geométrico, tecnológico, de presentación, artístico, de comunicación. Fases del proceso cartográfico y su relación con los enfoques citados.

Tema 10. Cartografía y sistemas de producción: definiciones y objetivos. Sistemas cartográficos y modelos de comunicación. Fases generales del sistema de producción cartográfica. Cartografía digital de imagen.

Tema 11. La representación del territorio: Sistema de producción cartográfica. Sistema cartográfico de representación: diseño, redacción, semiología gráfica, color en cartografía, técnicas cartográficas, reproducción y explotación.

Tema 12. Técnicas cartográficas actuales: producción electrónica de cartografía y documentos. Edición electrónica. Transformación analógica/digital y digital/analógica. Salidas de la información. Transformación de datos: correcciones, conversiones y fusión.

Tema 13. Plan de calidad en Cartografía. Definición. Calidad de producto y procesos. Modelos de calidad (definición de calidad). Control de calidad (comprobación de la calidad). Mejora de la calidad (gestión de calidad).

Tema 14. Visualización de información geográfica. Cartografía interactiva, multimedia, hipermedia; cartografía animada; visualización 3D de información geográfica; visualización en realidad virtual; cartografía en Internet: fundamentos, metodologías y tecnologías.

Tema 15. Toponimia. Definición. Glosario de Términos del grupo de expertos en Nombres Geográficos de las Naciones Unidas UNGENGN. El Nomenclátor Geográfico Nacional (NGN). Nomenclátor Geográfico Básico de España (NGBE). Nomenclátor Geográfico Conciso de España (NGCE).

Tema 16. Sistemas de Información Geográfica. Definición. Componentes de un SIG. Tipos de SIG. Organización e implementación de un SIG. Aplicaciones.

Tema 17. Modelado de datos. Modelos vectoriales: espagueti, tipología, modelos en red, topología completa. Modelo ráster. Métodos de compresión. Ventajas e inconvenientes de los modelos vector/ráster. Orientación a objeto.

Tema 18. Calidad de datos. Fuentes de error en un SIG. Propagación de errores. Descripción de la calidad: exactitud posicional, temática y temporal, compleción, consistencia lógica, propósito, linaje y uso. Métodos estadísticos de determinación de la calidad. Calidad de procesos.

Tema 19. Servicios web de mapas (WMS, WMTS, CSW). Operaciones y parámetros. Servicios de visualización INSPIRE. Calidad de los servicios de visualización.

Tema 20. Modelos Digitales del Terreno: Análisis, formatos y aplicaciones (análisis de pendientes y orientaciones, mapas de visibilidad, perfiles). Algoritmos y métodos.

Tema 21. La Ley de Ordenación de la Cartografía. El Consejo Superior Geográfico: Composición y funcionamiento. El Registro Central de Cartografía.

Tema 22. El Sistema Cartográfico Nacional: elementos que lo integran. El Plan Cartográfico Nacional. Planes y Programas de Producción Cartográfica. Infraestructura Nacional de Información Geográfica. Comisión Especializada de Nombres Geográficos. La Organización Hidrográfica Internacional (OHI). La Organización Marítima Internacional (OMI).

Tema 23. La Ley de Señales Geodésicas y Geofísicas. Reglamento que la desarrolla. Sistema Geodésico de Referencia. Comisión Española de Geodesia y Geofísica. Comisión Nacional de Astronomía.

ANEXO III
Tribunal Calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don Nelson Ameyugo Catalán, Coronel del Cuerpo de Intendencia de la Armada.

Secretaria: Doña Ana Baz Simal, Comandante Enfermero.

Vocales:

Doña M.ª Pilar del Campo Hernán, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Don Antonio Galán Cees, Capitán de Corbeta del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

Don Mauricio Rodrigo Madrigal, Teniente de Navío del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Marta Teresa Fernández de Miguel, Teniente Coronel Médico.

Secretario: Don Daniel Moreno Ribagorda, Comandante del Cuerpo de Intendencia de la Armada EOF (INA).

Vocales:

Doña Susana García Ramírez, Escala Técnica de Gestión de OO. AA.

Doña Jacinta del Carmen Martínez Rodríguez, Comandante Enfermero.

