Visto el texto del Acta por la que se aprueban las tablas salariales de 2023 para el personal docente en pago delegado del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de convenio número 99008725011994), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de septiembre de 2021, Acta que ha sido suscrita con fecha 29 de octubre de 2024, de una parte por las organizaciones empresariales Educación y Gestión (EyG), Confederación de Centros de Enseñanza (CECE), Federación de Centros de Enseñanza de Economía Social (FED-ACES) y Asociació Profesional Serveis Educatius de Catalunya (APSEC), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FSIE, USO y UGT-Servicios Públicos en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta por la que se aprueban las tablas salariales de 2023 para el personal docente en pago delegado del mencionado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de diciembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
Asistentes:
EyG, FSIE, CECE, USO, FED ACES, UGT Servicios Públicos y APSEC que delega en EyG.
La Comisión negociadora del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, (en adelante, el VII Convenio), se reúne para firmar las tablas salariales de 2023 para el personal docente en pago delegado.
La reunión se celebra de forma presencial en la sede de Educación y Gestión (EyG), Calle Hacienda de Pavones, núm. 5, 1.ª planta. El secretario de la Mesa identifica a las personas presentes y hace constar que las personas reseñadas actúan en representación de sus respectivas organizaciones como negociadoras del VII Convenio Colectivo, reconociéndose todas las partes la representación que se ostentaba en el momento de constitución de la Mesa del VII convenio.
La organización APSEC ha excusado su asistencia delegando su representación en EyG.
Preside la reunión la organización empresarial EyG y la Secretaría de Actas la asume el sindicato FSIE.
Tras las deliberaciones pertinentes, los abajo firmantes acuerdan:
Aprobar por mayoría sindical y unanimidad patronal la firma, y llevarla a cabo en la sesión de hoy, de las tablas salariales de 2023 para el personal en pago delegado en cumplimiento del artículo 57 del VII Convenio Colectivo.
Las tablas contemplan un incremento de un 3,5 % para el personal docente en pago delegado y se anexan a esta acta.
En Madrid a 29 de octubre de 2024.
Confeccionadas para 14 pagas
Grupo 1: Personal docente
1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).
En régimen de concierto, subvención.
Categoría | Salario | Trienio |
---|---|---|
Profesor/Maestro. | 1.749,52 | 41,86 |
1.2 De Educación Primaria.
En régimen de concierto, subvención.
Categoría | Salario | Trienio |
---|---|---|
Director. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 385,69 | 14,40 |
Subdirector. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 277,56 | 12,79 |
Jefe de Estudios. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 249,74 | 12,00 |
Jefe de Departamento. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 222,10 | 10,67 |
Profesor. | 1.749,52 | 41,86 |
Orientador Educativo. | 1.749,52 | 41,86 |
1.1 De Educación Secundaria Obligatoria.
En régimen de concierto, subvención.
De 1.º y 2.º Curso de ESO.
Categoría | Salario | Trienio |
---|---|---|
Director. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 385,69 | 14,40 |
Subdirector. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 277,56 | 12,79 |
Jefe de Estudios. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 249,74 | 12,00 |
Jefe de Departamento. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 222,10 | 10,67 |
Profesor. | 1.749,52 | 41,86 |
Orientador Educativo. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento equiparación licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada: complemento al salario de 304,99 euros y al trienio de 10,90 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa. |
De 3.º y 4.º Curso de ESO.
Categoría | Salario | Trienio | |
---|---|---|---|
Director. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 438,91 | 21,11 | |
Subdirector. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 385,69 | 18,54 | |
Jefe de Estudios. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 385,69 | 18,54 | |
Jefe De Departamento. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 322,64 | 15,04 | |
Profesor. | 2.054,51 | 52,76 | |
Orientador Educativo. | 2.054,51 | 52,76 |
1.3 De Ciclo Formativo Básico o su equivalente.
En régimen de concierto, subvención.
Categoría | Salario | Trienio |
---|---|---|
Director. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 366,00 | 17,06 |
Subdirector. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 339,42 | 15,81 |
Jefe de Estudios. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 313,21 | 14,65 |
Jefe de Departamento. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 286,90 | 13,42 |
Profesor Titular. | 2.054,51 | 52,76 |
Profesor Adjunto, Agregado o Auxiliar. | 1.859,34 | 52,76 |
1.3. De Bachillerato.
En régimen de concierto, subvención.
Categoría | Salario | Trienio |
---|---|---|
Director. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 438,91 | 21,11 |
Subdirector. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 385,69 | 18,54 |
Jefe de Estudios. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 385,69 | 18,54 |
Jefe de Departamento. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento. | 313,24 | 15,04 |
Profesor. | 2.054,51 | 52,76 |
Orientador Educativo. | 2.054,51 | 52,76 |
Complemento Bachillerato: Complemento de 86,04 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa, en las condiciones previstas en el artículo 72. |
1.4 De Ciclos Formativos de Grados Medio y Superior.
En Régimen de concierto, subvención.
Categoría | Salario | Trienio | |
---|---|---|---|
Director. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 427,15 | 20,56 | |
Subdirector. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 375,34 | 18,03 | |
Jefe de Estudios. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 358,79 | 17,43 | |
Jefe de Departamento. | 2.054,51 | 52,76 | |
Complemento. | 305,54 | 14,68 | |
Profesor Titular. | 2.054,51 | 52,76 | |
Profesor Adjunto, Agregado o Auxiliar. | 1.859,34 | 52,76 | |
Orientador Educativo. | 2.054,51 | 52,76 |
1.5 De Educación Especial (Integrado).
En régimen de concierto, subvención.
