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Documento BOE-A-2024-26792

Resolución 400/38547/2024, de 18 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la Resolución 400/38515/2024, de 25 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Celador/a en la Red Hospitalaria de la Defensa; y la Resolución 400/38514/2024, de 25 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a y de Fisioterapeuta en la Red Hospitalaria de la Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 23 de diciembre de 2024, páginas 176613 a 176616 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2024-26792

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la distribución por categorías de dos plazas reservadas a personas con discapacidad en las convocatorias de procesos selectivos publicadas por las Resoluciones 400/38515/2024 y 400/38514/2024 (ambas de 25 de noviembre de 2024, publicadas en el BOE del 7 de diciembre), y conforme al artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procede efectuar las siguientes modificaciones:

Primera. Modificación de la Resolución 400/38515/2024.

En la página 166734 del «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 7 de diciembre de 2024, en el tercer párrafo, donde dice:

«se convocan 8 plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, de las cuales 4 se incluyen en esta convocatoria.»

Debe decir:

«se convocan 8 plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, de las cuales 2 se incluyen en esta convocatoria.»

En la página 166735 del «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 7 de diciembre de 2024, en la base 1 Descripción de las plazas, donde dice:

«1.1 Se convocan 19 plazas a cubrir de la categoría de Celador/a, de las cuales 15 corresponden a la oferta de empleo público de estabilización 2023, recogida en el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre (BOE de 28 de diciembre de 2023) y 4 corresponden a las plazas adicionales de reserva de discapacidad convocadas en aplicación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

1.2 Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se reservarán en este proceso de acceso libre 4 plazas de la categoría de Celador/a.»

Debe decir:

«1.1 Se convocan 17 plazas a cubrir de la categoría de Celador/a, de las cuales 15 corresponden a la oferta de empleo público de estabilización 2023, recogida en el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre (BOE de 28 de diciembre de 2023) y 2 corresponden a las plazas adicionales de reserva de discapacidad convocadas en aplicación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

1.2 Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se reservarán en este proceso de acceso libre 2 plazas de la categoría de Celador/a.»

En la página 166736 del «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 7 de diciembre de 2024, en la base 1.4, donde dice:

«1.4 La distribución territorial de las plazas es la siguiente:

Distribución territorial plazas por Categoría convocatoria Estabilización 2023:

  Cupo general Cupo Res.Pers. con discapacidad  
Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en
Categoría. Madrid. Zaragoza. Madrid. Zaragoza. Total.
Celador/A. 15 0 2 2 19»

Debe decir:

«1.4 La distribución territorial de las plazas es la siguiente:

Distribución territorial plazas por Categoría convocatoria Estabilización 2023:

  Cupo general Cupo Res.Pers. con discapacidad  
Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en
Categoría. Madrid. Zaragoza. Madrid. Zaragoza. Total.
Celador/A. 15 0 2 0 17»
Segunda. Modificación de la Resolución 400/38514/2024.

En la página 166717 del «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 7 de diciembre de 2024, en el tercer párrafo, donde dice:

«se convocan 8 plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, de las cuales 4 se incluyen en esta convocatoria.»

Debe decir:

«se convocan 8 plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, de las cuales 6 se incluyen en esta convocatoria.»

En la página 166718 del «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 7 de diciembre de 2024, en la base 1 Descripción de las plazas, donde dice:

«1.1 Se convocan 22 plazas a cubrir de la categoría de Enfermero/a, y una plaza a cubrir de la categoría de Fisioterapeuta, de las cuales 18 de Enfermero/a y una de Fisioterapeuta corresponden a la oferta de empleo público de estabilización 2023, recogida en el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre (BOE del 28 de diciembre de 2023) y 4 de Enfermero/a corresponden a las plazas adicionales de reserva de discapacidad convocadas en aplicación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

1.2 Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se reservarán en este proceso de acceso libre 4 plazas de la categoría de Enfermero/a.»

Debe decir:

«1.1 Se convocan 24 plazas a cubrir de la categoría de Enfermero/a, y una plaza a cubrir de la categoría de Fisioterapeuta, de las cuales 18 de Enfermero/a y una de Fisioterapeuta corresponden a la oferta de empleo público de estabilización 2023, recogida en el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre (BOE del 28 de diciembre de 2023) y 6 de Enfermero/a corresponden a las plazas adicionales de reserva de discapacidad convocadas en aplicación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

1.2 Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se reservarán en este proceso de acceso libre 6 plazas de la categoría de Enfermero/a.»

En la página 166719 del «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 7 de diciembre de 2024, en la base 1.4, donde dice:

«1.4 La distribución territorial de las plazas es la siguiente:

Distribución territorial plazas por Categoría convocatoria Estabilización 2023:

  Cupo general Cupo Res.Pers. con discapacidad  
Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en
Categoría. Madrid. Zaragoza. Madrid. Zaragoza. Total.
Enfermero/A. 15 3 4 0 22
Fisioterapeuta. 0 1 0 0

Debe decir:

«1.4 La distribución territorial de las plazas es la siguiente:

Distribución territorial plazas por Categoría convocatoria Estabilización 2023:

  Cupo general Cupo Res.Pers. con discapacidad  
Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en Plazas con destino en
Categoría. Madrid. Zaragoza. Madrid. Zaragoza. Total.
Enfermero/A. 15 3 4 2 24
Fisioterapeuta. 0 1 0 0
Tercera.

Exclusivamente para las plazas reservadas a personas con discapacidad en la categoría de Enfermero/a (Resolución 400/38514/2024), se acuerda abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en BOE, siendo válidas las solicitudes presentadas hasta la fecha.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación ante esta Subsecretaría o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 18 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/12/2024
  • Fecha de publicación: 23/12/2024
Referencias anteriores
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