Don David Molina Vives, Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la «solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública» (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro Ministerio, se consignará «Ministerio de Defensa».

En el recuadro Centro Gestor, se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada», en «código» se consignará «0406».

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el programa concreto al que desea presentarse. No es necesario indicar código.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P» (promoción interna).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Subsecretaría de Defensa». No es necesario señalar código.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», las personas aspirantes harán constar la ciudad en la que desean realizar el ejercicio de la fase de oposición entre las siguientes: Madrid, Ferrol (A Coruña), Cartagena (Murcia), San Fernando (Cádiz), Las Palmas de Gran Canaria.

Las personas aspirantes quedarán vinculadas al lugar solicitado pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. En el caso de que el número de personas aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, el Tribunal convocará a los afectados para realizar las pruebas en otra provincia. En cualquier caso, de no especificarse en la solicitud el lugar de examen por el que se opta, se entenderá que la persona aspirante desea realizar el ejercicio en Madrid.

En el recuadro 21, «Grado», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En caso de solicitar dicha adaptación, deberán anexar a la solicitud Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación competente, que acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

En el recuadro 22, «Reserva discapacidad» las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo (casilla «sí, general»).

En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición. Además, en caso de familia numerosa, deberá indicar el número del título en el recuadro 25.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base específica 5 de esta convocatoria.

En el recuadro 27, «Apartado A», datos a consignar según la base de la convocatoria, se indicará el subgrupo de pertenencia de la persona aspirante funcionario de carrera, o grupo profesional de la persona aspirante personal laboral.

Apartado B, se consignará la especialidad laboral, en su caso.

«Apartado C» se hará constar la opción de evaluación del conocimiento de idioma, indicando PRESENCIAL, si va a optar por realizar la prueba escrita o TITULACIÓN si se va a optar por presentar alguno de los títulos certificados recogidos en el anexo VI que acredite el nivel de idioma.

El importe de la tasa de derechos de examen será, con carácter general, de 11,67 euros y para miembros de familias numerosas de categoría general de 5,84 euros.

La solicitud se dirigirá a la Sra. Subsecretaria del Ministerio de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).

ANEXO V

Personal funcionario

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/293/25349_15076909_1.png

Personal laboral

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/293/25349_15076909_2.png

ANEXO VI

Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Escuela Oficial de Idiomas:

Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Certificados de Cambridge University:

First Certificate of English: B2.

Advanced: C1.

Proficiency: C2. Linguaskill B2: B2. Linguaskill C1: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2. IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

– Education Testing Service (ETS):

TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.

TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.

TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.

TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.

– APTIS (four skills), certificación del British Council: Overall CEFR Grade B2, B2.

Overall CEFR Grade C, C1.

Aptis advanced: overall CEFR B2, B2. Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.

– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills: Certificado B2, B2.

Certificado C1, C1.

– Oxford Test of English B::

Certificado B2, B2.

– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Supérieur (CLES), Inglés:

CLES 2, B2.

CLES 3, C1.

– The European Language Certificates (TELC): TELC B2, B2.

TELC C1, C1.

– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):

Certificate of Competency in English (ECCE), B2.

Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.

– Trinity College de Londres:

Integrated Skills in English II, B2.

Integrated Skills in English III, C1.

Integrated Skills in English IV, C2.

– London Test of English (LTE):

Nivel 3, B2.

Nivel 4, C1.

Nivel 5, C2.

– Pearson Test of English:

General, Level 3, B2.

General, Level 4, C1.

General, Level 5, C2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.

– Learning Resource Network:

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.

IELCA General CEF B2, B2.

IELCA General CEF C1, C1.

IELCA General CEF C2, C2.

– Anglia ESOL Examinations General:

Advanced, B2.

AcCEPT/Proficiency, C1.

Masters, C2.

– LanguageCert International ESOL:

Communicator B2, B2.

Expert C1, C1.

Mastery C2, C2.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/11/2024
  • Fecha de publicación: 05/12/2024
  • Convocatoria. 29 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA la relación provisional de personas admitidas y excluidas, y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, por Resolución 400/38010/2025, de 13 de enero (Ref. BOE-A-2025-1150).

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