Categoría | Salario | Trienio |
---|---|---|
Director. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 385,69 | 14,40 |
Subdirector. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 277,56 | 12,79 |
Jefe de Estudios. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 249,74 | 12,00 |
Jefe de Departamento. | 1.749,52 | 41,86 |
Complemento. | 222,10 | 10,67 |
Profesor. | 1.749,52 | 41,86 |
Estos salarios serán de aplicación a los maestros de apoyo a la integración de alumnos en centros ordinarios, salvo que se establezca otra cantidad por acuerdo autonómico. |
Complemento salarial específico de equiparación para licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada de 1.º y 2.º de ESO con los que imparten 3.º y 4.º de la ESO:
Siempre y cuando se encuentren en posesión del título de licenciado, grados o titulación equivalente y autorizada y ésta le habilite para dar la materia correspondiente, en 1.º y 2.º de la ESO en niveles concertados, y con el fin de lograr la equiparación salarial con los que imparten 3.º y 4.º de la ESO en niveles concertados, se les aplicará el complemento correspondiente para el salario y el trienio establecido en las tablas salariales.
En todo caso, esta obligación queda condicionada a que la Administración Educativa responsable del pago delegado se haga cargo de ella, sin que los Centros Concertados deban abonar cantidad alguna por este concepto.
Complemento salarial específico de equiparación para Maestros de 1.º y 2.º de ESO con los de la enseñanza pública:
A tenor de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, a los Maestros que imparten 1.º y 2.º de ESO, se les abonará la misma cuantía que se establezca para los maestros de los mismos cursos en los centros públicos.
En todo caso, esta obligación queda condicionada a que la Administración Educativa responsable del pago delegado se haga cargo de ella, sin que los Centros Concertados deban abonar cantidad alguna por este concepto.
Confeccionadas para 12 pagas
A) Ceuta y Melilla
Grupo 1: Personal docente
1.1 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).
1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus | Trienio |
---|---|---|
Profesor. | 532,01 | 32,82 |
Educador Infantil/Técnico. | 368,71 | 26,05 |
1.2 De Educación Primaria.
1.3 De 1.º y 2.º Curso E.S.O.
1.5 De Educación Especial (Integrado).
1.6 De Educación Permanente de Adultos.
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus | Trienio |
---|---|---|
Profesor de Primaria, 1.º y 2.º Curso ESO, Educación Especial (Integrado), Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo Primaria y 1.º y 2.º Curso ESO. | 532,01 | 32,82 |
Prof. Adjunto, Agreg. Educ. Permanente Adultos. | 313,36 | 19,33 |
1.3 De 3.º y 4.º Curso E.S.O.
1.3 De Bachillerato.
1.4 De FP de Grados Medio y Superior.
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus | Trienio |
---|---|---|
Profesores 3.º y 4.º Curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º Curso ESO, Bachillerato y FP de Grados Medio y Superior. | 738,89 | 43,41 |
Profesores Adjuntos, Agregados o Auxiliares de FP de Grados Medio y Superior. | 532,01 | 43,41 |
B) Islas Canarias
Grupo 1: Personal docente
1.1 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).
1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesor: | |
– Islas Mayores. | 131,93 |
– Islas Menores. | 418,74 |
Educador Infantil/Técnico. | 80,91 |
1.2 De Educación Primaria.
1.3 De 1.º y 2.º Curso E.S.O.
1.6 De Educación Permanente de Adultos.
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesor Primaria, 1.º y 2.º Curso ESO, Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º Curso de ESO: | |
– Islas Mayores. | 131,93 |
– Islas Menores. | 418,74 |
Profesor Adjunto, Agregado Educación Permanente de Adultos: | |
– Islas Mayores. | 69,37 |
– Islas Menores. | 209,26 |
1.3 De 3.º y 4.º Curso E.S.O.
1.3 De Bachillerato.
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesores 3.º y 4.º Curso ESO y Bachillerato y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º Curso ESO y Bachillerato: | |
– Islas Mayores. | 143,17 |
– Islas Menores. | 467,66 |
1.4 De FP de Grados Medio y Superior.
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de FP de Grados Medio y Superior. | 143,17 |
Profesores Adjuntos, Agregados de FP de Grados Medio y Superior. | 135,95 |
1.5 De Educación Especial (Integrado).
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesor. | 138,34 |
C) Islas Baleares
Grupo 1: Personal docente
1.1. De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).
1.2. De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesor. | 62,83 |
Educador Infantil/Técnico. | 42,56 |
1.2 De Educación Primaria.
1.3 De 1.º y 2.º Curso E.S.O.
1.5 De Educación Especial (Integrado).
1.6 De Educación Permanente de Adultos.
En Régimen de Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesor de Primaria, 1.º y 2.º Curso ESO, Educación Especial (Integrado), Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º Curso ESO. | 62,83 |
Profesor Adjunto, Agregado Educ. Permanente de Adultos. | 37,00 |
1.3 De 3.º y 4.º Curso ESO.
1.3 De Bachillerato.
1.4 De FP de Grados Medios y Superior.
En Régimen De Concierto, Subvención.
Categoría | Plus |
---|---|
Profesores de 3.º y 4.º Curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º Curso ESO, Bachillerato, FP de Grados Medio y Superior. | 87,24 |
Profesores Adjuntos, Agregados o Aux. de FP de Grados Medio y Superior. | 62,83 |
Grupo 4: Personal Complementario Titulado
Titulados superiores. |
El salario de este personal tendrá el incremento salarial acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo. Si simultanea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito. Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su salario será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles. |
Titulados medios. |
Grupo 4: Personal Complementario Titulado
Titulados superiores. |
El plus de este personal tendrá el incremento acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo. Si simultanea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito. Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su plus será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles. |
Titulados medios. |
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